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Documento BOE-A-2001-6541

Resolución de 29 de enero de 2001, de la Secretaría General Técnica, por la que se da publicidad al Protocolo Adicional al Convenio de colaboración suscrito entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, por el que se determinan las aportaciones económicas de las partes y se incorporan los proyectos seleccionados para la realización de programas del Plan Gerontológico.

Publicado en:
«BOE» núm. 80, de 3 de abril de 2001, páginas 12493 a 12494 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
Referencia:
BOE-A-2001-6541

TEXTO ORIGINAL

Suscrito el Protocolo Adicional al Convenio de colaboración entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, por el que se determinan las aportaciones económicas de las partes y se incorporan los proyectos seleccionados para la realización de programas del Plan Gerontológico, y en cumplimiento de lo dispuesto en el punto dos del artículo 8 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del citado Protocolo, que figura como anexo de esta Resolución.

Lo que se hace público a los efectos oportunos.

Madrid, 29 de enero de 2001.–El Secretario general técnico, Luis Martínez-Sicluna Sepúlveda.

ANEXO
Protocolo adicional al Convenio de colaboración suscrito entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Consejería de Bienestar Social de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, por el que se determinan las aportaciones económicas de las partes y se incorporan los proyectos seleccionados para la realización de programas del Plan Gerontológico

En Madrid a 8 de noviembre de 2000.

REUNIDOS

De una parte, el excelentísimo señor don Juan Carlos Aparicio Pérez, como Ministro de Trabajo y Asuntos Sociales, nombrado por Real Decreto 561/2000, de 27 de abril («Boletín Oficial del Estado» número 102, del 28), en nombre y representación de la Administración General del Estado, en virtud de lo dispuesto en la Disposición adicional decimotercera de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común («Boletín Oficial del Estado» del 14), según redacción dada a la misma por el artículo 2, apartado 4, de la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Y de otra parte, el excelentísimo señor don Tomás Mañas González, Consejero de Bienestar Social de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, nombrado por Decreto 45/2000, de 15 de marzo, en nombre y representación de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.

Ambas partes se reconocen mutua capacidad para obligarse y convenir.

EXPONEN

Primero.

Que el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha suscribieron, en fecha de 15 de diciembre de 1997, Convenio para la cofinanciación de programas del Plan Gerontológico a través de proyectos específicos del Plan Gerontológico.

Segundo.

Que el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, en virtud de las competencias que le vienen atribuidas por la Constitución y los Reales Decretos 758/1996, de 5 de mayo, de creación; 839/1996, de 10 de mayo, que establece su estructura orgánica, y la Orden Ministerial de 21 de mayo de 1996, por la que asume las competencias del extinto Ministerio de Asuntos Sociales, y la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha de conformidad con lo establecido en las Leyes Orgánicas 9/1982, de 10 de agosto, y 7/1994, de 24 de marzo, que aprueba y reforma el Estatuto de Autonomía de la misma, tienen competencias en materia de acción social y servicios sociales.

En la Ley 54/1999, de 29 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado de 2000, y en la Ley 13/1999, de 15 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, se establecen dotaciones presupuestarias para estos fines.

Tercero.

Que el Convenio citado establecía en su cláusula décima la prórroga automática de aquél para ejercicios económicos sucesivos, de no mediar denuncia expresa de alguna de las partes.

Cuarto.

Que, no obstante, de esa prórroga automática se excluyen las cantidades económicas expresadas en el Convenio, así como en los correspondientes Anexos que deberán ser actualizados cada año con el fin de ajustarlos a los proyectos planteados por la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha y las previsiones presupuestarias que se establezcan.

Quinto.

Que la Comunidad Autónoma justificará ante el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales la cofinanciación recibida, correspondiente al Protocolo Adicional suscrito el 23 de diciembre de 1999, mediante un documento que indique la existencia o inexistencia de remanentes.

Sexto.

Que, habiéndose efectuado, conforme al procedimiento previsto en el Convenio antes citado, la determinación de las aportaciones económicas de las partes correspondientes al año 2000, procede instrumentarla a través del presente Protocolo Adicional, junto con la selección de los proyectos planteados por la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha y aprobados asimismo, a efectos de financiación conjunta.

Por todo lo manifestado, en base al artículo 6 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, y de la cláusula décima del Convenio de colaboración para la realización de programas del Plan Gerontológico, suscrito el 15 de diciembre de 1997 entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, ambas partes acuerdan suscribir el presente Protocolo Adicional el cual se regirá por las siguientes:

CLÁUSULAS

Primera.

La Administración General del Estado y la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha incorporan, al Convenio de colaboración de fecha 15 de diciembre de 1997, los proyectos seleccionados conjuntamente, los cuales se unen al mismo mediante anexo del presente Protocolo.

La duración de este Protocolo Adicional se establece por un año desde la firma del mismo.

Segunda.

El Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales con cargo a su dotación presupuestaria para el ejercicio 2000, aporta como participación en la financiación de los fines del presente Protocolo la cantidad de trescientos cuarenta y cinco millones treinta mil setecientas (345.030.700) pesetas, distribuidas en: Concepto 19.04.313L.452, trescientos quince millones quinientas treinta y cuatro mil doscientas (315.534.200) pesetas, y concepto 19.04.313L.457, veintinueve millones cuatrocientas noventa y seis mil quinientas (29.496.500) pesetas.

La Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha y las Corporaciones Locales, en su caso, de conformidad con los acuerdos suscritos por ambas, se comprometen a asumir la corresponsabilidad en la financiación en una cuantía no inferior al 50 por 100, aportando la cantidad de trescientos cuarenta y cinco millones treinta mil setecientas (345.030.700) pesetas, de la que se ha presentado el correspondiente certificado de retención de crédito.

Tercera.

La dotación económica para la ejecución del Convenio, dentro del ejercicio económico 2000, se desglosa entre los proyectos seleccionados de la forma que figura en el anexo.

Y, en prueba de conformidad, suscriben el presente Protocolo Adicional, en duplicado ejemplar, en el lugar y fecha indicados en este documento.–Juan Carlos Aparicio Pérez, Ministro de Trabajo y Asuntos Sociales, en nombre y representación del Gobierno de la Nación.–Tomás Mañas González, Consejero de Bienestar Social de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, en nombre y representación de la Comunidad Autónoma.

ANEXO
Coste de los proyectos correspondientes a la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha y especificación de las aportaciones de las partes que lo cofinancian: Financiación 2000 (según Protocolo)

COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CASTILLA-LA MANCHA

 

C.A./C.L.

Pesetas

MTYAS

Pesetas

Aplicación Presupuestaria 19.04.313L.452    
 Proyectos de mantenimiento:    
Albacete-Residencia/Centro de Día Paseo de Cubas. 12.500.000 12.500.000
Riopar (Albacete)-Residencia. 26.972.388 26.972.388
Casas Ibáñez (Albacete)-Residencia. 26.226.560 26.226.560
Alcoba de los Montes (Ciudad Real)-Residencia. 26.972.388 26.972.388
Almadén (Ciudad Real)-Residencia. 21.511.606 21.511.606
Almuradiel (Ciudad Real)-Residencia Buendía. 51.287.639 51.287.639
Torrenueva (Ciudad Real)-Vivienda tutelada. 3.102.500 3.102.500
Cuenca- Residencia Hospital Calatrava. 26.877.000 26.877.000
Cuenca-Residencia/Centro de Día Cuenca II. 10.907.600 10.907.600
Montalvo (Cuenca)-Residencia. 26.972.388 26.972.388
El Pedernoso (Cuenca)-Residencia. 19.494.974 19.494.974
El Provencio (Cuenca)-Vivienda tutelada. 1.613.300 1.613.300
Beteta (Cuenca)-Vivienda tutelada. 1.613.300 1.613.300
Campillo de Altobuey (Cuenca)-Vivienda tutelada. 1.613.300 1.613.300
Huete (Cuenca)-Vivienda tutelada. 1.613.300 1.613.300
Jadraque (Guadalajara)-Residencia. 26.972.388 26.972.388
Sacedón (Guadalajara)-Residencia. 10.994.270 10.994.270
Fontanar (Guadalajara)-Residencia. 3.513.000 3.513.000
Navahermosa (Toledo)-Residencia. 14.776.299 14.776.299
 Total. 315.534.200 315.534.200
Aplicación Presupuestaria 19.04.313L.457    
 Proyectos de mantenimiento de programas y servicios dirigidos a la atención de enfermos de Alzheimer y otras demencias:    
Albacete-Residencia/Centro de Día Vasco Núñez de Balboa. 8.618.565 8.618.565
Guadalajara-Centro de Día Los Olmos. 6.711.187 6.711.187
Toledo-Residencia carretera Mocejón. 6.934.133 6.934.133
Talavera de la Reina (Toledo)-Residencia/Centro de Día. 7.232.615 7.232.615
 Total. 29.496.500 29.496.500
  Suma totales. 345.030.700 345.030.700

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