Por Orden de 7 de febrero de 2001 ("Boletín Oficial del Estado"
del 21) se convocó concurso general de méritos para la provisión
de puestos de trabajo vacantes adscritos a los Grupos C y D en
el Ministerio del Interior.
Cumplidas las normas reglamentarias y las bases de la
convocatoria, y una vez finalizado el plazo de presentación de
instancias, a la vista de las solicitudes presentadas, la valoración
de los méritos alegados y la propuesta formulada por la
correspondiente Comisión de Valoración, sobre los puestos de trabajo
a adjudicar, este Ministerio acuerda resolver el siguiente concurso,
de conformidad con los siguientes puntos:
Primero.-Adjudicar, con carácter definitivo, los destinos que
se relacionan en el anexo I a los funcionarios que se mencionan
en el mismo.
Segundo.-Declarar desiertos los puestos que se especifican
en el citado anexo por no haber petición alguna para cubrirlos.
Tercero.-Los destinos adjudicados tendrán la consideración
de voluntarios y, en consecuencia, no generan derecho a
indemnización por concepto alguno, sin perjuicio de las excepciones
previstas en el régimen de indemnizaciones por razón de servicio.
Asimismo, serán irrenunciables, salvo que antes de finalizar el
plazo de toma de posesión, los interesados obtengan otro destino,
bien por el procedimiento de libre designación o por concurso
convocados por otros Departamentos o Comunidades Autónomas,
en cuyo caso, de optar por uno de estos destinos, vendrán
obligados a comunicar por escrito en los tres días siguientes la
renuncia al puesto adjudicado, y la opción ejercitada con indicación
del Departamento en que hubiere obtenido destino, así como forma
de provisión y fecha de nombramiento.
Cuarto.-El plazo de toma de posesión en el nuevo destino
obtenido será de tres días hábiles si no implica cambio de
residencia, o de un mes si comporta dicho cambio o el reingreso
al servicio activo.
El plazo de toma de posesión comenzará a contar a partir del
día siguiente al del cese, que deberá efectuarse dentro de los tres
días hábiles siguientes a la publicación de la resolución del
concurso.
Cuando los funcionarios afectados por la presente resolución
se encuentren disfrutando licencias o permisos les será de
aplicación lo especificado en el artículo 48 del vigente Reglamento
General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración
General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y
Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la
Administración del Estado, aprobado por Real Decreto 364/95, de 10 de
marzo ("Boletín Oficial del Estado" del 10 de abril), y en la base
Séptima de la convocatoria, por lo que se refiere al cómputo de
los plazos de cese y posesión. Estos mismos preceptos serán de
aplicación en los casos de prórroga en el cese y/o incorporación
al nuevo destino.
Quinto.-Contra esta Orden, que pone fin a la vía
administrativa, se puede interponer recurso contencioso-administrativo
ante el Juzgado Central de lo Contencioso-Administrativo, con
arreglo a lo dispuesto en el artículo 9.a) de la Ley 29/1998, de
13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente
al de su publicación en el "Boletín Oficial del Estado", de
conformidad con lo previsto en el artículo 46, número 1, de dicha
Ley, o potestativamente, y con carácter previo, recurso
administrativo de reposición en el plazo de un mes, ante el mismo órgano
que lo dictó.
Madrid, 3 de abril de 2001.-El Ministro, P. D. (Orden de 30
de noviembre de 1998, "Boletín Oficial del Estado" de 9 de
diciembre), la Subsecretaria, Ana María Pastor Julián.
ANEXO I: (Ver imágenes páginas 14334 y 14335)
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid