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Documento BOE-A-2001-5490

Resolución de 28 diciembre de 2000, de la Agencia Española del Medicamento, por la que se renuevan las becas convocadas por Orden de 24 de junio de 1999, de formación y perfeccionamiento de la Agencia Española del Medicamento.

Publicado en:
«BOE» núm. 68, de 20 de marzo de 2001, páginas 10408 a 10409 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Sanidad y Consumo
Referencia:
BOE-A-2001-5490

TEXTO ORIGINAL

En el "Boletín Oficial del Estado" de 30 de junio de 1999, se publicó

la Orden de 24 de junio de 1999 por la que se convocaron becas de formación

y perfeccionamiento de la Agencia Española del Medicamento, cuyas bases

quedan reguladas en la misma.

Por Resolución de 1 de septiembre de 1999, se adjudicaron 29 becas,

por un periodo de tiempo, hasta el 31 de diciembre de 1999, pudiendo

prorrogarse hasta un máximo de cuatro años, previa fiscalización del gasto

correspondiente.

Finalizado el plazo de presentación de solicitudes de prórroga, de

acuerdo a los requisitos y disposiciones exigidos en la citada Orden de

convocatoria, y previo informe de la Comisión de Evaluación, esta Agencia

Española del Medicamento dicta Resolución con arreglo a los siguientes

Hechos

Primero.-Por Orden de 24 de junio de 1999, publicada en el "Boletín

Oficial del Estado" del 30, se convocaron 29 becas de iniciación y

perfeccionamiento en la Agencia.

Segundo.-Las 29 becas adjudicadas por Resolución de 1 de septiembre

de 1999 tenían vigencia hasta el 31 de diciembre de 1999.

Tercero.-Por Resolución de 30 de diciembre de 1999 ("Boletín Oficial

del Estado" de 26 de enero de 2000), se renovaron las 29 solicitudes de

prórroga de las becas.

Cuarto.-Durante el año 2000 se han producido ocho bajas de las 29

becas.

Quinto.-Dentro del plazo de presentación de solicitudes de prórroga,

que ha finalizado el 1 de diciembre de 2000, la Comisión de Evaluación

ha admitido 21 solicitudes de becas, previo examen y conforme a los

requisitos exigidos para la prorroga en la citada Orden de convocatoria, como

así se hace constar en el acta de la reunión de fecha 18 de diciembre

de 2000.

Sexto.-Procede renovar 21 solicitudes de prórroga por un período que

se extiende desde el 1 de enero al 31 de diciembre de 2001.

Fundamentos de Derecho

1. Competencia.-Conforme a lo dispuesto en el artículo 9.1 del

Estatuto de la Agencia, aprobado por Real Decreto 520/1999, de 26 de marzo,

la Directora de la Agencia Española del Medicamento ostenta la

representación legal de la misma y le corresponde, dentro de sus competencias,

la decisión y firma de los acuerdos o resoluciones que hayan de adoptarse

por la Agencia.

2. Motivación.-Las becas adjudicadas por Resolución de 30 de

diciembre de 1999 se corresponden con el periodo desde 1 de enero a 31 de

diciembre de 2000, por lo que conforme a los apartados 2.3, 6.1 y 6.2

de la mencionada Orden de convocatoria procede, mediante la presente

Resolución, a la renovación de las mismas por el período del 1 de enero

al 31 de diciembre de 2001, pudiendo prorrogarse hasta un período máximo

de cuatro años.

3. Concesión.-Procede, por tanto, la renovación de las 21 solicitudes

de prórroga propuestas por la Comisión de Evaluación.

