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Documento BOE-A-2001-24609

Resolución de 14 de diciembre de 2001, de la Universidad de Granada, por la que se convocan pruebas selectivas para ingreso en la Escala Administrativa (Especialidad Informática).

Publicado en:
«BOE» núm. 309, de 26 de diciembre de 2001, páginas 49670 a 49675 (6 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Universidades
Referencia:
BOE-A-2001-24609

TEXTO ORIGINAL

En cumplimiento de lo dispuesto en los Estatutos de esta

Universidad, aprobados por acuerdo del Consejo de Gobierno de la

Junta de Andalucía de 15 de mayo de 1985 y publicados por

Decreto 162/1985, de 17 de julio, en el "Boletín Oficial de la

Junta de Andalucía" número 74, de 26 de julio, y con el fin de

atender las necesidades de personal de Administración y Servicios,

Este Rectorado, en uso de las competencias que le están

atribuidas en el artículo 18 de la Ley de Reforma Universitaria, en

relación con el artículo 3.2.e), de la misma norma, así como en

los artículos 183 y siguientes de los Estatutos de esta Universidad,

resuelve convocar pruebas selectivas para el ingreso en la Escala

Administrativa (Especialidad Informática) de la Universidad de

Granada, con arreglo a las siguientes

Bases de convocatoria

1. Normas generales

1.1 Se convocan pruebas selectivas para cubrir 10 plazas de

funcionarios de la Escala Administrativa (Especialidad Informática)

de la Universidad de Granada, con la siguiente distribución:

a) Siete plazas por el sistema de promoción interna.

b) Tres plazas mediante el sistema general de acceso libre.

1.1.1 Las plazas sin cubrir de las reservadas a la promoción

interna se acumularán a las del sistema general de acceso libre.

En este sentido, la fase de oposición del sistema de promoción

interna finalizará antes que la correspondiente al sistema general

de acceso libre.

1.1.2 Los aspirantes que ingresen por el sistema de

promoción interna, en virtud de lo dispuesto en el artículo 78 del Real

Decreto 364/1995, de 10 de marzo, de Ingreso del Personal al

Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión

de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios

Civiles de la Administración General del Estado, tendrán, en todo

caso, preferencia para cubrir los puestos vacantes sobre los

aspirantes que no procedan de este turno.

1.1.3 Los aspirantes sólo podrán participar en uno de los

dos sistemas de ingreso citado.

1.2 A las presentes pruebas selectivas les serán aplicables

la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma

de la Función Pública, modificada por la Ley 23/1988, de 28

de julio; el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que

se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al

Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión

de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios

Civiles de la Administración General del Estado; los Estatutos de

la Universidad de Granada, el Reglamento del Personal de

Administración y Servicios de esta Universidad, y lo dispuesto en la

presente convocatoria.

1.3 El programa que ha de regir las pruebas selectivas es

el que se acompaña como anexo I a esta convocatoria.

1.4 Para los aspirantes que participen por el turno de

promoción interna, el procedimiento de selección será el de

concurso-oposición, con las valoraciones, pruebas, puntuaciones y

materias que se especifican como anexo II de esta convocatoria. En

ningún caso, la puntuación obtenida en la fase de concurso podrá

aplicarse para superar los ejercicios de la fase de oposición.

Para los aspirantes que participen por el sistema general de

acceso libre, el procedimiento de selección será el de oposición,

con las valoraciones pruebas, puntuaciones y materias que se

especifican como anexo II de esta convocatoria.

1.5 La adjudicación de las plazas a aquellos aspirantes que

superen el proceso selectivo se efectuará de acuerdo con la

puntuación total obtenida por estos a lo largo de todo el proceso.

Para ello se aplicará lo dispuesto en la base 1.1.2 de esta

convocatoria.

1.6 Las pruebas selectivas se desarrollarán con arreglo al

siguiente calendario: El primer ejercicio se iniciará a partir del

15 de junio de 2002. La fecha, hora y lugar del mismo, se fijará

en la Resolución del Rectorado en que se aprueben las listas de

admitidos y excluidos.

1.7 No se podrá declarar superado el proceso selectivo a un

número de aspirantes superior al de plazas convocadas.

