Por Orden de 28 de agosto de 2000 ("Boletín Oficial del Estado"
de 12 de septiembre) se resolvió el concurso de méritos para la
cobertura de puestos vacantes en el Instituto Nacional de Empleo,
convocado por Orden de 14 de abril de 2000 ("Boletín Oficial
del Estado" de 3 de mayo).
Disconforme con la Resolución del concurso, doña Angustias
Cano García interpuso recurso de reposición contra la adjudicación
a don Daniel Garijo Sanz de la tercera plaza del puesto de Director
Oficina Prestaciones 2, en la localidad de Elche (Alicante).
Por Orden de 2 de febrero de 2001 ha sido estimado el recurso
de reposición, modificando la puntuación final obtenida por don
Daniel Garijo Sanz, en 66,08 puntos en lugar de los 67,08 puntos,
resultado de modificar los 20 puntos que le otorgaron por el
apartado de "Valoración del trabajo desarrollado" previsto en la
base 3.1.2 de la convocatoria a 19 puntos. En consecuencia de
ello, la plaza objeto de impugnación le corresponde a doña
Angustias Cano García.
En virtud de lo expuesto, este Ministerio, en uso de las
atribuciones que tiene conferidas, dispone:
Primero.-Cesar a don Daniel Garijo Sanz, con número de
Registro personal 1678741513 A1135, en el puesto de Director
Oficina Prestaciones 2 de Elche (Alicante).
Segundo.-Nombrar en el citado puesto a doña Angustias Cano
García, con número de Registro Personal 1984664246 A1135,
con efectos económicos y administrativos de 13 de septiembre
de 2000, que se corresponde con el día siguiente al de la
publicación de la Resolución del concurso efectuada por Orden de 28
de agosto de 2000.
La interesada deberá tomar posesión del mencionado puesto
conforme a lo establecido en la base octava de la Orden de 14
de abril de 2000 ("Boletín Oficial del Estado" de 3 de mayo), que
convocaba el concurso.
Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa,
podrá interponerse, en el plazo de dos meses, contados desde
el día siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial del
Estado", recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado
Central de lo Contencioso-Administrativo que corresponda, con
arreglo a lo dispuesto en el artículo 9 de la Ley 29/1998, de 13
de julio, reguladora de aquella Jurisdicción o, potestativamente
y con carácter previo, recurso administrativo de reposición ante
el mismo órgano que la dictó, en el plazo de un mes
(artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, según
redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero).
Madrid, 16 de febrero de 2001.-P. D. (Orden de 21 de mayo
de 1996, "Boletín Oficial del Estado" del 27), El Subsecretario,
Marino Díaz Guerra.
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