Contido non dispoñible en galego
Estando vacante una plaza de Secretario de Inspección, con
destino en Madrid,
El Pleno del Consejo General del Poder Judicial, en su reunión
del día de la fecha, de conformidad con lo dispuesto en los artículos
146 y 148 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, y en los
artículos 120, 133 y concordantes del Reglamento de
Organización y Funcionamiento del Consejo, aprobado por Acuerdo de
22 de abril de 1986 ("Boletín Oficial del Estado" número 107,
de 5 de mayo), ha acordado convocar concurso de méritos para
la provisión del puesto de trabajo que se describe en el anexo.
El concurso se regirá por las siguientes normas:
Primera.-Quienes deseen tomar parte en el mencionado
concurso dirigirán instancia al excelentísimo señor Presidente de este
Consejo en que así lo manifiesten y a la que podrán acompañar
relación de los méritos y circunstancias que en ellos concurran,
así como su justificación documental. Las instancias deberán
presentarse dentro de los veinte días naturales, contados a partir
del siguiente al de la publicación de la convocatoria en el "Boletín
Oficial del Estado", en el Registro General del propio Consejo
(calle Marqués de la Ensenada, número 8, 28071 Madrid) o en
los registros y oficinas a que se refiere el artículo 38 de la Ley
30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas
y del Procedimiento Administrativo Común.
Segunda.-Podrán tomar parte en el mismo los miembros del
Cuerpo de Secretarios Judiciales que hubieren prestado, al menos,
cinco años de servicios efectivos en el mismo.
Tercera.-El concurso se resolverá por el Pleno del Consejo
General del Poder Judicial apreciando libre y discrecionalmente
los méritos y circunstancias de los solicitantes. Si el Pleno del
Consejo entendiere que los solicitantes no reúnen las condiciones
de idoneidad y aptitud precisas para el cargo podrá declarar el
concurso desierto.
Cuarta.-El concursante al que se adjudique el puesto
convocado quedará en la situación de servicios especiales, prevista en
los artículos 146.3 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio,
prestará sus funciones durante el plazo de dos años, prorrogable
por períodos anuales, a que se refiere el artículo 146.1 de la
citada norma y estará sometido al Reglamento de Organización
y Funcionamiento del Consejo.
Los concursantes no nombrados dispondrán de un plazo de
seis meses para retirar la documentación aportada, acreditativa
de los méritos alegados, procediéndose a su destrucción en caso
de no efectuarlo.
Madrid, 21 de febrero de 2001.-El Presidente del Consejo
General del Poder Judicial,
DELGADO BARRIO
ANEXO
Denominación del puesto: Secretario de Inspección.
Localización: Madrid. Nivel de destino: 29. Complemento específico:
5.640.780 pesetas anuales. Adscripción: Secretarios Judiciales.
Axencia Estatal Boletín Oficial do Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid