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Documento BOE-A-2001-24373

Resolución de 4 de diciembre de 2001, de la Universidad de Zaragoza y de la Dirección General del INSALUD, por la que se hace pública la convocatoria a concurso de acceso a vacantes de plazas vinculadas.

Publicado en:
«BOE» núm. 305, de 21 de diciembre de 2001, páginas 48985 a 48993 (9 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Universidades
Referencia:
BOE-A-2001-24373

TEXTO ORIGINAL

Existiendo vacantes de plazas vinculadas incluidas en el

concierto suscrito entre la Universidad de Zaragoza y la Dirección

General del Instituto Nacional de la Salud, aprobado por Orden

de 13 de diciembre de 1989 ("Boletín Oficial del Estado" del 19).

De conformidad con lo establecido en la base octava de las

previstas en el Real Decreto 1558/1986, de 28 de junio ("Boletín

Oficial del Estado" de 31 de julio), el Rectorado de la Universidad

de Zaragoza y la Dirección General del Instituto Nacional de la

Salud acuerdan hacer pública la convocatoria de pruebas

selectivas para cobertura de plazas vinculadas que figura como

anexo I a la presente Resolución.

Bases de convocatoria

1. Normas generales

1.1 Se convocan pruebas selectivas para cubrir por concurso

de acceso cinco plazas vinculadas cuyas características relativas,

cuerpo docente, área de conocimiento, departamento, categoría

asistencial, especialidad, área sanitaria, sistema de selección y

demás especificaciones figuran en el anexo I de esta convocatoria.

1.2 La normativa aplicable a las presentes pruebas estará

constituida:

Por lo establecido en la Ley Orgánica 11/1983, de 25 de

agosto, de Reforma Universitaria ("Boletín Oficial del Estado" de 1

de septiembre), y por el Real Decreto 1888/1984, de 26 de

septiembre ("Boletín Oficial del Estado" de 26 de octubre), modificado

por el Real Decreto 1427/1986, de 13 de junio ("Boletín Oficial

del Estado" de 11 de julio), por el que se regulan los concursos

para la provisión de plazas de los Cuerpos Docentes Universitarios,

así como por lo establecido en la base octava de las contenidas

en el Real Decreto 1558/1986, de 28 de junio ("Boletín Oficial

del Estado" de 31 de julio), por el que se establecen las bases

generales del régimen de conciertos entre las universidades y las

instituciones sanitarias.

Para la evaluación de los méritos asistenciales se tendrá en

cuenta lo establecido en la Ley 30/1999, de 5 de octubre ("Boletín

Oficial del Estado" del 6), sobre Selección y Provisión de Plazas

de Personal Estatutario en los Servicios de Salud.

Con carácter supletorio será de aplicación lo establecido en

el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo ("Boletín Oficial del

Estado" de 10 de abril), por el que se aprueba el Reglamento

General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración

General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y

Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la

Administración General del Estado.

1.3 El régimen jurídico de las plazas vinculadas será el

establecido en el Real Decreto 1558/1986, de 28 de junio ("Boletín

Oficial del Estado" número 182, de 31 de julio), modificado por

el Real Decreto 644/1988, de 3 de junio, y por el Real

Decreto 1652/1991, de 11 de octubre, considerándose a todos los

efectos como un solo puesto de trabajo, que supondrá para los que

resulten seleccionados el cumplimiento de las funciones docentes,

asistenciales y de investigación implícitas en dichos puestos de

trabajo.

Las plazas de Cuerpos docentes convocadas quedan vinculadas

con la plaza asistencial de Facultativo Especialista de Área de

la especialidad que en cada caso corresponda, de acuerdo con

las normas que rigen esta convocatoria, según se establece en

el apartado 1.2 anterior.

En el supuesto de que alguno de los aspirantes seleccionados

se encontrase ejerciendo como Jefe de servicio o sección en la

plaza obtenida por este concurso en el mismo centro y especialidad

al que pertenece la vacante, se mantendrá en el puesto asistencial

que viene desempeñando, debiendo someterse a los sistemas de

evaluación contemplados en la disposición adicional undécima

de la Ley 30/1999, de 5 de octubre ("Boletín Oficial del Estado"

del 6), sobre Selección y Provisión de Plazas de Personal

Estatutario en los Servicios de Salud.

1.4 Todas las plazas convocadas están dotadas de

complemento específico, por lo que la dedicación del personal que

obtenga la plaza en virtud de la presente convocatoria será con carácter

exclusivo a la actividad docente y al sistema sanitario público.

El régimen de prestación de servicios asistenciales será el que

tenga asignado en cada momento el servicio al que se encuentra

adscrita la plaza, pudiendo ser éste, indistintamente, de mañana

o tarde.

1.5 El sistema de selección de cada plaza será el de "acceso"

(artículo 39 de la Ley de Reforma Universitaria), según se especifica

en el anexo I a esta convocatoria, completándose los documentos

a aportar por los interesados de acuerdo con el punto 1.2 de

la presente convocatoria, con todos los que de acuerdo al baremo

puedan acreditar méritos asistenciales.

Los aspirantes deberán realizar además una prueba práctica

acorde con la especialidad a la que pertenezca la vacante, que

consistirá básicamente en la exposición escrita durante un tiempo

máximo de cuatro horas con posterior lectura pública, de uno

o varios supuestos clínicos iguales para todos los aspirantes a

la misma plaza.

2. Requisitos de los candidatos

2.1 Requisitos comunes para todas las plazas:

Para ser admitidos a la realización de estas pruebas selectivas

los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

a) Ser español, nacional de los demás Estados miembros de

la Unión Europea o nacional de aquellos Estados, a los que, en

virtud de tratados internacionales celebrados por la Unión Europea

y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación

de trabajadores en los términos en que ésta se halla definida en

el Tratado Constitutivo de la Comunidad Europea.

También podrán participar el cónyuge, descendientes y

descendientes del cónyuge de los españoles y de los nacionales de

otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no

estén separados de derecho, menores de veintiún años o mayores

de dicha edad que vivan a sus expensas. Este último beneficio

será igualmente de aplicación a familiares de nacionales de otros

Estados cuando así se prevea en los tratados internacionales

celebrados por la Comunidad Europea y ratificados por España.

b) Tener cumplidos los dieciocho años y no haber cumplido

los setenta años de edad.

c) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario,

del servicio de la Administración del Estado o de la Administración

Autónoma, Institucional o Local, ni hallarse inhabilitado para el

ejercicio de funciones públicas. Los aspirantes cuya nacionalidad

no sea la española deberán acreditar, documentalmente o

mediante declaración jurada o promesa que no están sometidos a sanción

disciplinaria o condena penal que impida en su Estado el acceso

a la función pública, en el modelo que figura como anexo IV a

esta convocatoria.

d) No padecer enfermedad ni defecto físico o psíquico que

impida el desempeño de las funciones correspondientes a Profesor

de Universidad.

e) Estar en posesión del título de Doctor, salvo para las plazas

de Titular de Escuela Universitaria, en las que se requiere el título

de Licenciado, a excepción de las plazas de Profesor Titular de

Escuela Universitaria del área de conocimiento de "Enfermería y

Fisioterapia" para las que, de conformidad con la base undécima

del punto dos de la Orden de 28 de febrero de 1990 ("Boletín

Oficial del Estado" de 9 de marzo) se precisa el título de diplomado

en Enfermería (o, en su caso, Fisioterapia).

f) Estar en posesión del título de especialista que para cada

plaza se especifica en el anexo I a esta convocatoria.

g) Haber efectuado el pago de los derechos a que se refiere

la base tercera, punto 3.2, apartado 4, de la presente convocatoria.

h) Las condiciones específicas que se señalan en el

artículo 4 del Real Decreto 1888/1984, de 26 de septiembre, según

la categoría de la plaza y clase de concurso.

2.2 Los requisitos establecidos en la presente base deberán

cumplirse en el momento de finalizar el plazo de presentación

de solicitudes y mantenerse hasta el momento de la toma de

posesión.

