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Documento BOE-A-2001-4216

Resolución de 15 de febrero de 2001, del Departamento de Justicia, por la que se convoca concurso de traslado de funcionarios del Cuerpo a extinguir de Secretarios de Juzgados de Paz de poblaciones de más de 7.000 habitantes, del Cuerpo de Oficiales y del Cuerpo de Agentes de la Administración de Justicia, para la provisión de plazas vacantes de Juzgados de Paz de Cataluña.

Publicado en:
«BOE» núm. 53, de 2 de marzo de 2001, páginas 7897 a 7907 (11 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Comunidad Autónoma de Cataluña
Referencia:
BOE-A-2001-4216

TEXTO ORIGINAL

Dado que hay plazas vacantes en los puestos de trabajo del

Cuerpo a extinguir de Secretarios de Juzgados de Paz de

poblaciones de más de 7.000 habitantes, del Cuerpo de Oficiales y

del Cuerpo de Agentes de la Administración de Justicia, dotadas

presupuestariamente, cuya provisión se estima conveniente en

atención a las necesidades del servicio, procede convocar concurso

de traslados de conformidad con lo establecido en los artículos

455, 481 y 494 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del

Poder Judicial ; el Reglamento Orgánico de Secretarios de la

Justicia Municipal, aprobado por Decreto de 12 de junio de 1970,

y el capítulo III del título IV del Reglamento Orgánico del Cuerpo

de Oficiales, Auxiliares y Agentes de la Administración de Justicia,

aprobado por Real Decreto 249/1996, de 16 de febrero.

Por todo ello, el Departamento de Justicia, ha dispuesto

convocar concurso de traslado para la provisión de los puestos de

trabajo que se indican en el anexo 1 con arreglo a las siguientes:

Bases

1. Puestos de trabajo que se pueden solicitar

1.1 Podrán tomar parte en el presente concurso y solicitar

las vacantes de los puestos de trabajo de Juzgados de Paz de

Cataluña los funcionarios pertenecientes al Cuerpo a extinguir

de Secretarios de Juzgados de Paz, los oficiales y los Agentes

de la Administración de Justicia, cualquiera que sea su situación

administrativa, excepto los suspensos que no hubieran finalizado

el período de suspensión.

1.2 Dado que todas las plazas de Secretaría convocadas lo

son de Juzgados de municipios de más de 7.000 habitantes o

de agrupaciones de Secretarías que superan igualmente esta cifra,

los funcionarios del Cuerpo de Secretarios de Paz tendrán

preferencia sobre los integrantes del Cuerpo de Oficiales de la

Administración de Justicia en todas las plazas convocadas mediante

esta Resolución.

1.3 La adjudicación de las plazas de Secretarías de Juzgados

de Paz a oficiales de la Administración de Justicia no supondrá

en ningún caso ascenso, cambio de Cuerpo o categoría de los

adjudicatarios.

1.4 Podrán solicitar cualquiera de las plazas vacantes

incluidas en los anexos 1 de esta convocatoria y de las que

simultáneamente a esta se publiquen, siempre que en la fecha de

finalización del plazo de presentación de solicitudes reúnan los

requisitos generales exigidos. Dichas vacantes se identificarán por su

literal y por el código del centro de destino, relación de puestos

de trabajo (RPT) y número de orden del puesto de trabajo (NOPT).

2. Requisitos y condiciones de participación

2.1 Los funcionarios del Cuerpo a extinguir de Secretarios

de Juzgados de Paz de poblaciones de más de 7.000 habitantes

y los del Cuerpo de Oficiales y de Agentes de la Administración

de Justicia sólo podrán participar si en la fecha de finalización

del plazo de presentación de instancias ha transcurrido un año

desde la toma de posesión en su actual puesto de trabajo definitivo

(artículo 57.c) del Real Decreto 249/1996), excepto en el supuesto

del artículo 52.c) del Real Decreto citado.

2.2 Los funcionarios en servicio activo con destino provisional

en plazas que se ofrecen en esta convocatoria estarán obligados

a participar en el presente concurso. En caso de que no obtuvieran

destino en el concurso se les atribuirá el desempeño provisional

de un puesto correspondiente a su Cuerpo.

2.3 Los funcionarios que se encuentren en las situaciones

de excedencia voluntaria establecidas en el artículo 34.b) y c)

del Real Decreto 249/1996 (excedencias por agrupación familiar

y por interés particular) sólo podrán participar en el concurso

si en la fecha de finalización del plazo de presentación de

solicitudes han transcurrido dos años, como mínimo, desde que fueron

declarados en tal situación.

2.4 Los funcionarios en situación de excedencia para el

cuidado de hijos al amparo de lo dispuesto en el artículo 35 del

Real Decreto 249/1996 sólo podrán concursar si ha transcurrido

más de un año desde la toma de posesión del último destino

definitivo.

2.5 Los excedentes forzosos que ocupen plazas ofertadas en

el presente concurso tendrán obligación de participar en el

presente concurso con objeto de obtener un puesto de trabajo

definitivo. De no participar en este concurso o no obtener puesto

de trabajo, se les destinará a cualquiera de los no adjudicados

a los demás concursantes.

Los excedentes forzosos, los suspensos definitivos que hubieran

perdido su puesto de trabajo y los excedentes voluntarios del

artículo 34.a) del Reglamento Orgánico aprobado por Real Decreto

249/1996 gozarán, por este orden, la primera vez que se anuncie

a concurso una vacante del Cuerpo en la misma localidad donde

servían cuando se produjo su cese en el servicio activo, de derecho

preferente para ocuparla.

2.6 Las preferencias aludidas en el punto 5 del párrafo

segundo de la presente base deberán ser acreditadas acompañando a

la instancia fotocopias compulsadas de los documentos por los

que se declara dichas situaciones administrativas, no valorándose

la preferencia en caso de no aportarlos.

3. Baremos

3.1 La valoración de méritos para la adjudicación de los

puestos de trabajo de las Secretarías o agrupaciones de Secretarías

se hará de acuerdo con el baremo siguiente:

3.1.1 Los funcionarios del Cuerpo a extinguir de Secretarios

de paz de más de 7.000 habitantes tendrán preferencia sobre

los oficiales de la Administración de Justicia, valorándose entre

ellos la antigüedad por los servicios efectivos prestados en el

Cuerpo, otorgándose 1 punto por cada año completo de servicios y

computándose proporcionalmente los períodos inferiores

(0,0027777 por día), estableciéndose los meses como de treinta

días.

3.1.2 Los funcionarios del Cuerpo de Oficiales de la

Administración de Justicia optarán a estas plazas con posterioridad

a los Secretarios de Paz mencionados en el punto anterior.

Entre los oficiales se tendrán en cuenta las siguientes

preferencias:

1.º Oficiales que estuvieran en posesión del título de

licenciado en Derecho.

2.º Oficiales titulares de una Secretaría de Paz.

3.º Demás oficiales.

Dentro de cada uno de los tres grupos relacionados, la

valoración de méritos se llevará a cabo de acuerdo con el siguiente

baremo:

a) Antigüedad: Por los servicios efectivos en el Cuerpo se

otorgará 1 punto por cada año completo de servicios y computándose

proporcionalmente los períodos inferiores (0,0027777 por día),

estableciéndose los meses como de treinta días.

b) Conocimiento oral y escrito del catalán: De conformidad

con lo que se establece en el Acuerdo de la Comisión para la

normalización lingüística de 19 de junio de 1991, los funcionarios

que lo acrediten, mediante certificación oficial u homologación

del título aportado emitido por un órgano competente, el

conocimiento oral y escrito del catalán supondrá sólo a estos efectos

el reconocimiento de hasta 6 puntos según el nivel de conocimiento

acreditado en los términos de la disposición adicional 2 del

Reglamento Orgánico aprobado por Real Decreto 249/1996, de 16

de febrero, de la forma siguiente:

1. Certificado de nivel B: 2 puntos.

2. Certificado de nivel C: 4 puntos.

3. Certificado de nivel D: 6 puntos.

La certificación oficial y el título se podrán acreditar mediante

fotocopia compulsada.

