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Documento BOE-A-2001-3530

Resolución de 22 de enero de 2001, de la Universidad Politécnica de Madrid, por la que se convoca concurso de traslados para la provisión de puestos de trabajo de personal funcionario adscrito a los Grupos A/B.

Publicado en:
«BOE» núm. 45, de 21 de febrero de 2001, páginas 6687 a 6691 (5 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Universidades
Referencia:
BOE-A-2001-3530

TEXTO ORIGINAL

En cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 2536/1985,

de 27 de diciembre, por el que se aprueban los Estatutos de la

Universidad Politécnica de Madrid, y con el fin de atender a las

necesidades de Personal de Administración y Servicios,

Este Rectorado, en virtud de las competencias atribuidas por

el artículo 18, en relación con el artículo 3.2.e) de la Ley

Orgánica 11/1983, de 25 de agosto, de Reforma Universitaria, y por

el artículo 76.b) de los Estatutos de esta Universidad, ha resuelto

convocar concurso de traslados para cubrir el puesto vacante que

se detalla en el anexo I de esta Resolución, con sujeción a las

siguientes

Bases

Requisitos de participación y méritos

Primera.-1. El presente concurso se regirá por el Real

Decreto 364/1995, de 10 de marzo, de aprobación del Reglamento

General de Ingresos de Personal al Servicio de la Administración

General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y

Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la

Administración General del Estado.

2. Podrán participar en el presente concurso todos los

funcionarios de carrera con destino en la Universidad Politécnica de

Madrid pertenecientes a los Cuerpos y Escalas de Facultativos

o Ayudantes de Archivos, Bibliotecas y Museos, cualquiera que

sea su situación administrativa excepto los suspensos en firme

mientras dure la suspensión, y siempre que reúnan las condiciones

generales exigidas en las bases de esta convocatoria así como

los requisitos previstos para ocupar el puesto de trabajo que se

detalla en el anexo I.

3. Estarán obligados a tomar parte en el presente concurso

los funcionarios que hayan reingresado al servicio activo mediante

adscripción provisional, así como los que ocupen esos mismos

puestos en comisión de servicios.

Segunda.-1. El presente concurso constará de dos fases. En

la primera fase se valorarán los méritos generales que se detallan

a continuación y, en la segunda fase, se comprobarán los méritos

específicos adecuados a las características del puesto que se

convoca. Todos ellos referidos a la fecha en que acabe el plazo de

presentación de solicitudes.

Primera fase: Méritos generales:

2. La puntuación máxima de los méritos será de veinte puntos,

no accediendo a la valoración de los méritos específicos los

concursantes que no obtengan en esta primera fase un mínimo de

diez puntos.

La valoración de los méritos generales se efectuará de acuerdo

con el siguiente baremos:

A) Grado personal consolidado (máximo 5 puntos).

Igual o superior al del puesto convocado: 5 puntos.

Inferior al del puesto convocado: 3 puntos.

B) Antigüedad (máximo 5 puntos).

Se computarán 0,5 puntos por cada año completo de servicios

prestados como funcionario de carrera en los grupos A/B de

Archivos, Bibliotecas y Museos.

Serán computables los servicios previos reconocidos en dicha

Escala de conformidad con la Ley 70/1978, de Reconocimiento

de Servicios Previos en la Administración.

C) Trabajado desarrollado (máximo 5 puntos).

Por igual o superior nivel de complemento de destino al

convocado, desempañado al menos durante un año: 5 puntos.

Por inferior nivel de complemento de destino al convocado,

desempeñado al menos durante un año: 3 puntos.

D) Cursos de formación y perfeccionamiento (máximo 5

puntos).

Sólo serán valorables los cursos de formación y

perfeccionamiento que hayan sido impartidos por el INAP, por Universidades

o por otros organismos públicos españoles o extranjeros, siempre

que resulten debidamente acreditados por diplomas o certificados

de aprovechamiento y cuya duración haya sido superior a diez

horas lectivas.

Dichos cursos habrán de versar sobre materias propias de

archivística, documentación o biblioteconomía y se valorarán a razón

de 1 punto por cada uno de ellos.

Segunda fase: Méritos específicos:

1. La puntuación máxima de los méritos específicos será de

diez puntos, pudiendo declararse desierto el concurso si ninguno

de los aspirantes alcanza la puntuación mínima de cinco puntos.

2. Consistirá en la comprobación y valoración por la Comisión

de Valoración de los méritos específicos reseñados en el anexo I

de la convocatoria, que resulten debidamente acreditados y

tendentes a la adecuación con las características del puesto

convocado, en orden a la selección del aspirante por criterios de

experiencia, conocimientos, formación idónea, perfeccionamiento y

actualización. A tal fin la Comisión de Valoración podrá concertar

una entrevista personal con los aspirantes.

Tercera.-1. Los requisitos de participación a que hace

referencia la base primera y los méritos reseñados en los apartados A),

B) y C) de la base segunda, deberán ser acreditados mediante

certificación expedida por el Servicio de Personal correspondiente

ajustado al modelo que se especifica en el anexo III.

2. Los cursos de formación y perfeccionamiento del

apartado D) de la base segunda, deberán ser acreditados mediante

fotocopia compulsada de los diplomas o certificados de

aprovechamiento en el que consten la materia cursada y las horas lectivas

de duración.

3. Los méritos específicos de la segunda base deberán

acreditarse, en cuanto a la experiencia y trabajo desarrollado, según

modelo del anexo IV y por cualquier otro medio que deje

constancia, de manera fehaciente, de la veracidad de los datos

alegados.

4. Los concursantes que procedan de la situación de

suspenso, acompañarán a su solicitud documentación acreditativa de

la terminación del período de suspensión expedida por el Servicio

de Personal correspondiente.

5. Todos los documentos justificativos mencionados, deberán

presentarse junto con la solicitud de participación en el concurso.

Presentación de solicitudes

Cuarta.-1. Las solicitudes para tomar parte en este concurso

deberán ajustarse al modelo que figura como anexo II de esta

convocatoria y serán presentadas en el Registro General de la

Universidad Politécnica de Madrid (Rectorado UPM, avenida

Ramiro de Maeztu, 7, 28040 Madrid), en el plazo de quince días hábiles

a partir del siguiente a la publicación de esta convocatoria en

el "Boletín Oficial del Estado", debiendo dirigirse al ilustrísimo

señor Gerente de la Universidad Politécnica de Madrid.

2. Una vez transcurrido el plazo de presentación de

solicitudes, la petición será vinculante para el concursante, no

admitiéndose, en ningún caso, la renuncia.

Comisión de Valoración

Quinta.-1. La Comisión de Valoración estará integrada por

los siguientes miembros:

Presidente: El ilustrísimo señor Gerente de la UPM o persona

en quien delegue.

Vocales: Tres vocales designados por el Rector en

representación de la Universidad, uno de ellos perteneciente al centro

donde se convoca la plaza y dos vocales designados por el Rector,

a propuesta de la Junta de Personal del PAS.

2. Los miembros de la Comisión de Valoración deberán

pertenecer a grupos de titulación igual o superior a la del puesto

convocado, así como estar en posesión de grado personal o

desempeñar puestos de trabajo de igual o superior nivel de complemento

de destino al del puesto convocado.

3. La Comisión de Valoración podrá, en cualquier momento,

recabar de los concursantes las aclaraciones o documentación

adicional que estime necesarias para la comprobación de todos los

méritos alegados.

4. Los miembros de la Comisión de Valoración deberán

abstenerse, o podrán ser recusados, de conformidad con los

artículos 28 y 29 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen

Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común.

Resolución del concurso y toma de posesión

Sexta.-1. La resolución del concurso se hará a favor del

concursante que haya obtenido mayor puntuación sumadas las dos

fases del mismo. En caso de empate se acudirá en primera lugar

para dirimirlo, a la mayor puntuación obtenida en la fase segunda

de méritos específicos. De persistir el empate, se acudirá en

segunda lugar, a la mayor puntuación obtenida en la fase primera de

méritos generales.

De continuar el empate, se dará preferencia al más antiguo

como funcionario de carrera de los Grupos A/B de Archivos,

Bibliotecas y Museos indistintamente.

2. El destino adjudicado será irrenunciable, salvo que antes

de tomar posesión se hubiera obtenido otro en convocatoria

pública. El concursante adjudicatario, deberá permanecer en el puesto

de trabajo obtenido un mínimo de dos años para poder concursar

en otra convocatoria.

El acceso a dicho puesto de trabajo se considera de carácter

voluntario, por lo que no generará derecho a indemnización por

ningún concepto.

Séptima.-1. El concurso se resolverá en el plazo de dos meses

desde el día siguiente a la finalización del plazo de presentación

de solicitudes.

2. Dicha resolución se publicará en el "Boletín Oficial del

Estado" y en los tablones de anuncios del Rectorado y del centro

al que pertenece la plaza, indicándose en la misma el puesto de

trabajo adjudicado, la localidad, el nombre y apellidos del

funcionario adjudicatario y la situación administrativa de procedencia.

3. El plazo de toma de posesión será de tres día hábiles si

no implica cambio de residencia y, de un mes, si implicara cambio

de residencia o reingreso al servicio activo. Dicho plazo se contará

a partir del día siguiente al cese, que deberá producirse dentro

de los tres días hábiles siguientes a la publicación de la resolución.

Si ésta comporta el reingreso al servicio activo, el plazo de toma

de posesión se computará desde dicha publicación.

Norma final

Octava.-1. Contra la presente Resolución y sus bases,

podrán los interesados interponer recurso potestativo de

reposición, ante este Rectorado, en el plazo de un mes desde el día

siguiente a su publicación, o bien directamente, recurso

contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo

Contencioso-Administrativo de Madrid, en el plazo de dos meses desde el día siguiente

a su publicación.

2. Contra los actos y decisiones de la Comisión de Valoración,

podrán los interesados interponer recurso de alzada, ante este

Rectorado, en el plazo de un mes desde el día siguiente a su

publicación o notificación. Contra la resolución del recurso de

alzada, podrán los interesados interponer recurso

contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo

de Madrid, en el plazo de dos meses desde el día siguiente a

su publicación o notificación.

3. De no producirse contestación expresa a los recursos

administrativos interpuestos, se entenderán desestimados por silencio

negativo.

Madrid, 25 de enero de 2001.-El Rector, Saturnino de la Plaza

Pérez.

Ilmo. Sr. Gerente de la Universidad Politécnica de Madrid.

ANEXO I

Código plaza: F100002. Dot.: 1. Centro: Facultad de

Informática. Unidad, denominación y jornada: Jefe de Sección de

Biblioteca, jornada partida. Nivel CD: 24. Complemento específico

anual: 1.433.052 pesetas. ADM *: A4. Adsc. G.R.: A/B. Méritos

específicos:

Experiencia acreditada en organización y gestión de servicios

de bibliotecas. Puntuación: 2 puntos.

Experiencia acreditada en control de sistemas integrados de

gestión de bibliotecas. Puntuación: 2 puntos.

Experiencia acreditada en planificación, diseño y gestión de

servicios de información, servicios automatizados, creación y

mantenimiento de páginas web, gestión de recursos electrónicos.

Puntuación: 2 puntos.

Experiencia acreditada en técnicas de acceso a la información

y al documento. Puntuación: 1 punto.

Experiencia acreditada en programas de formación de usuarios.

Puntuación: 1 punto.

Conocimientos de microinformática a nivel de usuario.

Puntuación: 1 punto.

Otros: Dominio del idioma inglés hablado y escrito.

Puntuación: 1 punto.

* ADM: Adscripción a Administraciones Públicas: A4: Escalas propias de las Universidades.

ANEXOS: (Ver imágenes páginas 6689 a 6691)

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