2. Requisitos de los aspirantes

2.1 Para ser admitidos a la realización de las pruebas

selectivas, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

a) Tener nacionalidad española.

También podrán participar en la presente convocatoria quienes

reúnan los requisitos establecidos en el artículo 2 del Real

Decreto 543/2001, de 18 de mayo, sobre acceso al empleo público

de la Administración General del Estado y sus organismos públicos

de nacionales de otros Estados a los que es de aplicación el derecho

a la libre circulación de trabajadores ("Boletín Oficial del Estado"

número 130, del 31).

b) Tener cumplidos dieciocho años y no haber cumplido los

sesenta y cinco.

c) Estar en posesión de la titulación exigida para el ingreso

en Cuerpos o Escalas del grupo C en el artículo 25 de la Ley

30/1984, de 2 de agosto (título de Bachiller Superior, Bachillerato

Unificado Polivalente, título de Bachiller-LOGSE, Formación

Profesional de segundo grado o equivalente, o tener aprobadas

pruebas de acceso a la Universidad para mayores de veinticinco años).

d) No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación

física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las

correspondientes funciones.

e) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario,

del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas ni

hallarse inhabilitado para el desempeño de las correspondientes

funciones.

2.2 Para aquellos aspirantes que concurran por el turno de

promoción interna, además de reunir los requisitos generales de

acceso a la función pública, en particular:

a) Ser funcionarios de la Universidad de Granada o

funcionarios de otras Administraciones Públicas, con destino definitivo

en la misma, que estén en activo u otra situación administrativa,

excepto la suspensión de funciones.

b) Poseer una antigüedad de, al menos, dos años en el Cuerpo

o Escala del grupo C o D, incluidos en el ámbito de aplicación

de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma

de la Función Pública. Los servicios reconocidos al amparo de

la Ley 70/1978, de 26 de diciembre, en alguno de los Cuerpos

o Escalas anteriormente citados serán computables a efectos de

antigüedad para participar por promoción interna en estas pruebas

selectivas.

c) Estar en posesión de la titulación exigida en el

artículo 25 de la Ley 30/1984, para el ingreso en Cuerpos o Escalas

del grupo C (título de Bachiller Superior, Bachillerato Unificado

Polivalente, título de Bachiller-LOGSE, Formación Profesional de

segundo grado o equivalente, o tener aprobadas pruebas de acceso

a la Universidad para mayores de veinticinco años) o poseer una

antigüedad de diez años en los Cuerpos o Escalas del grupo D,

incluidos en el ámbito de aplicación de la Ley 30/1984, o de

cinco años y la superación de un curso específico de formación,

como se refiere en la disposición adicional novena del Real

Decreto 364/1995.

2.2 Todos los requisitos deberán poseerse en el día de

finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse

hasta el momento de la toma de posesión como funcionario de

carrera de la Escala Administrativa (Especialidad Informática) de

la Universidad de Granada.

3. Solicitudes

3.1 Quienes deseen tomar parte en estas pruebas selectivas

deberán hacerlo constar en instancia que se acompaña como

anexo IV a esta convocatoria y que será facilitada gratuitamente

en el Servicio de Personal de la Universidad de Granada, edificio

"Santa Lucía", calle Santa Lucía, número 2 (Granada).

A la instancia se acompañarán dos fotocopias del documento

nacional de identidad, pasaporte u otro documento de

identifi

cación suficiente. Los aspirantes que no posean la nacionalidad

española y tengan derecho a participar, deberán presentar dos

fotocopias del documento que acredite su nacionalidad y, en su

caso, los documentos que acrediten el vínculo de parentesco y

el hecho de vivir a expensas o estar a cargo de nacional de otro

Estado con el que tenga dicho vínculo. Asimismo, deberán

presentar declaración jurada o promesa de éste de que no está

separado de derecho de su cónyuge y, en su caso, del hecho de que

el aspirante vive a sus expensas o está a su cargo.

Los aspirantes que concurran por el turno de promoción interna

acompañarán a la solicitud una fotocopia del documento nacional

de identidad, pasaporte u otro documento de identificación

suficiente.

