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Documento BOE-A-2001-22641

Resolución de 19 de noviembre de 2001, de la Dirección General de Gestión de Recursos, de la Consejería de Justicia y Administración Pública por la que se otorgan destinos correspondientes al concurso de traslados de 18 de julio de 2001 por el que se ofertaban plazas vacantes de nueva creación de los Cuerpos de Oficiales, Auxiliares y Agentes de la Administración de Justicia.

Publicado en:
«BOE» núm. 290, de 4 de diciembre de 2001, páginas 44511 a 44518 (8 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - Nombramientos, situaciones e incidencias
Departamento:
Comunidad Autónoma de Andalucía
Referencia:
BOE-A-2001-22641

TEXTO ORIGINAL

Visto el expediente instruido como consecuencia del concurso

de traslados convocado por Resolución de 18 de julio de 2001

("Boletín Oficial del Estado" del día 24), para cubrir plazas vacantes

en órganos de nueva creación entre Oficiales, Auxiliares y Agentes

de la Administración de Justicia,

Esta Dirección General de Gestión de Recursos, de conformidad

con lo dispuesto en los artículos 455 y 494 de la Ley

Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y los artículos 54,

55 y 57 del Real Decreto 249/1996, de 16 de febrero, por el

que se aprueba el Reglamento Orgánico de los Cuerpos de

Oficiales, Auxiliares y Agentes de la Administración de Justicia, ha

dispuesto:

Primero.-Hacer públicos los destinos que, con carácter

definitivo, han sido adjudicados a los funcionarios que han participado

en el concurso de traslados convocado por Resolución de fecha

mencionada anteriormente, que se corresponden con los

relacionados en el anexo I de la Resolución de convocatoria.

Segundo.-Excluir del concurso de traslados a los funcionarios

que en anexo II se relacionan.

Tercero.-Declarar caducadas las instancias presentadas por

los participantes en el presente concurso que no han obtenido

destino, por lo que no serán tenidas en cuenta en futuros concursos

de traslados.

Cuarto.-Declarar desiertas las plazas no adjudicadas en el

presente concurso, salvo que se pretendan amortizar ante

modificación de la plantilla orgánica o reordenación de efectivos de un

centro de trabajo, por lo que se cubrirán en la forma prevista

en el artículo 458 de la Ley Orgánica del Poder Judicial por

funcionarios de nuevo ingreso.

Quinto.-El cese para los funcionarios destinados en los

órganos judiciales que ya han entrado en funcionamiento, según Orden

de 14 de julio de 2001 ("Boletín Oficial del Estado" del día 17)

deberá efectuarse dentro de los tres días hábiles siguientes a la

publicación de esta Resolución en el "Boletín Oficial del Estado",

debiendo posesionarse del nuevo destino obtenido por concurso

en los tres días naturales siguientes al cese, si no hay cambio

de localidad, o en los diez días naturales siguientes, en caso

contrario. El plazo posesorio será retribuido por la Administración

competente respecto a la plaza obtenida en concurso.

Si la Resolución comporta reingreso al servicio activo a la

Administración de Justicia en los Cuerpos de Oficiales, Auxiliares o

Agentes, el plazo posesorio deberá de computarse desde el día

siguiente al de la publicación de esta Resolución en el "Boletín

Oficial del Estado", pero en el presente caso dicho plazo no resulta

retribuido, ya que se produce antes de formalizarse el reingreso

en los Cuerpos de Oficiales, Auxiliares o Agentes y por tanto no

puede ser computado como de servicios efectivos.

La posesión, para los funcionarios destinados en los órganos

judiciales cuya entrada en funcionamiento está prevista para el

día 17 de diciembre de 2001, se efectuará dicho día 17 de

diciembre.

El cese para estos funcionarios se producirá el día 5 de

diciembre, si hay cambio de localidad y el día 13 de diciembre, si no

se produce cambio de localidad.

