Suscrito el Convenio colaboración entre el Ministerio de Trabajo y
Asuntos Sociales y la Comunidad Autónoma de Galicia, para la cofinanciación
de proyectos de intervención social integral para la atención, prevención
de la marginación e inserción del pueblo gitano, y en cumplimiento de
lo dispuesto en el punto dos del artículo 8 de la Ley 30/1992, de 26 de
noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común, procede la publicación en el "Boletín
Oficial del Estado" del citado Convenio, que figura como anexo de esta
Resolución.
Lo que se hace público a los efectos oportunos.
Madrid, 5 de diciembre de 2001.-El Secretario general Técnico, Luis
Martínez-Sicluna Sepúlveda.
ANEXO
CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL MINISTERIO DE
TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES Y LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE
GALICIA PARA LA COFINANCIACIÓN DE PROYECTOS DE
INTERVENCIÓN SOCIAL INTEGRAL PARA LA ATENCIÓN, PREVENCIÓN
DE LA MARGINACIÓN E INSERCIÓN DEL PUEBLO GITANO
En Madrid a 20 de noviembre de 2001.
REUNIDOS
De una parte, el excelentísimo señor don Juan Carlos Aparicio Pérez,
como Ministro de Trabajo y Asuntos Sociales, nombrado por Real Decreto
561/2000, de 27 de abril ("Boletín Oficial del Estado" número 102, del
28), en nombre y representación de la Administración General del Estado,
en virtud de lo dispuesto en la Ley 4/1999, de 13 de enero, de modificación
de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común ("Boletín
Oficial del Estado" número 12, del 14), sobre competencia para celebrar
Convenios de colaboración con las Comunidades Autónomas.
Y de otra, la excelentísima señora doña Manuela López Besteiro, como
Consejera de Familia y Promoción de Empleo, Mujer y Juventud, nombrada
por Decreto 349/1997 ("Diario Oficial de Galicia" de 10 de diciembre),
en nombre y representación de la Comunidad Autónoma de Galicia, por
Acuerdo del Consejo de la Xunta de Galicia de 27 de marzo de 1991 ("Diario
Oficial de Galicia" de 30 de abril).
Ambas partes se reconocen mutua capacidad para obligar y convenir
y
MANIFIESTAN
I. Que la finalidad del presente Convenio es la colaboración entre
el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Comunidad Autónoma
de Galicia, para financiar conjuntamente proyectos de intervención social
integral para la atención, prevención de la marginación e inserción del
pueblo gitano.
II. Que el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, en virtud de las
competencias que le vienen atribuidas por la Constitución, el Real Decreto
758/1996 de 5 de mayo, de creación y el Real Decreto 839/1996 de 10
de mayo, que establece su estructura orgánica, por la que asume las
competencias del extinto Ministerio de Asuntos Sociales, y la Comunidad
Autónoma de Galicia, de conformidad con lo establecido en la Ley Orgánica
1/1981, de 6 de abril que aprueba el Estatuto de Autonomía de la misma
y los Reales Decretos de transferencia 2411/1982, de 24 de julio y 534/1984,
de 25 de enero, tienen competencia en materia de acción social y servicios
sociales.
III. Que de acuerdo con lo establecido en la regla cuarta del apartado
dos del artículo 153 del texto refundido de la Ley General Presupuestaria,
en la redacción dada al mismo por la Ley 13/1996, de 30 de diciembre,
de Medidas Fiscales, Administrativas y de Orden Social, es procedente
la suscripción del presente Convenio de colaboración.
IV. Que la Ley de Presupuestos Generales del Estado vigente, incluye
un crédito adscrito al Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, que aparece
consignado con la clasificación orgánico-económica 19.04.313L.453.01 a
Comunidades Autónomas para proyectos propios o concertados con las
Corporaciones Locales para la atención, prevención de la marginación
e inserción del pueblo gitano.
V. Que la Comunidad Autónoma de Galicia, dispone, asimismo, de
dotaciones presupuestarias para similares fines, consignada en la
aplicación presupuestaria 14.02.212A.462.0.
VI. Que los proyectos se han seleccionado de acuerdo con los criterios
objetivos de distribución del crédito que, de conformidad con las
Comunidades Autónomas en la Conferencia Sectorial de Asuntos Sociales, fueron
aprobados por Acuerdo del Consejo de Ministros de fecha 23 de marzo
de 2001, publicado en el "Boletín Oficial del Estado" número 87, de 11
de abril.