3.2 La presentación de solicitudes se hará en el Registro

General de la Universidad, o en la forma establecida en el

artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen

Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común, en el plazo de veinte días naturales,

contados a partir del siguiente al de la publicación de la presente

convocatoria en el "Boletín Oficial del Estado", y se dirigirán al

excelentísimo señor Rector magnífico de la Universidad de

Granada.

3.3 Los aspirantes que padezcan alguna discapacidad podrán

indicarlo en el recuadro correspondiente de la solicitud y, en su

caso, las posibles adaptaciones de tiempo y medios para la

realización del ejercicio en el que esta adaptación sea necesaria.

3.4 Los derechos de examen para los aspirantes que

participen en las pruebas selectivas mediante el sistema general de

acceso libre serán de 3.000 pesetas y se ingresarán en la cuenta

corriente número 0101745629 de la Caja General de Ahorros

de Granada (código 2031), oficina principal, abierta a nombre

de "Pruebas Selectivas de acceso a la Universidad de Granada",

bien directamente o mediante transferencia bancaria a dicha

cuenta. En la solicitud deberá figurar el sello del mencionado banco,

acreditativo del pago de los derechos, o ir acompañada del

resguardo acreditativo de la transferencia, cuya falta determinará la

exclusión del aspirante.

Los aspirantes que participen en el proceso por el turno de

promoción interna estarán exentos del pago de la tasa por derechos

de examen.

En ningún caso la presentación y pago en el banco supondrá

sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de

la solicitud ante el órgano expresado en la base 3.2.

3.5 Los aspirantes que padezcan alguna discapacidad podrán

indicarlo en el recuadro correspondiente de la solicitud y, en su

caso, las posibles adaptaciones de tiempo y medios para la

realización del ejercicio en el que esta adaptación sea necesaria.

3.6 Los aspirantes quedan vinculados a los datos que hayan

hecho constar en sus solicitudes, pudiendo demandar su

modificación mediante escrito motivado, dentro del plazo establecido

para la presentación de solicitudes. Transcurrido dicho plazo, no

se admitirá ninguna petición de esta naturaleza.

3.7 Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán

subsanarse en cualquier momento, de oficio o a petición del

interesado.

4. Admisión de aspirantes

4.1 Expirado el plazo de presentación de instancias, el Rector

de la Universidad de Granada dictará resolución en el plazo

máximo de un mes, que se publicará en el "Boletín Oficial del Estado"

y en la que además de declarar aprobada la lista de admitidos

y excluidos, se recogerá el lugar y la fecha de comienzo de los

ejercicios, así como la relación de los aspirantes excluidos con

indicación de las causas de exclusión. En la lista deberá constar,

en todo caso, los apellidos, nombre y número de documento

nacional de identidad.

4.2 Los aspirantes excluidos dispondrán de un plazo de diez

días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación

de la resolución en el "Boletín Oficial del Estado", para poder

subsanar el defecto que haya motivado la exclusión.

5. Tribunal calificador

5.1 El Tribunal calificador de estas pruebas estará constituido

por los miembros que se especifican en el anexo III.

5.2 Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de

intervenir, notificándolo al Rector de la Universidad, cuando concurran

en ellos algunas de las circunstancias previstas en el artículo 28.2

de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico

de las Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común, o si hubieren realizado tareas de preparación de

aspirantes a pruebas selectivas en los cinco años anteriores a la

publicación de la convocatoria.

El Presidente podrá solicitar de los miembros del Tribunal

declaración expresa de no hallarse incurso en las circunstancias

previstas en el artículo 28.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,

de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del

Procedimiento Administrativo Común.

Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros de

los Tribunales cuando concurran las circunstancias previstas en

el párrafo anterior.

5.3 Con anterioridad a la iniciación de las pruebas selectivas,

la autoridad convocante publicará en el "Boletín Oficial del

Estado", Resolución por la que se nombra a los nuevos miembros

del Tribunal que habrán de sustituir a los que hayan perdido su

condición por alguna de las causas previstas en la base anterior.

5.4 Previa convocatoria del Presidente se constituirá el

Tribunal con la asistencia del Presidente y del Secretario o, en su

caso, de quienes los sustituyan, y la de la mitad, al menos, de

sus miembros. Celebrarán su sesión de constitución con una

antelación mínima de diez días antes de la celebración del primer

ejercicio. En dicha sesión, el Tribunal acordará todas las decisiones

que le correspondan en orden al correcto desarrollo de las pruebas

selectivas.

