Vacantes en la Administración de Justicia puestos de trabajo
del Cuerpo a extinguir de Secretarios de Juzgados de Paz de
poblaciones de más de 7.000 habitantes y de Oficiales, Auxiliares y
Agentes judiciales, dotados presupuestariamente, cuya provisión
se estima conveniente en atención a las necesidades del servicio,
procede convocar concurso de traslados de conformidad con lo
establecido en los artículos 455, 481 y 494 de la Ley Orgánica
6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial ; el Reglamento Orgánico
de Secretarios de la Justicia Municipal, aprobado por Decreto de
12 de junio de 1970, y el capítulo III del título IV del Reglamento
Orgánico de los Cuerpos de Oficiales, Auxiliares y Agentes de
la Administración de Justicia, aprobado por Real Decreto
249/1996, de 16 de febrero.
Por todo ello, la Dirección General de Gestión de Recursos
ha dispuesto convocar concurso para la provisión de los puestos
que se relacionan en el anexo I, con arreglo a las siguientes bases:
Primera. Puestos que se pueden solicitar.-1. Podrán tomar
parte en el presente concurso y solicitar las vacantes de puestos
de trabajo de Secretarías de Juzgados de Paz de la Administración
de Justicia los funcionarios pertenecientes al Cuerpo a extinguir
de Secretarios de Juzgados de Paz y los Oficiales, Auxiliares y
Agentes judiciales de la Administración de Justicia, cualquiera
que sea su situación administrativa, excepto los suspensos que
no hubieran finalizado el período de suspensión, teniendo los
funcionarios del Cuerpo de Secretarios de Paz preferencia sobre los
integrantes del Cuerpo de Oficiales de la Administración de Justicia
para plazas de localidades de más de 7.000 habitantes.
2. Se hace constar que las plazas ofrecidas para las
Agrupaciones de Secretarías de Juzgados de Paz cuyas poblaciones
no superan los 7.000 habitantes de derecho solo podrán ser
cubiertas por Oficiales de la Administración de Justicia, ya que el Decreto
1639/1970, de 12 de junio, por el que se aprueba el Reglamento
Orgánico de Secretarios de Juzgados de Paz de más de 7.000
habitantes, sólo permite a estos ocupar plazas en localidades de
censo superior al citado.
3. La adjudicación de las plazas de Secretarías de Juzgados
de Paz a Oficiales de la Administración de Justicia no supondrá
en ningún caso ascenso ni cambio de Cuerpo o categoría de los
adjudicatarios.
4. Los participantes podrán solicitar las plazas vacantes
incluidas en el anexo I de esta Resolución de convocatoria, siempre
que reúnan los requisitos generales exigidos en la fecha de
finalización del plazo de presentación de solicitudes. Dichas vacantes
se identificarán por su literal y por el código de centro de destino,
relación de puestos de trabajo (RPT) y número de orden del puesto
de trabajo (NOPT).
Segunda. Requisitos y condiciones de participación.-1. Los
funcionarios del Cuerpo a extinguir de Secretarios de Juzgados
de Paz de más de 7.000 habitantes y los de los Cuerpos de
Oficiales, Auxiliares y Agentes judiciales de la Administración de
Justicia sólo podrán participar si en la fecha de finalización del plazo
de presentación de instancias ha transcurrido un año desde la
toma de posesión en su actual puesto de trabajo definitivo [artículo
57, c), del Real Decreto 249/1996].
2. Los funcionarios en servicio activo con destino provisional
en los órganos que se oferten estarán obligados a participar en
el presente concurso.
En caso de que no obtuvieran destino en concurso, se les
atribuirá el desempeño provisional de un puesto correspondiente a
su Cuerpo.
3. Los funcionarios que se encuentren en las situaciones de
excedencia voluntaria establecidas en el artículo 34, letras b) y
c), del Real Decreto 249/1996 (excedencias por agrupación
familiar y por interés particular) sólo podrán participar en el concurso
si en la fecha de finalización del plazo de presentación de
solicitudes han transcurrido dos años como mínimo desde que fueron
declarados en tal situación.