En consecuencia, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 6 del Real

Decreto 2225/1993, de 17 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento

del Procedimiento para la Concesión de Subvenciones Públicas; en la Orden

de 24 de junio de 1999, y demás disposiciones aplicables, y previo

informe de la Comisión de Evaluación, resuelvo renovar 21 becas de formación

y perfeccionamiento de la Agencia Española del Medicamento, adjudicadas

por Resolución de 1 de septiembre de 1999, modificada por Resolución

de 20 de septiembre de 1999, renovadas por Resolución de 30 de diciembre

de 1999, en la cuantía indicada en el apartado 2.4, y con el incremento

estipulado en el párrafo tercero del citado apartado (2 por 100 para el

año 2001, según la Ley de Presupuestos para dicho año) de la Orden

de convocatoria, a los solicitantes que figuran en el anexo de esta

Resolución.

Contra esta Resolución que pone fin a la vía administrativa, se podrá

interponer, potestativamente, recurso de reposición en el plazo de un mes

ante la Directora de la Agencia Española del Medicamento, de conformidad

con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 4/1999, modificación

de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o

directamente recurso contencioso-administrativo en los términos previstos en

la Ley reguladora de dicha jurisdicción.

En caso de interponerse recurso potestativo de reposición no podrá

impugnarse la Resolución ante la jurisdicción contencioso-administrativa

hasta que se haya resuelto expresamente o se haya producido la

desestimación presunta del mismo.

Madrid, 28 de diciembre de 2000.-La Directora de la Agencia, M.

Victoria de la Cuesta García.

ANEXO

Nombre División de destino Código Modalidad

Ana Cristina Casquero Dorado . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Química y Tecnología Farmacéutica . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . QT1 Perfeccionamiento.

María Tobio Barreira . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Química y Tecnología Farmacéutica . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . QT2 Perfeccionamiento.

Fernando Blanco Rodríguez . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Química y Tecnología Farmacéutica . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . QT3 Perfeccionamiento.

María Aurora Limia Sánchez . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Productos Biológicos y Biotecnología . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . PB1 Perfeccionamiento.

Carmen Andrés Escriva . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Productos Biológicos y Biotecnología . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . PB2 Perfeccionamiento.

Macarena Rodríguez Mendizábal . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Farmacología y Evaluación Clínica . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . FC1 Perfeccionamiento.

Mónica Saldaña Valderas . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Farmacología y Evaluación Clínica . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . FC1 Perfeccionamiento.

Almudena del Castillo Saiz . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Farmacología y Evaluación Clínica . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . FC1 Perfeccionamiento.

María Beatriz Pazos Paz . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Farmacología y Evaluación Clínica . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . FC1 Perfeccionamiento.

Alfredo García Arieta . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Farmacología y Evaluación Clínica . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . FC2 Perfeccionamiento.

María Dolores Tomé Cilla . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Farmacología y Evaluación Clínica . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . FC3 Iniciación.

José Ramón Cozar Ruiz . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Gestión de Procedimientos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . GP1 Perfeccionamiento.

Pilar Quesada Ortells . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Gestión de Procedimientos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . GP2 Iniciación.

María Heidi de los Santos Real . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Gestión de Procedimientos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . GP2 Iniciación.

Juan Ernesto Vera Sánchez . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Farmacovigilancia y Farmacoepidemiología . . . . . . . . . . . . . . . . FF2 Perfeccionamiento.

M. Paz Puebla López-Oliva . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Farmacovigilancia y Farmacoepidemiología . . . . . . . . . . . . . . . . FF3 Iniciación.

María Elena Casaus Lara . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Inspección y Control Farmacéutico . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . IC1 Perfeccionamiento.

Adela Núñez Velázquez . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Real Farmacopea y Formulario Nacional . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . RF1 Iniciación.

Juan Suárez Fernández . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Asuntos de la Unión Europea e Internacionales . . . . . . . . . . . . AI1 Perfeccionamiento.

Helena Zamora Vicente de Vera . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Asuntos de la Unión Europea e Internacionales . . . . . . . . . . . . AI1 Perfeccionamiento.

Pablo Óscar López Delgado . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Garantía de Calidad . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . GC1 Iniciación.

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