5.5 A partir de su constitución, el Tribunal, para actuar

válidamente, requerirá la presencia de la mayoría absoluta de sus

miembros, titulares o suplentes.

5.6 Durante el desarrollo de las pruebas, el Tribunal resolverá

todas las dudas que pudieran surgir en la aplicación de estas

normas, así como lo que se deba hacer en los casos no previstos.

El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará en todo

momento a lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,

de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del

Procedimiento Administrativo Común.

5.7 El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos

de asesores especialistas para las pruebas correspondientes de

los ejercicios que estimen pertinentes, limitándose, dichos

asesores, a prestar su colaboración en sus especialidades técnicas.

La designación de tales asesores deberá comunicarse al Rector

de la Universidad.

Igualmente, y cuando, por el número de aspirantes, en el

proceso de desarrollo de ejercicios lo requiera, el Tribunal podrá

designar colaboradores en número suficiente para garantizar el

correcto y normal desarrollo de los ejercicios.

5.8 El Tribunal calificador adoptará las medidas precisas en

aquellos casos en que resulten necesario, de forma que los

aspirantes con minusvalía gocen de similares condiciones para la

realización de los ejercicios que el resto de los demás participantes,

en este sentido se establecerá, para las personas con minusvalía

que lo soliciten en la forma prevista en la base 3.3, las adaptaciones

posibles en tiempo y medios para su realización.

5.9 El Presidente del Tribunal adoptará las medidas

oportunas para garantizar que los ejercicios de la oposición, sean

corregidos sin que se conozca la identidad de los aspirantes.

5.10 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el

Tribunal tendrá su sede en el Servicio de Personal, edificio "Santa

Lucía" (calle Santa Lucía, número 2), teléfono 958 24 43 27.

El Tribunal dispondrá que, en su sede, al menos una persona,

miembro o no del Tribunal, atenderá cuantas cuestiones sean

planteadas en relación con estas pruebas selectivas.

5.11 El Tribunal que actúe en estas pruebas selectivas tendrá

la categoría tercera de las recogidas en el anexo V del Real

Decreto 54/1989, de 21 de marzo ("Boletín Oficial de la Junta de

Andalucía" de 21 de abril).

5.12 En ningún caso el Tribunal podrá aprobar ni declarar

que han superado las pruebas selectivas un número superior de

aspirantes que el de plazas convocadas. Cualquier propuesta de

aprobados que contravenga lo establecido será nula de pleno

derecho.

6. Desarrollo de los ejercicios

6.1 En cualquier momento el Tribunal podrá requerir a los

opositores para que acrediten su identidad.

6.2 El orden de actuación de los opositores se iniciará, en

su caso, por sorteo efectuado por el Tribunal.

6.3 Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en

llamamiento único, siendo excluidos de la oposición quienes no

comparezcan, salvo en los casos debidamente justificados y

libremente apreciados por el Tribunal.

6.4 Una vez comenzadas las pruebas selectivas, los sucesivos

anuncios de la celebración de las restantes pruebas deberán

hacerse públicas por el Tribunal en los locales donde se hayan celebrado

las pruebas anteriores y por cualquier otro medio si se juzga

conveniente, con doce horas, al menos, de antelación del comienzo

de las mismas si se trata del mismo ejercicio, o de veinticuatro

horas, si es nuevo ejercicio.

6.5 En cualquier momento del proceso selectivo, si el Tribunal

tuviere conocimiento de que alguno de los aspirantes no posee

la totalidad de los requisitos exigidos en la presente convocatoria,

previa audiencia del interesado, deberá proponer su exclusión al

Rector de la Universidad de Granada, comunicándole asimismo

las inexactitudes o falsedades formuladas por el aspirante en la

solicitud de admisión a las pruebas selectivas, a los efectos

procedentes.

Contra la exclusión, el aspirante podrá interponer recurso

potestativo de reposición ante el Rector o bien recurso

contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo

Contencioso-Administrativo.

