En cumplimiento de lo dispuesto en los Estatutos de esta
Universidad, aprobados por acuerdo del Consejo de Gobierno de la
Junta de Andalucía de 15 de mayo de 1985 y publicados por
Decreto 162/1985, de 17 de julio, en el "Boletín Oficial de la
Junta de Andalucía" número 74, de 26 de julio, y con el fin de
atender las necesidades de personal de Administración y Servicios,
Este Rectorado, en uso de las competencias que le están
atribuidas en el artículo 18 de la Ley de Reforma Universitaria, en
relación con el artículo 3.2.e), de la misma norma, así como en
los artículos 183 y siguientes de los Estatutos de esta Universidad,
resuelve convocar pruebas selectivas para el ingreso en la Escala
Administrativa (Especialidad Informática) de la Universidad de
Granada, con arreglo a las siguientes
Bases de convocatoria
1. Normas generales
1.1 Se convocan pruebas selectivas para cubrir 10 plazas de
funcionarios de la Escala Administrativa (Especialidad Informática)
de la Universidad de Granada, con la siguiente distribución:
a) Siete plazas por el sistema de promoción interna.
b) Tres plazas mediante el sistema general de acceso libre.
1.1.1 Las plazas sin cubrir de las reservadas a la promoción
interna se acumularán a las del sistema general de acceso libre.
En este sentido, la fase de oposición del sistema de promoción
interna finalizará antes que la correspondiente al sistema general
de acceso libre.
1.1.2 Los aspirantes que ingresen por el sistema de
promoción interna, en virtud de lo dispuesto en el artículo 78 del Real
Decreto 364/1995, de 10 de marzo, de Ingreso del Personal al
Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión
de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios
Civiles de la Administración General del Estado, tendrán, en todo
caso, preferencia para cubrir los puestos vacantes sobre los
aspirantes que no procedan de este turno.
1.1.3 Los aspirantes sólo podrán participar en uno de los
dos sistemas de ingreso citado.
1.2 A las presentes pruebas selectivas les serán aplicables
la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma
de la Función Pública, modificada por la Ley 23/1988, de 28
de julio; el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que
se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al
Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión
de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios
Civiles de la Administración General del Estado; los Estatutos de
la Universidad de Granada, el Reglamento del Personal de
Administración y Servicios de esta Universidad, y lo dispuesto en la
presente convocatoria.
1.3 El programa que ha de regir las pruebas selectivas es
el que se acompaña como anexo I a esta convocatoria.
1.4 Para los aspirantes que participen por el turno de
promoción interna, el procedimiento de selección será el de
concurso-oposición, con las valoraciones, pruebas, puntuaciones y
materias que se especifican como anexo II de esta convocatoria. En
ningún caso, la puntuación obtenida en la fase de concurso podrá
aplicarse para superar los ejercicios de la fase de oposición.
Para los aspirantes que participen por el sistema general de
acceso libre, el procedimiento de selección será el de oposición,
con las valoraciones pruebas, puntuaciones y materias que se
especifican como anexo II de esta convocatoria.
1.5 La adjudicación de las plazas a aquellos aspirantes que
superen el proceso selectivo se efectuará de acuerdo con la
puntuación total obtenida por estos a lo largo de todo el proceso.
Para ello se aplicará lo dispuesto en la base 1.1.2 de esta
convocatoria.
1.6 Las pruebas selectivas se desarrollarán con arreglo al
siguiente calendario: El primer ejercicio se iniciará a partir del
15 de junio de 2002. La fecha, hora y lugar del mismo, se fijará
en la Resolución del Rectorado en que se aprueben las listas de
admitidos y excluidos.
1.7 No se podrá declarar superado el proceso selectivo a un
número de aspirantes superior al de plazas convocadas.
2. Requisitos de los aspirantes
2.1 Para ser admitidos a la realización de las pruebas
selectivas, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:
a) Tener nacionalidad española.