3. Solicitudes

3.1 La solicitud para participar en estas pruebas se ajustará

al modelo que se adjunta como anexo II a esta convocatoria.

3.2 Quienes deseen tomar parte en el concurso remitirán la

correspondiente solicitud al Rector de la Universidad de Zaragoza,

por cualquiera de los medios establecidos en la Ley 30/1992,

de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo Común ("Boletín

Oficial del Estado" número 285, del 27 ; corrección de errores en

el "Boletín Oficial del Estado" número 311, de 28 de diciembre),

modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, en el plazo de

veinte días hábiles a partir de la publicación de esta convocatoria

en el "Boletín Oficial del Estado", mediante instancia según modelo

anexo II, debidamente cumplimentada, junto con la siguiente

documentación:

1. Fotocopia del documento nacional de identidad o

pasaporte.

Los aspirantes que no posean nacionalidad española y tengan

derecho a participar deberán presentar dos fotocopias del

documento que acredite su nacionalidad y, en su caso, los documentos

que acrediten el vínculo de parentesco y el hecho de vivir a

expensas o estar a cargo del nacional de otro Estado con el que tenga

dicho vínculo. Asimismo, deberán presentar declaración jurada

o promesa de éste de que no están separados de derecho de su

cónyuge y, en su caso, del hecho de que el aspirante vive a sus

expensas o está a su cargo.

2. Fotocopia del título de Especialista que proceda

compulsada por Notario o cotejada por el Servicio de Personal de la

Universidad de Zaragoza.

3. Documentación acreditativa de tener las condiciones

específicas señaladas en el artículos 4.1 del Real Decreto 1888/1984,

de 26 de septiembre ("Boletín Oficial del Estado" de 26 de octubre).

4. Resguardo que justifique el pago de 7.000 pesetas en

concepto de formación de expediente y por derechos de examen, a

través de alguna de estas dos modalidades:

a) Ingreso/transferencia en la cuenta corriente número

2086-0002-18-0700137264 de la agencia número 2 de la Caja

de Ahorros de la Inmaculada.

b) Giro postal o telegráfico dirigido a la Sección de Tesorería

y Contabilidad de esta Universidad, indicando su nombre y

apellidos y número de la plaza a la que concursa.

3.3 Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán

subsanarse en cualquier momento de oficio a instancia de los

interesados.

3.4 El domicilio que figura en las solicitudes se considerará

el único válido a efectos de notificación, siendo responsabilidad

exclusiva del concursante tanto los errores en la consignación

del mismo como la comunicación de cualquier cambio de dicho

domicilio.

4. Admisión de aspirantes

4.1 Terminado el plazo de presentación de solicitudes, el

Rector, informado el Director territorial del INSALUD de Zaragoza

(que actuará por delegación del Subsecretario del Ministerio de

Sanidad y Consumo), dictará resolución por la que se aprueba

la lista de admitidos y excluidos, con indicación de las causas

de exclusión.

El Rector, por cualquiera de los procedimientos establecidos

en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas

y del Procedimiento Administrativo Común, remitirá dicha

resolución a todos los aspirantes y miembros de la Comisión de

Selección.

4.2 Contra la resolución que apruebe la lista de admitidos

y excluidos, los interesados podrán interponer reclamación ante

el Rector, en el plazo de quince días hábiles, a contar desde el

día siguiente al de la notificación de la lista de admitidos y

excluidos. Resueltas las posibles reclamaciones, la relación mencionada

adquirirá la condición de definitiva.

5. Comisión de Selección

5.1 Los integrantes de la Comisión de Selección serán

designados de conformidad con lo establecido en la base octava, dos, B,

de las contenidas en el Real Decreto 1558/1986.

5.2 El nombramiento como miembro de la Comisión es

irrenunciable, salvo cuando concurra causa justificada o alguno de

los motivos de abstención previstos en el artículo 28 de la Ley

de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del

Procedimiento Administrativo Común.

El plazo para solicitar la renuncia o abstención será de diez

días naturales, contados a partir del siguiente al de la notificación

de la lista de admitidos y excluidos.

Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros de

la Comisión cuando concurra alguno de los motivos de abstención

previstos en el artículo 29 de la Ley de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo

Común.

El escrito de renuncia o abstención o, en su caso, recusación

se dirigirá al Rector de la Universidad, quien resolverá en el plazo

de cinco días a contar desde su recepción, actuándose a

continuación, en su caso, según lo establecido en los apartados 10,

11 y 12 del artículo 6 del Real Decreto 1888/1984, modificado

por Real Decreto 1427/1986.

5.3 Para el funcionamiento interno de la Comisión, ésta

tendrá en cuenta lo previsto específicamente en los artículos 7 y

11 del Real Decreto 1888/1984.

6. Desarrollo del concurso

6.1 De la constitución de la Comisión y de la citación al acto

de presentación:

El Presidente de la Comisión, transcurrido el plazo establecido

en la base 5.2 para solicitar la renuncia o abstención, dictará

resolución convocando:

a) A todos los miembros titulares de la Comisión y, en su

caso, suplentes para proceder al acto de constitución de la misma,

para fijar y hacer públicos los criterios que se utilizarán para la

baremación equilibrada de las pruebas, así como para determinar

las demás especificaciones que sean necesarias para la realización

de la prueba práctica, que deberá ser acorde con lo señalado

en la base 1.5.

En el acto de constitución la Comisión adoptará, además, todas

las decisiones que le correspondan en orden al correcto desarrollo

de las pruebas.

b) A todos los aspirantes admitidos, con una antelación

mínima de quince días naturales, para realizar el acto de presentación

de los concursantes, con señalamiento del día, hora y lugar de

celebración de dicho acto, que no podrá exceder de dos días

hábiles desde la constitución de la Comisión.

6.2 Del acto de presentación:

a) En el acto de presentación, que será público, los

concursantes entregarán al Presidente de la Comisión la documentación

señalada en el artículo 9.1 del Real Decreto 1888/1984, de 26

de septiembre, modificado por el Real Decreto 1427/1986, de

13 de junio.

El modelo de currículum vitae a presentar será el que se

acompaña a la presente convocatoria como anexo III.

b) Además de la documentación contemplada en el artículo

9.1 del Real Decreto antes citado, los aspirantes deberán presentar

también los documentos acreditativos de los méritos a contemplar

según el baremo aplicable.

c) En el acto de presentación la Comisión comunicará a los

concursantes las características de la prueba práctica, de acuerdo

con lo previsto en las bases 1.5 y 6.1.a) de esta convocatoria.

d) En el acto de presentación se determinará, mediante sorteo,

el orden de actuación de los aspirantes y se fijará el lugar, fecha

y hora del comienzo de las pruebas, las cuales deberán comenzar

en el plazo de veinte días hábiles a contar desde el siguiente al

acto de presentación.

6.3 De las pruebas:

a) Previamente a la realización de la primera prueba, cada

miembro de la Comisión entregará al Secretario de la misma un

informe razonado sobre los méritos alegados por cada uno de

los aspirantes.

b) La primera prueba, que será pública, consistirá en la

exposición oral por el concursante de los méritos alegados (incluidos

los asistenciales) y la defensa del proyecto docente presentado,

seguido de un debate con la Comisión durante un tiempo máximo

de tres horas.

Esta prueba tendrá carácter eliminatorio para todos aquellos

que no obtengan al menos tres votos.

c) La segunda prueba, que será pública, consistirá en la

exposición oral por el aspirante, durante un tiempo máximo de dos

horas, de un trabajo original de investigación realizado por el

aspirante solo o en equipo, en este último caso como director

de la investigación, lo que deberá quedar certificado por los

miembros del equipo, seguido de un debate con la Comisión, durante

un tiempo máximo de tres horas sobre aquellos aspectos que

considere relevantes en relación con dicho trabajo.

Con carácter previo a la realización de esta prueba y una vez

calificada la primera, los aspirantes entregarán a la Comisión un

resumen del trabajo original de investigación que vaya a ser

expuesto oralmente.

d) La tercera prueba, de carácter práctico, será efectuada si

así lo estima conveniente la Comisión de Selección y revestirá

las características que estime oportuno, siendo la misma para

todos los aspirantes.

e) Finalizadas las pruebas y antes de su calificación, la

Comisión o cada uno de sus miembros elaborará un informe sobre

la valoración que le merece cada concursante, de acuerdo con

los criterios previamente fijados por la Comisión.

7. De la propuesta

7.1 La propuesta para la provisión de plazas se realizará por

el sistema de votación, en el plazo máximo de treinta días a partir

de la fecha del comienzo de las pruebas. A estos efectos la

Comisión hará pública en el tablón de anuncios del Rectorado una

Resolución formulando su propuesta y el voto de cada uno de

sus miembros.

7.2 Para la formulación de la propuesta la Comisión tendrá

en cuenta lo establecido en el artículo 11 del Real Decreto

1888/1984.

7.3 Formulada la propuesta el Secretario de la Comisión, en

el plazo de los siete días siguientes al de la finalización de sus

actuaciones, entregará a la Secretaría General de la Universidad

el expediente administrativo del concurso, que incluirá los

documentos que se citan en el artículo 12 del Real Decreto 1888/1984.

7.4 Contra la propuesta de la Comisión, los candidatos

podrán presentar reclamación en el plazo de quince días hábiles

desde su publicación, ante el Rector de la Universidad de Zaragoza,

excepto en el supuesto de que no exista propuesta de provisión

de plazas, actuándose a continuación en los términos previstos

en el artículo 14 del Real Decreto 1888/1984.

8. Presentación de documentos y nombramientos

8.1 Los candidatos propuestos para la provisión de las plazas

deberán presentar, dirigidos al Rector de la Universidad de

Zaragoza, en el plazo de quince días hábiles siguientes al de concluir

la actuación de la Comisión, por cualquiera de los medios

señalados en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico

de las Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común ("Boletín Oficial del Estado" número 285, del 27 ;

corrección de errores en el "Boletín Oficial del Estado" número

311, de 28 de diciembre), modificada por la Ley 4/1999, de 13

de enero, los siguientes documentos:

a) Fotocopia del documento nacional de identidad.

b) Certificación médica de no padecer enfermedad o defecto

físico o psíquico que impida el desempeño de las funciones docentes

y asistenciales, mediante reconocimiento efectuado por el Servicio

Médico que determine la Dirección Provincial del INSALUD.

c) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado

de la Administración del Estado, Institucional o Local, ni de las

Administraciones de las Comunidades Autónomas, en virtud de

expediente disciplinario y no hallarse inhabilitado para el ejercicio

de la función pública, según modelo que figura como anexo IV

a esta convocatoria. En el caso de aspirantes que no posean la

nacionalidad española deberán presentar declaración jurada o

promesa de no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena

penal que impida en su Estado el acceso a la Función Pública.

d) Los que tuvieran la condición de funcionarios públicos de

carrera estarán exentos de justificar tales documentos y requisitos,

debiendo presentar certificación del Ministerio u organismo del

que dependan, acreditativa de su condición de funcionarios y de

cuantas circunstancias consten en la hoja de servicios.

e) Los nombramientos propuestos por la Comisión serán

efectuados por el Rector de la Universidad de Zaragoza y el Director

general del INSALUD, de conformidad con lo dispuesto en la

disposición adicional primera, 6, del Real Decreto 1415/1994, de

25 de junio.

f) En el plazo máximo de un mes a contar desde el día siguiente

al de la publicación de la Resolución en el "Boletín Oficial del

Estado", el aspirante propuesto deberá tomar posesión de su

destino.

9. Norma final

Contra la presente Resolución, que agota la vía administrativa

de conformidad con lo establecido en el artículo 22 de la

Ley 11/1983, de 25 de agosto, de Reforma Universitaria, cabe

interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos

meses a partir del día siguiente al de la presente publicación en

el Boletín Oficial, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo

del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, según lo dispuesto

en el artículo 10.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora

de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa ("Boletín Oficial del

Estado" número 167, del 14).

No obstante, los interesados podrán optar por inteponer contra

esta Resolución recurso de reposición, en el plazo de un mes,

ante este órgano, en cuyo caso no cabrá interponer el recurso

contencioso-administrativo anteriormente citado en tanto recaiga

resolución expresa o presunta del recurso de reposición, de

acuerdo con lo dispuesto en los artículos 116 y siguientes de la Ley

30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común,

modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero ("Boletín Oficial

del Estado" número 12, del 14).

Zaragoza, 4 de diciembre de 2001.-El Rector, Felipe Pétriz

Calvo.-El Director general del INSALUD, Josep María Bonet

Bertomeu.

ANEXO I

Concurso número: 1V.

Número de plazas: Una.

Cuerpo docente: Catedráticos de Universidad.

Área de conocimiento: "Farmacología".

Departamento: Farmacología y Fisiología.

Centro docente: Facultad de Medicina.

Categoría asistencial: Facultativo Especialista de Área.

Área asistencial: Farmacología Clínica.

Título: Especialista en Farmacología Clínica.

Centro asistencial: Hospital Universitario "Miguel Servet".

Actividades a realizar: Docencia, asistencia e investigación en

Farmacología Clínica.

Clase convocatoria: Concurso.

Concurso número: 2V.

Número de plazas: Una.

Cuerpo docente: Catedráticos de Universidad.

Área de conocimiento: "Parasitología".

Departamento: Microbiología, Medicina Preventiva y Salud

Pública.

Centro docente: Facultad de Medicina.

Categoría asistencial: Facultativo Especialista de Área.

Área asistencial: Microbiología y Parasitología Clínica.

Título: Especialista en Microbiología y Parasitología.

Centro asistencial: Hospital Universitario "Miguel Servet".

Actividades a realizar: Docencia, asistencia e investigación en

Microbiología y Parasitología Clínica.

Clase convocatoria: Concurso.

Concurso número: 3V.

Número de plazas: Una.

Cuerpo docente: Catedráticos de Universidad.

Área de conocimiento: "Psiquiatría".

Departamento: Medicina y Psiquiatría.

Centro docente: Facultad de Medicina.

Categoría asistencial: Facultativo Especialista de Área.

Área asistencial: Psiquiatría.

Título: Especialista en Psiquiatría.

Centro asistencial: Hospital Clínico Universitario "Lozano

Blesa".

Actividades a realizar: Docencia, asistencia e investigación en

Psiquiatría.

Clase convocatoria: Concurso.

Concurso número: 4V.

Número de plazas: Una.

Cuerpo docente: Profesores Titulares de Universidad.

Área de conocimiento: "Cirugía".

Departamento: Cirugía, Ginecología y Obstetricia.

Centro docente: Facultad de Medicina.

Categoría asistencial: Facultativo Especialista de Área.

Área asistencial: Traumatología y Ortopedia.

Título: Especialista en Traumatología y Ortopedia.

Centro asistencial: Hospital Universitario "Miguel Servet".

Actividades a realizar: Docencia, asistencia e investigación en

Traumatología y Ortopedia.

Clase convocatoria: Concurso.

Concurso número: 5V.

Número de plazas: Una.

Cuerpo docente: Profesores Titulares de Universidad.

Área de conocimiento: "Medicina".

Departamento: Medicina y Psiquiatría.

Centro docente: Facultad de Medicina.

Categoría asistencial: Facultativo Especialista de Área.

Área asistencial: Cardiología.

Título: Especialista en Cardiología.

Centro asistencial: Hospital Universitario "Miguel Servet".

Actividades a realizar: Docencia, asistencia e investigación en

Cardiología.

Clase convocatoria: Concurso.

ANEXOS (ver imágenes páginas 48989 a 48993).

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