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Documento BOE-A-2001-7500

Resolución de 13 de marzo de 2001, del Consell Insular de Mallorca (Illes Balears), por la que se hace pública la incoación del expediente de bien de interés cultural a favor de la iglesia de Santa María de Sineu.

Publicado en:
«BOE» núm. 92, de 17 de abril de 2001, páginas 14017 a 14018 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Administración Local
Referencia:
BOE-A-2001-7500

TEXTO ORIGINAL

La Comissió de Patrimoni Històric, en su reunión de 21 de diciembre de 2000, acordó, por unanimidad:

Primero.

Incoar expediente de declaración de bien de interés cultural, con la categoría de Monumento, a favor de la iglesia parroquial de Santa María de Sineu, Mallorca, la descripción de la cual figura en el anexo del presente acuerdo.

Segundo.

Suspender la tramitación de las licencias municipales de parcelación, de edificación o de derribo en la zona afectada y también la suspensión de los efectos de las licencias ya concedidas. Cualquier obra que sea necesario realizar en el inmueble afectado por la incoación, habrá de ser previamente autorizada por la Comissió Insular de Patrimoni Històric. Esta suspensión dependerá de la resolución o de la caducidad del procedimiento. El acuerdo de declaración se deberá adoptar en el término máximo de un año, a partir de la fecha de inicio del procedimiento, el cual caducará si, una vez transcurrido este término, se solicitase el archivo de las actuaciones y si en los sesenta días siguientes no se dicta resolución. Caducado el procedimiento no se podrá volver a iniciar hasta que haya transcurrido un año, excepto si lo solicita el titular del bien.

Tercero.

Notificar esta resolución a los interesados, al Ayuntamiento de Sineu y al Govern de les Illes Balears.

Cuarto.

Publicar este acuerdo de incoación en el «Boletín Oficial de las Illes Balears» y en el «Boletín Oficial del Estado», y deberá anotarse en el Registro Insular de Bienes de Interés Cultural de Mallorca y comunicarlo a la Comunidad Autónoma para que proceda a su anotación en el Registro de Bienes de Interés Cultural de las Illes Balears, e inste su anotación en el Registro de Bienes de Interés Cultural del Estado.

Palma de Mallorca, 13 de marzo de 2001.–La Presidenta, María Antonia Munar i Riutort.

ANEXO

1. Ficha técnica.

Denominación: Iglesia parroquial de Santa María.

Situación: Plaza de la Constitució.

Municipio: Sineu.

Autor y cronología: Mestre Santmartí (1505-1568).

Adscripción estilística: Gótico.

Usos: Religioso.

Clasificación del suelo: Urbano.

2. Memoria histórica.

La iglesia parroquial de Santa María de Sineu, una de las más antiguas de Mallorca, aparece nombrada en una Bula de 1248, pero sus orígenes se remontan a fechas anteriores pues existen documentos que la citan en el año 1242. De este primer templo se sabe que fue ampliado o nuevamente edificado a lo largo de la segunda mitad del siglo XIV, siendo destruido este templo gótico en el incendio de 1505, año en que se inicia rápidamente la construcción de un nuevo templo bajo la dirección del Mestre de Santmartí. En el siglo XIX se realizaron importantes obras de ampliación, que aportaron el crucero con cúpula y la nueva cabecera.

3. Descripción.

La iglesia parroquial de Sineu es el primer edificio religioso construido en Mallorca durante el siglo XVI, y como el resto de edificios de esta tipología a lo largo de esta centuria, sigue la tradición gótica de nave única con capillas laterales. En planta presenta nave única longitudinal, cortada transversalmente por la nave de crucero. A cada lado se distribuyen cinco capillas. El conjunto del edificio viene definido por este carácter medieval, con elementos barrocos, como las fachadas laterales, y neogóticos en la nave del crucero. El conjunto de la iglesia y la rectoría se presentan como un contundente volumen compuesto por diversos elementos, entre los cuales destaca el campanario, como elemento vertical, el volumen de la nave central de la iglesia, actualmente con cubierta de dos aguas, y el crucero, resaltado exteriormente por el cimborrio y por sendas capillas pentagonales.

4. Otros bienes.

Los ornamentos y objetos litúrgicos contenidos en la iglesia de Sineu, juntamente con el propio inmueble, se han de contemplar como un conjunto indisolube, lo cual afectaría a todos los bienes susceptibles de ser incluidos en el Inventario de Bienes Muebles de la Iglesia Católica que se está llevando a cabo con el concurso del Ministerio de Cultura, la Consejería de Educación y Cultura y la Universidad de las Illes Balears.

5. Delimitación del bien de interés cultural y entorno de protección.

Se incluyen, como elementos integrantes del bien de interés cultural, el volumen de la iglesia así como la rectoría, según la delimitación gráfica adjunta. Así, la delimitación afecta a toda la manzana de la iglesia, siendo los límites la calle Major i la calle Font, las edificaciones del otro lado de la calle de L’Església, toda la plaza de Sant Marc y es Mercadal, y las edificaciones con fachada a éstas, continuando por la calle del Bisbe hasta las edificaciones con fachada a la calle Pusca y la plaza de la Constitució.

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