Contido non dispoñible en galego
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 39.3 de la Ley
Orgánica 11/1983, de 25 de agosto, de Reforma Universitaria
("Boletín Oficial del Estado" de 1 de septiembre), y en el artículo
2.4 del Real Decreto 1888/1984, de 26 de septiembre, por el
que se regulan los concursos para la provisión de plazas de los
Cuerpos Docentes Universitarios ("Boletín Oficial del Estado" de
26 de octubre), y a tenor de lo dispuesto en el artículo 110.4
del Real Decreto 1280/1985, de 5 de junio, por el que se aprueban
los Estatutos de la Universidad de Alcalá ("Boletín Oficial del
Estado" de 30 de julio),
Este Rectorado, en uso de las competencias que le son
atribuidas por el artículo 150.2 de la misma norma, ha resuelto
convocar a concurso de méritos la plaza de Profesor Titular de
Universidad que se detalla en el anexo de la presente Resolución.
Uno. Dicho concurso se regirá por lo dispuesto en la Ley
Orgánica 11/1983, de 25 de agosto ("Boletín Oficial del Estado"
de 1 de septiembre); Real Decreto 1888/1984, de 26 de
septiembre ("Boletín Oficial del Estado" de 26 de octubre); Real
Decreto 1427/1986, de 13 de junio, que modifica y completa el anterior
("Boletín Oficial del Estado" de 11 de julio); Real Decreto
1280/1985, de 5 de junio ("Boletín Oficial del Estado" de 30
de julio), y en lo previsto en la legislación general de funcionarios
civiles del Estado.
Dos. Para ser admitido al citado concurso se requieren los
siguientes requisitos generales:
a) Ser español o nacional de un Estado miembro de la Unión
Europea o nacional de aquellos Estados a los que, en virtud de
Tratados Internacionales celebrados por la Comunidad Europea
y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación
de trabajadores en los términos en que ésta se halla definida en
el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea.
También podrán participar el cónyuge, descendientes y
descendientes del cónyuge, de españoles y de nacionales de otros
Estados miembros de la Unión Europea, menores de veintiún años
o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas, siempre que
no estén separados de derecho.
Este último beneficio será igualmente de aplicación a familiares
de nacionales de otros Estados cuando así se prevea en los
Tra
tados Internacionales celebrados por la Comunidad Europea y
ratificados por España.
b) Tener cumplidos los dieciocho años y no haber alcanzado
la edad de jubilación legalmente establecida.
c) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario,
del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas ni
hallarse inhabilitado para el desempeño de funciones públicas por
sentencia judicial firme.
d) No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación
física o psíquica incompatible con el desempeño de las funciones
correspondientes a Profesor de Universidad.
e) Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española,
deberán acreditar, igualmente, no estar sometidos a sanción
disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a
la función pública.
Tres. Deberán reunir, además, las condiciones específicas que
se señalan en los artículos 37 y 39.3 de la Ley Orgánica 11/1983
y que, en resumen, son las siguientes:
a) Estar en posesión del título de Doctor.
b) Pertenecer al Cuerpo de Profesores Titulares de
Universidad.
Los requisitos enumerados en este apartado y en el anterior
deberán poseerse el día de finalización del plazo de presentación
de solicitudes y mantenerse hasta el momento de la toma de
posesión como funcionario de carrera.
Cuatro. Quienes deseen tomar parte en el concurso de méritos
a la plaza convocada, remitirán la correspondiente solicitud al
Rector de la Universidad de Alcalá, por cualquiera de los
procedimientos establecidos en el artículo 38.4 de la Ley 4/1999,
de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de
Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común ("Boletín Oficial del Estado" de 14 de
enero). Las solicitudes que se presenten a través de las oficinas de
Correos deberán ir en sobre abierto, para ser fechadas y selladas
por el funcionario de Correos antes de ser certificadas, como señala
el precitado artículo. Las solicitudes suscritas en el extranjero
podrán cursarse a través de las representaciones diplomáticas o
consulares españolas correspondientes.
El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días
hábiles, a partir del día siguiente al de la publicación en el "Boletín
Oficial del Estado" de esta Resolución, mediante instancia (que
deberá ajustarse al modelo publicado en la página 1024 del
"Boletín Oficial del Estado" del día 9 de enero de 2001), debidamente
cumplimentada, junto con los documentos que acrediten reunir
los requisitos para participar en el concurso.
A la solicitud se acompañará una fotocopia del documento
nacional de identidad o pasaporte. Los aspirantes que no posean
la nacionalidad española y tengan derecho a participar, deberán
presentar dos fotocopias del documento que acredite su
nacionalidad y, en su caso, los documentos que acrediten el vínculo
de parentesco y el hecho de estar a cargo de un nacional de otro
Estado con el que tengan dicho vínculo. Asimismo, deberán
presentar declaración jurada o promesa de no estar separados de
derecho de su cónyuge.
Los aspirantes deberán justificar haber abonado en el Banco
Santander, a la cuenta número 0049/5175/74/2010229000
(Universidad de Alcalá, calle Libreros, 19, Alcalá de Henares),
la cantidad de 5.040 pesetas (30 euros), en concepto de derechos
de examen, bien directamente o mediante transferencia bancaria,
haciendo constar el nombre y apellidos del interesado y plaza
a la que concursa. Asimismo, deberá adjuntar a la solicitud copia
de dicho justificante.
Estarán exentos de abonar los derechos de examen dispuestos
anteriormente los aspirantes con discapacidad igual o superior
al 33 por 100, así como aquellos que se encuentren en la situación
de desempleo de forma ininterrumpida durante el mes anterior
a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
Para este caso, deberán acompañar a la solicitud alguno de los
siguientes documentos:
Certificado acreditativo expedido por el INEM en el que se
hagan constar los términos antes expresados.
Certificado acreditativo de la vida laboral expedido por el INSS,
en el que se haga constar que no ha estado de alta durante el
plazo antes señalado.
Cinco. Finalizado el plazo de presentación de instancias, el
Rector de la Universidad de Alcalá remitirá a todos los aspirantes
(por cualquiera de los procedimientos establecidos en la Ley
4/1999) la relación provisional completa de aspirantes admitidos
y excluidos, con indicación de las causas de exclusión. Contra
dicha Resolución, aprobando la lista provisional de aspirantes
admitidos y excluidos, los interesados podrán presentar
reclamación ante el Rector, en el plazo de quince días hábiles, a contar
desde el día siguiente al de la notificación de la misma.
Los aspirantes que, dentro del plazo señalado, no subsanen
el defecto determinante de la exclusión, justificando su derecho
a ser incluidos en la relación definitiva de aspirantes admitidos,
serán definitivamente excluidos de la realización de las pruebas.
Seis. Dentro del plazo habilitado reglamentariamente para la
constitución de la Comisión, el Presidente -previa consulta a los
restantes miembros de la misma- dictará una Resolución, que
deberá ser notificada a todos los interesados (tanto miembros
titulares de la Comisión -y, en su caso, a los suplentes necesarios-,
como a los aspirantes admitidos a participar en el concurso), con
una antelación mínima de quince días naturales respecto a la fecha
del acto para el que se le cita.
Siete. En el acto de presentación, los concursantes entregarán
al Presidente de la Comisión la documentación señalada en el
artículo 10 del Real Decreto 1427/1986.
Ocho. El candidato propuesto para la provisión de la plaza
deberá presentar en la Secretaría General de la Universidad, en
el plazo de quince días hábiles siguientes al de concluir la actuación
de la Comisión, por cualquiera de los medios señalados en el
artículo 38 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, los siguientes
documentos:
a) Documento nacional de identidad y fotocopia de éste para
su compulsa.
b) Certificación médica oficial de no padecer enfermedad ni
estar afectado por limitación física o psíquica incompatible con
el desempeño de las funciones correspondientes a Profesor de
Universidad, expedida por la Dirección Provincial o Consejería,
según proceda, competente en materia de sanidad.
c) Declaración jurada de no haber sido separado, mediante
expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las
Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el desempeño
de funciones públicas por sentencia judicial firme.
Los que tuvieran la condición de funcionarios públicos de
carrera estarán exentos de justificar tales documentos y requisitos,
debiendo presentar certificado del Ministerio u organismo del que
dependan, acreditativa de su condición de funcionarios, y cuantas
circunstancias consten en la hoja de servicios.
Nueve. Los aspirantes, por el hecho de participar en la
presente prueba selectiva, se someten a las bases de esta convocatoria
y a las decisiones que adopte la Comisión correspondiente, sin
perjuicio de que puedan interponer los recursos que correspondan.
Esta Resolución, así como cuantos actos administrativos se
deriven de ella y de las actuaciones de las Comisiones, podrá
ser recurrida en vía contencioso-administrativa en el plazo de dos
meses, a contar desde el día siguiente al de la notificación o
publicación del acto, ante los Juzgados de lo
Contencioso-Administrativo de Madrid. Sin perjuicio de lo anterior, igualmente podrá
ser recurrida, potestativamente, en reposición ante este Rectorado,
en el plazo de un mes. En este caso, no podrá interponerse recurso
contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente
o se haya producido la desestimación presunta del recurso de
reposición interpuesto.
Alcalá de Henares, 23 de noviembre de 2001.-El Rector,
Manuel Gala Muñoz.
ANEXO
1. Cuerpo al que pertenece la plaza: Profesores Titulares de
Universidad. Área de conocimiento: "Teoría de la Literatura y
Literatura Comparada". Departamento al que está adscrita: Filología.
Perfil: Teoría de la Literatura y Literatura Comparada. Número
de plazas: Una. Clase de convocatoria: Concurso de méritos.
Código de la plaza: Z014/DTL203.
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