4. Los funcionarios en situación de excedencia para el cuidado
de hijos al amparo de lo dispuesto en el artículo 35 del Real
Decreto 249/1996 sólo podrán concursar si ha transcurrido un
año desde la toma de posesión del último destino definitivo.
5. Los excedentes forzosos que ocupen plazas ofertadas en
el presente concurso tendrán obligación de participar en el
presente concurso con objeto de obtener un puesto de trabajo
definitivo. De no participar en este concurso o no obtener puesto
de trabajo, se les destinará a cualquiera de los no adjudicados
a los otros concursantes.
Los excedentes forzosos, los suspensos definitivos que hubieran
perdido su puesto de trabajo y los excedentes voluntarios del
artículo 34, a), del Reglamento Orgánico aprobado por Real Decreto
249/1996 gozarán, por este orden, la primera vez que se anuncie
a concurso vacante del Cuerpo en la misma localidad donde servían
cuando se produjo su cese en el servicio activo, de derecho
preferente para ocuparla.
6. Las preferencias aludidas en el punto 5, párrafo segundo,
de la presente base deberán ser acreditadas, acompañando a la
instancia fotocopias compulsadas de los documentos por los que
se declara el pase a dichas situaciones administrativas, no
valorándose la preferencia en caso de no aportarlos.
Tercera. Baremos.-La valoración de méritos para la
adjudicación de los puestos de trabajo se hará de acuerdo con dos
baremos, según la plaza corresponda a Juzgados con población
superior a los 7.000 habitantes o no:
1. Para plazas de Secretarías de Paz de más de 7.000
habitantes:
1.1 Los funcionarios del Cuerpo a extinguir de Secretarios
de Paz de más de 7.000 habitantes tendrán preferencia sobre
los Oficiales de la Administración de Justicia, valorándose entre
ellos la antigüedad por los servicios efectivos prestados en el
Cuerpo, otorgándose un punto por cada año completo de servicios
y computándose proporcionalmente los periodos inferiores
(0,0027777 por día), estableciéndose los meses como de treinta
días.
1.2 Los funcionarios del Cuerpo de Oficiales de la
Administración de Justicia optarán a estas plazas con posterioridad a los
Secretarios de Paz mencionados en el punto anterior. Entre los
Oficiales se tendrán en cuenta las siguientes preferencias:
1.o Oficiales que estuvieran en posesión del título de
Licenciado en Derecho.
2.o Oficiales titulares de una Secretaría de Paz.
3.o Demás Oficiales.
Dentro de cada uno de los tres grupos relacionados, la
valoración de méritos se llevará a cabo de acuerdo con el baremo
establecido para las plazas de Secretarías de Paz de menos
de 7.000 habitantes.
2. Para plazas de Secretarías de Paz de menos de 7.000
habitantes:
Sólo podrán optar a estas plazas los funcionarios del Cuerpo
de Oficiales de la Administración de Justicia, teniéndose en cuenta
las siguientes preferencias:
1.o Oficiales que estuvieran en posesión del título de
Licenciado en Derecho.
2.o Oficiales titulares de una Secretaría de Paz.
3.o Demás Oficiales.
Dentro de cada una de las preferencias citadas, la valoración
de méritos de la antigüedad y el conocimiento de la lengua oficial
de la Comunidad Autónoma se hará en la forma siguiente:
a) Antigüedad: Por los servicios efectivos en el Cuerpo se
otorgará un punto por cada año completo de servicios, y computándose
proporcionalmente los períodos inferiores (0,0027777 por día),
estableciéndose los meses como de treinta días.
No serán valorados aquellos documentos fotocopiados no
compulsados.