3.2 Para las plazas de Oficial y de Agente Judicial de

Secretarías de Juzgados de Paz y agrupaciones de Secretarías, la

valoración de los méritos se hará de acuerdo con el baremo establecido

para valorar la antigüedad y el conocimiento de la lengua catalana:

a) Antigüedad: Por los servicios efectivos en el Cuerpo se

otorgará 1 punto por cada año completo de servicios, computándose

proporcionalmente los períodos inferiores (0,0027777 por día),

y estableciéndose los meses como de treinta días.

b) Conocimiento oral y escrito del catalán: De conformidad

con lo que se establece en el Acuerdo de la Comisión para la

normalización lingüística de 19 de junio de 1991, los funcionarios

que lo acrediten, mediante certificación oficial u homologación

del título aportado emitido por un órgano competente, el

conocimiento oral y escrito del catalán supondrá sólo a estos efectos

el reconocimiento de hasta 6 puntos según el nivel de conocimiento

acreditado en los términos de la disposición adicional 2 del

Reglamento Orgánico aprobado por Real Decreto 249/1996, de 16

de febrero, de la forma siguiente:

1. Certificado de nivel B: 2 puntos.

2. Certificado de nivel C: 4 puntos.

3. Certificado de nivel D: 6 puntos.

La certificación oficial y el título se podrán acreditar mediante

fotocopia compulsada.

4. Modelos y plazos de presentación de solicitudes

4.1 Los funcionarios destinados definitivamente en puestos

de las relaciones de puestos de trabajo del Cuerpo a extinguir

de Secretarios de Paz y los del Cuerpo de Oficiales y de Agentes

de la Administración de Justicia correspondientes a Cataluña, así

como los que se encuentren en situación de servicios especiales

y excedentes por cuidado de hijo que tienen reservado su puesto

de trabajo en Cataluña, presentarán su solicitud ajustada al modelo

V-1 publicado en el anexo 2 de esta Resolución, en el plazo de

diez días naturales siguientes al de la publicación de la presente

convocatoria en el "Diario Oficial de la Generalidad de Cataluña",

o contados a partir del día de su publicación en el "Boletín Oficial

del Estado" en el caso de que la publicación de esta convocatoria

no se haga simultáneamente en el "Boletín Oficial del Estado"

y en el "Diario Oficial de la Generalidad de Cataluña", dirigida

a la Directora general de Relaciones con la Administración de

Justicia del Departamento de Justicia de la Generalidad de

Cataluña, calle Pau Claris, 81, 08010 Barcelona.

4.2 Los funcionarios destinados en puestos de las relaciones

de puestos de trabajo de otros Cuerpos de la Administración de

Justicia o de otras administraciones, que se encuentren en la

situación de excedencia prevista en el artículo 34.a) del Real Decreto

249/1996, de 16 de febrero, en el Cuerpo de Secretarios de Paz

o en el de Oficiales o Agentes de la Administración de Justicia,

que hagan constar como primer destino cualquiera de los

publicados en esta convocatoria, utilizarán el modelo V-2 publicado

en el anexo 2 de esta Resolución, en el plazo de diez días naturales

siguientes al de la publicación de la presente convocatoria en

el "Diario Oficial de la Generalidad de Cataluña", o contados a

partir del día de su publicación en el "Boletín Oficial del Estado"

en el caso de que la publicación de esta convocatoria no se haga

simultáneamente en el "Boletín Oficial del Estado" y en el "Diario

Oficial de la Generalidad de Cataluña", dirigida a la Directora

general de Relaciones con la Administración de Justicia del

Departamento de Justicia de la Generalidad de Cataluña, calle Pau

Claris, 81, 08010 Barcelona.

4.3 El resto de solicitantes que deseen participar en el

presente concurso, como los excedentes forzosos aunque tuvieran

un destino provisional, los suspensos definitivos que hubieran

perdido su puesto de trabajo, los participantes con destino provisional

por haber reingresado al servicio activo, así como el resto de

excedentes voluntarios por agrupación familiar o por interés particular

y que hagan constar como primer destino cualquiera de las plazas

convocadas mediante esta Resolución radicadas en Cataluña,

utilizarán el modelo V-3 publicado en el anexo 2 de esta Resolución,

en el plazo de diez días naturales siguientes al de la publicación

de la presente convocatoria en el "Diario Oficial de la Generalidad

de Cataluña", o contados a partir del día de su publicación en

el "Boletín Oficial del Estado" en el caso de que la publicación

de esta convocatoria no se produzca simultáneamente en el

"Boletín Oficial del Estado" y en el "Diario Oficial de la Generalidad

de Cataluña", dirigida a la Directora general de Relaciones con

la Administración de Justicia del Departamento de Justicia de

la Generalidad de Cataluña, calle Pau Claris, 81, 08010

Barcelona.

4.4 Las solicitudes podrán remitirse también en la forma

prevista en el artículo 38 de la Ley de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Las que se presenten en las oficinas de Correos se enviarán

en cualquiera de las modalidades siguientes:

a) Por correo ordinario ; en este caso tendrán entrada en el

Registro General del Departamento de Justicia de la Generalidad

de Cataluña, calle Pau Claris, 81, 08010 Barcelona, antes de

la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

b) Por correo certificado ; en este caso se presentarán en las

oficinas de Correos en sobre abierto para que el funcionario de

Correos ponga la fecha y las selle antes de enviarlas. Los

participantes en el concurso deberán enviar la solicitud que contenga

el sello de la oficina de Correos, sin que pueda admitirse pasado

el plazo de presentación de solicitudes aquella que no cumpla

este requisito, aunque posteriormente pueda acreditar este

extremo.

4.5 Los excedentes voluntarios por interés particular

acompañarán a la solicitud la declaración de no haber sido separados

de alguna de las Administraciones públicas.

4.6 La solicitud para tomar parte en este concurso será única

para cada funcionario participante, aunque se soliciten plazas

radicadas fuera de Cataluña, que por tanto figuran en las convocatorias

que simultáneamente a esta se publiquen.

Del mismo modo, mediante una única instancia deberán optar

por participar desde el Cuerpo en que el funcionario se encuentre

en activo, o reingresar al servicio activo en otro Cuerpo del que

formen parte como excedentes.

Los funcionarios que incumplan lo previsto en los dos párrafos

anteriores serán excluidos de la participación en el concurso.

Al resultar irrenunciables los destinos obtenidos a instancia

del funcionario, en caso de obtener destino el reingresado en el

servicio mediante concurso de traslado, quedará automáticamente

en excedencia en el Cuerpo en el que se encontraba en activo,

por lo que su destino actual se ofrecerá como plaza vacante en

ulteriores concursos de traslado.

4.7 La solicitud formulada será vinculante para el solicitante

una vez transcurrido el período de presentación de solicitudes.

4.8 En caso de discrepancia entre la transcripción del código

informático de un puesto concreto y su literal, quedaría anulada

la petición de dicho puesto. Igualmente será anulado aquel puesto

de trabajo cuya transcripción del literal o código informático de

centro de destino (incluida relación de puestos de trabajo

-RPTy número de orden de dicho puesto -NOPT-) sean incompletos.

4.9 Los modelos de solicitud podrán ser recogidos por las

personas interesadas en los Servicios Centrales del Departamento

de Justicia (calle Pau Claris, 81, 08010 Barcelona) ; en la Gerencia

de Apoyo Judicial de Barcelona Ciudad (calle Pau Claris, 158,

ático, 08009 Barcelona) ; en la Gerencia de Apoyo Judicial de

Barcelona Comarcas (avenida Josep Tarradellas, 179, 08901

L'Hospitalet de Llobregat) y en las Delegaciones Territoriales del

Departamento de Justicia de Girona (calle Güell, 89, 17005

Girona) ; Lleida (calle Sant Martí, 1, 25004 Lleida) y Tarragona (calle

Sant Antoni María Claret, 17, 43002 Tarragona).

5. Peticiones condicionadas

Caso de estar interesados en las vacantes que se anuncian

para una misma provincia dos funcionarios pertenecientes a los

Cuerpos de Funcionarios a extinguir de Secretarías de Juzgados

de Paz de más de 7.000 habitantes, de Oficiales y Agentes, podrán

condicionar su petición al hecho de que ambos obtengan destino

en la misma provincia, entendiéndose en caso contrario anuladas

las peticiones condicionadas efectuadas por ambos. Los

funcionarios que se acojan a esta petición condicional deberán

concretarlo en su instancia y acompañar fotocopia de la petición del

otro funcionario.

En caso de que no se aportara la fotocopia de la instancia

del segundo concursante se entenderá anulada la petición

condicionada efectuada por ambos.

Los funcionarios que se acojan a esta base deberán agrupar

los puestos que condicionan en los primeros números de orden

de preferencia de la solicitud poniendo el resto de los no

condicionados a continuación.

6. Adjudicaciones

6.1 El orden de prioridad para la adjudicación de los puestos

de trabajo vendrá dado por la puntuación total obtenida según

los baremos de la base tercera.

6.2 En caso de empate en la puntuación total, se acudirá

para dirimirlo al orden del escalafón del funcionario.

7. Carácter de los destinos adjudicados

7.1 Los traslados que se deriven de la resolución de este

concurso tendrán la consideración de voluntarios a los efectos

previstos en el Real Decreto 236/1988, de 4 de marzo, sobre

indemnizaciones por razón de servicio.

7.2 Los destinos adjudicados serán irrenunciables.

8. Resolución y plazo posesorio

8.1 Por resolución del Consejero de Justicia, y de manera

coordinada con el Ministerio de Justicia y los órganos competentes

del resto de Comunidades Autónomas que han convocado

concurso de traslado, se hará pública la adjudicación provisional de

los destinos resultantes de las convocatorias publicadas en el

"Diario Oficial de la Generalidad de Cataluña" y en el "Boletín Oficial

del Estado", mediante la inserción simultánea en los tablones de

anuncios del Departamento de Justicia, de las Gerencias

Territoriales y Delegaciones Territoriales del Departamento de Justicia,

del Ministerio de Justicia y del resto de Comunidades antes

mencionadas, así como en los Tribunales Superiores de Justicia y

en las Audiencias Provinciales.

Asimismo, se expondrá en dichos tablones de anuncio la

relación de admitidos y excluidos, con las causas de exclusión y el

plazo para subsanar posibles errores materiales.

8.2 La resolución de adjudicación provisional expresará el

puesto de trabajo de origen de los interesados a quien se adjudique

destino y también la localidad, así como la situación

administrativa, si es diferente de la de activo, y el puesto de trabajo

adjudicado a cada funcionario con la referencia del centro de trabajo

y la localidad.

8.3 Las personas interesadas disponen de un plazo de diez

días desde la exposición en los tablones de anuncios mencionados

para formular las alegaciones oportunas ante el órgano al que

se dirigió la petición de participación en el presente concurso,

y a tal efecto utilizarán el modelo que se adjunta a esta Resolución

en el anexo 3.

8.4 Una vez analizadas las alegaciones presentadas, y en

coordinación con los órganos que hayan convocado concurso de

traslado, el Consejero de Justicia dictará la resolución por la que

se resolverá definitivamente el concurso. Esta resolución, que se

publicará en el "Boletín Oficial del Estado" y en el "Diario Oficial

de la Generalidad de Cataluña", se deberá dictar en el plazo de

seis meses a contar desde el día siguiente al último de presentación

de solicitudes para participar en esta convocatoria.

Transcurrido este plazo, sin que se haya dictado la resolución,

se entenderá desestimada la solicitud de participación en la

convocatoria. No obstante, la falta de resolución expresa en el plazo

citado no exime de la obligación de dictar resolución expresa en

los términos previstos en el artículo 42 de la Ley 30/1992, de

26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada

por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

En el supuesto de que la simultaneidad de publicación en el

"Boletín Oficial del Estado" y en el "Diario Oficial de la Generalidad

de Cataluña" de la resolución definitiva del concurso no fuese

posible, los plazos para la interposición de recursos se computarán

a partir del día siguiente al de la publicación en el "Boletín Oficial

del Estado".

8.5 El plazo para tomar posesión del nuevo destino obtenido

será de diez días naturales, si hay cambio de localidad, pero,

cuando tenga lugar dentro de la misma población, deberá efectuarse

en los tres días naturales siguientes al cese.

8.6 El plazo para la toma de posesión se contará a partir

del día siguiente al cese.

8.7 Si la resolución comporta reingreso al servicio activo,

el plazo de toma de posesión deberá computarse desde dicha

publicación.

8.8 Si no se lograra la simultaneidad de publicación de la

resolución entre el "Boletín Oficial del Estado" y el "Diario Oficial

de la Generalidad de Cataluña", los plazos se computarán desde

el día siguiente al de la publicación en el "Boletín Oficial del

Estado".

8.9 El cómputo de los plazos para la toma de posesión se

iniciará cuando finalicen los permisos o licencias que se

encuentran disfrutando los funcionarios, salvo que por circunstancias

excepcionales debidamente motivadas se suspenda o revoque su

disfrute.

9. Recursos

9.1 Contra la presente Resolución, que agota la vía

administrativa, los interesados podrán interponer con carácter

potestativo recurso de reposición ante este órgano en el plazo de un

mes a contar desde el día siguiente a su publicación en el último

diario oficial ("Boletín Oficial del Estado" o "Diario Oficial de la

Generalidad de Cataluña") en que esta Resolución se haga pública,

o bien podrán impugnar esta Resolución directamente mediante

recurso contencioso administrativo, en el plazo de dos meses a

contar desde el día siguiente a su publicación en el último diario

oficial ("Boletín Oficial del Estado" o "Diario Oficial de la

Generalidad de Cataluña") en que esta Resolución se haya publicado,

ante el Juzgado Contencioso Administrativo competente de

Barcelona, de conformidad con lo establecido en los artículos 14

y 25 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la

Jurisdicción Contenciosa Administrativa, o cualquier otro recurso que

consideren conveniente para la defensa de sus intereses.

9.2 De acuerdo con los artículos 58 y 59 de la Ley 30/1992,

de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo Común ("Boletín

Oficial del Estado" del 27), modificada por la Ley 4/1999, de 13

de enero ("Boletín Oficial del Estado" del 14), y el artículo 49

de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción

Contenciosa Administrativa, la interposición de los recursos

contenciosos administrativos que se tengan que notificar a los

interesados se notificarán mediante su publicación en el "Diario Oficial

de la Generalidad de Cataluña" y su exposición en los tablones

de anuncios de los siguientes órganos: Servicios Centrales del

Departamento de Justicia (calle Pau Claris, 81, 08010 Barcelona) ;

