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Documento BOE-A-2001-439

Resolución de 21 de diciembre de 2000, de la Dirección General de Recursos Humanos y Servicios Económico-Presupuestarios, por la que se convocan los actos de asignación de plazas correspondientes a la convocatoria específica 2000.

Publicado en:
«BOE» núm. 5, de 5 de enero de 2001, páginas 697 a 698 (2 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Sanidad y Consumo
Referencia:
BOE-A-2001-439

TEXTO ORIGINAL

La Orden de 1 de agosto de 2000, publicada en el ("Boletín

Oficial del Estado" del 3), aprobó la convocatoria específica de

prueba selectiva 2000 para acceder en el año 2001 a plazas de

formación de la especialidad de Medicina Familiar y Comunitaria

según lo previsto en el artículo 2 del Real Decreto 931/1995,

de 9 de junio.

La base X de las contenidas en la Orden de 1 de agosto

de 2000 dispone que, aprobadas las relaciones definitivas de

resultados, la Dirección General de Recursos Humanos y Servicios

Económico-Presupuestarios convoque a los seleccionados en las

pruebas 2000 para que presenten solicitud de adjudicación de plazas.

Por consiguiente, aprobada la relación definitiva de los

resultados obtenidos por los participantes en la prueba selectiva 2000,

de acuerdo con lo previsto en la Orden de 27 de Junio de 1989

por la que se establecen las normas reguladoras de las pruebas

selectivas para el acceso a plazas de formación sanitaria

especializada y atendiendo al calendario establecido en el anexo VII

de la Orden de convocatoria, esta Dirección General resuelve:

Primero.-Asignación de plazas reservadas en convocatorias

anteriores.

1. Conforme dispone el apartado segundo de la Orden de 1

de agosto de 2000, una vez detraídas de la oferta de plazas las

reservadas en las convocatorias específicas anteriores, que deben

adjudicarse en la presente, se asignarán en acto público el lunes

15 de enero de 2001 a partir de las nueve horas de la mañana

en el Salón de Actos del Ministerio de Sanidad y Consumo (paseo

del Prado, 18-20, Madrid) sin requerir la comparecencia de los

interesados, a los que, caso de no hallarse presentes, se remitirá

por correo el resguardo correspondiente.

2. Los interesados con reserva de plaza que hayan participado

en la prueba selectiva 2000 y deseen solicitar la adjudicación,

o nuevamente la reserva, de otra diferente a la reconocida, deberán

previamente renunciar a la que anteriormente les correspondía,

sin cuyo requisito no se les admitirá nueva solicitud de

adjudicación o de reserva de plaza. La renuncia se formulará por escrito

que deberá obrar en poder de la Subdirección General de

Formación Sanitaria y Relaciones Profesionales antes del día 15 de

enero de 2000, o presentarse personalmente en el acto a que

se refiere el párrafo anterior.

3. Los aspirantes que tengan plaza reservada en las

convocatorias generales anteriores podrán solicitar la asignación o

reserva de plaza en la presente convocatoria, si bien, la presentación

de tal solicitud implicará la pérdida automática de todos los

derechos sobre la plaza anteriormente reservada.

Segundo.-Mesa de Asignación y recepción de solicitudes.

1. A partir del lunes 15 de enero de 2001 se constituirá en

Madrid la Mesa de Asignación que recibirá las solicitudes de

adjudicación de plaza que presenten los aspirantes seleccionados en

la prueba selectiva 2000 por riguroso orden de mayor a menor

puntuación total individual.

2. La Mesa de Asignación se reunirá en Madrid en el Salón

de Actos del Ministerio de Sanidad y Consumo (paseo del Prado,

18 y 20 de Madrid).

3. Los aspirantes seleccionados en la prueba selectiva 2000,

a los que expresamente se convoca por medio de esta resolución,

deberán comparecer ante la Mesa citada, en el día y la hora que

se señala en el calendario de sesiones a que se refiere el siguiente

apartado tercero, bien personalmente provistos de su documento

nacional de identidad, o bien mediante representante al que

hubiesen otorgado poder bastante al efecto ante Notario.

4. La Mesa de Asignación observará, rigurosamente, las

reglas contenidas en los artículos 11 y 12 de la Orden de 27

de junio de 1989 y en la base X de las aprobadas por Orden

de 1 de agosto de 2000 para la recepción de las solicitudes, que

deberán ajustarse a los requisitos previstos en las disposiciones

citadas.

5. Las solicitudes se referirán a las plazas que se encuentren

libres de otra petición anterior sobre ellas. Recibida la solicitud

la Mesa entregará al interesado el resguardo correspondiente.

Tercero.-Calendario y turnos de presentación de solicitudes.

