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Documento BOE-A-2001-5965

Orden 59/2001, de 16 de marzo, por la que se señala la zona de seguridad para la instalación militar acuartelamiento "Las Descalzas" en Granada.

Publicado en:
«BOE» núm. 74, de 27 de marzo de 2001, páginas 11345 a 11346 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Defensa
Referencia:
BOE-A-2001-5965

TEXTO ORIGINAL

Por existir en la Región Militar Sur la Instalación Militar Acuartelamiento Las Descalzas, situada en el término municipal de Granada, se hace aconsejable preservarla de cualquier obra o actividad que pueda interferir en la actuación eficaz de los medios de los que dispone, así como el aislamiento conveniente para garantizar su seguridad, de conformidad con lo establecido en el Reglamento de ejecución de la Ley 8/1975, de 12 de marzo, de Zonas e Instalaciones de Interés para la Defensa Nacional, aprobado por Real Decreto 689/1978, de 10 de febrero.

En su virtud, y de conformidad con el informe emitido por el Estado Mayor del Ejército, a propuesta razonada del General Jefe de la Región Militar Sur, dispongo.

Primero.

A los efectos prevenidos en el Capítulo II del Título I, artículo 8, del Reglamento de Zonas e Instalaciones de Interés para la Defensa Nacional, la instalación militar Acuartelamiento Las Descalzas se encuentra incluida en el grupo cuarto de los señalados en el artículo citado.

Segundo.

De conformidad con lo preceptuado en el artículo 26.3 del citado Reglamento, se establece una Zona de Seguridad Próxima que tendrá como límite las calles colindantes, que a continuación se citan: Capitanía, San Matías y Pavaneras y las plazas de: San Juan de la Cruz y Padre Suarez, formando la línea poligonal que resulta de unir los puntos definidos por las coordenadas Universal Transversal Mercator (UTM) siguientes:

Punto Coordenadas U.T.M.
X Y
1 447159.240 4114721.480
2 447164.900 4114717.150
3 447162.220 4114712.790
4 447176.930 4114703.100
5 447189.160 4114693.540
6 447203.190 4114676,540
7 447214.500 4114659.650
8 447226.800 4114645.520
9 447247.532 4114623.015
10 447237.110 4114609.900
11 447235.220 4114611.460
12 447219.080 4114589.336
13 447209.620 4114596.420
14 447188.385 4114594.931
15 447156.730 4114600.690
16 447141.929 4114601.829
17 447138.270 4114643.780
18 447129.500 4114643.600
19 447127.020 4114669.760
20 447126.973 4114682.744
21 447142.550 4114682.800
22 447150.000 4114705.770
23 447147.120 4114710.190
Tercero.

Por Orden 158/1981, de 3 de noviembre, se señala Zona de Seguridad Radioeléctrica, entre otras, para la Instalación Militar Centro de Transmisiones número 15 de Repetidor (San Miguel-Granada), recogiéndose en su cuadro «A» el radioenlace de éste con el terminal T-15, ubicado en el Acuartelamiento Las Descalzas, por lo que lo Zona de Seguridad Radioeléctrica de este Acuartelamiento queda definida por lo dispuesto en la Orden antes citada para ese enlace hertziano.

Disposición final única. Entrada en vigor.

La presente Orden entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 16 de marzo de 2001.

TRILLO-FIGUEROA Y MARTÍNEZ-CONDE

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