También podrán participar en la presente convocatoria quienes
reúnan los requisitos establecidos en el artículo 2 del Real
Decreto 543/2001, de 18 de mayo, sobre acceso al empleo público
de la Administración General del Estado y sus organismos públicos
de nacionales de otros Estados a los que es de aplicación el derecho
a la libre circulación de trabajadores ("Boletín Oficial del Estado"
número 130, del 31).
b) Tener cumplidos dieciocho años y no haber cumplido los
sesenta y cinco.
c) Estar en posesión de la titulación exigida para el ingreso
en Cuerpos o Escalas del grupo C en el artículo 25 de la Ley
30/1984, de 2 de agosto (título de Bachiller Superior, Bachillerato
Unificado Polivalente, título de Bachiller-LOGSE, Formación
Profesional de segundo grado o equivalente, o tener aprobadas
pruebas de acceso a la Universidad para mayores de veinticinco años).
d) No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación
física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las
correspondientes funciones.
e) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario,
del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas ni
hallarse inhabilitado para el desempeño de las correspondientes
funciones.
2.2 Para aquellos aspirantes que concurran por el turno de
promoción interna, además de reunir los requisitos generales de
acceso a la función pública, en particular:
a) Ser funcionarios de la Universidad de Granada o
funcionarios de otras Administraciones Públicas, con destino definitivo
en la misma, que estén en activo u otra situación administrativa,
excepto la suspensión de funciones.
b) Poseer una antigüedad de, al menos, dos años en el Cuerpo
o Escala del grupo C o D, incluidos en el ámbito de aplicación
de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma
de la Función Pública. Los servicios reconocidos al amparo de
la Ley 70/1978, de 26 de diciembre, en alguno de los Cuerpos
o Escalas anteriormente citados serán computables a efectos de
antigüedad para participar por promoción interna en estas pruebas
selectivas.
c) Estar en posesión de la titulación exigida en el
artículo 25 de la Ley 30/1984, para el ingreso en Cuerpos o Escalas
del grupo C (título de Bachiller Superior, Bachillerato Unificado
Polivalente, título de Bachiller-LOGSE, Formación Profesional de
segundo grado o equivalente, o tener aprobadas pruebas de acceso
a la Universidad para mayores de veinticinco años) o poseer una
antigüedad de diez años en los Cuerpos o Escalas del grupo D,
incluidos en el ámbito de aplicación de la Ley 30/1984, o de
cinco años y la superación de un curso específico de formación,
como se refiere en la disposición adicional novena del Real
Decreto 364/1995.
2.2 Todos los requisitos deberán poseerse en el día de
finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse
hasta el momento de la toma de posesión como funcionario de
carrera de la Escala Administrativa (Especialidad Informática) de
la Universidad de Granada.
3. Solicitudes
3.1 Quienes deseen tomar parte en estas pruebas selectivas
deberán hacerlo constar en instancia que se acompaña como
anexo IV a esta convocatoria y que será facilitada gratuitamente
en el Servicio de Personal de la Universidad de Granada, edificio
"Santa Lucía", calle Santa Lucía, número 2 (Granada).
A la instancia se acompañarán dos fotocopias del documento
nacional de identidad, pasaporte u otro documento de
identifi
cación suficiente. Los aspirantes que no posean la nacionalidad
española y tengan derecho a participar, deberán presentar dos
fotocopias del documento que acredite su nacionalidad y, en su
caso, los documentos que acrediten el vínculo de parentesco y
el hecho de vivir a expensas o estar a cargo de nacional de otro
Estado con el que tenga dicho vínculo. Asimismo, deberán
presentar declaración jurada o promesa de éste de que no está
separado de derecho de su cónyuge y, en su caso, del hecho de que
el aspirante vive a sus expensas o está a su cargo.
Los aspirantes que concurran por el turno de promoción interna
acompañarán a la solicitud una fotocopia del documento nacional
de identidad, pasaporte u otro documento de identificación
suficiente.
3.2 La presentación de solicitudes se hará en el Registro
General de la Universidad, o en la forma establecida en el
artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, en el plazo de veinte días naturales,
contados a partir del siguiente al de la publicación de la presente
convocatoria en el "Boletín Oficial del Estado", y se dirigirán al
excelentísimo señor Rector magnífico de la Universidad de
Granada.
