De conformidad con lo dispuesto en el artículo 28.3 del Real
Decreto 1732/1994, de 29 de julio, y en la disposición adicional
séptima del Real Decreto 1372/2000, de 19 de julio, por el que
se modifica y desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio
de Administraciones Públicas,
Esta Dirección General acuerda publicar extracto de
convocatoria para provisión, por el procedimiento de libre designación,
del puesto de Vicesecretaría, clase primera, de la Diputación
Provincial de Soria reservado a funcionarios de Administración Local
con habilitación de carácter nacional que se relaciona en el anexo,
con arreglo a las siguientes bases:
Primera.-El puesto de trabajo que se anuncia podrá ser
solicitado por los funcionarios de Administración Local con
habilitación de carácter nacional, de la subescala y categoría a que
pertenece el puesto.
Segunda.-Los interesados dirigirán sus solicitudes a la
Corporación convocante dentro de los quince días naturales siguientes
a la publicación de la presente Resolución en el "Boletín Oficial
del Estado", acompañando a la solicitud la documentación
acreditativa de reunir los requisitos para su desempeño que figuren
en la convocatoria.
Tercera.-Los aspirantes deberán sujetarse en las bases de la
convocatoria publicadas íntegramente en el diario oficial que en
el anexo se indica.
Madrid, 16 de febrero de 2001.-El Director general, Luis Pérez
de Cossío.
ANEXO
Corporación: Diputación Provincial de Soria.
Denominación del puesto: Vicesecretaría, clase primera.
Complemento específico anual: 5.304.952 pesetas.
Requisitos de los aspirantes:
Ser funcionario de habilitación con carácter nacional,
perteneciente a la subescala de Secretaría, categoría superior.
No encontarse en alguna de las siguientes circunstancias:
a) Estar inhabilitado o suspendido en virtud de sentencia o
resolución administrativa firma, sin haber transcurrido el tiempo
señalado en ellos.
b) Estar destituido a tenor del artículo 148.5 del texto
refundido de las disposiciones vigentes en materia de régimen local,
aprobado por Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril,
durante el tiempo de vigencia de la destitución.
c) Estar en situación de excedencia voluntaria a que se refieren
el artículo 29.3.c) y 4) de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, y
artículos 14, 16 y 17 del Real Decreto 365/1995, de 10 de marzo,
de situaciones administrativas.
Publicación íntegra de la convocatoria: Resolución de 5 de
febrero de 2001 de la Dirección General de Administración
Territorial de la Comunidad Autónoma de Castilla y León ("Boletín
Oficial de Castilla y León", de 15 de febrero de 2001).
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