En cumplimiento de lo previsto en la base IX de la Resolución
de la Dirección General de Recursos Humanos del INSALUD de 3
de diciembre de 1997 ("Boletín Oficial del Estado" del 24), por
la que se publicó la convocatoria general por la que se establecen
las bases comunes que han de regir en régimen descentralizado
por provincias las pruebas selectivas para la adjudicación de
vacantes de diversas categorías de personal de los grupos D y E de
las Instituciones Sanitarias de la Seguridad Social dependientes
del INSALUD, así como en la base novena de la Resolución de 16
de julio de 1998, de convocatoria de pruebas selectivas en cada
Dirección Territorial/Provincial del INSALUD de plazas de
Celadores, Pinches y Auxiliares Administrativos,
Esta Dirección General, en virtud de las funciones que tiene
asignadas por el artículo 15.2 del Real Decreto 1450/2000, de 28
de julio ("Boletín Oficial del Estado" del 29), resuelve
Primero.-Nombrar a los adjudicatarios de plaza relacionados
en el anexo I personal estatutario del INSALUD en la categoría
de Pinche, con los destinos que se indican.
Segundo.-Los nombrados deberán tomar posesión de sus
plazas en la Dirección Territorial/Provincial que en cada caso
corresponda en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente
al de la publicación de la presente Resolución en el "Boletín Oficial
del Estado" (base 9.2 de la Resolución de 3 de diciembre de 1997).
Tercero.-Cuando un aspirante no tome posesión de la plaza
adjudicada en el plazo indicado perderá todos los derechos
derivados de su participación en el concurso-oposición, salvo que se
deba a causa justificada así apreciada por esta Dirección General.
Cuarto.-En aplicación de lo establecido en la disposición
adicional décima del Real Decreto-ley 1/1999, de 8 de enero, sobre
selección de personal estatutario y provisión de plazas en las
Instituciones Sanitarias de la Seguridad Social, los Pinches
nombrados en virtud de la presente Resolución que ya tuvieran plaza
en propiedad en alguna otra categoría estatutaria podrán optar,
en el momento de tomar posesión de la nueva plaza, por pasar
a la situación de excedencia voluntaria en una de ellas. A falta
de opción expresa se entenderá que se solicita la excedencia
voluntaria en la categoría de origen.
Quinto.-Los Pinches nombrados en virtud de la presente
Resolución que ya tuvieran plaza en propiedad como Pinche deberán
renunciar a la plaza de origen en el momento de tomar posesión
de la nueva plaza.
Sexto.-Se pospone el nombramiento del aspirante don Oliverio
Dopazo Bodas hasta que no queden acreditados distintos aspectos
derivados de la documentación presentada por el interesado en
cumplimiento del trámite previsto en la norma octava d) y
novena 1, de la convocatoria.
Séptimo.-Contra la presente Resolución los interesados
podrán interponer recurso potestativo de reposición ante esta
Dirección General, dentro del plazo de un mes contado desde
el día siguiente al de la publicación de esta Resolución en el
"Boletín Oficial del Estado" (artículos 116 y 117, y disposición
transitoria segunda, párrafo segundo, de la Ley 4/1999, de 13 de
enero, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre),
o bien interponer directamente recurso contencioso-administrativo
ante la Sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia
de Madrid, dentro del plazo de dos meses a contar desde el día
siguiente al de publicación de la presente Resolución en el "Boletín
Oficial del Estado", a tenor de lo previsto en los artículos 10.1.i),
14.2 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio ("Boletín Oficial
del Estado" del 14), reguladora de la Jurisdicción Contencioso
Administrativa.
Madrid, 26 de noviembre de 2001.-El Director general, Josep
María Bonet Bertomeu.
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Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid