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Documento BOE-A-2001-7775

Resolución de 26 de marzo de 2001, de la Secretaría General de Medio Ambiente, sobre la evaluación de impacto ambiental del proyecto "Plan director de actuaciones terrestres e interiores del Puerto de La Luz", de la Autoridad Portuaria de Las Palmas.

Publicado en:
«BOE» núm. 95, de 20 de abril de 2001, páginas 14725 a 14727 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Medio Ambiente
Referencia:
BOE-A-2001-7775

TEXTO ORIGINAL

El Real Decreto Legislativo 1302/1986, de 28 de junio, de evaluación de impacto ambiental, modificado por el Real Decreto-ley 9/2000, de 6 de octubre, y su Reglamento de ejecución, aprobado por el Real Decreto 1131/1988, de 30 de septiembre, establecen la obligación de formular declaración de impacto ambiental, con carácter previo a la resolución administrativa que se adopte para la realización o, en su caso, autorización de la obra, instalación o actividad de las comprendidas en los anexos a las citadas disposiciones.

De acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 695/2000, de 12 de mayo, y en el Real Decreto 1415/2000, de 21 de julio, por los que se establecen la estructura orgánica básica y la atribución de competencias del Ministerio de Medio Ambiente, corresponde a la Secretaría General de Medio Ambiente la formulación de las declaraciones de impacto ambiental de competencia estatal, reguladas por la legislación vigente.

El proyecto «Plan director de actuaciones terrestres e interiores del puerto de La Luz» no figura entre aquellos que deben someterse obligatoriamente a un procedimiento reglado de evaluación de impacto ambiental. Este proyecto pertenece a los comprendidos en el anexo II del Real Decreto-ley 9/2000, de 6 de octubre, por el que se modifica el Real Decreto Legislativo 1302/1986, de 28 de junio, de evaluación de impacto ambiental, concretamente a los especificados en el grupo 8, epígrafe k, del mismo: «Cualquier cambio o ampliación de los proyectos que figuran en los anexos I y II, ya autorizados, ejecutados o en proceso de ejecución, que puedan tener efectos significativos sobre el medio ambiente», para los cuales el sometimiento al procedimiento reglado será preciso cuando así lo decida el órgano ambiental en cada caso.

La Autoridad Portuaria de Las Palmas remitió, con fecha 18 de mayo de 2000, a la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental la Memoria del proyecto, para que determinara sobre la necesidad de someterlo al procedimiento antes citado. Los objetivos y descripción de las actuaciones del proyecto figuran en el anexo.

La Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental consultó a diferentes organismos y asociaciones previsiblemente interesados sobre los efectos ambientales del proyecto. Un resumen del resultado de la consulta figura en el anexo.

Tras examinar la documentación recibida, la Secretaría General de Medio Ambiente considera que no se prevé, como resultado de la ejecución del proyecto, la potencial existencia de impactos ambientales adversos significativos que necesiten un procedimiento reglado de evaluación de impacto ambiental para determinar la posibilidad de definir medidas mitigadoras y, en su caso, la naturaleza de tales medidas al objeto de conseguir impactos no significativos.

Para mitigar los posibles efectos sobre la calidad del agua, los rellenos proyectados para la creación de nuevas explanadas se llevarán a cabo una vez realizado el cierre perimetral de las mismas. Asimismo, los materiales necesarios para estos rellenos procederán, siempre que sus características lo permitan, de las excavaciones previstas para la urbanización de la zona logística de La Isleta. El resto de materiales de préstamo necesarios para las obras (escolleras, áridos, etc.), así como para el relleno de explanadas, si no fueran suficientes los antes indicados, procederán de canteras debidamente autorizadas. La apertura de nuevas canteras, si ello fuera preciso, se llevará a cabo contando con los permisos y autorizaciones establecidos en la legislación de la Comunidad Autónoma de Canarias aplicable en la materia.

En consecuencia, la Secretaría General de Medio Ambiente resuelve que es innecesario someter al procedimiento reglado de evaluación de impacto ambiental el proyecto «Plan director de actuaciones terrestres e interiores del puerto de La Luz».