7. Listas de aprobados

7.1 Concluidos los ejercicios de la fase de oposición, el

Tribunal hará pública en el lugar o lugares de celebración de estos,

en la sede del Tribunal y en aquellos otros que estime oportunos,

la relación de aspirantes que han aprobado estos ejercicios. Los

aspirantes que no se hallen incluidos en tal relación tendrán la

consideración de no aptos a todos los efectos, siendo eliminados

del proceso selectivo.

7.2 Igualmente, una vez finalizada la fase de concurso, el

Tribunal hará pública en los lugares indicados en la base 7.1,

la relación de puntuaciones obtenidas en esta fase por los

aspirantes que superaron la fase de oposición, con indicación expresa

de la calificación obtenida en cada uno de los méritos objeto de

valoración.

7.3 Concluidas ambas fases, el Tribunal hará pública en el

Rectorado y en aquellos lugares que estime oportuno la relación

de aspirantes que han superado el proceso selectivo de acceso

a las plazas convocadas, por orden de puntuación alcanzada, con

indicación de su documento nacional de identidad. Dicha relación

contendrá la puntuación obtenida en fase de concurso y de

oposición, desglosando esta última en cada uno de los ejercicios

celebrados.

Dicha relación será elevada al Rector de la Universidad de

Granada para su conformidad, remitiéndose para su publicación en

el "Boletín Oficial del Estado".

El número de aprobados en las pruebas selectivas no podrá

ser superior al de plazas convocadas.

8. Presentación de documentos y nombramiento

de funcionarios

8.1 En el plazo de veinte días naturales a contar desde la

publicación en el Rectorado de la Universidad de las relaciones

de aprobados a que se refiere la base anterior, los opositores

que figuren en las mismas, deberán presentar en el Servicio de

Personal copia compulsada de aquellos documentos que acrediten

las condiciones y requisitos exigidos para el acceso a la Escala

Administrativa (Especialidad Informática) de la Universidad de

Granada, a excepción de aquellos que obren ya en poder del citado

servicio como consecuencia de la aportación realizada para su

anterior nombramiento como funcionario de carrera.

8.2 Quienes dentro del plazo fijado, y salvo los casos de fuerza

mayor, no presentaran la documentación o, del examen de la

misma se dedujera que carecen de alguno de los requisitos señalados,

no podrán ser nombrados funcionarios de carrera y quedarán

anuladas las actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que

hubieran incurrido por falsedad en la solicitud inicial.

8.3 Por el Rectorado (Gerencia) se ofertarán los destinos a

quienes acrediten los requisitos antedichos, a los efectos de que

formulen la correspondiente petición, que será resuelta conforme

se establece en la base 1.5 de esta convocatoria.

8.4 Por la autoridad convocante, vista la propuesta del

Tribunal calificador, se procederá al nombramiento de funcionarios

de carrera, mediante resolución que se publicará en el "Boletín

Oficial del Estado", con indicación de los destinos adjudicados.

8.5 La toma de posesión de estos aspirantes se efectuará en

el plazo máximo de un mes, contado desde la fecha de publicación

de su nombramiento en el "Boletín Oficial del Estado".

9. Norma final

9.1 Los aspirantes, por el hecho de participar en las presentes

pruebas selectivas, se someten a las bases de esta convocatoria

y su desarrollo y a las decisiones que adopte el Tribunal, sin

perjuicio de las reclamaciones pertinentes. El Tribunal se halla

facultado para resolver las dudas que se presenten en todo lo no previsto

en las bases, así como para la adopción de los acuerdos necesarios

para el buen orden de las pruebas selectivas.

9.2 Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía

administrativa, los interesados podrán interponer potestativamente

recurso de reposición en el plazo de un mes, a contar desde el

día siguiente a aquel en que tenga lugar su publicación en el

"Boletín Oficial del Estado", ante el mismo órgano que lo ha

dictado, o interponer directamente recurso

contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente

a aquel en que tenga lugar su publicación en el "Boletín Oficial

del Estado", ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo,

de conformidad con lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de

noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas

y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por Ley

4/1999, de 14 de enero, y la Ley 29/1998, de 13 de julio,

reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Asimismo, los interesados podrán interponer recurso de alzada

contra los actos del Tribunal calificador de las pruebas, ante el

Rector de la Universidad, en los términos previstos en los

artículos 114 y concordantes de la mencionada Ley.

