Dado que hay plazas vacantes en los puestos de trabajo del
Cuerpo a extinguir de Secretarios de Juzgados de Paz de
poblaciones de más de 7.000 habitantes, del Cuerpo de Oficiales y
del Cuerpo de Agentes de la Administración de Justicia, dotadas
presupuestariamente, cuya provisión se estima conveniente en
atención a las necesidades del servicio, procede convocar concurso
de traslados de conformidad con lo establecido en los artículos
455, 481 y 494 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del
Poder Judicial ; el Reglamento Orgánico de Secretarios de la
Justicia Municipal, aprobado por Decreto de 12 de junio de 1970,
y el capítulo III del título IV del Reglamento Orgánico del Cuerpo
de Oficiales, Auxiliares y Agentes de la Administración de Justicia,
aprobado por Real Decreto 249/1996, de 16 de febrero.
Por todo ello, el Departamento de Justicia, ha dispuesto
convocar concurso de traslado para la provisión de los puestos de
trabajo que se indican en el anexo 1 con arreglo a las siguientes:
Bases
1. Puestos de trabajo que se pueden solicitar
1.1 Podrán tomar parte en el presente concurso y solicitar
las vacantes de los puestos de trabajo de Juzgados de Paz de
Cataluña los funcionarios pertenecientes al Cuerpo a extinguir
de Secretarios de Juzgados de Paz, los oficiales y los Agentes
de la Administración de Justicia, cualquiera que sea su situación
administrativa, excepto los suspensos que no hubieran finalizado
el período de suspensión.
1.2 Dado que todas las plazas de Secretaría convocadas lo
son de Juzgados de municipios de más de 7.000 habitantes o
de agrupaciones de Secretarías que superan igualmente esta cifra,
los funcionarios del Cuerpo de Secretarios de Paz tendrán
preferencia sobre los integrantes del Cuerpo de Oficiales de la
Administración de Justicia en todas las plazas convocadas mediante
esta Resolución.
1.3 La adjudicación de las plazas de Secretarías de Juzgados
de Paz a oficiales de la Administración de Justicia no supondrá
en ningún caso ascenso, cambio de Cuerpo o categoría de los
adjudicatarios.
1.4 Podrán solicitar cualquiera de las plazas vacantes
incluidas en los anexos 1 de esta convocatoria y de las que
simultáneamente a esta se publiquen, siempre que en la fecha de
finalización del plazo de presentación de solicitudes reúnan los
requisitos generales exigidos. Dichas vacantes se identificarán por su
literal y por el código del centro de destino, relación de puestos
de trabajo (RPT) y número de orden del puesto de trabajo (NOPT).
2. Requisitos y condiciones de participación
2.1 Los funcionarios del Cuerpo a extinguir de Secretarios
de Juzgados de Paz de poblaciones de más de 7.000 habitantes
y los del Cuerpo de Oficiales y de Agentes de la Administración
de Justicia sólo podrán participar si en la fecha de finalización
del plazo de presentación de instancias ha transcurrido un año
desde la toma de posesión en su actual puesto de trabajo definitivo
(artículo 57.c) del Real Decreto 249/1996), excepto en el supuesto
del artículo 52.c) del Real Decreto citado.
2.2 Los funcionarios en servicio activo con destino provisional
en plazas que se ofrecen en esta convocatoria estarán obligados
a participar en el presente concurso. En caso de que no obtuvieran
destino en el concurso se les atribuirá el desempeño provisional
de un puesto correspondiente a su Cuerpo.
2.3 Los funcionarios que se encuentren en las situaciones
de excedencia voluntaria establecidas en el artículo 34.b) y c)
del Real Decreto 249/1996 (excedencias por agrupación familiar
y por interés particular) sólo podrán participar en el concurso
si en la fecha de finalización del plazo de presentación de
solicitudes han transcurrido dos años, como mínimo, desde que fueron
declarados en tal situación.