1. Los aspirantes seleccionados en la prueba 2000 a plazas

de formación de la especialidad de Medicina Familiar y

Comunitaria, presentarán solicitud de adjudicación o de reserva de plaza

ante la Mesa de Asignación que a estos efectos celebrará sesiones

conforme el siguiente calendario:

Lunes 15 de enero de 2001, a las dieciséis horas:

Deberán comparecer los aspirantes que hayan obtenido una

puntuación total individual a la que corresponda, en la relación

definitiva de resultados, un número de orden comprendido entre

el número 1 y el 900, ambos inclusive.

Martes 16 de enero de 2001, a las nueve horas:

Deberán comparecer los aspirantes que hayan obtenido una

puntuación total individual a la que corresponda, en la relación

definitiva de resultados, un número de orden comprendido entre

el número 901 y el 1.800 ambos inclusive.

Martes 16 de enero de 2001, a las dieciséis horas:

Deberán comparecer los aspirantes que hayan obtenido una

puntuación total individual a la que corresponda, en la relación

definitiva de resultados, un número de orden comprendido entre

el número 1.801 y el 2.250, ambos inclusive.

Miércoles 17 de enero de 2001, a las nueve horas:

Deberán comparecer los aspirantes que hayan obtenido una

puntuación total individual a la que corresponda, en la relación

definitiva de resultados, un número de orden comprendido entre

el número 2.251 y el 2.750, ambos inclusive.

Miércoles 17 de enero de 2001, a las dieciséis horas:

Deberán comparecer los aspirantes con una puntuación total

individual a la que corresponda, en la relación definitiva de

resultados, un número de orden comprendido entre el número 2.751

y el 3.150, ambos inclusive.

Jueves 18 de enero de 2001, a las nueve horas:

Deberán comparecer los aspirantes con una puntuación total

individual a la que corresponda, en la relación definitiva de

resultados, un número de orden comprendido entre el número 3.151

y el 3.550, ambos inclusive.

Jueves 18 de enero de 2001, a las dieciséis horas:

Deberán comparecer los aspirantes con una puntuación total

individual a la que corresponda, en la relación definitiva de

resultados, un número de orden comprendido entre el número 3.551

y el 4.000, ambos inclusive.

Si por renuncias, incomparecencias o cualesquiera otras

circunstancias quedasen aún plazas vacantes por proveer se

continuará el llamamiento el viernes 19 de enero, a las nueve horas,

a partir del número 4.001, quedando por tanto convocados todos

los aspirantes comprendidos en la relación definitiva de resultados.

2. Sin perjuicio de lo dispuesto en los anteriores apartados,

la Mesa declarará cerradas las sesiones una vez se presente

solicitud de adjudicación de plaza sobre la última que reste para

proveer, en cualquier sesión en que se produzca esta circunstancia.

Cuarto.-Solicitudes de reserva de plaza.

1. Conforme dispone el artículo 12 de la Orden de 27 de

junio de 1989, los aspirantes que resulten llamados para presentar

solicitud de adjudicación de plaza y se encuentren sujetos a

cumplimiento de las obligaciones derivadas del servicio militar, o de

la prestación social sustitutoria de éste, o de otras que nazcan

de la Ley y no sean de naturaleza voluntaria, podrán interesar

ante la Mesa la reserva de plaza presentando el certificado que

acredite su situación.

2. La Mesa a la vista del certificado que se haya aportado

tramitará la solicitud de reserva. La asignación de plaza con reserva

sólo procederá si la plaza en cuestión se encuentra libre de otra

petición anterior de reserva sobre la misma y pueda ser provista

en la presente convocatoria.

Quinto.-Solicitudes de adjudicación o de reserva de plazas

correspondientes a centro de titularidad privada con derecho de

conformidad.

1. Conforme dispone el apartado primero de la Orden de 1

de agosto de 2000 y el número 4 de la base X de las de la misma,

para solicitar la adjudicación o la reserva de plaza que corresponda

a un centro de titularidad privada que ejerza el derecho a prestar

conformidad, el interesado deberá haber obtenido una puntuación

total individual a la que corresponda un número de orden igual

o menor que el número de plazas convocadas para el sector público

y acompañar a la solicitud el documento que acredite la

conformidad del centro. En cualquier caso, la plaza en cuestión deberá

hallarse vacante y libre de otra petición anterior sobre la misma.

2. Los centros e instituciones de titularidad privada que

deseen renunciar a ejercer el derecho a prestar conformidad a

los aspirantes para alguna o para todas las plazas por ellos

financiadas y que pretendan que se adjudiquen estas por igual

procedimiento a las del sector público, deberán hacerlo constar

expresamente ante la Dirección General de Recursos Humanos y

Servicios Económico-Presupuestarios del Ministerio de Sanidad y

Consumo antes de las catorce horas del jueves 11 de enero de 2001,

para que pueda anunciarse a los interesados esta circunstancia

antes del comienzo de los actos de asignación citados para el

siguiente lunes 15.

Sexto.-Adjudicación de plazas y reconocimiento de reservas.