9.3 Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder

a la revisión de las Resoluciones del Tribunal conforme a lo previsto

en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico

de las Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común.

Granada, 14 de diciembre de 2001.-El Rector, David Aguilar

Peña.

ANEXO I

Programa

I. Organización del Estado, las Administraciones Públicas,

Procedimiento Administrativo, Gestión de Personal

y Gestión Universitaria

Tema 1. La Constitución Española de 1978: Estructura y

contenido. Derechos y deberes fundamentales: Su garantía y

suspensión. La Corona. Funciones constitucionales del Rey. Sucesión

y regencia. El Tribunal Constitucional y el Defensor del Pueblo.

Las Cortes Generales.

Tema 2. El Gobierno y la Administración: Relaciones entre

el Gobierno y las Cortes Generales. El Presidente del Gobierno.

La organización administrativa española: Ministros y Secretarios

de Estado. La organización territorial del Estado en la

Constitución: Las Comunidades Autónomas. El Estatuto de Autonomía

para Andalucía.

Tema 3. El procedimiento administrativo: Idea general de la

iniciación, ordenación, instrucción y terminación. La Ley

30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Tema 4. El personal funcionario al servicio de las

Administraciones Públicas. El funcionario público. Adquisición y pérdida

de la condición de funcionario. Derechos, deberes e

incompati

bilidades. La representación de los funcionarios: Juntas de

Personal.

Tema 5. El personal laboral al servicio de las

Administraciones Públicas. Derechos y deberes e incompatibilidades. El

contrato laboral: Contenido, duración y suspensión. Negociación

laboral. Conflicto y Convenios colectivos.

Tema 6. La Ley de Reforma Universitaria o, en su caso, Ley

que la sustituya. La Ley de Coordinación del Sistema Universitario

Andaluz. Consejo Andaluz de Universidades.

Tema 7. La Universidad de Granada. Los Estatutos de la

Universidad de Granada. Organización académica.

Tema 8. Clases y régimen jurídico del profesorado

universitario.

Tema 9. Clases y régimen jurídico del personal de

Administración y Servicios.

Tema 10. La Universidad de Granada. Régimen económico

y financiero. Patrimonio. Presupuesto. Financiación y control.

II. Módulo general

Tema 1. Arquitectura del PC. Estructura y funcionamiento.

Memoria, procesadores y periféricos.

Tema 2. Sistemas operativos: Gestión y sistemas de ficheros.

Gestión de memoria. Paginación, segmentación y memoria virtual.

Tema 3. Programación estructurada. Estructura de

programas. Algoritmos y datos. Diagramas de flujo.

Tema 4. Características básicas de los lenguajes de

programación. Estructuras de control. Estructuras de datos.

Tema 5. Programación dirigida a objetos: Características

básicas.

Tema 6. Lenguaje de programación C.

Tema 7. Sistema operativo UNIX. Estructura y comandos de

usuario.

Tema 8. Sistema operativo WINDOWS.

Tema 9. Internet e Intranet: Organización y servicios básicos

(www, buscadores de información, videoconferencia, correo

electrónico y listas de distribución).

Tema 10. Seguridad informática. Herramientas de detección

y monitorización de intrusiones. Sistemas de acceso seguros.

Tema 11. Redes de ordenadores. Modelos OSI. Aspectos

básicos del protocolo TCP/IP.

Tema 12. Teleinformática: Conceptos generales sobre

transmisión de datos.

Tema 13. Tecnologías multimedia. Formatos y técnicas de

publicación de un proyecto multimedia. CD-ROM, DVD,

presentación y publicación multimedia a través de Internet.

Tema 14. Protocolos de transmisión de contenidos

multimedia.

III. Módulo 1

Tema 1. Los sistemas operativos: Conceptos, estructuras y

clasificación.

Tema 2. Sistemas de almacenamiento masivo. Políticas y

tecnologías de Backup.

Tema 3. UNIX. Herramientas de desarrollo. Distintas shell.

Tema 4. Conceptos y operaciones básicas en administración

de sistemas operativos: UNIX y WINDOWS.

Tema 5. Configuración de redes de área local: Protocolos

TCP/IP, Netbeui e IPX.

