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Documento BOE-A-2001-24711

Resolución de 4 de diciembre de 2001, del Consejo Económico y Social, por la que se convoca concurso para la adjudicación de una beca para la realización de estudios y trabajos de carácter editorial.

Publicado en:
«BOE» núm. 310, de 27 de diciembre de 2001, páginas 49878 a 49880 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
Referencia:
BOE-A-2001-24711

TEXTO ORIGINAL

En el ámbito de sus actividades, dedicadas a promover el diálogo y la deliberación, la reflexión y el tratamiento científico de las cuestiones económicas y sociales, y con la finalidad de difundir el conocimiento de las instituciones representativas de los intereses sociales organizados, el Consejo Económico y Social convoca el presente concurso con el fin de adjudicar una beca individual para la realización de estudios y trabajos de producción editorial, de acuerdo con las bases que figuran a continuación:

Primera. Objeto.

El Consejo Económico y Social convoca una beca individual para realizar trabajos o estudios de producción editorial relacionados con la ejecución del Programa editorial del Consejo Económico y Social.

Los estudios y trabajos que se realicen, que serán encomendados al becario por la Dirección de Relaciones Institucionales y Publicaciones del Consejo, quedarán en propiedad del Consejo Económico y Social.

Segunda. Duración y cuantía.

La beca convocada tendrá una duración de doce meses, y su cuantía total será de 1.644.444 pesetas brutas, que se percibirán finalizado cada mes a razón de 137.037 pesetas mensuales, y estará sujeta a las retenciones que procedan. El Consejo Económico y Social contratará un seguro de accidentes y de enfermedad para el becario por el tiempo de duración de la beca, en el supuesto de que no tuviera cubiertas estas contingencias. Las beca se disfrutará entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2002, y será indivisible e incompatible con cualquier otra concedida para el mismo período.

La concesión y disfrute de la beca no supondrá vinculación laboral alguna entre el becario y el Consejo Económico y Social.

Tercera. Solicitantes.

Pueden solicitar la concesión de esta beca los licenciados universitarios españoles que acrediten una preparación teórica específica en artes gráficas, producción y gestión editorial.

Se valorará el expediente académico, la preparación teórica específica en materias de producción y gestión editorial, conocimientos de idiomas y los demás méritos alegados por el solicitante, que habrán de ser expuestos en el currículum vitae y acreditados junto con la solicitud.

Cuarta. Solicitudes.

Los solicitantes de la beca deberán presentar una instancia dirigida al Presidente del Consejo Económico y Social, en el plazo de quince días naturales, contados a partir del siguiente a la fecha de publicación en el Boletín Oficial del Estado de esta Resolución, en el Registro General del Consejo (calle Huertas, 73, 28014 Madrid), de nueve a catorce horas y de dieciséis treinta a dieciocho treinta, de lunes a viernes, ambos inclusive, o a través de las vías previstas en el artículo 38.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. A dicha instancia deberá acompañarse el currículum vitae del solicitante, cuyo resumen deberá expresarse en el formulario que se publica como anexo a la presente convocatoria; fotocopia del título; certificación del expediente académico, certificaciones o acreditaciones de las circunstancias que prueben la preparación teórica del candidato, su conocimiento de idiomas y el resto de los méritos alegados, y fotocopia del documento nacional de identidad.

Quinta. Comisión de Valoración y Selección.

Para la selección de candidatos se constituirá una Comisión de Valoración y Selección, integrada por el Presidente del Consejo Económico y Social o la persona en quien delegue; el Secretario General o la persona en quien delegue; el Director de Relaciones Institucionales y Publicaciones y la Jefe del Departamento de Estudios, Publicaciones y Difusión, que actuará de Secretario.

Sexta. Adjudicación.

La Comisión de Valoración y Selección valorará los méritos alegados y debidamente acreditados por los candidatos, que podrán ser convocados por la Comisión para la realización de una entrevista y/o prueba práctica, y elevará la oportuna propuesta de adjudicación de la beca convocada al Presidente del Consejo. La Comisión propondrá asimismo dos suplentes, para el caso de renuncia de los adjudicatarios.

La resolución de adjudicación será publicada en el tablón de anuncios del Consejo Económico y Social y notificada a los beneficiarios.

La participación en esta convocatoria supone la aceptación expresa de sus bases y de su resolución.

Séptima. Obligaciones del becario.

La aceptación de la beca supone la adquisición de los siguientes compromisos:

a) Cumplir las bases de la convocatoria y demás normas que resulten de aplicación como consecuencia de la misma.

b) Comenzar el disfrute de la beca el día que se señale por el Consejo Económico y Social.

c) Desempeñar las tareas de formación que les sean asignadas en un horario máximo de treinta y cinco horas semanales, de acuerdo con la distribución que realice la Secretaría General del Consejo Económico y Social.

d) Presentar un informe dentro de los quince días siguientes al término de cada trimestre natural, que contendrá la mención de los trabajos y estudios realizados y las consideraciones pertinentes sobre la experiencia práctica adquirida.

El incumplimiento por el becario de sus obligaciones podrá dar lugar a la privación de la beca por el tiempo que quedase pendiente de disfrute, sin perjuicio de las responsabilidades que resulten exigibles.

Octava. Prórroga de la beca.

El Consejo Económico y Social podrá, previa resolución motivada, prorrogar la beca concedida en la presente convocatoria, siempre que las circunstancias del proceso formativo del becario así lo aconsejase. Esta prórroga no podrá exceder del plazo de un año.

Novena. Certificación acreditativa del disfrute de las becas.

Una vez finalizado el período de disfrute de las becas, al becario le será extendido un certificado acreditativo.

Madrid, 4 de diciembre de 2001.–El Presidente, Jaime Montalvo Correa.

ANEXO
Concurso para la adjudicación de una beca para la realización de estudios y trabajos de carácter editorial en el Consejo Económico y Social

Currículum vitae del solicitante

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