Visto el expediente instruido como consecuencia del concurso
de traslados convocado por Resolución de 4 de septiembre de
2000 ("Boletín Oficial del Estado" y "Diario Oficial de Galicia"
del 12), para cubrir plazas vacantes entre Oficiales, Auxiliares
y Agentes de la Administración de Justicia.
Esta Dirección General, de conformidad con lo dispuesto en
los artículos 455 y 494 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio
del Poder Judicial y los artículos 54, 55 y 57 del Real decreto
249/1996 de 16 de febrero por el que se aprueba el Reglamento
Orgánico de los Cuerpos de Oficiales, Auxiliares y Agentes de
la Administración de Justicia, ha dispuesto:
Primero.-Hacer públicos los destinos que con carácter
definitivo han sido adjudicados a los funcionarios que han participado
en el concurso de traslados convocado por resolución de fecha
mencionada anteriormente, que se corresponden con los
relacionados en el anexo I de la Resolución de convocatoria.
Segundo.-Excluir del concurso de traslados a los funcionarios
que en anexo II se relacionan.
Tercero.-Declarar caducadas las instancias presentadas por
los participantes en el presente concurso, que no han obtenido
destino, por lo que no serán tenidas en cuenta en futuros concursos
de traslados.
Cuarto.-Declarar desiertas las plazas no adjudicadas en el
presente concurso salvo que se pretendan amortizar mediante
modificación de la plantilla orgánica o reordenación de efectivos de
un centro de trabajo, por lo que se cubrirán en la forma prevista
en el artículo 458 de la Ley Orgánica del Poder Judicial por
funcionarios de nuevo ingreso.
Quinto.-El cese deberá efectuarse dentro de los tres días
hábiles siguientes a la publicación de esta resolución en el "Boletín
Oficial del Estado", debiendo posesionarse del nuevo destino
obtenido por concurso en los tres días naturales siguientes al cese
si no hay cambio de localidad o en los diez días naturales siguientes
en caso contrario. El plazo posesorio será retribuido por la
Administración competente respecto a la plaza obtenida en concurso.
Si la resolución comporta reingreso al servicio activo a la
Administración de Justicia en los Cuerpos de Oficiales, Auxiliares y
Agentes el plazo posesorio deberá de computarse desde el día
siguiente al de la publicación de esta Resolución en el "Boletín
Oficial del Estado", pero en el presente caso dicho plazo no resulta
retribuido, ya que se produce antes de formalizarse el reingreso
en los Cuerpos de Oficiales, Auxiliares o Agentes y por tanto no
puede ser computado como de servicios efectivos.
En el caso de que los funcionarios reingresados por medio del
presente concurso se encontraran en activo en otro Cuerpo y no
quisieran que se interrumpiera su relación de servicio con la
Administración, dada la necesidad de contar con el tiempo indispensable
para efectuar la toma de posesión, podrán solicitar al Presidente,
Juez, Fiscal o Jefe del organismo de su actual destino, un permiso
retribuido de un día si no hay cambio de localidad o de dos en
caso contrario, salvo aquellos casos que hayan de desplazarse
a Canarias, Islas Baleares, Ceuta o Melilla, en cuyo caso el permiso
podrá ser de hasta tres días (artículo 66.1.g del Reglamento
Orgánico), teniéndolos por cesados en su antiguo destino con la fecha
inmediatamente anterior a la de su posesión en la nueva plaza
de reingreso.
Por esta Comunidad Autónoma o aquella Administración
competente que corresponda, se les concederá la excedencia de oficio
en el Cuerpo de procedencia si ésta se produce en un Cuerpo
al servicio de la Administración de Justicia, en cuyo destino se
les tendrá por cesados con la fecha anterior a la de su posesión
en los Cuerpos de Oficiales, Auxiliares o Agentes al objeto de
evitar la interrupción en la percepción de sus haberes.
Los funcionarios interinos que actualmente ocupen las plazas
que han sido adjudicadas, cesarán como consecuencia de la
posesión del titular.
Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa,
cabe interponer recurso potestativo de reposición ante la
ilustrísima señora Directora general de Justicia en el plazo de un mes
según establece el artículo 116 e 117 de la Ley 30/1992, de
26 de noviembre, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero,
de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común o recurso
contencioso-administrativo ante el Juzgado Contencioso-Administrativo competente,
en el plazo de dos meses, según lo establecido en los artículos
14 y 46, respectivamente, de la Ley 29/1998, de 13 de julio,
reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ambos
recursos desde el día siguiente a su publicación en el "Boletín
Oficial del Estado".
Santiago de Compostela, 5 de marzo de 2001.-P. D. (Orden
de 12 de diciembre de 2000), el Director general de Administración
Local, Alfonso Rueda de Valenzuela.
ANEXO I (Ver imágenes páginas 10503 a 10506)
ANEXO II
Excluidos
COMUNIDAD AUTÓNOMA DE GALICIA
Oficiales
Abal González, M.a Carmen, 4.
Álvarez García, M.a Dolores, 4.
Arias Alvaredo, Manuel, 4.
Cazón Lamas, Carmen, 4.
Cerviño Cotelo, M.a José, 5.
Devesa Turnez, M.a Jesús, 5.
Díaz Pérez, Ángela, 5.
Fernández Rodríguez, M.a Sol, 4.
Fernández Vilar, Gumersindo, 5.
Gallego Puga, M.a Nieves, 5.
Gómez Pérez, Ana Belén, 5.
González Martínez, Manuela, 5.
Gutiérrez López, José, 4.
Lafuente Vila, Víctor Manuel, 5.
Martín Martín, Rosalía, 5.
Mouriño Collazo, Elisa M.a, 5.
Nieto Bouza, Lucía, 5.
Novo Colldefors, M.a Dolores, 4.
Pereira Fernández, M.a Luisa, 5.
Pérez Sánchez, M.a José, 5.
Prieto Ulfe, José Manuel, 4.
Roca Soto, Juan Ángel, 4.
Soengas Maneiro, M.a Carmen, 5.
Valín Pardo, Marta, 5.
Vázquez Álvarez, M.a José, 5.
Vidal Martínez, M.a Luisa, 5.
Auxiliares
Alvar Afonso, M.a Elena, 1.
Araújo López, María Concepción, 4.
Campo Portela, María Inmaculada del, 5.
Conde Castro, Francisco José, 2.
Fernández Borrajo, Lucía, 5.
Frías Fiuza, Álvaro, 5.
Gil García, María Elisa, 4.
González Cendán, Antonio, 5.
González Escudero, María Eugenia, 5.
González Jorge, Digna, 4.
González Pérez, José, 5.
Martínez Lourido, M.a del Carmen, 2.
Paz Pérez, José Luis, 5.
Pereira González, M.a José, 4.
Quiroga Pérez, M.a Rosa, 2 y 4.
Ramos Iglesias, Beatriz, 5.
Rodríguez González, Silvia, 4.
Agentes
Aguilera Navarro, María José, 4.
Álvarez Méndez, Lucía, 8.
Ares Vázquez, Laura María, 5.
Brage Mendía, María Dolores, 5.
Fernández Bailón, María Teresa, 4.
Freiria Tato, José Ángel, 4.
Loureiro Insua, Luis, 4.
Pérez Rodríguez, María Carmen, 5.
Pocina Piñeiro, Marta, 1 y 4.
Ramos Ferreiro, José Manuel, 4.
Rivera Cid, Marta, 5.
Saavedra Hermida, María Dolores, 4.
Vázquez Gil, Ignacio, 4.
Vila González, Antonio, 5.
Códigos de exclusión:
1. No llevar un año en su anterior destino (base segunda.1).
2. Presentación fuera de plazo (base cuarta.1, 2 , 3 y 4).
3. Faltar fotocopia de la instancia del funcionario/a con quien
condiciona (base quinta).
4. Discrepancia entre código informático y su literal (base
cuarta.8).
5. Por haber obtenido destino en concurso resuelto
provisional o definitivamente con posterioridad a la fecha de finalización
del plazo de presentación de instancias del concurso actual.
6. Renuncia dentro del plazo (base cuarta.7).
7. Por no haber firmado la instancia (base cuarta.1,2 y 3).
8. Por haber participado para dos Cuerpos (base cuarta.6).
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