Cuarta. Modelos y plazos de presentación de
solicitudes.-1. Los funcionarios destinados definitivamente en puestos
de las relaciones de puestos de trabajo del Cuerpo a extinguir
de Secretarios de Paz y los del Cuerpo de Oficiales de la
Administración de Justicia, así como los que se encuentren en situación
de servicios especiales y excedentes por cuidado de hijo que tienen
reservado su puesto de trabajo, radicados en el territorio nacional,
sin competencias transferidas, presentarán su solicitud ajustada
a modelo V-I, publicado como anexo II de esta Resolución, en
el plazo de diez días naturales siguientes al de la publicación de
la presente convocatoria en el "Boletín Oficial del Estado", dirigidas
al Director general de Gestión de Recursos, en las Delegaciones
Provinciales de Justicia y Administración Pública, que corresponda
al Tribunal o Juzgado en que estuvieran destinados.
Los funcionarios destinados en Juzgados o Tribunales del País
Vasco, Cataluña, Galicia, Comunidad Valenciana, Canarias,
Navarra y territorio no transferido, interesados en las plazas que
se oferten en este concurso, presentarán su solicitud al Ministerio
de Justicia o al Departamento de Justicia de la Comunidad
Autónoma según su actual destino.
2. Los funcionarios destinados en puestos de las relaciones
de puestos de trabajo de otros Cuerpos de la Administración de
Justicia o de otras Administraciones que se encuentren en
excedencia del artículo 34, letra a), del Real Decreto 249/1996, de
16 de febrero, en los Cuerpos de Secretarios de Paz o de Oficiales
de la Administración de Justicia, que deseen solicitar plazas
ofertadas en el presente concurso en su calidad de Secretario de Paz
o de Oficial, utilizarán el modelo V-2, publicado como anexo II
de esta Resolución, en el plazo de diez días naturales siguientes
al de la publicación de esta Resolución en el "Boletín Oficial del
Estado", dirigida al ilustrísimo señor Director general de Gestión
de Recursos y Delegaciones Provinciales de Justicia y
Administración Pública, debiendo tener entrada en el Registro, calle
Vermondo Resta, 2, portal B, 3.a planta, 41071 Sevilla.
3. El resto de solicitantes que deseen participar en el presente
concurso, como los excedentes forzosos aunque tuvieren un
destino provisional, los suspensos definitivos que hubieran perdido
su puesto de trabajo, los participantes con destino provisional
por haber reingresado al servicio activo, así como el resto de
excedentes voluntarios por agrupación familiar o por interés particular,
utilizarán el modelo V-3, publicado como anexo II de esta
Resolución, en el plazo de diez días naturales siguientes al de la
publicación de esta Resolución en el "Boletín Oficial del Estado", dirigida
al ilustrísimo señor Director general de Gestión de Recursos,
debiendo tener entrada en el Registro, calle Vermondo Resta, 2,
portal B, 3.a planta, 41071 Sevilla.
4. Las solicitudes podrán remitirse también en la forma
prevista en el artículo 38 de la Ley de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Las que se presenten en las oficinas de correos se enviarán
en cualquiera de las dos modalidades siguientes:
a) Por correo ordinario, en cuyo caso habrá de tener entrada
en el Registro General del Ministerio de Justicia, Gerencias
Territoriales o Departamentos de Justicia de las Comunidades
Autónomas con competencias transferidas correspondientes, antes de
la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias.
b) Por correo certificado, en cuyo supuesto se presentarán
en las oficinas de correos en sobre abierto para ser fechadas y
selladas por el funcionario de correos antes de ser remitidas. Los
participantes en el concurso deberán enviar la instancia que
contenga el sello de la oficina de correos, sin que pueda admitirse
pasado el plazo de presentación de instancias aquella que no
cumpla este requisito, aunque posteriormente se pudiera acreditar tal
extremo.
5. Los excedentes voluntarios por interés particular
acompañarán a su solicitud declaración de no haber sido separados
de cualquiera de las Administraciones públicas.
6. La solicitud para tomar parte en este concurso será única
para cada funcionario participante, aunque se soliciten plazas
radicadas en el territorio no transferido correspondiente al Ministerio
de Justicia o de las Comunidades Autónomas del País Vasco,
Cataluña, Galicia, Comunidad Valenciana, Canarias y Navarra, que
por tanto figuren en las convocatorias que simultáneamente a ésta
se realicen por los Gobiernos respectivos y se publiquen en sus
boletines respectivos.
Del mismo modo mediante una única instancia deberán optar
por participar desde el Cuerpo en que el funcionario se encuentre
en activo, o reingresar al servicio activo en otro Cuerpo del que
formen parte como excedentes.
Aquellos funcionarios que incumplan lo previsto en los dos
párrafos anteriores serán excluidos de la participación en el
concurso.
Al resultar irrenunciables los destinos obtenidos a instancia
del funcionario, en caso de obtener destino el reingresado al
servicio mediante concurso de traslado, quedará automáticamente en
excedencia en el Cuerpo en el que se encontraba en activo, por
lo que su destino actual se ofrecerá como plaza vacante en
ulteriores concursos de traslado.
7. La solicitud formulada será vinculante para el peticionario
una vez transcurrido el período de presentación de instancias.
8. En caso de discrepancia entre la transcripción del código
informático de un puesto concreto y su literal, quedaría anulada
la petición de dicho puesto. Igualmente será anulado aquel puesto
de trabajo cuya transcripción del literal o código informático de
centro de destino (incluida relación de puestos de trabajo
-RPTy número de orden de dicho puesto -NOPT) sean incompletos.
Quinta. Peticiones condicionadas.-Caso de estar interesados
en las vacantes que se anuncian para una misma provincia dos
funcionarios pertenecientes a los Cuerpos de Oficiales, Auxiliares
y Agentes, podrán condicionar su petición al hecho de que ambos
obtengan destino en la misma provincia, entendiéndose en caso
contrario anuladas las peticiones condicionadas efectuadas por
ambos. Los funcionarios que se acojan a esta petición condicional
deberán concretarlo en su instancia y acompañar fotocopia de
la petición del otro funcionario.
En caso de que no se concretara en la instancia o no se aportara
la fotocopia de la instancia del segundo concursante, se entenderá
anulada la petición condicionada efectuada por ambos.
Los funcionarios que se acojan a esta base deberán agrupar
los puestos que condicionan en los primeros números de orden
de preferencia de la solicitud, poniendo el resto de los no
condicionados a continuación.
Sexta. Adjudicaciones.-1. El orden de prioridad para la
adjudicación de los puestos de trabajo vendrá dado por la
puntuación total obtenida según baremos de la base tercera.
2. En caso de empate en la puntuación total, se acudirá para
dirimirlo al orden escalafonal del funcionario.
Séptima. Carácter de los destinos adjudicados.-1. Los
traslados que se deriven de la resolución del presente concurso tendrán
la consideración de voluntarios a los efectos previstos en el Real
Decreto 236/1988, de 4 de marzo, sobre indemnizaciones por
razón del servicio.
2. Los destinos adjudicados serán irrenunciables.
Octava. Resolución y plazo posesorio.-1. La presente
convocatoria se resolverá por Resolución provisional del ilustrísimo
señor Director general de Gestión de Recursos de forma
coordinada con el Ministerio de Justicia y órganos competentes de
las Comunidades Autónomas del País Vasco, Cataluña, Galicia,
Comunidad Valenciana, Canarias y Navarra, de forma que se
publiquen simultáneamente en los tablones de anuncios de las
Delegaciones Provinciales de esta Consejería, del Ministerio de
Justicia, de las Gerencias Territoriales de Justicia, de las Comunidades
Autónomas mencionadas, así como en los de los Tribunales
Superiores de Justicia y Audiencias Provinciales.
Asimismo se expondrá en dichos tablones de anuncios la
relación de admitidos y excluidos, con las causas de exclusión y el
plazo para subsanar posibles errores materiales.