1. La Dirección General de Recursos Humanos y Servicios

Económico-Presupuestarios del Ministerio de Sanidad y Consumo

resolverá las solicitudes de adjudicación presentadas y aprobará

la relación de quienes pueden iniciar en el año 2001 formación

en la especialidad de Medicina Familiar y Comunitaria, ordenando

su exhibición en el Ministerio de Sanidad y Consumo y en las

Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno. La citada

resolución se comunicará a las Comunidades Autónomas, a las Unidades

Docentes y a la Dirección General de Universidades del Ministerio

de Educación, Cultura y Deporte.

2. Asimismo, resolverá sobre las solicitudes de reserva de

plaza que se hayan formulado, notificando la resolución que dicte

a los interesados.

Séptimo.-Renuncias y efectos.

1. Los aspirantes que hayan obtenido o se les haya reconocido

reserva de plaza en formación en la especialidad de Medicina

Familiar y Comunitaria, deberán renunciar a la misma si optan por

concurrir a la convocatoria general anual 2000.

A los efectos de participar en la convocatoria general 2000,

la renuncia deberá realizarse o bien de forma expresa durante

los actos de asignación de plazas o bien no compareciendo a

los mismos.

La renuncia a la plaza también se podrá realizar con

posterioridad al acto de adjudicación y hasta la finalización del plazo

de presentación de documentos de la convocatoria general 2000.

2. Los que renuncien a obtener plaza en formación de

Medicina Familiar y Comunitaria en la convocatoria específica y no

obtengan plaza de otra especialidad en la convocatoria general,

conservarán su derecho a ocupar plaza en convocatoria específica

sucesiva de acuerdo con el resultado obtenido en la relación

definitiva de resultados de esta prueba específica o el obtenido en

el caso de presentarse de nuevo si este último fuera más favorable.

Octavo.-Plazos y trámites de toma de posesión, e incorporación

a la plaza.

1. Una vez aprobada la relación de plazas adjudicadas, los

aspirantes a los que se adjudique plaza tomarán posesión de la

misma, en la correspondiente Unidad Docente, en el plazo que

se determine para los adjudicatarios de plaza de la convocatoria

general 2000.

2. Conforme dispone la base X de la Orden de 1 de agosto

de 2000, los adjudicatarios de plaza, una vez hayan tomado

posesión de la misma en la correspondiente Unidad Docente,

solicitarán, por riguroso orden de puntuación total individual obtenida

en la prueba selectiva y ante una Comisión constituida al efecto,

la asignación de Centro Hospitalario y Centro de Salud al que

serán adscritos.

3. Excepcionalmente, los adjudicatarios de plaza podrán

retrasar su efectiva incorporación a la plaza adjudicada en el plazo

que se determine para los participantes en la convocatoria general

2000, siempre que se encuentren cumpliendo el servicio militar

activo obligatorio, la prestación social sustitutoria del mismo u

otras obligaciones que nazcan de la Ley y no sean de naturaleza

voluntaria y que las citadas obligaciones finalicen antes de aquella

fecha, en cuyo caso lo deberán acreditar así, ante el centro de

que se trate, en el plazo de toma de posesión que se ha señalado

con carácter general.

4. Los aspirantes a los que se reconozca reserva de plaza

podrán incorporarse a ella en el plazo que se señale a los

adjudicatarios de plaza de la próxima convocatoria, siempre que

hubiesen finalizado en aquél momento el cumplimiento de las

obligaciones que motivaron la reserva. En ningún caso se les permitirá

hasta entonces la incorporación aún en el supuesto de que

desaparezca antes la causa de la reserva. A estos efectos, la Dirección

General de Recursos Humanos y Servicios

Económico-Presupuestarios del Ministerio de Sanidad y Consumo señalará el plazo en

que los aspirantes a los que reconozca reserva deberán solicitar

la adjudicación para el año 2002 de la plaza reservada,

acreditando la fecha prevista para la finalización de las obligaciones

que motiven sus reservas en la resolución a que se refiere el

número 2 del anterior apartado sexto.

Noveno.-Plazas vacantes, traslados y régimen de formación.

1. Las plazas que no se cubran en la presente convocatoria

específica se acumularán a la convocatoria general 2000. No se

permitirá la permuta de plazas entre aspirantes ni el traslado de

Unidad Docente, salvo el supuesto excepcional de la revocación

de la acreditación.

2. Los adjudicatarios de plaza no podrán compatibilizar ni

simultanear la formación en la especialidad que corresponda con

el seguimiento de otro programa formativo o con cualquier otra

actividad que suponga incompatibilidad horaria o disminución de

las actividades comprendidas en el programa, con excepción de

lo dispuesto en el número cuatro del artículo catorce de la Orden

de 27 de junio de 1989.

3. Los adjudicatarios de plaza de residente que puedan

resultar afectados por el régimen general de incompatibilidades del

personal al servicio de las Administraciones Públicas o por el del

personal militar deberán hacer manifestación al respecto en el

acto de toma de posesión formulando la opción que interesen.

Madrid, 21 de diciembre de 2000.-La Directora general,

Carmen Navarro Fernández-Rodríguez.

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