3.3 Los aspirantes que padezcan alguna discapacidad podrán
indicarlo en el recuadro correspondiente de la solicitud y, en su
caso, las posibles adaptaciones de tiempo y medios para la
realización del ejercicio en el que esta adaptación sea necesaria.
3.4 Los derechos de examen para los aspirantes que
participen en las pruebas selectivas mediante el sistema general de
acceso libre serán de 3.000 pesetas y se ingresarán en la cuenta
corriente número 0101745629 de la Caja General de Ahorros
de Granada (código 2031), oficina principal, abierta a nombre
de "Pruebas Selectivas de acceso a la Universidad de Granada",
bien directamente o mediante transferencia bancaria a dicha
cuenta. En la solicitud deberá figurar el sello del mencionado banco,
acreditativo del pago de los derechos, o ir acompañada del
resguardo acreditativo de la transferencia, cuya falta determinará la
exclusión del aspirante.
Los aspirantes que participen en el proceso por el turno de
promoción interna estarán exentos del pago de la tasa por derechos
de examen.
En ningún caso la presentación y pago en el banco supondrá
sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de
la solicitud ante el órgano expresado en la base 3.2.
3.5 Los aspirantes que padezcan alguna discapacidad podrán
indicarlo en el recuadro correspondiente de la solicitud y, en su
caso, las posibles adaptaciones de tiempo y medios para la
realización del ejercicio en el que esta adaptación sea necesaria.
3.6 Los aspirantes quedan vinculados a los datos que hayan
hecho constar en sus solicitudes, pudiendo demandar su
modificación mediante escrito motivado, dentro del plazo establecido
para la presentación de solicitudes. Transcurrido dicho plazo, no
se admitirá ninguna petición de esta naturaleza.
3.7 Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán
subsanarse en cualquier momento, de oficio o a petición del
interesado.
4. Admisión de aspirantes
4.1 Expirado el plazo de presentación de instancias, el Rector
de la Universidad de Granada dictará resolución en el plazo
máximo de un mes, que se publicará en el "Boletín Oficial del Estado"
y en la que además de declarar aprobada la lista de admitidos
y excluidos, se recogerá el lugar y la fecha de comienzo de los
ejercicios, así como la relación de los aspirantes excluidos con
indicación de las causas de exclusión. En la lista deberá constar,
en todo caso, los apellidos, nombre y número de documento
nacional de identidad.
4.2 Los aspirantes excluidos dispondrán de un plazo de diez
días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación
de la resolución en el "Boletín Oficial del Estado", para poder
subsanar el defecto que haya motivado la exclusión.
5. Tribunal calificador
5.1 El Tribunal calificador de estas pruebas estará constituido
por los miembros que se especifican en el anexo III.
5.2 Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de
intervenir, notificándolo al Rector de la Universidad, cuando concurran
en ellos algunas de las circunstancias previstas en el artículo 28.2
de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico
de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, o si hubieren realizado tareas de preparación de
aspirantes a pruebas selectivas en los cinco años anteriores a la
publicación de la convocatoria.
El Presidente podrá solicitar de los miembros del Tribunal
declaración expresa de no hallarse incurso en las circunstancias
previstas en el artículo 28.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,
de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común.
Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros de
los Tribunales cuando concurran las circunstancias previstas en
el párrafo anterior.
5.3 Con anterioridad a la iniciación de las pruebas selectivas,
la autoridad convocante publicará en el "Boletín Oficial del
Estado", Resolución por la que se nombra a los nuevos miembros
del Tribunal que habrán de sustituir a los que hayan perdido su
condición por alguna de las causas previstas en la base anterior.
5.4 Previa convocatoria del Presidente se constituirá el
Tribunal con la asistencia del Presidente y del Secretario o, en su
caso, de quienes los sustituyan, y la de la mitad, al menos, de
sus miembros. Celebrarán su sesión de constitución con una
antelación mínima de diez días antes de la celebración del primer
ejercicio. En dicha sesión, el Tribunal acordará todas las decisiones
que le correspondan en orden al correcto desarrollo de las pruebas
selectivas.
5.5 A partir de su constitución, el Tribunal, para actuar
válidamente, requerirá la presencia de la mayoría absoluta de sus
miembros, titulares o suplentes.
