Por Orden de 15 de diciembre de 2000 del Ministerio del
Interior ("Boletín Oficial del Estado" de 4 de enero de 2001) se convocó
concurso específico para la provisión de puestos de trabajo
adscritos a los grupos B, C y D, vacantes en el Organismo Autónomo
Jefatura Central de Tráfico ;
Habiéndose dado cumplimiento a las normas reglamentarias,
a las bases de la convocatoria y a las demás normas de
procedimiento aplicables, vista la valoración final de méritos alegados
y de acuerdo con la propuesta elaborada por la Comisión de
Valoración,
Este Ministerio ha dispuesto:
Primero.-Hacer pública la adjudicación definitiva de destinos
de los funcionarios que han participado en el concurso y que
figuran en el anexo de la presente Orden.
Segundo.-Declarar desiertos los puestos que se especifican
en el citado anexo.
Tercero.-El plazo de toma de posesión del nuevo destino será
de tres días hábiles si no implica cambio de residencia del
funcionario, o de un mes, si comporta cambio de residencia o supone
el reingreso al servicio activo, de acuerdo con lo establecido en
la base VII.5 de la Orden de convocatoria.
El plazo de toma de posesión para los demás adjudicatarios
comenzará a contarse a partir del día siguiente al del cese, que
deberá efectuarse dentro de los tres días hábiles siguientes a la
publicación de la resolución del concurso en el "Boletín Oficial
del Estado". Si la resolución comporta el reingreso al servicio
activo, el plazo de toma de posesión deberá computarse desde su
publicación.
Las disposiciones de este punto se entenderán sin perjuicio
de las facultades otorgadas a los Subsecretarios y a la Secretaría
de Estado para la Administración Pública, por el apartado 2 del
artículo 48 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por
el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal
al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión
de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios
Civiles de la Administración General del Estado.
El cómputo de los plazos posesorios se iniciará cuando finalicen
los permisos o licencias que hayan sido concedidos a los
interesados, salvo que, por razones justificadas, el órgano convocante
acuerde suspender el disfrute de los mismos.
Cuarto.-Contra la presente Orden, que agota la vía
administrativa según lo previsto en el artículo 109 de la Ley 30/1992,
de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, cabe
interponer recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal
correspondiente, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 9 de la Ley
38/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses a contar desde
el día siguiente a su publicación, sin perjuicio del potestativo,
y con carácter previo, recurso de reposición ante este Ministerio
en el plazo de un mes desde la publicación de esta Orden, de
acuerdo con los artículos 116 y 117 de la citada Ley 30/1992.
Madrid, 19 de febrero de 2001.-P. D. (Orden de 30 de
noviembre de 1998), El Subsecretario, Leopoldo Calvo-Sotelo
Ibáñez-Martín.
Ilmo. Sr. Director general de Tráfico.
ANEXO: (Ver imágenes páginas 7836 a 7840)
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