Que de acuerdo con lo establecido en el artículo 6 de la Ley 30/1992,
de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas
y del Procedimiento Administrativo Común, y con lo anteriormente
manifestado, ambas partes acuerdan suscribir el presente Convenio de
colaboración, el cual se regirá por las siguientes,
CLÁUSULAS
Primera. Objeto del Convenio.-Constituye el objeto de este Convenio
la cooperación entre ambas partes y la regulación del contenido y
condiciones de la subvención para la realización de proyectos de intervención
social integral para la atención, prevención de la marginación e inserción
del pueblo gitano, que se relacionan en el anexo.
Segunda. Aportaciones económicas de las partes.-La aportación
económica del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, para los fines del
presente Convenio, es de treinta y cinco millones (35.000.000) de pesetas,
que se hará con cargo al presupuesto consignado para tal fin en el presente
año.
La Comunidad Autónoma de Galicia directamente o con la cooperación
de las Corporaciones Locales participantes en el desarrollo de los
proyectos, se compromete a aportar la cantidad de veintisiete millones
setecientas diecisiete mil (27.717.000) pesetas, según el anexo que se acompaña,
cantidad que será, al menos, de dos tercios de la que aporta el Ministerio
de Trabajo y Asuntos Sociales para la financiación de estos proyectos,
de conformidad con lo establecido en el Acuerdo de Consejo de Ministros
de fecha 23 de marzo de 2001, anteriormente citado.
Tercera. Pago y justificación de la subvención.-Tras la firma del
presente Convenio, el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales procederá
a transferir a la Comunidad Autónoma de Galicia la cantidad que le
corresponde de acuerdo con los proyectos seleccionados y la normativa vigente.
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 153 del texto refundido
de la Ley General Presupuestaria aprobada por el Real Decreto Legislativo
1091/1988, de 23 de septiembre (en su nueva redacción recogida en el
artículo 136 de la Ley 13/1996, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales,
Administrativas y del Orden Social), la Comunidad Autónoma de Galicia,
concluido el ejercicio económico, deberá remitir un estado comprensivo
de las obligaciones reconocidas y los pagos realizados hasta el cierre del
ejercicio por la subvención gestionada. Así mismo se presentará Memoria
de Evaluación, cumplimentada en modelo consensuado y homologado por
el Ministerio y la Comunidad Autónoma en la Comisión de Seguimiento
prevista en la cláusula séptima.
Cuarta. Modificaciones en el desarrollo del proyecto.-La Comunidad
Autónoma deberá comunicar cualquier propuesta de modificación que
pudiera surgir en el desarrollo y ejecución de los proyectos, tanto las
referidas al contenido como a la forma, plazos de ejecución y de
justificación, etc., con el fin de acordar conjuntamente el Ministerio y la
Comunidad Autónoma, la aceptación expresa de cualquier variación en el
desarrollo de los proyectos.
La solicitud de propuesta de modificación deberá estar suficientemente
motivada y deberá presentarse con carácter inmediato a la aparición de
las circunstancias que la justifiquen y con anterioridad al momento en
que finalice el plazo de ejecución del proyecto en cuestión.
Quinta. Publicidad.-En la publicidad que se realice en cualquier
medio de comunicación social sobre las actuaciones derivadas de estos
proyectos, se hará constar expresamente que éstos se llevan a cabo en
virtud de la colaboración establecida entre el Ministerio de Trabajo y
Asuntos Sociales y la Comunidad Autónoma de Galicia.
Sexta. Información.-La Comunidad Autónoma de Galicia remitirá al
Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales los datos que sean precisos para
el seguimiento y evaluación del desarrollo de acciones que se financien
en base a este Convenio.
Séptima. Seguimiento de los proyectos.-Para el seguimiento del
presente Convenio se constituirá una Comisión de Seguimiento formada por
un representante de la Dirección General de Acción Social, del Menor
y de la Familia y un representante de cada una de las Comunidades
Autónomas firmantes, que hará sus propuestas a los respectivos centros
directivos o a la Conferencia Sectorial de Asuntos Sociales, en su caso.
La Comisión de Seguimiento tendrá como funciones, velar por el
cumplimiento de lo establecido en el presente Convenio, tratando de resolver
las cuestiones que se planteen durante la ejecución del mismo, prestar
asistencia a las administraciones firmantes y determinar los documentos
técnicos e informes necesarios para la ejecución, seguimiento y evaluación
de los proyectos.
Los representantes del Ministerio serán designados por la Directora
general de Acción Social, del Menor y de la Familia y el representante
de la Comunidad Autónoma por el/la Director/a general competente.
Octava. Duración del Convenio.-La duración del Convenio se
establece hasta el 31 de diciembre de 2001.
La extinción de este Convenio por causa distinta de la terminación
del plazo de vigencia establecido en esta cláusula, dará lugar a la liquidación
correspondiente.
Novena. Cuestiones litigiosas.-Las cuestiones litigiosas que pudieran
derivarse del presente Convenio, dada su naturaleza
jurídico-administrativa, serán sometidas al orden jurisdiccional contencioso-administrativo.
Y, en prueba de conformidad, suscriben el presente Convenio de
colaboración en duplicado ejemplar, en el lugar y fecha indicados en este
documento.
El Ministro de Trabajo y Asuntos Sociales, Juan Carlos Aparicio
Pérez.-La Consejera de Familia y Promoción de Empleo, Mujer y Juventud,
Manuel López Besteiro.
ANEXO (Ver imágenes páginas 49892 a 49893)
Crédito 19.04.313L.453.01 Plan de Desarrollo Gitano. Comunidad Autónoma: Galicia
Relación de proyectos a cofinanciar. Ejercicio 2001
Financiación
Mtas CA y/o CC. LL.
N.o
Proy. Provincia Municipio y asentamiento Entidad gestora Denominación del proyecto Total
1 A Coruña. A Coruña. Os Castros, Eiris,
Ventorrillo, Pasaje San Amaro, San
Pedro de Visma, Arcones.
Ayuntamiento de A
Coruña.
Programa integral desarrollo
gitano en A Coruña.
2.450.000 1.733.501 4.183.501
2 A Coruña. Culleredo. Asentamiento. Ayuntamiento de
Culleredo.
Integración gitana. 1.000.000 707.667 1.707.667
3 A Coruña. Narón, Freixeiro. Concello de Narón. Intervención con xitanos e
xitanas.
1.000.000 707.667 1.707.667
4 A Coruña. Riveira. Dean Xaras, Frions e
Palmeira.
Concello de Riveira. Integración con comunidade
xitana de Riveira.
2.400.000 1.769.167 4.169.167
5 A Coruña. Santiago de Compostela. Barrios de
Vite, Fontiñas, Conxo,
Castiñeiriño y Centro.
Ayuntamiento de Santiago
de Compostela.
Programa integración de
minorías étnicas.
3.260.000 2.441.167 5.701.167
Financiación
Mtas CA y/o CC. LL.
N.o
Proy. Provincia Municipio y asentamiento Entidad gestora Denominación del proyecto Total
6 Lugo. Lugo. Municipio. Concello de Lugo. Servicio de atención a minorías
étnicas.
4.000.000 3.870.667 7.870.667
7 Lugo. Quiroga. Barrio del Toucedo. Ayuntamiento de Quiroga. Programa promoción integral del
colectivo gitano.
1.000.000 1.000.000 2.000.000
8 Lugo. Viveiro. Pedregal-Covas e casco
histórico de Viveiro.
Concello de Viveiro. Atención prevención da
Marxinación e inserción do pobo
xitano.
2.000.000 1.415.333 3.415.333
9 Ourense. Ourense. Ayuntamiento de Ourense. Programa de desarrollo gitano. 4.200.000 3.148.833 7.348.833
10 Ourense. Carballiño-Maside. La Fontela
(Maside), La Pena (Carballiño).
Mancomunidade do
Carballiño.
Plan desenvolvemento xitano. 2.200.000 1.769.167 3.969.167
11 Ourense. Maceda. O Pedroso. Concello de Maceda. O Colectivo xitano de Maceda no
novo milenio.
2.200.000 1.769.167 3.969.167
12 Ourense. Verín, Campo Grande, A Rasela
Caldeliñas, Monterrey, viviendas
sociales.
Ayuntamiento de Verín. Programa de intervención
integral con el colectivo gitano de
Verín.
2.400.000 1.769.167 4.169.167
13 Ourense. Xinzo de Limia. Ayuntamiento Xinzo de
Limia.
Intervención integral del
colectivo gitano.
1.450.000 1.394.833 2.844.833
14 Pontevedra. Pontevedra (municipio). Ayuntamiento de
Pontevedra.
Ajeja (En marcha). 1.800.000 1.270.262 3.070.262
15 Pontevedra. Marín. Parroquia Sta. M.a del Puerto. Ayuntamiento de Marín. Plan de desarrollo gitano Marín. 1.000.000 707.667 1.707.667
16 Pontevedra. Porriño. Torneiros-casco urbano. Ayuntamiento de Porriño. Integración de la comunidad
gitana.
1.200.000 1.181.235 2.381.235
17 Pontevedra. Vigo. Ayuntamiento de Vigo. Intervención social integral con
la minoría gitana y ciganas.
1.440.000 1.061.500 2.501.500
Total . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 35.000.000 27.717.000 62.717.000
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