2.4 Los funcionarios en situación de excedencia para el
cuidado de hijos al amparo de lo dispuesto en el artículo 35 del
Real Decreto 249/1996 sólo podrán concursar si ha transcurrido
más de un año desde la toma de posesión del último destino
definitivo.
2.5 Los excedentes forzosos que ocupen plazas ofertadas en
el presente concurso tendrán obligación de participar en el
presente concurso con objeto de obtener un puesto de trabajo
definitivo. De no participar en este concurso o no obtener puesto
de trabajo, se les destinará a cualquiera de los no adjudicados
a los demás concursantes.
Los excedentes forzosos, los suspensos definitivos que hubieran
perdido su puesto de trabajo y los excedentes voluntarios del
artículo 34.a) del Reglamento Orgánico aprobado por Real Decreto
249/1996 gozarán, por este orden, la primera vez que se anuncie
a concurso una vacante del Cuerpo en la misma localidad donde
servían cuando se produjo su cese en el servicio activo, de derecho
preferente para ocuparla.
2.6 Las preferencias aludidas en el punto 5 del párrafo
segundo de la presente base deberán ser acreditadas acompañando a
la instancia fotocopias compulsadas de los documentos por los
que se declara dichas situaciones administrativas, no valorándose
la preferencia en caso de no aportarlos.
3. Baremos
3.1 La valoración de méritos para la adjudicación de los
puestos de trabajo de las Secretarías o agrupaciones de Secretarías
se hará de acuerdo con el baremo siguiente:
3.1.1 Los funcionarios del Cuerpo a extinguir de Secretarios
de paz de más de 7.000 habitantes tendrán preferencia sobre
los oficiales de la Administración de Justicia, valorándose entre
ellos la antigüedad por los servicios efectivos prestados en el
Cuerpo, otorgándose 1 punto por cada año completo de servicios y
computándose proporcionalmente los períodos inferiores
(0,0027777 por día), estableciéndose los meses como de treinta
días.
3.1.2 Los funcionarios del Cuerpo de Oficiales de la
Administración de Justicia optarán a estas plazas con posterioridad
a los Secretarios de Paz mencionados en el punto anterior.
Entre los oficiales se tendrán en cuenta las siguientes
preferencias:
1.º Oficiales que estuvieran en posesión del título de
licenciado en Derecho.
2.º Oficiales titulares de una Secretaría de Paz.
3.º Demás oficiales.
Dentro de cada uno de los tres grupos relacionados, la
valoración de méritos se llevará a cabo de acuerdo con el siguiente
baremo:
a) Antigüedad: Por los servicios efectivos en el Cuerpo se
otorgará 1 punto por cada año completo de servicios y computándose
proporcionalmente los períodos inferiores (0,0027777 por día),
estableciéndose los meses como de treinta días.
b) Conocimiento oral y escrito del catalán: De conformidad
con lo que se establece en el Acuerdo de la Comisión para la
normalización lingüística de 19 de junio de 1991, los funcionarios
que lo acrediten, mediante certificación oficial u homologación
del título aportado emitido por un órgano competente, el
conocimiento oral y escrito del catalán supondrá sólo a estos efectos
el reconocimiento de hasta 6 puntos según el nivel de conocimiento
acreditado en los términos de la disposición adicional 2 del
Reglamento Orgánico aprobado por Real Decreto 249/1996, de 16
de febrero, de la forma siguiente:
1. Certificado de nivel B: 2 puntos.
2. Certificado de nivel C: 4 puntos.
3. Certificado de nivel D: 6 puntos.
La certificación oficial y el título se podrán acreditar mediante
fotocopia compulsada.
3.2 Para las plazas de Oficial y de Agente Judicial de
Secretarías de Juzgados de Paz y agrupaciones de Secretarías, la
valoración de los méritos se hará de acuerdo con el baremo establecido
para valorar la antigüedad y el conocimiento de la lengua catalana:
a) Antigüedad: Por los servicios efectivos en el Cuerpo se
otorgará 1 punto por cada año completo de servicios, computándose
proporcionalmente los períodos inferiores (0,0027777 por día),
y estableciéndose los meses como de treinta días.
b) Conocimiento oral y escrito del catalán: De conformidad
con lo que se establece en el Acuerdo de la Comisión para la
normalización lingüística de 19 de junio de 1991, los funcionarios
que lo acrediten, mediante certificación oficial u homologación
del título aportado emitido por un órgano competente, el
conocimiento oral y escrito del catalán supondrá sólo a estos efectos
el reconocimiento de hasta 6 puntos según el nivel de conocimiento
acreditado en los términos de la disposición adicional 2 del
Reglamento Orgánico aprobado por Real Decreto 249/1996, de 16
de febrero, de la forma siguiente:
1. Certificado de nivel B: 2 puntos.
2. Certificado de nivel C: 4 puntos.
3. Certificado de nivel D: 6 puntos.
La certificación oficial y el título se podrán acreditar mediante
fotocopia compulsada.
4. Modelos y plazos de presentación de solicitudes
4.1 Los funcionarios destinados definitivamente en puestos
de las relaciones de puestos de trabajo del Cuerpo a extinguir
de Secretarios de Paz y los del Cuerpo de Oficiales y de Agentes
de la Administración de Justicia correspondientes a Cataluña, así
como los que se encuentren en situación de servicios especiales
y excedentes por cuidado de hijo que tienen reservado su puesto
de trabajo en Cataluña, presentarán su solicitud ajustada al modelo
V-1 publicado en el anexo 2 de esta Resolución, en el plazo de
diez días naturales siguientes al de la publicación de la presente
convocatoria en el "Diario Oficial de la Generalidad de Cataluña",
o contados a partir del día de su publicación en el "Boletín Oficial
del Estado" en el caso de que la publicación de esta convocatoria
no se haga simultáneamente en el "Boletín Oficial del Estado"
y en el "Diario Oficial de la Generalidad de Cataluña", dirigida
a la Directora general de Relaciones con la Administración de
Justicia del Departamento de Justicia de la Generalidad de
Cataluña, calle Pau Claris, 81, 08010 Barcelona.
4.2 Los funcionarios destinados en puestos de las relaciones
de puestos de trabajo de otros Cuerpos de la Administración de
Justicia o de otras administraciones, que se encuentren en la
situación de excedencia prevista en el artículo 34.a) del Real Decreto
249/1996, de 16 de febrero, en el Cuerpo de Secretarios de Paz
o en el de Oficiales o Agentes de la Administración de Justicia,
que hagan constar como primer destino cualquiera de los
publicados en esta convocatoria, utilizarán el modelo V-2 publicado
en el anexo 2 de esta Resolución, en el plazo de diez días naturales
siguientes al de la publicación de la presente convocatoria en
el "Diario Oficial de la Generalidad de Cataluña", o contados a
partir del día de su publicación en el "Boletín Oficial del Estado"
en el caso de que la publicación de esta convocatoria no se haga
simultáneamente en el "Boletín Oficial del Estado" y en el "Diario
Oficial de la Generalidad de Cataluña", dirigida a la Directora
general de Relaciones con la Administración de Justicia del
Departamento de Justicia de la Generalidad de Cataluña, calle Pau
Claris, 81, 08010 Barcelona.
4.3 El resto de solicitantes que deseen participar en el
presente concurso, como los excedentes forzosos aunque tuvieran
un destino provisional, los suspensos definitivos que hubieran
perdido su puesto de trabajo, los participantes con destino provisional
por haber reingresado al servicio activo, así como el resto de
excedentes voluntarios por agrupación familiar o por interés particular
y que hagan constar como primer destino cualquiera de las plazas
convocadas mediante esta Resolución radicadas en Cataluña,
utilizarán el modelo V-3 publicado en el anexo 2 de esta Resolución,
en el plazo de diez días naturales siguientes al de la publicación
de la presente convocatoria en el "Diario Oficial de la Generalidad
de Cataluña", o contados a partir del día de su publicación en
el "Boletín Oficial del Estado" en el caso de que la publicación
de esta convocatoria no se produzca simultáneamente en el
"Boletín Oficial del Estado" y en el "Diario Oficial de la Generalidad
de Cataluña", dirigida a la Directora general de Relaciones con
la Administración de Justicia del Departamento de Justicia de
la Generalidad de Cataluña, calle Pau Claris, 81, 08010
Barcelona.
