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Documento BOE-A-2001-458

Resolución de 15 de diciembre de 2000, de la Delegación del Gobierno para el Plan Nacional sobre Drogas, por la que se da publicidad al Convenio Específico para el año 2000 del Protocolo General de Colaboración para el desarrollo de programas sobre drogodependencias y la Comunidad Autónoma Valenciana (Consejería de Bienestar Social) para el desarrollo de programas sobre drogodependencias.

Publicado en:
«BOE» núm. 5, de 5 de enero de 2001, páginas 705 a 706 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio del Interior
Referencia:
BOE-A-2001-458

TEXTO ORIGINAL

Suscrito entre el Ministerio del Interior y la Consejería de Bienestar Social de la Comunidad Autónoma Valenciana un Convenio Específico para el año 2000 del Protocolo General de Colaboración para el desarrollo de programas sobre drogodependencias, y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 8.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho Convenio, que figura como anexo de esta Resolución.

Lo que se hace público a los efectos oportunos.

Madrid, 15 de diciembre de 2000.–El Delegado del Gobierno, Gonzalo Robles Orozco.

ANEXO

En Madrid a 16 de noviembre de 2000.

REUNIDOS

De una parte, el excelentísimo señor don Jaime Mayor Oreja, Ministro del Interior, en representación del Gobierno de la Nación, ejercitando la competencia delegada de acuerdo con lo establecido en el apartado 8 del Acuerdo del Consejo de Ministros de 2 de marzo de 1990, en la redacción dada por Acuerdo de este mismo órgano de 3 de julio de 1998 sobre competencias para establecer convenios de colaboración con las Comunidades Autónomas («Boletín Oficial del Estado» del 16), de conformidad con lo establecido en el artículo 6 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

De otra, el Honorable señor don Rafael Blasco Casany, Consejero de Bienestar Social de la Comunidad Autónoma Valenciana, en virtud de la competencia atribuida por el Decreto 127/1999, de 17 de septiembre, del Gobierno Valenciano, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico y Funcional de la Consejería de Bienestar Social, y debidamente autorizado para la firma del presente Convenio mediante acuerdo adoptado el día 31 de octubre de 2000 por el Consejo de la Generalidad Valenciana, a tenor de lo previsto en los artículos 21.f) de la Ley del Gobierno Valenciano y 2.2 del Decreto 20/1993, de 8 de febrero, del Gobierno Valenciano, por el que se regula el registro de convenios y se establece el régimen jurídico-presupuestario de los convenios que suscriba la Generalidad Valenciana.

EXPONEN

Que el Ministerio del Interior y la Consejería de Bienestar Social de la Comunidad Autónoma Valenciana suscribieron un Protocolo general de colaboración, de fecha 20 de septiembre de 1999, en materia de drogodependencias, que establece que los programas en que se concrete la colaboración entre la Mesa de Coordinación de Adjudicaciones y la Consejería de Bienestar Social de dicha Comunidad Autónoma en dicho Protocolo General se establecerán en un convenio específico anual, en virtud de lo cual,

ACUERDAN

Primero.

Que la actuación de la Consejería de Bienestar Social de la Comunidad Autónoma Valenciana en el año 2000 se concretará en el desarrollo del «Programa de prevención escolar de las drogodependencias».

Segundo.

Que la Delegación del Gobierno para el Plan Nacional sobre Drogas financiará la realización de este programa, según la resolución de la Mesa de Coordinación de Adjudicaciones, con un total de 10.000.000 de pesetas con cargo al concepto 16.06.313-G.458, que a tal fin ha sido dotado con créditos provenientes del fondo de bienes decomisados por tráfico de drogas y otros delitos relacionados.

Tercero.

Que durante el primer trimestre del próximo ejercicio, la Consejería de Bienestar Social de la Comunidad Autónoma Valenciana remitirá a la Mesa de Coordinación de Adjudicaciones un informe final y de evaluación del desarrollo del programa y una certificación detallada y pormenorizada del gasto efectuado en la ejecución del mismo.

Cuarto.

Que la vigencia de este Convenio se extenderá desde el día de su firma hasta el 31 de diciembre de 2000.

Quinto.

Que en el desarrollo y aplicación de este Convenio se estará a lo establecido en el Protocolo General de Colaboración suscrito por ambas partes.

Para la debida constancia de lo acordado se firma en duplicado en el lugar y fecha antes indicados.–El Consejero de Bienestar Social de la Comunidad Autónoma Valenciana, Rafael Blasco Casany.–El Ministro del Interior, Jaime Mayor Oreja.

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