Madrid, 26 de marzo de 2001.−La Secretaria general, Carmen Martorell Pallás.

ANEXO

Objetivo del proyecto

Las actuaciones previstas en el presente proyecto recogen todas las obras significativas de infraestructuras portuarias previstas en las aguas interiores del puerto de La Luz en un plazo de veinte años. Asimismo, será necesario abordar la realización de obras de ampliación del puerto hacia el exterior, las cuales serán objeto de otro proyecto con su correspondiente evaluación de impacto ambiental.

La característica principal del puerto de La Luz, en lo relativo a sus actividades portuarias, es la amplia variedad de tráficos y funciones que acoge, esto se deriva del carácter insular y de la estratégica situación geográfica. Esta situación hace que el puerto sea poco vulnerable a la oscilación de tráficos concretos, pero, a su vez, introduce un alto grado de complejidad en sus instalaciones.

El pronóstico del tráfico previsible para un horizonte situado en el año 2019, además de las dificultades intrínsecas de estimar con un nivel suficiente de fiabilidad el escenario tecnológico y socioeconómico de un mundo en acelerada transformación, añade la incertidumbre propia de las previsiones del tráfico marítimo, sujetas a la volubilidad del comercio y a la situación internacional. No obstante, las horquillas de crecimiento previstas para todos los tipos de tráficos reflejan, en cualquier caso, que las actuales instalaciones resultarán insuficientes a corto plazo.

Como ejemplo de lo dicho, resulta de interés el caso del tráfico de contenedores, para el que se obtiene una horquilla, en el horizonte previsto, cuyos valores extremos serán 1.230.000 y 1.729.000 teus. Si se tiene en cuenta la previsión de incremento mundial del número de contenedores para los próximos años, estimada en el 6,5 por 100 acumulativo anual, supondría superar el millón de teus en el año 2017 (1.133.000 teus). De acuerdo con estas cifras se estima que el aumento del tráfico de contenedores, por sí sólo, saturará las actuales infraestructuras portuarias en una fecha comprendida entre el año 2005 y el año 2010.

Descripción del proyecto

Las obras contempladas en el proyecto «Plan director de actuaciones terrestres e interiores del puerto de La Luz» se resumen en las siguientes actuaciones:

Muelle de pasajeros del Arsenal: Se trata de ampliar el muelle existente para que pueda ser operativo como terminal de cruceros y pasajeros. Para ello se creará una explanada de 60.000 metros cuadrados capaz de permitir el atraque a buques de hasta 10 metros de calado en una longitud de muelle de 705 metros.

Ampliación del antiguo muelle de Aviación: Consiste, básicamente, en conseguir una plataforma junto a la avenida Marítima, entre el muelle de Santa Catalina y la base naval, formándose una explanada de unos 46.000 metros cuadrados cerrada por un muelle de bloques de hormigón, de 469 metros de longitud, cuyo trasdós se rellena con pedraplén y material de relleno, siendo la anchura de la explanada variable y quedando recta la alineación del muelle, sensiblemente en dirección norte-sur.

Dragado del acceso a los muelles de Santa Catalina: Se trata de dotar de un calado de 10 metros a los muelles de Santa Catalina y del Arsenal, suficiente para los actuales buques de cruceros y pasajeros. El volumen estimado de dragado en roca a realizar es de 134.967 metros cúbicos.

Ampliación de los muelles de Santa Catalina, Poniente y Sur: El objeto es mejorar la operatividad del muelle de Santa Catalina, pasando, en el muelle de Poniente, de los 140 metros actuales a un total de 236 metros de línea de atraque, y creando una superficie de, aproximadamente, 7.200 metros cuadrados. En el muelle Sur se conseguirá una línea de atraque de 290 metros y una superficie de 7.045 metros cuadrados.

Ampliación del muelle Virgen del Pino: Se trata de completar la actual terminal de contenedores del muelle Virgen del Pino, proporcionándole una nueva línea de atraque de 287 metros, con 15 metros de calado, y ampliando en aproximadamente 64.300 metros cuadrados la superficie operativa.

Ampliación de la avenida de los Cambulloneros: Esta actuación remata el contorno naciente del muelle León y Castillo, mejorando la operatividad de la explanada para un mejor acceso a las terminales de contenedores de dicho muelle. La superficie que se crea es de 30.540 metros cuadrados.

Ampliación del muelle León y Castillo: Este muelle es, por su situación y características, el elemento fundamental de las infraestructuras portuarias. Con las nuevas explanadas, norte y sur, construidas en el lado de levante del muelle se conseguirán unos 385.000 metros cuadrados de superficie y 1.524 metros de longitud de muelle con calado suficiente para las operaciones con contenedores principalmente.

Muelle adosado al dique Reina Sofía sur: Consiste en construir un muelle adosado al dique Reina Sofía, junto al primer cambio de alineación del actual dique, con bloques cimentados sobre una banqueta a la cota −20 metros. Se consiguen unos 485 metros de línea de atraque y una superficie aproximada de 34.300 metros cuadrados.

Urbanización de la zona logística de La Isleta: Esta zona, situada en la parte nordeste de la península de la Isleta, y que el plan de utilización del puerto propone incorporar a su zona de servicios, se destinará a actividades logísticas. El material procedente de la explanación de esta zona se utilizará en la realización de otras de las obras de relleno y defensa previstas.

Tratamiento ambiental de las zonas de transición con el paisaje protegido: Con esta actuación se pretende desarrollar una serie de medidas ambientales para que no se produzca un contraste brusco entre el paisaje protegido de La Isleta y las acciones que la Autoridad Portuaria de Las Palmas pretende llevar a cabo en esta zona.

Acondicionamiento del borde litoral entre la península del Nido y el roque Ceniciento: Esta actuación se lleva a cabo con los mismos criterios que la anterior.

Las cantidades aproximadas de materiales que se prevén para la realización de las actuaciones señaladas son: 1.500.000 toneladas de núcleo y escolleras; 10.000.000 de metros cúbicos de material de relleno, y 1.000.000 de metros cúbicos de hormigón para construcción de muelles. Asimismo, se estima en algo más de 23.000.000 de metros cúbicos el volumen de material resultante de las excavaciones que, a lo largo de veinte años, serán necesarias para llevar a cabo estas actuaciones y las contempladas en las obras exteriores de ampliación del puerto de La Luz.

Organismos y asociaciones consultadas:

Dirección General de Costas, Viceconsejería de Medio Ambiente (Gobierno de Canarias), Viceconsejería de Pesca (Gobierno de Canarias); Cabildo Insular de Gran Canaria, Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria, y Asociación Canaria para la Defensa de la Naturaleza (ASCAN).

A continuación se resume el contenido ambiental más significativo de las respuestas recibidas:

La Dirección General de Costas señala que deberá asegurarse que las operaciones de dragado no den origen a procesos de contaminación; asimismo indica que dichas operaciones deben ajustarse a lo dispuesto en la Ley de Costas y su Reglamento, y, en particular, se deberá prevenir que dicho dragado no afecte a la estabilidad de la playa de Las Alcaravaneras. Por lo que se refiere a las actuaciones previstas en la zona de La Isleta, deberán ajustarse a lo dispuesto en las citadas normas, en cuanto a usos e instalaciones, tanto en el dominio público marítimo, terrestre como en la zona de servidumbre de protección. Sugiere que se aprovechen como material de relleno los escombros generados en otras obras de la isla.

La Viceconsejería de Medio Ambiente realiza una serie de consideraciones sobre la aplicación al proyecto de la Ley 11/1990, de 13 de julio, de Prevención del Impacto Ecológico; señala que se debe evaluar ambientalmente la explotación de la cantera de la que se extraerá el material necesario para las obras.

El Cabildo de Gran Canaria manifiesta que a algunas de las actuaciones le son de aplicación las determinaciones vinculantes y directrices de ordenación del Plan Insular de Ordenación Territorial de Gran Canaria; estima necesario que todas las actuaciones procuren lograr su integración paisajística con el entorno próximo, y sugiere que se trate de forma adecuada la zona de transición entre el paisaje protegido de La Isleta y la futura zona logística del puerto.

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