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La entidad denominada Hermandad Nacional de Arquitectos Superiores, Mutualidad de Previsión Social a Prima Fija, inscrita en el Registro administrativo del artículo 74.1 de la Ley 30/1995, de 8 de noviembre, de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados, ha presentado en la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones solicitud de ampliación de prestaciones en los ramos de vida, accidentes y enfermedad (excluida la asistencia sanitaria), al amparo de lo previsto en el artículo 66 de dicha norma legal.
De la documentación que se adjunta a la solicitud formulada se desprende que se ha dado cumplimiento a lo establecido en la legislación vigente.
En consecuencia, a propuesta de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, he resuelto autorizar a la entidad Hermandad Nacional de Arquitectos Superiores, Mutualidad de Previsión Social a Prima Fija, con arreglo a lo previsto en el artículo 66 de la precitada norma legal, la ampliación de prestaciones en los ramos de vida, accidentes y enfermedad (excluida la asistencia sanitaria), de la clasificación establecida en la disposición adicional primera de la Ley 30/1995, de 8 de noviembre, de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados.
Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer con carácter potestativo recurso de reposición en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a la notificación de la misma. Asimismo, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, a partir del día siguiente a la notificación de la misma, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 25 y 46 de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, de 13 de julio de 1998, según lo establecido en la disposición adicional novena de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Lo que comunico a V. I. para su conocimiento y efectos.
Madrid, 19 de noviembre de 2001.–El Ministro, P. D. (Orden de 8 de noviembre de 2000), el Secretario de Estado de Economía, de la Energía y de la Pequeña y Mediana Empresa, José Folgado Blanco.
Ilma. Sra. Directora general de Seguros y Fondos de Pensiones.
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