4.4 Las solicitudes podrán remitirse también en la forma
prevista en el artículo 38 de la Ley de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Las que se presenten en las oficinas de Correos se enviarán
en cualquiera de las modalidades siguientes:
a) Por correo ordinario ; en este caso tendrán entrada en el
Registro General del Departamento de Justicia de la Generalidad
de Cataluña, calle Pau Claris, 81, 08010 Barcelona, antes de
la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
b) Por correo certificado ; en este caso se presentarán en las
oficinas de Correos en sobre abierto para que el funcionario de
Correos ponga la fecha y las selle antes de enviarlas. Los
participantes en el concurso deberán enviar la solicitud que contenga
el sello de la oficina de Correos, sin que pueda admitirse pasado
el plazo de presentación de solicitudes aquella que no cumpla
este requisito, aunque posteriormente pueda acreditar este
extremo.
4.5 Los excedentes voluntarios por interés particular
acompañarán a la solicitud la declaración de no haber sido separados
de alguna de las Administraciones públicas.
4.6 La solicitud para tomar parte en este concurso será única
para cada funcionario participante, aunque se soliciten plazas
radicadas fuera de Cataluña, que por tanto figuran en las convocatorias
que simultáneamente a esta se publiquen.
Del mismo modo, mediante una única instancia deberán optar
por participar desde el Cuerpo en que el funcionario se encuentre
en activo, o reingresar al servicio activo en otro Cuerpo del que
formen parte como excedentes.
Los funcionarios que incumplan lo previsto en los dos párrafos
anteriores serán excluidos de la participación en el concurso.
Al resultar irrenunciables los destinos obtenidos a instancia
del funcionario, en caso de obtener destino el reingresado en el
servicio mediante concurso de traslado, quedará automáticamente
en excedencia en el Cuerpo en el que se encontraba en activo,
por lo que su destino actual se ofrecerá como plaza vacante en
ulteriores concursos de traslado.
4.7 La solicitud formulada será vinculante para el solicitante
una vez transcurrido el período de presentación de solicitudes.
4.8 En caso de discrepancia entre la transcripción del código
informático de un puesto concreto y su literal, quedaría anulada
la petición de dicho puesto. Igualmente será anulado aquel puesto
de trabajo cuya transcripción del literal o código informático de
centro de destino (incluida relación de puestos de trabajo
-RPTy número de orden de dicho puesto -NOPT-) sean incompletos.
4.9 Los modelos de solicitud podrán ser recogidos por las
personas interesadas en los Servicios Centrales del Departamento
de Justicia (calle Pau Claris, 81, 08010 Barcelona) ; en la Gerencia
de Apoyo Judicial de Barcelona Ciudad (calle Pau Claris, 158,
ático, 08009 Barcelona) ; en la Gerencia de Apoyo Judicial de
Barcelona Comarcas (avenida Josep Tarradellas, 179, 08901
L'Hospitalet de Llobregat) y en las Delegaciones Territoriales del
Departamento de Justicia de Girona (calle Güell, 89, 17005
Girona) ; Lleida (calle Sant Martí, 1, 25004 Lleida) y Tarragona (calle
Sant Antoni María Claret, 17, 43002 Tarragona).