5.6 Durante el desarrollo de las pruebas, el Tribunal resolverá
todas las dudas que pudieran surgir en la aplicación de estas
normas, así como lo que se deba hacer en los casos no previstos.
El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará en todo
momento a lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,
de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común.
5.7 El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos
de asesores especialistas para las pruebas correspondientes de
los ejercicios que estimen pertinentes, limitándose, dichos
asesores, a prestar su colaboración en sus especialidades técnicas.
La designación de tales asesores deberá comunicarse al Rector
de la Universidad.
Igualmente, y cuando, por el número de aspirantes, en el
proceso de desarrollo de ejercicios lo requiera, el Tribunal podrá
designar colaboradores en número suficiente para garantizar el
correcto y normal desarrollo de los ejercicios.
5.8 El Tribunal calificador adoptará las medidas precisas en
aquellos casos en que resulten necesario, de forma que los
aspirantes con minusvalía gocen de similares condiciones para la
realización de los ejercicios que el resto de los demás participantes,
en este sentido se establecerá, para las personas con minusvalía
que lo soliciten en la forma prevista en la base 3.3, las adaptaciones
posibles en tiempo y medios para su realización.
5.9 El Presidente del Tribunal adoptará las medidas
oportunas para garantizar que los ejercicios de la oposición, sean
corregidos sin que se conozca la identidad de los aspirantes.
5.10 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el
Tribunal tendrá su sede en el Servicio de Personal, edificio "Santa
Lucía" (calle Santa Lucía, número 2), teléfono 958 24 43 27.
El Tribunal dispondrá que, en su sede, al menos una persona,
miembro o no del Tribunal, atenderá cuantas cuestiones sean
planteadas en relación con estas pruebas selectivas.
5.11 El Tribunal que actúe en estas pruebas selectivas tendrá
la categoría tercera de las recogidas en el anexo V del Real
Decreto 54/1989, de 21 de marzo ("Boletín Oficial de la Junta de
Andalucía" de 21 de abril).
5.12 En ningún caso el Tribunal podrá aprobar ni declarar
que han superado las pruebas selectivas un número superior de
aspirantes que el de plazas convocadas. Cualquier propuesta de
aprobados que contravenga lo establecido será nula de pleno
derecho.
6. Desarrollo de los ejercicios
6.1 En cualquier momento el Tribunal podrá requerir a los
opositores para que acrediten su identidad.
6.2 El orden de actuación de los opositores se iniciará, en
su caso, por sorteo efectuado por el Tribunal.
6.3 Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en
llamamiento único, siendo excluidos de la oposición quienes no
comparezcan, salvo en los casos debidamente justificados y
libremente apreciados por el Tribunal.
6.4 Una vez comenzadas las pruebas selectivas, los sucesivos
anuncios de la celebración de las restantes pruebas deberán
hacerse públicas por el Tribunal en los locales donde se hayan celebrado
las pruebas anteriores y por cualquier otro medio si se juzga
conveniente, con doce horas, al menos, de antelación del comienzo
de las mismas si se trata del mismo ejercicio, o de veinticuatro
horas, si es nuevo ejercicio.
6.5 En cualquier momento del proceso selectivo, si el Tribunal
tuviere conocimiento de que alguno de los aspirantes no posee
la totalidad de los requisitos exigidos en la presente convocatoria,
previa audiencia del interesado, deberá proponer su exclusión al
Rector de la Universidad de Granada, comunicándole asimismo
las inexactitudes o falsedades formuladas por el aspirante en la
solicitud de admisión a las pruebas selectivas, a los efectos
procedentes.
Contra la exclusión, el aspirante podrá interponer recurso
potestativo de reposición ante el Rector o bien recurso
contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo
Contencioso-Administrativo.
7. Listas de aprobados
7.1 Concluidos los ejercicios de la fase de oposición, el
Tribunal hará pública en el lugar o lugares de celebración de estos,
en la sede del Tribunal y en aquellos otros que estime oportunos,
la relación de aspirantes que han aprobado estos ejercicios. Los
aspirantes que no se hallen incluidos en tal relación tendrán la
consideración de no aptos a todos los efectos, siendo eliminados
del proceso selectivo.
