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Documento BOE-A-2001-7614

Resolución de 20 de febrero de 2001, de la Dirección General de Patrimonio y Museos, de la Consejería de Educación y Cultura, por la que se incoa expediente para declarar bien de interés cultural, con categoría de Conjunto, la villa de Palazuelos, Sigüenza (Guadalajara).

Publicado en:
«BOE» núm. 93, de 18 de abril de 2001, páginas 14203 a 14205 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha
Referencia:
BOE-A-2001-7614

TEXTO ORIGINAL

Vista la propuesta formulada por los servicios técnicos correspondientes, esta Dirección General de Patrimonio y Museos ha acordado:

Primero.

Incoar expediente para declarar bien de interés cultural, con la categoría de Conjunto Histórico, la villa de Palazuelos, Sigüenza (Guadalajara).

Segundo.

Disponer la apertura de un período de información pública, a fin de que todos cuantos tengan interés en el asunto puedan examinar el expediente y alegar lo que consideren oportuno, durante el plazo de veinte días hábiles siguientes a la publicación de la presente Resolución, en las dependencias de esta Dirección General de Patrimonio y Museos (calle Trinidad, número 8, Toledo), y ello de conformidad con lo establecido en el artículo 86 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Tercero.

Hacer saber al Ayuntamiento de Sigüenza-Palazuelos (Guadalajara), que, según lo dispuesto en los artículos 11 y 16 de la Ley 16/1985, del Patrimonio Histórico Español, las obras que hayan de realizarse en dicho conjunto no podrán llevarse a cabo sin aprobación previa del proyecto correspondiente por el órgano autonómico con competencia en la materia (Comisión del Patrimonio Histórico respectiva o, en su caso, esta propia Dirección General de Patrimonio y Museos).

Cuarto.

Notificar el presente acuerdo a los interesados, así como al Registro General de Bienes de Interés Cultural, para su anotación preventiva.

Quinto.

Promover la publicación del presente Acuerdo en el «Diario Oficial de Castilla-La Mancha» y en el «Boletín Oficial del Estado», a efectos de lo dispuesto en los artículos 59, apartados 4 y 5, y 60 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Toledo, 20 de febrero de 2001.–El Director general, Rafael López Martín de la Vega.

ANEXO
Descripción histórico-artística

La villa de Palazuelos es un barrio perteneciente al término municipal de Sigüenza.

Los restos arqueológicos documentados en las inmediaciones de la población se remontan a época romana. Palazuelos pertenece a la jurisdicción de Atienza desde los tiempos de la reconquista y su posesión fue cambiando de manos a través de cesiones y testamentos. El desarrollo de esta población tuvo lugar en el siglo XV, cuando Íñigo López de Mendoza, primer marqués de Santillana, construyó el castillo y sus murallas (declaradas monumento histórico por Decreto de 15 de junio de 1991), que deberían ser finalizadas después de 1458, por Orden de su hijo Pedro Hurtado de Mendoza, lo que explica la presencia de blasones de éste y su esposa como remate en las puertas.

Posteriormente, el señorío de Palazuelos recayó en la casa de los duques de Pastrana. Durante la guerra de independencia se aportillaron sus murallas y el castillo, incendiándose la ciudad, sufriendo los desperfectos inherentes a la situación.

Palazuelos conserva prácticamente intactas sus murallas, que se desarrollan en un perímetro de más de 2 kilómetros y cuentan con tres puertas fortificadas localizadas en sus lados suroriental, suroccidental y nororiental. Tienen sus lienzos refuerzo alterno de cubo y torreones cuadrados y las puertas, cuerpos cuadrados en los que se abren arcos apuntados, están presididas por los escudos de Mendoza y Valencia.

En el extremo noroccidental del recinto amurallado se levanta el castillo, una mole cuadrada con cubos en las esquinas y con torre del homenaje adosada a poniente.

El interior de la villa amurallada presenta numerosos inmuebles de tipología tradicional, conservando, en ocasiones, la fecha de construcción y algún esgrafiado.

La singularidad de este conjunto radica en el buen estado de conservación del recinto amurallado y su castillo, así como de la trama urbana y los edificios que la componen, configurándose como uno de los recintos medievales mejor conservados del ámbito castellano-manchego.

Objeto de la declaración

Conjunto histórico de Palazuelos, ubicado en el término municipal de Sigüenza (Guadalajara).

Área de protección

Vendría definida por:

Polígono 3, parcelas números 620, de 48 a la 56, ambas inclusive; de la 125 a la 148, ambas inclusive de la 180 a la 185, ambas inclusive; de la 229 a la 480, ambas inclusive, y de la 485 a la 513, ambas inclusive.

Polígono 6, parcelas números 1, 2, 3, de la 90 a la 497, ambas inclusive.

Polígono 7, parcelas números 210, de la 82 a la 108, ambas inclusive, y de la 131 a la 199, ambas inclusive.

Polígono 8, parcelas números de la 1 a la 45, ambas inclusive, y de la 52 a la 55, ambas inclusive.

El área de protección afecta, asimismo, a todos los espacios públicos contenidos por la línea que marca el perímetro exterior de las citadas parcelas y las une entre sí.

Se juzga necesario posibilitar el control administrativo establecido en la legalidad de patrimonio histórico sobre el área de protección señalada, en razón de que cualquier intervención en ellas se considera susceptible de afectar negativamente a la conservación o a la contemplación del bien objeto de tutela.

Todo ello según plano adjunto.

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