Gerencia de Apoyo Judicial de Barcelona Ciudad (calle Pau Claris,

158, ático, 08009 Barcelona) ; en la Gerencia de Apoyo Judicial

de Barcelona Comarcas (avenida Josep Tarradellas, 179, 08901

L'Hospitalet de Llobregat) y en las Delegaciones Territoriales del

Departamento de Justicia de Girona (calle Güell, 89, 17005

Girona) ; Lleida (calle Sant Martí, 1, 25004 Lleida) y Tarragona (calle

Sant Antoni María Claret, 17, 43002 Tarragona) ; en el Tribunal

Superior de Justicia de Cataluña (paseo Lluís Companys, sin

número, 08018 Barcelona) ; en las Audiencias Provinciales de Barcelona

(paseo Lluís Companys, sin número, 08018 Barcelona) ; Girona

(plaza Catedral, sin número, 17004 Girona) ; Lleida (rambla

Ferrán, sin número, 25001 Lleida) y Tarragona (avenida Lluís

Companys, 10, 43005 Tarragona) ; en los decanatos de Barcelona

(paseo Lluís Companys, 1-5, 08003 Barcelona) ; Girona (avenida

Ramon Folch, 4-6, 17001 Girona) ; Lleida (edificio "Canyeret", calle

La Parra, 21, 25007 Lleida) y Tarragona (avenida Lluís Companys,

10, 43005 Tarragona) ; en la Clínica Médico-forense (ronda Sant

Pere, 35, 08010 Barcelona) ; en el Instituto Anatómico-forense

(calle Enric Casanovas, 143, 08036 Barcelona) y en las Fiscalías

de Barcelona (calle Pau Claris, 160, 08009 Barcelona) ; Girona

(plaza Catedral, sin número, 17004 Girona) ; Lleida (edificio

"Canyeret", calle La Parra, 21, 25007 Lleida) y Tarragona (avenida

Lluís Companys, 10, 43005 Tarragona).

Barcelona, 15 de febrero de 2001.-El Consejero, Josep Delfí

Guàrdia i Canela.

ANEXO 1

Entidad: Administración de Justicia. Concurso: 09/2001/01.

Comunidad: Cataluña

VACANTES DE PUESTOS DE TRABAJO

Plazas vacantes de Secretarios de Secretarías de Juzgados de Paz

Provincia: Barcelona. Centro de destino: 9232900008402.

Denominación: Juzgado de Paz de Montmeló. Número de orden

del puesto de trabajo (NOPT): 2. Relación de puesto de trabajo

(RPT): 26. Número de vacantes: Una. Idioma: Sí.

Provincia: Barcelona. Centro de destino: 9232900008852.

Denominación: Juzgado de Paz de Torelló. Número de orden del

puesto de trabajo (NOPT): 3. Relación de puesto de trabajo (RPT):

26. Número de vacantes: Una. Idioma: Sí.

Provincia: Barcelona. Centro de destino: 9232900008201.

Denominación: Paz (agrupación municipal) Cervelló. Número de

orden del puesto de trabajo (NOPT): 1. Relación de puesto de

trabajo (RPT): 26. Número de vacantes: Una. Idioma: Sí.

Provincia: Girona. Centro de destino: 9233000017236.

Denominación: Paz (agrupación municipal) L'Escala. Número de orden

del puesto de trabajo (NOPT): 2. Relación de puesto de trabajo

(RPT): 26. Número de vacantes: Una. Idioma: Sí.

Plazas vacantes de Oficiales de Secretarías de Paz

Provincia: Lleida. Centro de destino: 9232900025772.

Denominación: Juzgado de Paz de Tárrega. Número de orden del puesto

de trabajo (NOPT): 1. Relación de puesto de trabajo (RPT): 26.

Número de vacantes: Una. Idioma: Sí.

Provincia: Tarragona. Centro de destino: 9233000043430.

Denominación: Paz (agrupación municipal) Montblanc. Número

de orden del puesto de trabajo (NOPT): 1. Relación de puesto

de trabajo (RPT): 26. Número de vacantes: Una. Idioma: Sí.

Plazas vacantes de Agentes de Secretarías de Paz

Provincia: Barcelona. Centro de destino: 9233000008129.

Denominación: Paz (agrupación municipal) Capellades. Número

de orden del puesto de trabajo (NOPT): 1. Relación de puesto

de trabajo (RPT): 26. Número de vacantes: Una. Idioma: Sí.

Provincia: Barcelona. Centro de destinación: 9232900008261.

Denominación: Juzgado de Paz de La Garriga. Número de orden

del puesto de trabajo (NOPT): 1. Relación de puesto de trabajo

(RPT): 26. Número de vacantes: Una. Idioma: Sí.

Provincia: Barcelona. Centro de destinación: 9232900008312.

Denominación: Juzgado de Paz de La Llagosta. Número de orden

del puesto de trabajo (NOPT): 2. Relación de puesto de trabajo

(RPT): 26. Número de vacantes: Una. Idioma: Sí.

Provincia: Barcelona. Centro de destinación: 9232900008327.

Denominación: Juzgado de Paz de Malgrat de Mar. Número de

orden del puesto de trabajo (NOPT): 2. Relación de puesto de

trabajo (RPT): 26. Número de vacantes: Una. Idioma: Sí.

Provincia: Barcelona. Centro de destino: 9232900008366.

Denominación: Juzgado de Paz de Molíns de Rei. Número de orden

del puesto de trabajo (NOPT): 3. Relación de puesto de trabajo

(RPT): 26. Número de vacantes: Una. Idioma: Sí.

Provincia: Barcelona. Centro de destino: 9232900008372.

Denominación: Juzgado de Paz de Moncada i Reixac. Número

de orden del puesto de trabajo (NOPT): 3. Relación de puesto

de trabajo (RPT): 26. Número de vacantes: Una. Idioma: Sí.

Provincia: Barcelona. Centro de destino: 9232900008405.

Denominación: Juzgado de Paz de Montornés del Vallés. Número

de orden del puesto de trabajo (NOPT): 2. Relación de puesto

de trabajo (RPT): 26. Número de vacantes: Una. Idioma: Sí.

Provincia: Barcelona. Centro de destino: 9232900008723.

Denominación: Juzgado de Paz de Sant Vicens de Castellet.

Número de orden del puesto de trabajo (NOPT): 1. Relación de puesto

de trabajo (RPT): 26. Número de vacantes: Una. Idioma: Sí.

Provincia: Barcelona. Centro de destino: 9232900008732.

Denominación: Juzgado de Paz de Sant Vicens del Horts. Número

de orden del puesto de trabajo (NOPT): 3. Relación de puesto

de trabajo (RPT): 26. Número de vacantes: Una. Idioma: Sí.

Provincia: Barcelona. Centro de destino: 9232900008909.

Denominación: Juzgado de Paz de Vilanova del Camí. Número

de orden del puesto de trabajo (NOPT): 1. Relación de puesto

de trabajo (RPT): 26. Número de vacantes: Una. Idioma: Sí.

Provincia: Barcelona. Centro de destino: 9233000008270.

Denominación: Paz (agrupación municipal) Gelida. Número de

orden del puesto de trabajo (NOPT): 1. Relación de puesto de

trabajo (RPT): 26. Número de vacantes: Una. Idioma: Sí.

Provincia: Barcelona. Centro de destino: 9233000008678.

Denominación: Paz (agrupación municipal) Sant Martí Sarroca.

Número de orden del puesto de trabajo (NOPT): 1. Relación

de puesto de trabajo (RPT): 26. Número de vacantes: Una.

Idioma: Sí.

Provincia: Girona. Centro de destino: 9233000017684.

Denominación: Paz (agrupación municipal) Sant Joan de les Fonts.

Número de orden del puesto de trabajo (NOPT): 1. Relación

de puesto de trabajo (RPT): 26. Número de vacantes: Una.

Idioma: Sí.

Provincia: Girona. Centro de destino: 9233000017752.

Denominación: Paz (agrupación municipal) Torroella de Montgrí.

Número de orden del puesto de trabajo (NOPT): 1. Relación de puesto

de trabajo (RPT): 26. Número de vacantes: Una. Idioma: Sí.

Provincia: Girona. Centro de destino: 9233000017784.

Denominación: Paz (agrupación municipal) Vall d'en Bas. Número de

orden del puesto de trabajo (NOPT): 1. Relación de puesto de

trabajo (RPT): 26. Número de vacantes: Una. Idioma: Sí.

Provincia: Tarragona. Centro de destino: 9232900043846.

Denominación: Juzgado de Paz de Salou. Número de orden del

puesto de trabajo (NOPT): 3. Relación de puesto de trabajo (RPT):

26. Número de vacantes: Una. Idioma: Sí.

ANEXOS: (Ver imágenes páginas 7901 a 7907)

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