7.2 Igualmente, una vez finalizada la fase de concurso, el
Tribunal hará pública en los lugares indicados en la base 7.1,
la relación de puntuaciones obtenidas en esta fase por los
aspirantes que superaron la fase de oposición, con indicación expresa
de la calificación obtenida en cada uno de los méritos objeto de
valoración.
7.3 Concluidas ambas fases, el Tribunal hará pública en el
Rectorado y en aquellos lugares que estime oportuno la relación
de aspirantes que han superado el proceso selectivo de acceso
a las plazas convocadas, por orden de puntuación alcanzada, con
indicación de su documento nacional de identidad. Dicha relación
contendrá la puntuación obtenida en fase de concurso y de
oposición, desglosando esta última en cada uno de los ejercicios
celebrados.
Dicha relación será elevada al Rector de la Universidad de
Granada para su conformidad, remitiéndose para su publicación en
el "Boletín Oficial del Estado".
El número de aprobados en las pruebas selectivas no podrá
ser superior al de plazas convocadas.
8. Presentación de documentos y nombramiento
de funcionarios
8.1 En el plazo de veinte días naturales a contar desde la
publicación en el Rectorado de la Universidad de las relaciones
de aprobados a que se refiere la base anterior, los opositores
que figuren en las mismas, deberán presentar en el Servicio de
Personal copia compulsada de aquellos documentos que acrediten
las condiciones y requisitos exigidos para el acceso a la Escala
Administrativa (Especialidad Informática) de la Universidad de
Granada, a excepción de aquellos que obren ya en poder del citado
servicio como consecuencia de la aportación realizada para su
anterior nombramiento como funcionario de carrera.
8.2 Quienes dentro del plazo fijado, y salvo los casos de fuerza
mayor, no presentaran la documentación o, del examen de la
misma se dedujera que carecen de alguno de los requisitos señalados,
no podrán ser nombrados funcionarios de carrera y quedarán
anuladas las actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que
hubieran incurrido por falsedad en la solicitud inicial.
8.3 Por el Rectorado (Gerencia) se ofertarán los destinos a
quienes acrediten los requisitos antedichos, a los efectos de que
formulen la correspondiente petición, que será resuelta conforme
se establece en la base 1.5 de esta convocatoria.
8.4 Por la autoridad convocante, vista la propuesta del
Tribunal calificador, se procederá al nombramiento de funcionarios
de carrera, mediante resolución que se publicará en el "Boletín
Oficial del Estado", con indicación de los destinos adjudicados.
8.5 La toma de posesión de estos aspirantes se efectuará en
el plazo máximo de un mes, contado desde la fecha de publicación
de su nombramiento en el "Boletín Oficial del Estado".
9. Norma final
9.1 Los aspirantes, por el hecho de participar en las presentes
pruebas selectivas, se someten a las bases de esta convocatoria
y su desarrollo y a las decisiones que adopte el Tribunal, sin
perjuicio de las reclamaciones pertinentes. El Tribunal se halla
facultado para resolver las dudas que se presenten en todo lo no previsto
en las bases, así como para la adopción de los acuerdos necesarios
para el buen orden de las pruebas selectivas.
9.2 Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía
administrativa, los interesados podrán interponer potestativamente
recurso de reposición en el plazo de un mes, a contar desde el
día siguiente a aquel en que tenga lugar su publicación en el
"Boletín Oficial del Estado", ante el mismo órgano que lo ha
dictado, o interponer directamente recurso
contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente
a aquel en que tenga lugar su publicación en el "Boletín Oficial
del Estado", ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo,
de conformidad con lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de
noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas
y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por Ley
4/1999, de 14 de enero, y la Ley 29/1998, de 13 de julio,
reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Asimismo, los interesados podrán interponer recurso de alzada
contra los actos del Tribunal calificador de las pruebas, ante el
Rector de la Universidad, en los términos previstos en los
artículos 114 y concordantes de la mencionada Ley.
9.3 Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder
a la revisión de las Resoluciones del Tribunal conforme a lo previsto
en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico
de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común.
