Está Vd. en

Documento BOE-A-2001-7616

Resolución de 21 de marzo de 2001, de la Dirección General de Tráfico, por la que se corrigen errores de la de 23 de febrero de 2001, por la que se establecen medidas especiales de regulación de tráfico durante el año 2001.

[Disposición derogada]

Publicado en:
«BOE» núm. 94, de 19 de abril de 2001, páginas 14214 a 14215 (2 págs.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio del Interior
Referencia:
BOE-A-2001-7616
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2001/03/21/(5)

TEXTO ORIGINAL

Advertidos errores en el texto remitido para la publicación de la Resolución de esta Dirección General de 23 de febrero, insertada en el «Boletín Oficial del Estado» número 58, de 8 de marzo, a continuación se transcriben las oportunas rectificaciones.

1.ª En la página 8658, el segundo párrafo del apartado A) Pruebas deportivas, queda redactado como sigue: «En lo que se refiere a pruebas ciclistas y de triathlón, se entenderá que tienen carácter internacional las que estén incluidas en los calendarios Mundial o Continental de la Unión Ciclista Internacional, y Unión Internacional de Triathlón, respectivamente».

2.ª En la página 8662 (anexo I, restricciones a pruebas deportivas), apartado correspondiente a la provincia de Castellón, se modifica el apartado b), y se incluye el c) y d), quedando redactado el apartado completo de la provincia de Castellón en la siguiente forma:

Provincia de Castellón

a) En todas las carreteras de la provincia:

Desde el viernes 16 de marzo, a las doce horas, hasta el lunes 19 de marzo, a las veinticuatro horas.

Desde el viernes 5 de octubre, a las cero horas, hasta el martes 9 de octubre, a las veinticuatro horas.

El martes 25 de diciembre, desde las cero, hasta las veinticuatro horas.

b) En la carretera N-225 (entre los puntos kilométricos 10 al 25):

Todos los días del año, desde las cero, hasta las veinticuatro horas.

c) En la carretera N-340:

Todos los días de los meses de julio y agosto, desde las cero, hasta las veinticuatro horas.

d) En la carretera N-234:

Todos los domingos del año, desde las doce, hasta las veinticuatro horas.

Todos los días de los meses de julio y agosto, desde las cero, hasta las veinticuatro horas.

3.ª En la página 8665 (anexo II, restricciones por fechas), en la cuarta tabla, se ha omitido el encabezamiento por lo que debe incluirse: «Sábado 28 de abril», quedando de la siguiente forma:

Sábado, 28 de abril

Ctra. Inicio Final Duración Sentido
p. k. Población p. k. Población
A-6 11,650 Enlace M-40 (Madrid). 60,2 San Rafael. 8,00-13,00 Salida Madrid.
N-I 11,8 Enlace M-40 (Madrid). 50 Venturada. 8,00-13,00 Salida Madrid.
N-II 10,8 Enlace M-40 (Madrid). 35 Alcalá de Henares. 8,00-13,00 Salida Madrid.
N-III 6,9 Enlace M-40 (Madrid). 33 Acceso este de Arganda. 7,00-13,00 Salida Madrid.
N-IV 6,7 Enlace M-40 (Madrid). 62 Ocaña. 7,00-13,00 Salida Madrid.
N-VI 42,5 Villalba. 48 Guadarrama. 8,00-13,00 Salida Madrid.
M-501 0 Alcorcón. 59,5 San Martín de Valdeiglesias. 8,00-13,00 Salida Madrid.

4.ª En la página 8670 (anexo II, restricciones por fechas), en la segunda tabla, correspondiente al miércoles, 5 de diciembre, en la quinta línea, donde dice: «Carretera N-IV, inicio punto kilométrico 6,7 enlace M-40 (Madrid), final punto kilométrico 62 (Ocaña), duración 14:00 - 22:00 horas, sentido salida de Madrid», debe decir: «Carretera N-IV, inicio punto kilométrico 6,7 enlace M-40 (Madrid), final punto kilométrico 62 (Ocaña), duración 16:00 - 22:00 horas, sentido salida de Madrid».

5.ª En la página 8673 (mapa de la Red de Itinerarios para Mercancías Peligrosas-RIMP), se ha omitido la representación gráfica del trazado de la carretera N-501 en el tramo Salamanca-Ávila, recorrido incluido, por otra parte en la tabla del anexo IV (Itinerarios para mercancías peligrosas), quedando representado el mapa de la Red de Itinerarios para Mercancías Peligrosas-RIMP, en la siguiente forma:

Imagen: /datos/imagenes/disp/2001/94/07616_7818450_image1.png

Madrid, 21 de marzo de 2001.−El Director general, Carlos Muñoz-Repiso Izaguirre.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 21/03/2001
  • Fecha de publicación: 19/04/2001
  • Esta norma se entiende implícitamente derogada por la Resolución de 11 de febrero de 2002. (Ref. BOE-A-2002-3499).
  • Fecha de derogación: 02/03/2002
Referencias anteriores
  • CORRIGE errores en la Resolución de 23 de febrero de 2001 (Ref. BOE-A-2001-4550).
Materias
  • Carreteras
  • Circulación vial
  • Deporte
  • Maquinaria agrícola
  • Mercancías
  • Mercancías peligrosas
  • Transportes por carretera
  • Vehículos de motor

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid