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En el recurso de casación en interés de la Ley número
6506/1996, interpuesto por el Abogado del Estado, la
Sala Tercera (Sección Séptima) del Tribunal Supremo
ha dictado sentencia, en fecha 29 de enero de 2001,
que contiene el siguiente fallo:
"Que, estimando el recurso de casación en interés
de la Ley interpuesto por el Abogado del Estado contra
la sentencia de 29 de mayo de 1996, dictada por la
Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal
Superior de Justicia de Galicia en el recurso 78/94, se fija
la siguiente doctrina legal: "Los alumnos de la enseñanza
militar de formación para el acceso a los Cuerpos y
Escalas de las Fuerzas Armadas a los que se refiere el
artículo 33 de la Ley 17/89, de 19 de julio, reguladora del
régimen del personal militar profesional no tienen
derecho a percibir la indemnización por residencia eventual
del artículo 7 del Real Decreto 236/1988, aunque hayan
ingresado por la modalidad de promoción interna".
Todo ello con respecto a la situación jurídica particular
derivada de la sentencia recurrida."
Presidente: Excmo. Sr. don Enrique Cancer Lalanne.
Magistrados: Excmo. Sr. don Ramón Trillo Torres; Excmo.
Sr. don Manuel Goded Miranda; Excmo. Sr. don Juan
José González Rivas; Excmo. Sr. don Fernando Martín
González.
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