2. Las resoluciones provisionales expresarán el puesto de
origen de los interesados a quienes se les adjudique destino y su
localidad, así como su situación administrativa si ésta es distinta
a la de activo y el puesto adjudicado a cada funcionario con
referencia al centro de trabajo y localidad.
3. Contra las resoluciones provisionales por las que se
resuelvan los concursos de traslado, cabe formular alegaciones en el
plazo de diez días desde su publicación en los tablones de anuncios
referidos, ante la autoridad a la que se dirigió la petición de
participación en el presente concurso, utilizando para ello el modelo
que se adjunta a la presente convocatoria como anexo III.
Resueltas las mismas, por otras resoluciones el concurso de traslado
obtendrá firmeza.
Aquellas alegaciones que no hubieren sido resueltas
expresamente, se considerarán desestimadas ante la publicación de la
resolución definitiva del concurso.
4. El plazo para tomar posesión del nuevo destino obtenido
será de diez días naturales, si hay cambio de localidad ; pero,
cuando tenga lugar dentro de la misma población, deberá efectuarse
en los tres días naturales siguientes al cese.
5. El plazo para la toma de posesión empezará a contarse
a partir del día siguiente al cese.
6. Si la resolución comporta reingreso al servicio activo, el
plazo de toma de posesión deberá computarse desde dicha
publicación.
7. Si no se lograra la simultaneidad de publicación de la
Resolución con los boletines oficiales de las Comunidades Autónomas,
los plazos se computarán desde el día siguiente al de la publicación
en el "Boletín Oficial del Estado".
8. El cómputo de los plazos posesorios se iniciará cuando
finalicen los permisos o licencias que se encuentren disfrutando los
funcionarios, salvo que por circunstancias excepcionales
debidamente motivadas se suspenda o revoque el disfrute de los mismos.
Novena. Recursos.-Contra la presente Resolución, que pone
fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso potestativo
de reposición ante este órgano, en el plazo de un mes, contado
a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar la notificación
del presente acto, o interponer directamente el recurso
contencioso-administrativo, ante los correspondientes órganos judiciales
de este orden, en el plazo de dos meses, contados desde el día
siguiente al de la notificación de este acto, todo ello de conformidad
con lo establecido en los artículos 116 y 117 de la Ley de Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, y en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998,
de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa.
Sevilla, 15 de febrero de 2001.-El Director general, José
Antonio Muriel Romero.
ANEXO I
Encabezado: Administración de Justicia.
R.P.T.: 39.
Cuerpo: Secretarios de Paz de más de 7.000 habitantes.
Comunidad: Andalucía.
Vacantes puestos de trabajo
Provincia Centrodestino Denominación NOPT Número
vacante Idioma Informática
Almería ...... 9292900004505 Juzgado de Paz de Víar -S- ............................ 3 1 N N
Cádiz ........ 9312900011200 Juzgado de Paz de Jimena de la Frontera -S- ........... 2 1 N N
Cádiz ........ 9312900011230 Juzgado de Paz de Olvera -S- .......................... 2 1 N N
Córdoba ..... 9312900014340 Juzgado de Paz de Hinojosa del Duque -S- ............. 2 1 N N
Córdoba ..... 9312900014050 Juzgado de Paz de Almodóvar del Río -S- .............. 2 1 N N
Granada ..... 9292900018100 Juzgado de Paz de Armilla -S- ......................... 3 1 N N
Granada ..... 9292900018425 Juzgado de Paz de Huétor-Tájar -S- .................... 2 1 N N
Huelva ....... 9312900021430 Juzgado de Paz de Lepe -S- ........................... 3 1 N N
Jaén ......... 9292900023910 Juzgado de Paz de Villanueva del Arzobispo -S- ........ 2 1 N N
Málaga ...... 9302900029080 Juzgado de Paz de Alhaurín el Grande -S- .............. 3 1 N N
Málaga ...... 9302900029690 Juzgado de Paz de Mijas -S- ........................... 4 1 N N
Sevilla ....... 9312900041115 Juzgado de Paz de Cantillana -S- ...................... 2 1 N N
Sevilla ....... 9312900041460 Juzgado de Paz de Tomares -S- ........................ 2 1 N N
Sevilla ....... 9312900041100 Juzgado de Paz de Las Cabezas de San Juan -S- ....... 3 1 N N
Encabezado: Administración de Justicia.