Tema 6. Aplicaciones distribuidas: DNS, SMTP, WWW y

LDAP.

Tema 7. Compartición de recursos en redes locales: NFS,

SAMBA, NetBIOS.

Tema 8. Seguridad en sistemas y en el acceso a la

información. Sistemas de autenticación.

IV. Módulo 2

Tema 1. Características y tipos de líneas de transmisión de

datos. Codificación.

Tema 2. Redes de Área Local. Protocolos Ethernet,

FastEthernet y GigabiEthernet. Técnicas de Conmutación.

Tema 3. Redes de Área Extensa. Servicios públicos de

comunicación: RTC, RDSI, ADSL, ATM.

Tema 4. Protocolo TCP/IP.

Tema 5. Elementos activos y pasivos de una red LAN, MAN

y WAN.

Tema 6. Sistemas de gestión y control de redes. Protocolos

SNMP y RMON.

Tema 7. Seguridad en redes.

Tema 8. Redes virtuales: Protocolos de interconexión para

servicios LAN.

V. Módulo 3

Tema 1. Bases de datos. Nivel conceptual, lógico y físico.

Integridad, seguridad e independencia.

Tema 2. Gestor de bases de datos relacionales. Diccionarios

de datos. Mecanismos de consulta.

Tema 3. Conceptos y operaciones básicas en administración

de bases de datos.

Tema 4. Gestos de bases de datos Oracle. Estructura física

y lógica. Mecanismos de seguridad e integridad.

Tema 5. Lenguajes orientados a la informática de gestión.

SQL. Código SQL encajado. Precompiladores. Herramientas de

desarrollo de cuarta generación. Developer.

Tema 6. Lenguajes de programación orientados a objetos.

C ++ y Java.

Tema 7. Programación en sistemas de bases de datos

cliente/servidor y 3 niveles.

Tema 8. Programación en entornos web: HTLM dinámico,

Applets, Servlet, cgi-bin, Active-X.

ANEXO II

Proceso selectivo

El proceso selectivo constará de fase de oposición y fase de

concurso. Los puntos de la fase de concurso no podrán aplicarse

para superar la fase de oposición.

FASE DE OPOSICIÓN

La fase de oposición estará formada por los siguientes

ejercicios, siendo estos eliminatorios:

Primer ejercicio.-Consistirá en contestar un cuestionario de

preguntas, con respuesta alternativa, siendo sólo una de ellas

correcta, basado en el contenido del apartado I "Organización

del Estado, las Administraciones Públicas, Procedimiento

Administrativo, Gestión de Personal y Gestión Universitaria", del

programa de estas pruebas selectivas que figura como anexo I a esta

convocatoria.

Se calificará de 0 a 10 puntos, siendo necesario obtener una

puntuación mínima de 5 puntos para superarlo.

Los aspirantes por promoción interna estarán exentos de

realizar este ejercicio.

Segundo ejercicio.-Consistirá en contestar un cuestionario

de 100 preguntas, con respuesta alternativa, siendo sólo una de

ellas correcta, basado en el contenido de los apartados II, III,

IV y V del programa que figura como anexo I a esta convocatoria.

Este cuestionario estará compuesto de dos bloques: 60 preguntas

del bloque A, que estará basado en el apartado II "Módulo General",

y 40 preguntas del bloque B, de entre 120 propuestas por el

Tribunal, de los apartados III "Módulo 1", IV "Módulo 2" y V

"Módulo 3" del programa contenido en el anexo II.

Se calificará de 0 a 10 puntos, siendo necesario obtener una

puntuación mínima de 5 puntos para superarlo.

Tercer ejercicio.-Consistirá en desarrollar un supuesto

práctico, de entre dos propuestos por el Tribunal, basados en el

contenido del apartado II "Módulo General", del programa que figura

como anexo I a esta convocatoria.

Se calificará de 0 a 10 puntos, siendo necesario obtener una

puntuación mínima de 5 puntos para superarlo.

Cuarto Ejercicio.-Consistirá en desarrollar un supuesto

práctico de entre tres propuestos por el Tribunal, uno por cada

apartado, relacionados con los apartados III "Módulo 1", IV "Módulo 2"

y V "Módulo 3" del programa que figura como anexo I a esta

convocatoria.

Se calificará de 0 a 10 puntos, siendo necesario obtener una

puntuación mínima de 5 puntos para superarlo.

FASE DE CONCURSO

Finalizada la fase de oposición tendrá lugar la fase de concurso.

Tan sólo participarán en esta fase aquellos aspirantes que hayan

superado la fase de oposición.

Para que el Tribunal valore los méritos, será requisito necesario

que los aspirantes aporten la justificación documental de los

méritos que quieran hacer valer en la fase de concurso en el plazo

de diez días naturales, contados a partir del siguiente al de la

publicación de las puntuaciones del cuarto ejercicio, en instancia

que será facilitada por el Servicio de Personal de la Universidad.

La valoración de los méritos se realizará de la siguiente forma:

a) Antigüedad: La antigüedad del funcionario se valorará

hasta un máximo de 10 puntos, teniéndose en cuenta a estos efectos

los servicios prestados hasta la fecha de publicación de esta

convocatoria, con arreglo al siguiente baremo:

Servicios prestados en el Grupo C de la Universidad de Granada:

0,60/365 puntos por día.

Servicios prestados en el Grupo D de la Universidad de

Granada: 0,30/365 puntos por día.

Servicios prestados en otras Administraciones Públicas en

Cuerpos o Escalas de los incluidos en el artículo 25 de la Ley

30/1984: 0,15/365 puntos por día.

b) Grado personal consolidado: Se valorará el grado personal

consolidado al día de publicación de esta convocatoria,

asignándose las siguientes puntuaciones:

Grado 16 o menor: 5 puntos.

Grado 17: 5,5 puntos.

Grado 18: 6 puntos.

Grado 19: 6,5 puntos.

Grado 20: 7 puntos.

Grado 21: 7,5 puntos.

Grado 22: 8 puntos.

c) Titulación: Se valorará la máxima titulación que posea el

concursante de acuerdo con el siguiente baremo:

Diplomado: 1 punto.

Licenciado: 1,50 puntos.

Doctor: 2 puntos.

Los puntos obtenidos en la fase de concurso se sumarán a

la puntuación final de la fase de oposición, a efectos de establecer

el orden definitivo de aspirantes aprobados. La puntuación de

esta fase no podrá ser aplicada para superar los ejercicios de la

fase de oposición.

En caso de empate, el orden se establecerá atendiendo a la

mayor puntuación obtenida en la fase de oposición. Si persistiese

el empate, se resolverá atendiendo a la mayor puntuación obtenida

en la fase de concurso y, de no resolverse, a la mayor antigüedad

en la Universidad de Granada.

ANEXO III

Tribunal calificador

El Tribunal calificador de estas pruebas selectivas estará

constituído por los siguientes miembros:

Titulares:

Presidenta: Doña María Angustias Montellano Delgado,

Profesora titular de Universidad y Gerente de la Universidad de

Granada.

Vocales: Don José Manuel Monllor Jiménez, funcionario de

la Escala Administrativa (Especialidad Informática) de la

Universidad de Granada; don Pedro M. Rodríguez Salas, funcionario de

la Escala Administrativa (Especialidad Informática) de la

Universidad de Granada, que actuará como Secretario; don Diego Pérez

Martínez, funcionario de la Escala Técnica de Gestión de Sistemas

Informáticos de la Universidad de Almería, y don Rafael Espinosa

González, Analista de Sistemas y Redes de la Universidad de

Castilla-La Mancha.

Suplentes:

Presidente: Don Manuel Díaz Carrillo, Profesor titular de

Universidad y Secretario general de la Universidad de Granada.

Vocales: Doña Yolanda Muñoz Medina, funcionaria de la Escala

Administrativa (Especialidad Informática) de la Universidad de

Granada; don Sergio Sánchez González, funcionario de la Escala

Administrativa (Especialidad Informática) de la Universidad de Granada,

que actuará como Secretario; don Juan Manuel Garrido

Torres-Puchol, Asesor Técnico Superior Informática, y doña Paloma García

de la Serrana Villalobos, Analista de Aplicaciones y Datos de la

Universidad de Castilla-La Mancha.

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