De conformidad con lo dispuesto en el artículo 79.3 de la Ley 30/1995, de 8 de noviembre, de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados, y en el artículo 129.3 del Real Decreto 2486/1998, de 20 de noviembre, se pone en conocimiento del público en general y de los asegurados en particular que Commissariat Aux Assurances, Órgano de Control de Seguros Privados de Luxemburgo, ha comunicado la aprobación de la fusión, por absorción, con fecha 23 de octubre de 2000, de la Entidad La Mondiale Luxembourg, por la entidad Luxembourg Henin Vie (actualmente denominada «La Mondiale Europartner, Sociedad Anónima»).
Se advierte que, de conformidad con la citada normativa, los contratos de seguro celebrados por la Entidad absorbida que asuman compromisos localizados en territorio español podrán ser rescindidos por los tomadores en el plazo de un mes desde la presente publicación, teniendo derecho al reembolso de la parte de prima no consumida.
Madrid, 6 de marzo de 2001.–La Directora general, María del Pilar González de Frutos.
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