5. Peticiones condicionadas
Caso de estar interesados en las vacantes que se anuncian
para una misma provincia dos funcionarios pertenecientes a los
Cuerpos de Funcionarios a extinguir de Secretarías de Juzgados
de Paz de más de 7.000 habitantes, de Oficiales y Agentes, podrán
condicionar su petición al hecho de que ambos obtengan destino
en la misma provincia, entendiéndose en caso contrario anuladas
las peticiones condicionadas efectuadas por ambos. Los
funcionarios que se acojan a esta petición condicional deberán
concretarlo en su instancia y acompañar fotocopia de la petición del
otro funcionario.
En caso de que no se aportara la fotocopia de la instancia
del segundo concursante se entenderá anulada la petición
condicionada efectuada por ambos.
Los funcionarios que se acojan a esta base deberán agrupar
los puestos que condicionan en los primeros números de orden
de preferencia de la solicitud poniendo el resto de los no
condicionados a continuación.
6. Adjudicaciones
6.1 El orden de prioridad para la adjudicación de los puestos
de trabajo vendrá dado por la puntuación total obtenida según
los baremos de la base tercera.
6.2 En caso de empate en la puntuación total, se acudirá
para dirimirlo al orden del escalafón del funcionario.
7. Carácter de los destinos adjudicados
7.1 Los traslados que se deriven de la resolución de este
concurso tendrán la consideración de voluntarios a los efectos
previstos en el Real Decreto 236/1988, de 4 de marzo, sobre
indemnizaciones por razón de servicio.
7.2 Los destinos adjudicados serán irrenunciables.
8. Resolución y plazo posesorio
8.1 Por resolución del Consejero de Justicia, y de manera
coordinada con el Ministerio de Justicia y los órganos competentes
del resto de Comunidades Autónomas que han convocado
concurso de traslado, se hará pública la adjudicación provisional de
los destinos resultantes de las convocatorias publicadas en el
"Diario Oficial de la Generalidad de Cataluña" y en el "Boletín Oficial
del Estado", mediante la inserción simultánea en los tablones de
anuncios del Departamento de Justicia, de las Gerencias
Territoriales y Delegaciones Territoriales del Departamento de Justicia,
del Ministerio de Justicia y del resto de Comunidades antes
mencionadas, así como en los Tribunales Superiores de Justicia y
en las Audiencias Provinciales.
Asimismo, se expondrá en dichos tablones de anuncio la
relación de admitidos y excluidos, con las causas de exclusión y el
plazo para subsanar posibles errores materiales.
8.2 La resolución de adjudicación provisional expresará el
puesto de trabajo de origen de los interesados a quien se adjudique
destino y también la localidad, así como la situación
administrativa, si es diferente de la de activo, y el puesto de trabajo
adjudicado a cada funcionario con la referencia del centro de trabajo
y la localidad.
8.3 Las personas interesadas disponen de un plazo de diez
días desde la exposición en los tablones de anuncios mencionados
para formular las alegaciones oportunas ante el órgano al que
se dirigió la petición de participación en el presente concurso,
y a tal efecto utilizarán el modelo que se adjunta a esta Resolución
en el anexo 3.
8.4 Una vez analizadas las alegaciones presentadas, y en
coordinación con los órganos que hayan convocado concurso de
traslado, el Consejero de Justicia dictará la resolución por la que
se resolverá definitivamente el concurso. Esta resolución, que se
publicará en el "Boletín Oficial del Estado" y en el "Diario Oficial
de la Generalidad de Cataluña", se deberá dictar en el plazo de
seis meses a contar desde el día siguiente al último de presentación
de solicitudes para participar en esta convocatoria.
Transcurrido este plazo, sin que se haya dictado la resolución,
se entenderá desestimada la solicitud de participación en la
convocatoria. No obstante, la falta de resolución expresa en el plazo
citado no exime de la obligación de dictar resolución expresa en
los términos previstos en el artículo 42 de la Ley 30/1992, de
26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada
por la Ley 4/1999, de 13 de enero.
En el supuesto de que la simultaneidad de publicación en el
"Boletín Oficial del Estado" y en el "Diario Oficial de la Generalidad
de Cataluña" de la resolución definitiva del concurso no fuese
posible, los plazos para la interposición de recursos se computarán
a partir del día siguiente al de la publicación en el "Boletín Oficial
del Estado".
8.5 El plazo para tomar posesión del nuevo destino obtenido
será de diez días naturales, si hay cambio de localidad, pero,
cuando tenga lugar dentro de la misma población, deberá efectuarse
en los tres días naturales siguientes al cese.
8.6 El plazo para la toma de posesión se contará a partir
del día siguiente al cese.
8.7 Si la resolución comporta reingreso al servicio activo,
el plazo de toma de posesión deberá computarse desde dicha
publicación.
8.8 Si no se lograra la simultaneidad de publicación de la
resolución entre el "Boletín Oficial del Estado" y el "Diario Oficial
de la Generalidad de Cataluña", los plazos se computarán desde
el día siguiente al de la publicación en el "Boletín Oficial del
Estado".
8.9 El cómputo de los plazos para la toma de posesión se
iniciará cuando finalicen los permisos o licencias que se
encuentran disfrutando los funcionarios, salvo que por circunstancias
excepcionales debidamente motivadas se suspenda o revoque su
disfrute.
9. Recursos
9.1 Contra la presente Resolución, que agota la vía
administrativa, los interesados podrán interponer con carácter
potestativo recurso de reposición ante este órgano en el plazo de un
mes a contar desde el día siguiente a su publicación en el último
diario oficial ("Boletín Oficial del Estado" o "Diario Oficial de la
Generalidad de Cataluña") en que esta Resolución se haga pública,
o bien podrán impugnar esta Resolución directamente mediante
recurso contencioso administrativo, en el plazo de dos meses a
contar desde el día siguiente a su publicación en el último diario
oficial ("Boletín Oficial del Estado" o "Diario Oficial de la
Generalidad de Cataluña") en que esta Resolución se haya publicado,
ante el Juzgado Contencioso Administrativo competente de
Barcelona, de conformidad con lo establecido en los artículos 14
y 25 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la
Jurisdicción Contenciosa Administrativa, o cualquier otro recurso que
consideren conveniente para la defensa de sus intereses.
9.2 De acuerdo con los artículos 58 y 59 de la Ley 30/1992,
de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo Común ("Boletín
Oficial del Estado" del 27), modificada por la Ley 4/1999, de 13
de enero ("Boletín Oficial del Estado" del 14), y el artículo 49
de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
Contenciosa Administrativa, la interposición de los recursos
contenciosos administrativos que se tengan que notificar a los
interesados se notificarán mediante su publicación en el "Diario Oficial
de la Generalidad de Cataluña" y su exposición en los tablones
de anuncios de los siguientes órganos: Servicios Centrales del
Departamento de Justicia (calle Pau Claris, 81, 08010 Barcelona) ;
Gerencia de Apoyo Judicial de Barcelona Ciudad (calle Pau Claris,
158, ático, 08009 Barcelona) ; en la Gerencia de Apoyo Judicial
de Barcelona Comarcas (avenida Josep Tarradellas, 179, 08901
L'Hospitalet de Llobregat) y en las Delegaciones Territoriales del
Departamento de Justicia de Girona (calle Güell, 89, 17005
Girona) ; Lleida (calle Sant Martí, 1, 25004 Lleida) y Tarragona (calle
Sant Antoni María Claret, 17, 43002 Tarragona) ; en el Tribunal
Superior de Justicia de Cataluña (paseo Lluís Companys, sin
número, 08018 Barcelona) ; en las Audiencias Provinciales de Barcelona
(paseo Lluís Companys, sin número, 08018 Barcelona) ; Girona
(plaza Catedral, sin número, 17004 Girona) ; Lleida (rambla
Ferrán, sin número, 25001 Lleida) y Tarragona (avenida Lluís
Companys, 10, 43005 Tarragona) ; en los decanatos de Barcelona
(paseo Lluís Companys, 1-5, 08003 Barcelona) ; Girona (avenida
Ramon Folch, 4-6, 17001 Girona) ; Lleida (edificio "Canyeret", calle
La Parra, 21, 25007 Lleida) y Tarragona (avenida Lluís Companys,
10, 43005 Tarragona) ; en la Clínica Médico-forense (ronda Sant
Pere, 35, 08010 Barcelona) ; en el Instituto Anatómico-forense
(calle Enric Casanovas, 143, 08036 Barcelona) y en las Fiscalías
de Barcelona (calle Pau Claris, 160, 08009 Barcelona) ; Girona
(plaza Catedral, sin número, 17004 Girona) ; Lleida (edificio
"Canyeret", calle La Parra, 21, 25007 Lleida) y Tarragona (avenida
Lluís Companys, 10, 43005 Tarragona).
Barcelona, 15 de febrero de 2001.-El Consejero, Josep Delfí
Guàrdia i Canela.
ANEXO 1
Entidad: Administración de Justicia. Concurso: 09/2001/01.
Comunidad: Cataluña
VACANTES DE PUESTOS DE TRABAJO
Plazas vacantes de Secretarios de Secretarías de Juzgados de Paz
Provincia: Barcelona. Centro de destino: 9232900008402.
Denominación: Juzgado de Paz de Montmeló. Número de orden
del puesto de trabajo (NOPT): 2. Relación de puesto de trabajo
(RPT): 26. Número de vacantes: Una. Idioma: Sí.
Provincia: Barcelona. Centro de destino: 9232900008852.
Denominación: Juzgado de Paz de Torelló. Número de orden del
puesto de trabajo (NOPT): 3. Relación de puesto de trabajo (RPT):
26. Número de vacantes: Una. Idioma: Sí.
Provincia: Barcelona. Centro de destino: 9232900008201.
Denominación: Paz (agrupación municipal) Cervelló. Número de
orden del puesto de trabajo (NOPT): 1. Relación de puesto de
trabajo (RPT): 26. Número de vacantes: Una. Idioma: Sí.
Provincia: Girona. Centro de destino: 9233000017236.
Denominación: Paz (agrupación municipal) L'Escala. Número de orden
del puesto de trabajo (NOPT): 2. Relación de puesto de trabajo
(RPT): 26. Número de vacantes: Una. Idioma: Sí.
Plazas vacantes de Oficiales de Secretarías de Paz
Provincia: Lleida. Centro de destino: 9232900025772.
Denominación: Juzgado de Paz de Tárrega. Número de orden del puesto
de trabajo (NOPT): 1. Relación de puesto de trabajo (RPT): 26.
Número de vacantes: Una. Idioma: Sí.
Provincia: Tarragona. Centro de destino: 9233000043430.
Denominación: Paz (agrupación municipal) Montblanc. Número
de orden del puesto de trabajo (NOPT): 1. Relación de puesto
de trabajo (RPT): 26. Número de vacantes: Una. Idioma: Sí.
Plazas vacantes de Agentes de Secretarías de Paz
Provincia: Barcelona. Centro de destino: 9233000008129.
Denominación: Paz (agrupación municipal) Capellades. Número
de orden del puesto de trabajo (NOPT): 1. Relación de puesto
de trabajo (RPT): 26. Número de vacantes: Una. Idioma: Sí.
Provincia: Barcelona. Centro de destinación: 9232900008261.
Denominación: Juzgado de Paz de La Garriga. Número de orden
del puesto de trabajo (NOPT): 1. Relación de puesto de trabajo
(RPT): 26. Número de vacantes: Una. Idioma: Sí.
Provincia: Barcelona. Centro de destinación: 9232900008312.
Denominación: Juzgado de Paz de La Llagosta. Número de orden
del puesto de trabajo (NOPT): 2. Relación de puesto de trabajo
(RPT): 26. Número de vacantes: Una. Idioma: Sí.
