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Documento BOE-A-2001-5794

Resolución de 25 de enero de 2001, de la Dirección General de Aviación Civil, referente a la prueba de pericia y verificación de competencia para la obtención y mantenimiento en vigor de habilitaciones de clase SET en aviones de un solo asiento.

Publicado en:
«BOE» núm. 71, de 23 de marzo de 2001, páginas 11146 a 11147 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Fomento
Referencia:
BOE-A-2001-5794

TEXTO ORIGINAL

En la Orden del Ministerio de Fomento de 21 de marzo de 2000, por la que se adoptan los requisitos conjuntos de aviación para las licencias de la tripulación de vuelo (JAR-FCL) relativos a las condiciones para el ejercicio de las funciones de los pilotos de los aviones civiles, en el JAR-FCL 1.215(a)(4) se establece la habilitación de clase para cada modelo de avión monomotor turbopropulsado terrestre, cuya obtención se rige por lo establecido en el JAR-FCL 1.240 y por lo que hace a la obligatoriedad de recibir instrucción en vuelo y superar una prueba de pericia en vuelo en el JAR-FCL 1.261 y 1.262; en el JAR-FCL 1.245(c) se establece que «las habilitaciones de clase de aviones monomotores de un solo piloto son válidas durante dos años, desde la fecha de emisión o de la fecha de expiración si ha sido revalidada dentro del período de validez».

Por otra parte, en el párrafo (2) del mismo se establece que «para la revalidación de una habilitación de clase de aviones monomotores turbohélices terrestres el aspirante realizará una verificación de competencia con un examinador autorizado en la clase correspondiente de avión, dentro de los tres meses precedentes a la fecha de expiración de la habilitación».

En el propio JAR-FCL se establecen los procedimientos para la realización de la prueba de pericia en vuelo y la verificación de competencia, así como los formularios que han de ser utilizados. Por parte de los Servicios correspondientes de la Dirección General de Aviación Civil se ha dado publicidad a las listas de examinadores autorizados que pueden realizar estas pruebas de pericia en vuelo y verificaciones de competencia.

No obstante, en el territorio nacional se plantean situaciones específicas derivadas de la existencia de empresas dedicadas a trabajos agroforestales que cuentan en sus flotas con aviones monoplaza que no permiten la puesta en práctica de los procedimientos establecidos para la generalidad de los casos. Para poder hacer frente a la necesidad de obtener, revalidar y renovar las habilitaciones de clase correspondientes a estos aviones se establecen procedimientos especiales hasta que por el Comité FCL de las autoridades conjuntas de aviación (JAA) se dicten las instrucciones concretas para estos casos.

El JAR-FCL 1.045 del anexo a la Orden de 21 de marzo de 2000 permite el establecimiento de excepciones por una duración máxima de seis meses, por lo que, en virtud de ello y en las condiciones del mismo, se resuelve:

Primero.

Para la revalidación de habilitaciones de clase SET («single engine turboprop»/monomotor turbopropulsado) se procederá de alguna de las formas que se describen a continuación:

a) Siempre que se disponga de un avión de clase SET del mismo fabricante, con dos o más plazas, se realizará en él la verificación de competencia para los modelos SET monoplaza en las mismas condiciones que las establecidas en el propio JAR-FCL.

b) En caso de que no se disponga de una aeronave de las características de la descrita en el apartado primero se podrá proceder de la siguiente manera:

i) El interesado realizará las maniobras básicas de vuelo en un avión monomotor de pistón que disponga de, al menos, cuatro plazas para ocupantes y configuración equivalente a la del avión SET de que se trate.

ii) El interesado justificará la realización de, al menos, doce horas de vuelo en la clase de avión SET de que se trate, que incluyan, como mínimo, 12 despegues y 12 aterrizajes en los últimos doce meses.

Estas horas se justificarán al examinador que realice la verificación de competencia, mediante la presentación del diario de vuelo del piloto («log-book») o, excepcionalmente, mediante certificación emitida por el Director de Operaciones de la(s) compañía(s) en que haya realizado las horas de vuelo.

Segundo.

Para la renovación de la habilitación a aquellos pilotos a los que haya caducado deberán realizar la prueba de pericia a que se refiere el JAR-FCL 1.245(f)(2) en un avión de clase SET del mismo fabricante, con dos o más plazas. Para la realización de esta prueba, el examinador utilizará los elementos contenidos en los párrafos 1, 2, 3A, 4 y 5 del formulario del apéndice 3 al JAR-FCL 1.240.

Tercero.

La instrucción en vuelo y prueba de pericia para la obtención de la habilitación a que se refieren los JAR-FCL 1.261 y 1.262, respectivamente, deberán realizarse en un avión de clase SET del mismo fabricante, con dos o más plazas. Para la realización de esta prueba el examinador utilizará los elementos contenidos en los párrafos 1, 2, 3A, 4 y 5 del formulario del apéndice 3 al JAR-FCL 1.240.

Cuarto.

En cualquier caso, el examinador utilizará en la verificación de competencia los elementos relevantes del formulario que figura como anexo a esta Resolución (parte primera y contenido de los apartados 1 y 3) y verificará la realización de las horas de vuelo indicadas, haciéndolo constar en el informe que remita a la autoridad aeronáutica (primera hoja del formulario).

Quinto.

Esta Resolución anula la de 29 de diciembre de 2000 de esta Dirección General, referente a la verificación de competencia para el mantenimiento en vigor de habilitaciones de clase SET.

Madrid, 25 de enero de 2001.‒El Director general, Enric Sanmartí Aulet.

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