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Documento BOE-A-2001-24413

Real Decreto 1364/2001, de 30 de noviembre, por el que se acuerda la segregación de la Delegación de Extremadura del Colegio Oficial de Biólogos.

Publicado en:
«BOE» núm. 305, de 21 de diciembre de 2001, páginas 49198 a 49198 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación, Cultura y Deporte
Referencia:
BOE-A-2001-24413
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/rd/2001/11/30/1364

TEXTO ORIGINAL

El Colegio Oficial de Biólogos, una vez cumplidos los requisitos establecidos en el artículo 69 de sus Estatutos, aprobados por Real Decreto 693/1996, de 26 de abril, y modificados por Real Decreto 744/2001, de 29 de junio, ha solicitado la segregación de la Delegación que actualmente tiene en Extremadura, para la posterior creación del Colegio Oficial de Biólogos en esa Comunidad Autónoma, de acuerdo con lo establecido en el apartado 2 del artículo 4 de la Ley 2/1974, de 13 de febrero, de Colegios Profesionales, modificada por las Leyes 74/1978, de 26 de diciembre, y 7/1997, de 14 de abril, y el Real Decreto-ley 6/2000, de 23 de junio.

El Colegio Oficial de Biólogos tiene ámbito estatal, por lo que la competencia para aprobar el acto de segregación corresponde al Estado, mientras que la creación de un nuevo Colegio Oficial de Biólogos de Extremadura es competencia de la Comunidad Autónoma al desarrollar su actividad en este ámbito territorial.

En su virtud, a propuesta de la Ministra de Educación, Cultura y Deporte y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 30 de noviembre de 2001,

D I S P O N G O :

Artículo único. Acto de segregación.

Se segrega del Colegio Oficial de Biólogos la actual Delegación del mismo en Extremadura.

Disposición transitoria única. Efectos de la segregación.

La segregación a que se refiere el artículo único de este Real Decreto tendrá efectividad a partir de la entrada en vigor de la norma autonómica de creación del Colegio Oficial de Biólogos de Extremadura.

Disposición final única. Entrada en vigor.

El presente Real Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial del Estado".

Dado en Madrid a 30 de noviembre de 2001.

JUAN CARLOS R.

La Ministra de Educación, Cultura y Deporte,

PILAR DEL CASTILLO VERA

ANÁLISIS

  • Rango: Real Decreto
  • Fecha de disposición: 30/11/2001
  • Fecha de publicación: 21/12/2001
  • Fecha de entrada en vigor: 22/12/2001
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con:
    • art. 69 de los estatutos aprobados por Real Decreto 693/1996, de 26 de abril (Ref. BOE-A-1996-11543).
    • art. 4.2 de la Ley 2/1974, de 13 de febrero (Ref. BOE-A-1974-289).
Materias
  • Biología
  • Colegios Profesionales
  • Extremadura

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