Provincia: Barcelona. Centro de destinación: 9232900008327.
Denominación: Juzgado de Paz de Malgrat de Mar. Número de
orden del puesto de trabajo (NOPT): 2. Relación de puesto de
trabajo (RPT): 26. Número de vacantes: Una. Idioma: Sí.
Provincia: Barcelona. Centro de destino: 9232900008366.
Denominación: Juzgado de Paz de Molíns de Rei. Número de orden
del puesto de trabajo (NOPT): 3. Relación de puesto de trabajo
(RPT): 26. Número de vacantes: Una. Idioma: Sí.
Provincia: Barcelona. Centro de destino: 9232900008372.
Denominación: Juzgado de Paz de Moncada i Reixac. Número
de orden del puesto de trabajo (NOPT): 3. Relación de puesto
de trabajo (RPT): 26. Número de vacantes: Una. Idioma: Sí.
Provincia: Barcelona. Centro de destino: 9232900008405.
Denominación: Juzgado de Paz de Montornés del Vallés. Número
de orden del puesto de trabajo (NOPT): 2. Relación de puesto
de trabajo (RPT): 26. Número de vacantes: Una. Idioma: Sí.
Provincia: Barcelona. Centro de destino: 9232900008723.
Denominación: Juzgado de Paz de Sant Vicens de Castellet.
Número de orden del puesto de trabajo (NOPT): 1. Relación de puesto
de trabajo (RPT): 26. Número de vacantes: Una. Idioma: Sí.
Provincia: Barcelona. Centro de destino: 9232900008732.
Denominación: Juzgado de Paz de Sant Vicens del Horts. Número
de orden del puesto de trabajo (NOPT): 3. Relación de puesto
de trabajo (RPT): 26. Número de vacantes: Una. Idioma: Sí.
Provincia: Barcelona. Centro de destino: 9232900008909.
Denominación: Juzgado de Paz de Vilanova del Camí. Número
de orden del puesto de trabajo (NOPT): 1. Relación de puesto
de trabajo (RPT): 26. Número de vacantes: Una. Idioma: Sí.
Provincia: Barcelona. Centro de destino: 9233000008270.
Denominación: Paz (agrupación municipal) Gelida. Número de
orden del puesto de trabajo (NOPT): 1. Relación de puesto de
trabajo (RPT): 26. Número de vacantes: Una. Idioma: Sí.
Provincia: Barcelona. Centro de destino: 9233000008678.
Denominación: Paz (agrupación municipal) Sant Martí Sarroca.
Número de orden del puesto de trabajo (NOPT): 1. Relación
de puesto de trabajo (RPT): 26. Número de vacantes: Una.
Idioma: Sí.
Provincia: Girona. Centro de destino: 9233000017684.
Denominación: Paz (agrupación municipal) Sant Joan de les Fonts.
Número de orden del puesto de trabajo (NOPT): 1. Relación
de puesto de trabajo (RPT): 26. Número de vacantes: Una.
Idioma: Sí.
Provincia: Girona. Centro de destino: 9233000017752.
Denominación: Paz (agrupación municipal) Torroella de Montgrí.
Número de orden del puesto de trabajo (NOPT): 1. Relación de puesto
de trabajo (RPT): 26. Número de vacantes: Una. Idioma: Sí.
Provincia: Girona. Centro de destino: 9233000017784.
Denominación: Paz (agrupación municipal) Vall d'en Bas. Número de
orden del puesto de trabajo (NOPT): 1. Relación de puesto de
trabajo (RPT): 26. Número de vacantes: Una. Idioma: Sí.
Provincia: Tarragona. Centro de destino: 9232900043846.
Denominación: Juzgado de Paz de Salou. Número de orden del
puesto de trabajo (NOPT): 3. Relación de puesto de trabajo (RPT):
26. Número de vacantes: Una. Idioma: Sí.
ANEXOS: (Ver imágenes páginas 7901 a 7907)
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid