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Documento BOE-A-2001-5913

Orden de 28 de febrero de 2001 por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones la Delegación, en España, de la "Fundación Guayasamín", en Cáceres.

Publicado en:
«BOE» núm. 73, de 26 de marzo de 2001, páginas 11279 a 11280 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación, Cultura y Deporte
Referencia:
BOE-A-2001-5913

TEXTO ORIGINAL

Examinado el expediente incoado para la inscripción, en el Registro de Fundaciones del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, de una Delegación de la «Fundación Guayasamín», en España, a tenor de lo dispuesto en la vigente Ley 30/1994, de Fundaciones y de Incentivos Fiscales a la Participación Privada en Actividades de Interés General, de 24 de noviembre («Boletín Oficial del Estado» del 25) y el Reglamento del Registro de Fundaciones de Competencia Estatal, aprobado por Real Decreto 384/1996, de 1 de marzo («Boletín Oficial del Estado» del 29).

Antecedentes de hecho

Primero.

La «Fundación Guayasamín», se constituyó en Quito (República del Ecuador) por don Oswaldo Guayasamín, al amparo de lo dispuesto en los artículo 584 y siguientes del Código Civil ecuatoriano, fue aprobada por Acuerdo número cuatro mil ochocientos veintiuno, de 21 de julio de 1976 del Ministerio de Educación Pública que aprobó, también, los Estatutos. Estos fueron modificados dos veces por el Ministerio de Educación y Cultura, según consta, suficientemente justificado, en el expediente, siendo fines de la Fundación «promover y realizar toda clase de actividades culturales y artísticas, conservar cuidadosamente y administrar el museo y las colecciones de ciento cincuenta cuadros de arte pictórico moderno pintados por el fundador en los últimos veinte años, denominada la Edad de la Ira; de cuarenta cuadros de pintura retrospectiva de la obra plástica realizada anteriormente por el fundador; de más de doscientas piezas de pintura y escultura de la época colonial, que forman parte de la Fundación, con el propósito de que sirvan para el estudio y difusión de las artes plásticas en beneficio de la cultural nacional».

El patrimonio inicial de la Fundación lo constituyeron los bienes enunciados al concretar los fines de aquélla y fueron donados por el fundador, según consta en la escritura pública número ciento setenta y nueve, otorgada en Quito, capital de la República del Ecuador, el día 17 de febrero de 1977, ante el Notario don Wladimiro Villalba Vega.

Segundo.

El día 30 de octubre de 1999 la Asamblea de Miembros, que es el órgano máximo de la Fundación según el artículo 8.o de sus Estatutos, acuerda la creación e inscripción de una Delegación de la Fundación en España, cuya sede radicará en la «Casa Museo Guayasamín de Cáceres», institución dependiente de la Diputación Provincial de Cáceres y el día 28 de julio de 2000 se suscribe un Convenio entre la «Fundación Guayasamín», suficientemente representada por don Alfredo Vera y la Diputación Provincial de Cáceres, representada por su Presidenta, doña Pilar Merchán Vega, acordando que la Casa Museo Guayasamín sea la sede de la Delegación de la «Fundación Guayasamín» en España y que el representante de dicha Delegación sea quien, en cada momento, sea Director/a de la «Casa Museo Guayasamín», quien deberá aceptar dicha representación formalmente.

El Patrimonio de la Delegación lo constituyen los bienes cuya relación figura en el expediente, en el que, asimismo, figura la designación de doña Felicidad Rodríguez Suero, actual Directora de la «Casa Museo Guayasamín», como representante de la Delegación, y la aceptación de aquélla realizada en documento privado con firma legitimada por Notario.

Fundamentos jurídicos

Primero.

Son de aplicación al caso presente los artículos 5 de la Ley 30/1994, de 24 de noviembre, de Fundaciones y de Incentivos Fiscales a la Participación Privada en Actividades de Interés General y 3.b) del Reglamento del Registro de Fundaciones de Competencia Estatal, aprobado por Real Decreto 384/1996, de 1 de marzo.

Segundo.

Procede inscribir la Delegación en España de la «Fundación Guayasamín» en el Registro de Fundaciones del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, que subsiste hasta tanto no entre en funcionamiento el Registro de Fundaciones de Competencia Estatal, según las disposiciones transitorias cuarta de la Ley de Fundaciones y única del Real Decreto 384/1996, de 1 de marzo.

Por todo lo cual, resuelvo:

Primero.

Que se inscriba en el Registro de Fundaciones la Delegación, en España, de la «Fundación Guayasamín», La sede de la Delegación se establece en la «Casa Museo de Guayasamín», de Cáceres, Ronda San Francisco, sin número, y sus objetivos, enmarcados en los fines de la Fundación, se concretan en divulgar, promover y participar en acciones vinculadas al arte y la cultura, particularmente, con el patrimonio que la Fundación posee tanto en Cáceres como en Quito y otros lugares.

Segundo.

Que, asimismo, se inscriba el nombramiento de doña Felicidad Rodríguez Suero, en su condición de Directora de la «Casa Museo de Guayasamín» como representante de la citada Delegación.

Notifíquese a los interesados a los efectos previstos en el artículo 58.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Madrid, 28 de febrero de 2001.–P. D. (Orden de 1 de febrero de 2001, «Boletín Oficial del Estado» del 9), el Secretario general técnico, José Luis Cádiz Deleito.

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