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Documento BOE-A-2001-3984

Resolución de 4 de enero de 2001, de la Consejería de Empleo y Desarrollo Tecnológico, por la que se declaran como minerales las aguas procedentes del "Sondeo número 504", sito en la finca "Las Palomas", del término municipal de Osuna, en la provincia de Sevilla.

Publicado en:
«BOE» núm. 50, de 27 de febrero de 2001, páginas 7445 a 7445 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad Autónoma de Andalucía
Referencia:
BOE-A-2001-3984

TEXTO ORIGINAL

Visto el expediente elevado por la Delegación Provincial de Sevilla de esta Consejería, que tiene como objeto la prosecución de trámites para la declaración como mineral de las aguas procedentes del «Sondeo número 504», sito en la finca «Las Palomas», del término municipal de Osuna (Sevilla), expediente incoado por don Manuel Segura Rodríguez, en nombre de «Segura y Mancha, Sociedad Limitada».

Antecedentes de hecho

Primero.

La Delegación Provincial de Sevilla eleva el expediente con informe propuesta de declaración como mineral de estas aguas.

Segundo.

El entorno en que se sitúa dicho manantial reúne las características hidrogeológicas necesarias para su explotación, de acuerdo con los datos existentes en el Servicio de Minas de esta Consejería.

Tercero.

En cumplimiento de lo estipulado en el artículo 39.2 del Reglamento General para el Régimen de la Minería (Real Decreto 2857/1978, de 25 de agosto), el Instituto Tecnológico y Geominero de España ha realizado el correspondiente análisis de las aguas, que figura en el expediente, y no encuentra inconveniente para que sean declaradas como minerales.

Fundamentos de Derecho

Único.

Dado que en el expediente mencionado queda debidamente acreditado que se han cumplido todos los trámites exigidos, así como que se cumplen todos los requisitos necesarios para que unas aguas puedan ser declaradas como minerales, de acuerdo con el artículo 39 del Reglamento General mencionado,

Vistas la Ley de Minas, de 21 de julio de 1973; el Reglamento General para el Régimen de la Minería, de 25 de agosto de 1978, y demás legislación de general y pertinente aplicación,

Esta Consejería de Trabajo e Industria, a propuesta de la Delegación Provincial y con el conforme de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, resuelve declarar como minerales las aguas procedentes del «Sondeo número 504», sito en la finca «Las Palomas», del término municipal de Osuna (Sevilla), pudiendo solicitarse la autorización de explotación de las mismas dentro del plazo de un año a partir del momento de la publicación de esta Resolución en el «Boletín Oficial del Estado».

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse, potestativamente, recurso de reposición ante esta Consejería de Empleo y Desarrollo Tecnológico en el plazo de un mes, o recurso contencioso-administrativo a elección del recurrente ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo en Sevilla, o ante la de la circunscripción donde aquél tenga su domicilio, del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de su notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 4 de enero de 2001.–El Consejero, P. D. (Orden de 3 de octubre de 2000, «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía» número 124, del 28), el Viceconsejero, Antonio Fernández García.

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