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Documento BOE-A-2001-22857

Resolución de 15 de noviembre de 2001, de la Secretaría de Estado de Educación y Universidades, por la que se modifica la de 20 de julio de 2001 por la que se concedían ayudas económicas individuales para la asistencia a actividades de formación del profesorado.

Publicado en:
«BOE» núm. 291, de 5 de diciembre de 2001, páginas 44932 a 44932 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación, Cultura y Deporte
Referencia:
BOE-A-2001-22857

TEXTO ORIGINAL

Por Resolución de la Secretaría de Estado de Educación y Universidades de 14 de marzo de 2001 («Boletín Oficial del Estado» de 5 de abril), se convocan ayudas económicas individuales para la participación en actividades de formación del personal docente que presta servicios en el curso 2000-2001 en el exterior, determinándose en la misma que su concesión o denegación se determinará por la Secretaría General de Educación y Formación Profesional, por delegación de esta Secretaría de Estado, quedando condicionadas a que el beneficiario de la ayuda justifique debidamente su participación en la actividad.

De conformidad con la citada convocatoria, por Resolución de 20 de julio de 2001 («Boletín Oficial del Estado» de 22 de agosto), se resuelve la concesión de ayudas económicas individuales para la asistencia a actividades de formación, expresando la cuantía de la ayuda concedida en cada caso de acuerdo a los datos aportados en la correspondiente solicitud

Finalizada la actividad de formación para la que se concedió la ayuda, y una vez examinada la documentación justificativa remitida por los beneficiarios de la misma, se ha observado en determinados casos alteración en las condiciones tenidas en cuenta para la concesión de la ayuda procediendo, en consecuencia, la modificación de la resolución de concesión

Asimismo se ha producido en algún caso renuncia a la ayuda al no haberse realizado la actividad para la que se concedió.

En base a lo anterior, esta Secretaría de Estado ha resuelto:

Primero

Modificar el importe de la ayuda concedida al personal docente que se relaciona en Anexo a esta Resolución, según las cantidades que en el mismo se indican, de acuerdo a los datos aportados en la documentación justificativa de realización de la actividad y a lo dispuesto al respecto en la convocatoria de 14 de marzo de 2001

Segundo.

Aceptar la renuncia presentada por don Juan Antonio Casado Pérez, número de identificación fiscal 45.049.910-V, dejando sin efecto en este caso la Resolución de 20 de julio de 2001 por la que se le concedía una ayuda económica por importe íntegro de 185.000 pesetas.

Tercero.

Esta resolución es definitiva en la vía administrativa y contra la misma cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», conforme a lo establecido en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Asimismo, la presente resolución podrá ser recurrida potestativamente en reposición, ante este Ministerio en el plazo de un mes a partir del día siguiente a su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Madrid, 15 de noviembre de 2001.‒El Secretario de Estado, P. D. (Resolución de 13 de marzo de 2001, «Boletín Oficial del Estado» de 5 de abril), la Secretaria general de Educación y Formación Profesional, Isabel Couso Tapia

Ilmo. Sr. Director del Instituto Superior de Formación del Profesorado.

ANEXO
Perceptores de ayuda a quienes se modifica el importe concedido por Resolución de 20 de julio de 2001 («Boletín Oficial del Estado» de 22 de agosto), de acuerdo con los datos aportados en la documentación justificativa de realización de la actividad
Provincia Apellidos y nombre Número de identificación fiscal Sol, número

Importe de la ayuda concedida según datos de la solicitud

Pesetas

Cantidad a percibir según justificación y criterios establecidos en la convocatoria

Pesetas

Marruecos. Álvarez Acero, Carmen. N 10587257N. 1 118.700 95.757
Marruecos. Álvarez Acero, Carmen. N 10587257N. 2 156.694 141.694
Marruecos. García Camacho,Rafael. N 29737865N. 1 118.700 95.757
Importe total anexo. 394.094 333.208

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