Granada, 14 de diciembre de 2001.-El Rector, David Aguilar
Peña.
ANEXO I
Programa
I. Organización del Estado, las Administraciones Públicas,
Procedimiento Administrativo, Gestión de Personal
y Gestión Universitaria
Tema 1. La Constitución Española de 1978: Estructura y
contenido. Derechos y deberes fundamentales: Su garantía y
suspensión. La Corona. Funciones constitucionales del Rey. Sucesión
y regencia. El Tribunal Constitucional y el Defensor del Pueblo.
Las Cortes Generales.
Tema 2. El Gobierno y la Administración: Relaciones entre
el Gobierno y las Cortes Generales. El Presidente del Gobierno.
La organización administrativa española: Ministros y Secretarios
de Estado. La organización territorial del Estado en la
Constitución: Las Comunidades Autónomas. El Estatuto de Autonomía
para Andalucía.
Tema 3. El procedimiento administrativo: Idea general de la
iniciación, ordenación, instrucción y terminación. La Ley
30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Tema 4. El personal funcionario al servicio de las
Administraciones Públicas. El funcionario público. Adquisición y pérdida
de la condición de funcionario. Derechos, deberes e
incompati
bilidades. La representación de los funcionarios: Juntas de
Personal.
Tema 5. El personal laboral al servicio de las
Administraciones Públicas. Derechos y deberes e incompatibilidades. El
contrato laboral: Contenido, duración y suspensión. Negociación
laboral. Conflicto y Convenios colectivos.
Tema 6. La Ley de Reforma Universitaria o, en su caso, Ley
que la sustituya. La Ley de Coordinación del Sistema Universitario
Andaluz. Consejo Andaluz de Universidades.
Tema 7. La Universidad de Granada. Los Estatutos de la
Universidad de Granada. Organización académica.
Tema 8. Clases y régimen jurídico del profesorado
universitario.
Tema 9. Clases y régimen jurídico del personal de
Administración y Servicios.
Tema 10. La Universidad de Granada. Régimen económico
y financiero. Patrimonio. Presupuesto. Financiación y control.
II. Módulo general
Tema 1. Arquitectura del PC. Estructura y funcionamiento.
Memoria, procesadores y periféricos.
Tema 2. Sistemas operativos: Gestión y sistemas de ficheros.
Gestión de memoria. Paginación, segmentación y memoria virtual.
Tema 3. Programación estructurada. Estructura de
programas. Algoritmos y datos. Diagramas de flujo.
Tema 4. Características básicas de los lenguajes de
programación. Estructuras de control. Estructuras de datos.
Tema 5. Programación dirigida a objetos: Características
básicas.
Tema 6. Lenguaje de programación C.
Tema 7. Sistema operativo UNIX. Estructura y comandos de
usuario.
Tema 8. Sistema operativo WINDOWS.
Tema 9. Internet e Intranet: Organización y servicios básicos
(www, buscadores de información, videoconferencia, correo
electrónico y listas de distribución).
Tema 10. Seguridad informática. Herramientas de detección
y monitorización de intrusiones. Sistemas de acceso seguros.
Tema 11. Redes de ordenadores. Modelos OSI. Aspectos
básicos del protocolo TCP/IP.
Tema 12. Teleinformática: Conceptos generales sobre
transmisión de datos.
Tema 13. Tecnologías multimedia. Formatos y técnicas de
publicación de un proyecto multimedia. CD-ROM, DVD,
presentación y publicación multimedia a través de Internet.
Tema 14. Protocolos de transmisión de contenidos
multimedia.
III. Módulo 1
Tema 1. Los sistemas operativos: Conceptos, estructuras y
clasificación.
Tema 2. Sistemas de almacenamiento masivo. Políticas y
tecnologías de Backup.
Tema 3. UNIX. Herramientas de desarrollo. Distintas shell.
Tema 4. Conceptos y operaciones básicas en administración
de sistemas operativos: UNIX y WINDOWS.
Tema 5. Configuración de redes de área local: Protocolos
TCP/IP, Netbeui e IPX.
Tema 6. Aplicaciones distribuidas: DNS, SMTP, WWW y
LDAP.
