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Documento BOE-A-2001-22410

Resolución de 13 de noviembre de 2001, de la Agencia Española de Cooperación Internacional, por la que se conceden y renuevan becas de la Convocatoria de Becas Unilaterales para ciudadanos extranjeros para el curso académico 2001/2002.

Publicado en:
«BOE» núm. 287, de 30 de noviembre de 2001, páginas 44208 a 44208 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Asuntos Exteriores
Referencia:
BOE-A-2001-22410

TEXTO ORIGINAL

En uso de las facultades conferidas por la Orden de 26 de marzo de 1992, modificada por la Orden ministerial de 21 de enero de 1997 («Boletín Oficial del Estado» de 3 de febrero), por la que se regula la concesión de becas y ayudas de formación, investigación, intercambio, promoción y de viajes y estancia, de la Agencia Española de Cooperación Internacional, y la resolución de 29 de diciembre de 2000 («Boletín Oficial del Estado» de 12 de febrero de 2001) de la Secretaría de Estado para la Cooperación Internacional y para Iberoamérica y Presidencia de la Agencia Española de Cooperación Internacional, por la que se delegan en el Secretario General de la AECI y otras Autoridades y funcionarios de la misma determinadas competencias y, en desarrollo de la resolución de 22 de marzo de 2001 («Boletín Oficial del Estado» de 9 de abril), por la que se aprueba la convocatoria de becas para ciudadanos extranjeros curso académico 2001/2002, esta Agencia, en virtud de las competencias atribuidas en el Real Decreto 3424/2000 de 15 de diciembre («Boletín Oficial del Estado» del 16), y a propuesta de la Comisión Evaluadora, ha resuelto:

Primero.

Renovar una beca de estudios de la convocatoria de becas unilaterales para ciudadanos extranjeros a los siguientes beneficiarios:

Don Cándido Luvumbo Sumbo, de Angola, por el período: 16-11-2001/31-12-2001.

Don Leonardo de Soussa Mavares, de Angola, por el período: 16-11-2001/31-12-2001.

Doña Zahra Rohbani, de Irán, por el período: 16-11-2001/31-12-2001.

La dotación económica es de 130.000 pesetas/781,32 euros mensuales para estudios de postgrado y un seguro médico no farmacéutico, todos los becarios tendrán derecho a una ayuda de matricula de hasta 200.000 pesetas/1.202,02 euros.

Segundo.

Ordenar la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de las becas reconocidas en esta resolución en los términos previstos por la citada Orden de 26 de marzo de 1992, y Resolución de 22 de marzo de 2001.

Una vez obtenida la preceptiva autorización, se tramitaría el expediente de concesión de beca del periodo restante en el año 2002.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, se puede interponer el recurso contencioso administrativo ante los Juzgados Centrales de lo Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su notificación, de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, de dicha jurisdicción. Potestivamente podrá interponer contra dichas Resoluciones, en el plazo de un mes, recurso de reposición, previo al contencioso-administrativo, ante el órgano que dicta la resolución, conforme a lo establecido en el artículo 116 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero («Boletín Oficial del Estado» del 14). Todo ello, sin perjuicio de que se utilice cualquier otra vía que se considere oportuna.

Madrid, 13 de noviembre de 2001.–El Presidente, P. D. (Resolución de 29 de diciembre de 2000, «Boletín Oficial del Estado» de 12 de febrero de 2001), el Secretario general, Rafael Rodríguez Ponga y Salamanca.

Ilmo. Sr. Director general de Relaciones Culturales y Científicas.

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