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Documento BOE-A-2001-6563

Resolución de 9 de marzo de 2001, de la Subsecretaría, por la que se dispone la inscripción de la "Fundación Oxígeno" en el Registro de Fundaciones Medioambientales.

Publicado en:
«BOE» núm. 80, de 3 de abril de 2001, páginas 12523 a 12523 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Medio Ambiente
Referencia:
BOE-A-2001-6563

TEXTO ORIGINAL

Visto el expediente de inscripción de la «Fundación Oxígeno» en el Registro de Fundaciones del Ministerio de Medio Ambiente, en el que consta:

Primero. Constitución de la Fundación.

La Fundación fue constituida en Burgos, el 20 de febrero de 2001, por don Roberto Lozano Mazagatos, don Antonio Ignacio de Santiago Gómez de Cadiñanos y don José Ignacio Díez Arranz, según consta en escritura pública otorgada ante el Notario del Ilustre Colegio de Burgos don José María Benlloch Pérez.

Segundo. Domicilio y ámbito de actuación.

El domicilio de la Fundación se establece en Burgos, calle Doctor Fleming, número 14; y su ámbito de actuación se extiende a todo el territorio nacional.

Tercero. Objeto.

El objeto principal de la Fundación, según el artículo 6 de sus Estatutos, es «la promoción, desarrollo, protección e investigación de los valores sociales, económicos, culturales y ambientales que supone la conservación de la Naturaleza y del Entorno (Medio Ambiente), fomentando además el desarrollo sostenible y la cooperación internacional para el desarrollo, dando prioridad a los modos de vida y culturas autóctonas y a su interdependencia con los sistemas y recursos naturales».

Cuarto. Dotación.

La dotación inicial de la Fundación es de un millón de pesetas (6.010,12 euros), totalmente desembolsado.

Quinto. Patronato.

El gobierno, representación y administración de la Fundación se confía a un Patronato, cuyos miembros desempeñan el cargo de modo gratuito. Las normas sobre la composición, el nombramiento y la renovación del Patronato constan en los Estatutos.

El Patronato inicial queda constituido por don Roberto Lozano Mazagatos, como Presidente, don Antonio Ignacio de Santiago Gómez de Cadiñanos, como Vicepresidente, y don José Ignacio Díez Arranz, como Secretario; habiendo aceptado todos ellos sus respectivos cargos, según consta en la escritura de constitución de la fundación.

Sexto. Estatutos.

Todo lo relativo al gobierno y gestión de la Fundación queda recogido en los Estatutos por los que se rige, integrados en la escritura de constitución, quedando expresamente sometido el Patronato a la obligación de rendición de cuentas al Protectorado.

Vistos la Constitución vigente, la Ley 30/1994, de 24 de noviembre, de Fundaciones y de Incentivos Fiscales a la Participación Privada en Actividades de Interés General, el Reglamento de Fundaciones de Competencia Estatal, aprobado por Real Decreto 316/1996, de 23 de febrero, el Reglamento del Registro de Fundaciones de Competencia Estatal, aprobado por Real Decreto 384/1996, de 1 de marzo, el Acuerdo del Consejo de Ministros de 13 de noviembre de 1998 por el que se autoriza al Ministerio de Medio Ambiente para ejercer las funciones de protectorado de las fundaciones con fines vinculados al mismo y se crea el Registro de fundaciones medioambientales,

Visto el interés general que concurre en los fines perseguidos por la «Fundación Oxígeno», la suficiencia de la dotación inicial, acreditado el cumplimiento de los demás requisitos establecidos en la Ley y visto el informe favorable del Protectorado de fundaciones medioambientales,

Esta Subsecretaría, competente en virtud de la Orden de 6 de febrero de 2001 del Ministerio de Medio Ambiente, por la que se delega en la Subsecretaria del Departamento el ejercicio del protectorado de fundaciones, ha resuelto inscribir en el Registro de Fundaciones medioambientales la «Fundación Oxígeno», de ámbito estatal, con domicilio en Burgos, calle Doctor Fleming, 14, así como el nombramiento de los miembros del Patronato, relacionados en el apartado quinto de esta Resolución.

Madrid, 9 de marzo de 2001.–La Subsecretaria, María Jesús Fraile Fabra.

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