Tema 7. Compartición de recursos en redes locales: NFS,
SAMBA, NetBIOS.
Tema 8. Seguridad en sistemas y en el acceso a la
información. Sistemas de autenticación.
IV. Módulo 2
Tema 1. Características y tipos de líneas de transmisión de
datos. Codificación.
Tema 2. Redes de Área Local. Protocolos Ethernet,
FastEthernet y GigabiEthernet. Técnicas de Conmutación.
Tema 3. Redes de Área Extensa. Servicios públicos de
comunicación: RTC, RDSI, ADSL, ATM.
Tema 4. Protocolo TCP/IP.
Tema 5. Elementos activos y pasivos de una red LAN, MAN
y WAN.
Tema 6. Sistemas de gestión y control de redes. Protocolos
SNMP y RMON.
Tema 7. Seguridad en redes.
Tema 8. Redes virtuales: Protocolos de interconexión para
servicios LAN.
V. Módulo 3
Tema 1. Bases de datos. Nivel conceptual, lógico y físico.
Integridad, seguridad e independencia.
Tema 2. Gestor de bases de datos relacionales. Diccionarios
de datos. Mecanismos de consulta.
Tema 3. Conceptos y operaciones básicas en administración
de bases de datos.
Tema 4. Gestos de bases de datos Oracle. Estructura física
y lógica. Mecanismos de seguridad e integridad.
Tema 5. Lenguajes orientados a la informática de gestión.
SQL. Código SQL encajado. Precompiladores. Herramientas de
desarrollo de cuarta generación. Developer.
Tema 6. Lenguajes de programación orientados a objetos.
C ++ y Java.
Tema 7. Programación en sistemas de bases de datos
cliente/servidor y 3 niveles.
Tema 8. Programación en entornos web: HTLM dinámico,
Applets, Servlet, cgi-bin, Active-X.
ANEXO II
Proceso selectivo
El proceso selectivo constará de fase de oposición y fase de
concurso. Los puntos de la fase de concurso no podrán aplicarse
para superar la fase de oposición.
FASE DE OPOSICIÓN
La fase de oposición estará formada por los siguientes
ejercicios, siendo estos eliminatorios:
Primer ejercicio.-Consistirá en contestar un cuestionario de
preguntas, con respuesta alternativa, siendo sólo una de ellas
correcta, basado en el contenido del apartado I "Organización
del Estado, las Administraciones Públicas, Procedimiento
Administrativo, Gestión de Personal y Gestión Universitaria", del
programa de estas pruebas selectivas que figura como anexo I a esta
convocatoria.
Se calificará de 0 a 10 puntos, siendo necesario obtener una
puntuación mínima de 5 puntos para superarlo.
Los aspirantes por promoción interna estarán exentos de
realizar este ejercicio.
Segundo ejercicio.-Consistirá en contestar un cuestionario
de 100 preguntas, con respuesta alternativa, siendo sólo una de
ellas correcta, basado en el contenido de los apartados II, III,
IV y V del programa que figura como anexo I a esta convocatoria.
Este cuestionario estará compuesto de dos bloques: 60 preguntas
del bloque A, que estará basado en el apartado II "Módulo General",
y 40 preguntas del bloque B, de entre 120 propuestas por el
Tribunal, de los apartados III "Módulo 1", IV "Módulo 2" y V
"Módulo 3" del programa contenido en el anexo II.
Se calificará de 0 a 10 puntos, siendo necesario obtener una
puntuación mínima de 5 puntos para superarlo.
Tercer ejercicio.-Consistirá en desarrollar un supuesto
práctico, de entre dos propuestos por el Tribunal, basados en el
contenido del apartado II "Módulo General", del programa que figura
como anexo I a esta convocatoria.
Se calificará de 0 a 10 puntos, siendo necesario obtener una
puntuación mínima de 5 puntos para superarlo.
Cuarto Ejercicio.-Consistirá en desarrollar un supuesto
práctico de entre tres propuestos por el Tribunal, uno por cada
apartado, relacionados con los apartados III "Módulo 1", IV "Módulo 2"
y V "Módulo 3" del programa que figura como anexo I a esta
convocatoria.
Se calificará de 0 a 10 puntos, siendo necesario obtener una
puntuación mínima de 5 puntos para superarlo.
FASE DE CONCURSO
Finalizada la fase de oposición tendrá lugar la fase de concurso.
Tan sólo participarán en esta fase aquellos aspirantes que hayan
superado la fase de oposición.
Para que el Tribunal valore los méritos, será requisito necesario
que los aspirantes aporten la justificación documental de los
méritos que quieran hacer valer en la fase de concurso en el plazo
de diez días naturales, contados a partir del siguiente al de la
publicación de las puntuaciones del cuarto ejercicio, en instancia
que será facilitada por el Servicio de Personal de la Universidad.
La valoración de los méritos se realizará de la siguiente forma:
a) Antigüedad: La antigüedad del funcionario se valorará
hasta un máximo de 10 puntos, teniéndose en cuenta a estos efectos
los servicios prestados hasta la fecha de publicación de esta
convocatoria, con arreglo al siguiente baremo:
Servicios prestados en el Grupo C de la Universidad de Granada:
0,60/365 puntos por día.
Servicios prestados en el Grupo D de la Universidad de
Granada: 0,30/365 puntos por día.
Servicios prestados en otras Administraciones Públicas en
Cuerpos o Escalas de los incluidos en el artículo 25 de la Ley
30/1984: 0,15/365 puntos por día.
b) Grado personal consolidado: Se valorará el grado personal
consolidado al día de publicación de esta convocatoria,
asignándose las siguientes puntuaciones:
Grado 16 o menor: 5 puntos.
Grado 17: 5,5 puntos.
Grado 18: 6 puntos.
Grado 19: 6,5 puntos.
Grado 20: 7 puntos.
Grado 21: 7,5 puntos.
Grado 22: 8 puntos.
c) Titulación: Se valorará la máxima titulación que posea el
concursante de acuerdo con el siguiente baremo:
Diplomado: 1 punto.
Licenciado: 1,50 puntos.
Doctor: 2 puntos.
Los puntos obtenidos en la fase de concurso se sumarán a
la puntuación final de la fase de oposición, a efectos de establecer
el orden definitivo de aspirantes aprobados. La puntuación de
esta fase no podrá ser aplicada para superar los ejercicios de la
fase de oposición.
En caso de empate, el orden se establecerá atendiendo a la
mayor puntuación obtenida en la fase de oposición. Si persistiese
el empate, se resolverá atendiendo a la mayor puntuación obtenida
en la fase de concurso y, de no resolverse, a la mayor antigüedad
en la Universidad de Granada.
ANEXO III
Tribunal calificador
El Tribunal calificador de estas pruebas selectivas estará
constituído por los siguientes miembros:
Titulares:
Presidenta: Doña María Angustias Montellano Delgado,
Profesora titular de Universidad y Gerente de la Universidad de
Granada.
Vocales: Don José Manuel Monllor Jiménez, funcionario de
la Escala Administrativa (Especialidad Informática) de la
Universidad de Granada; don Pedro M. Rodríguez Salas, funcionario de
la Escala Administrativa (Especialidad Informática) de la
Universidad de Granada, que actuará como Secretario; don Diego Pérez
Martínez, funcionario de la Escala Técnica de Gestión de Sistemas
Informáticos de la Universidad de Almería, y don Rafael Espinosa
González, Analista de Sistemas y Redes de la Universidad de
Castilla-La Mancha.
Suplentes:
Presidente: Don Manuel Díaz Carrillo, Profesor titular de
Universidad y Secretario general de la Universidad de Granada.
Vocales: Doña Yolanda Muñoz Medina, funcionaria de la Escala
Administrativa (Especialidad Informática) de la Universidad de
Granada; don Sergio Sánchez González, funcionario de la Escala
Administrativa (Especialidad Informática) de la Universidad de Granada,
que actuará como Secretario; don Juan Manuel Garrido
Torres-Puchol, Asesor Técnico Superior Informática, y doña Paloma García
de la Serrana Villalobos, Analista de Aplicaciones y Datos de la
Universidad de Castilla-La Mancha.
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