En el caso de que los funcionarios reingresados por medio del

presente concurso se encontraran en activo en otro Cuerpo y no

quisieran que se interrumpiera su relación de servicio con la

Administración, dada la necesidad de contar con el tiempo indispensable

para efectuar la toma de posesión, podrán solicitar al Presidente,

Juez, Fiscal o Jefe del Organismo de su actual destino, un permiso

retribuido de un día si no hay cambio de localidad o de dos en

caso contrario, salvo aquellos casos que hayan de desplazarse

a Canarias, Islas Baleares o Ceuta y Melilla , en cuyo caso el

permiso podrá ser de hasta tres días [artículo 66.1.g) del

Reglamento Orgánico] teniéndolos por cesados en su antiguo destino

con la fecha inmediatamente anterior a la de su posesión en la

nueva plaza de reingreso.

Por la Comunidad Autónoma competente, o la Gerencia

Territorial que corresponda, se les concederá la excedencia de oficio

en el Cuerpo de procedencia si ésta se produce en un Cuerpo

al servicio de la Administración de Justicia, en cuyo destino se

les tendrá por cesados con la fecha anterior a la de su posesión

en los Cuerpos de Oficiales, Auxiliares o Agentes, al objeto de

evitar la interrupción en la percepción de sus haberes.

Los funcionarios interinos que actualmente ocupen las plazas

que han sido adjudicadas, cesarán como consecuencia de la

posesión del titular.

Contra la presente Resolución podrá interponerse recurso

contencioso-administrativo ante los Juzgados Centrales de lo

Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses contados desde

el día siguiente a su publicación en el "Boletín Oficial del Estado".

Sevilla, 19 de noviembre de 2001.-El Director general, P. S.

(Orden de 8 de marzo de 2001), el Secretario general técnico,

José Antonio Muriel Romero.

ANEXO II

Concurso 18/7/01 ("Boletín Oficial del Estado"

del 24)

Ámbito: Andalucía

Aguilar Mejías, Manuel. 4.

Ares Navarro, Ángela. 4.

Calle y del Ojo, María José. 1.

Corbacho Trujillano, Inmaculada C. 4.

Fernández-Vivancos Fernández, Salvador. 4.

García Pozuelo, Rosa María. 1 y 2.

Garrido de la Torre, Jeúus. 8.

González Pérez, Jesús. 1.

González Quintana, Javier. 3.

Izquierdo Huerta, Carmen. 4.

Martínez Vallejo, José. 4.

Moreno Esquinas, M.a Ángeles. 8.

Nieto García, Juan José. 3.

Pascual Tejedor, Sonia. 3.

Quintero Barbero, José Luis. 4.

Santana Arenas, María Alicia. 3.

Serrano Mohedano, Gloria. 4.

Sillero Espinar, Silvia. 4.

Soriano Bono, Diego. 4.

Vacas Jiménez, Manuel. 1.

Vargas Fernández, Javier. 1.

Códigos de exclusión:

1. No llevar un año en su anterior destino (base segunda.1).

2. Presentación fuera de plazo (base cuarta. 1, 2 , 3 y 4).

3. Faltar fotocopia de la instancia del funcionario/a con quien

condiciona (base quinta).

4. Discrepancia entre código informático y su literal (base

cuarta. 8).

5. Por haber obtenido destino en concurso resuelto

provisional o definitivamente con posterioridad a la fecha de finalización

del plazo de presentación de instancias del concurso actual.

6. Renuncia dentro del plazo (base cuarta.7).

7. Por no haber firmado la instancia (base cuarta.1, 2 y 3).

8. Por haber participado para dos Cuerpos (base cuarta.6).

9. Por no pertenecer a ningún Cuerpo de la Administración

de Justicia.

10. Por no indicar el Cuerpo para el que participa.

11. Por no pertenecer al Cuerpo para el que participa.

12. Por no corresponder las plazas solicitadas al Cuerpo para

el que participa.

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