R.P.T.: 39.
Cuerpo: Secretarios de Paz de menos de 7.000 habitantes.
Comunidad: Andalucía.
Vacantes puestos de trabajo
Provincia Centrodestino Denominación NOPT Número
vacante Idioma Informática
Sevilla ....... 9312900041505 Juzgado de Paz de El Viso del Alcor -S- ................ 3 1 N N
Encabezado: Administración de Justicia.
R.P.T.: 39.
Cuerpo: Oficiales, Juzgados de Paz de más de 7.000 habitantes.
Comunidad: Andalucía.
Vacantes puestos de trabajo
Provincia Centrodestino Denominación NOPT Número
vacante Idioma Informática
Huelva ....... 9312900021430 Juzgado de Paz de Lepe ................................. 1 1 N N
Jaén ......... 9292900023100 Juzgado de Paz de Bailén ............................... 1 1 N N
Málaga ...... 9302900029800 Juzgado de Paz de Rincón de la Victoria ................. 1 1 N N
Sevilla ....... 9312900041055 Juzgado de Paz de Arahal ............................... 1 1 N N
Sevilla ....... 9312900041105 Juzgado de Paz de Camas ............................... 1 1 N N
Provincia Centrodestino Denominación NOPT Número
vacante Idioma Informática
Sevilla ....... 9312900041100 Juzgado de Paz de Las Cabezas de San Juan ............. 1 1 N N
Sevilla ....... 9312900041290 Juzgado de Paz de Mairena del Alcor .................... 1 1 N N
Sevilla ....... 9312900041355 Juzgado de Paz de Paradas ............................. 1 1 N N
Sevilla ....... 9312900041345 Juzgado de Paz de Los Palacios y Villafranca ............ 1 1 N N
Encabezado: Administración de Justicia.
R.P.T.: 39.
Cuerpo: Auxiliares, Juzgados de Paz de más de 7.000 habitantes.
Comunidad: Andalucía.
Vacantes puestos de trabajo
Provincia Centrodestino Denominación NOPT Número
vacante Idioma Informática
Sevilla ....... 9312900041295 Juzgado de Paz de Mairena del Aljarafe .................. 2 1 N N
Encabezado: Administración de Justicia.
R.P.T.: 39.
Cuerpo: Agentes, Juzgados de Paz de más de 7.000 habitantes.
Comunidad: Andalucía.
Vacantes puestos de trabajo
Provincia Centrodestino Denominación NOPT Número
vacante Idioma Informática
Cádiz ........ 9312900011400 Juzgado de Paz de Villamartín .......................... 2 1 N N
Córdoba ..... 9312900014480 Juzgado de Paz de La Palma del Río ..................... 3 1 N N
Granada ..... 9292900018425 Juzgado de Paz de Huétor-Tájar ......................... 1 1 N N
Huelva ....... 9312900021350 Juzgado de Paz de Gibraleón ............................ 1 1 N N
Jaén ......... 9292900023030 Juzgado de Paz de Alcaudete ............................ 2 1 N N
Encabezado: Administración de Justicia.
R.P.T.: 39.
Cuerpo: Agentes, Juzgados de Paz de menos de 7.000 habitantes.
Comunidad: Andalucía.
Vacantes puestos de trabajo
Provincia Centrodestino Denominación NOPT Número
vacante Idioma Informática
Cádiz ........ 9312900011360 Juzgado de Paz de Trebujena ........................... 1 1 N N
Anexos (ver imágenes páginas 7923 a 7928).
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