Visto el expediente de indulto de doña Antonia Gallardo Torres, con los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, condenada por el Juzgado de lo Penal número 1 de Pamplona, en sentencia de fecha 22 de diciembre de 2000, como autora de un delito contra la salud pública, a la pena de tres años y un día de prisión y multa de 4.260.000 pesetas, con las accesorias de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos en el año 2000, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 30 de noviembre de 2001, Vengo en conmutar a doña Antonia Gallardo Torres la pena privativa de libertad impuesta, por otra de dos años de prisión, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de cuatro años, desde la publicación del presente Real Decreto.
Dado en Madrid a 30 de noviembre de 2001.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia,
ÁNGEL ACEBES PANIAGUA
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