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Documento BOE-A-2001-7777

Resolución de 1 de marzo de 2001, de la Secretaría de Estado de Política Científica y Tecnológica, por la que se conceden ayudas para la incorporación de Doctores y Tecnólogos a grupos de investigación en España, en el marco del Programa Nacional de Formación del Personal Investigador del Plan Nacional de Investigación Científica y Desarrollo Tecnológico.

Publicado en:
«BOE» núm. 95, de 20 de abril de 2001, páginas 14732 a 14733 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Ciencia y Tecnología
Referencia:
BOE-A-2001-7777

TEXTO ORIGINAL

El Ministerio de Ciencia y Tecnología, en virtud de las competencias establecidas en los Reales Decretos 557/2000, de 27 de abril, de Reestructuración de Departamentos Ministeriales, y 696/2000, de 12 de mayo, por el que se establece la estructura orgánica básica del Ministerio de Ciencia y Tecnología, ha asumido la gestión del programa de Ayudas para la Incorporación de doctores y tecnólogos a grupos de investigación en España.

Por Resolución de 4 de marzo de 1997 de la Secretaría de Estado de Educación, Universidades, Investigación y Desarrollo, del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, se convocaban ayudas para la incorporación, de Doctores a grupos de investigación en España, y por Resolución de 30 de diciembre de 1999 se concedían ayudas para la incorporación de Doctores a grupos de investigación en España, incluyendo, en su anexo III, la relación de candidatos cuya solicitud quedaba pendiente hasta una próxima Resolución. Solventadas las circunstancias por las que no fue posible resolverlas en su momento, se ha considerado conveniente hacerlo ahora.

Debido a la transferencia de competencias entre los Ministerios de Educación, Cultura y Deporte y de Ciencia y Tecnología, esta Secretaría de Estado, que asume las actuaciones realizadas por la Secretaría de Estado de Educación y Universidades, las valoraciones realizadas por la Agencia Nacional de Evaluación y Prospectiva (ANEP) y la propuesta de la Comisión de Selección, valida los convenios que la citada Secretaría de Estado de Educación y Universidades tiene establecidos con las entidades receptoras de estas subvenciones.

Por otra parte, al haber sido prorrogados proyectos de investigación a los que están vinculados contratos de incorporación, procede prorrogar dichos contratos.

En consecuencia, examinada la propuesta de la Comisión de Selección basada en la evaluación científica de las solicitudes de los candidatos, así como en los informes de interés de los Organismos avalantes, resuelvo:

Primero.

Conceder subvención al organismo que se cita, destinada a financiar el contrato del doctor que se relaciona, en el proyecto que se indica, por el número de meses y dentro del período señalado.

Organismo: Universidad de Murcia.

Candidato a Contratar: Jiménez-Cervantes Frigols, Celia.

Referencia proyecto: PM1999-0138.

Investigador principal: García Borrón Martínez, José Carlos.

Número de meses a contratar: Diez.

Intervalo de contratación: De 1 de enero de 2001 al 31 de octubre de 2001.

Segundo.

Conceder subvenciones complementarias a los organismos que se relacionan, destinadas a financiar la prórroga de los contratos de los doctores señalados, motivada por la prolongación del plazo de realización del proyecto al que están vinculados.

Organismo: Consejo Superior de Investigaciones Científicas.

Candidato a contratar: Martínez-Mena García, María Dolores.

Referencia proyecto: ENV4-CT97-0687.

Investigador principal: Albadalejo Montoro, Juan.

Número de meses a contratar: Uno.

Intervalo de contratación: De 1 de abril de 2001 al 30 de abril de 2001.

Organismo: Universidad de Oviedo.

Candidato a contratar: Viejo García, Rosa María. Referencia proyecto: FAIR-CT97-3828.

Investigador principal: Rico Ordas, José Manuel.

Número de meses: Seis.

Intervalo de contratación: De 1 de enero de 2001 al 30 de junio de 2001.

Organismo: Universidad de Valencia.

Candidato a Contratar: Terol Alcayde, Javier.

Referencia proyecto: GV99-120-1-05.

Investigador principal: Paricio Ortiz, Nuria.

Número de meses: Ocho.

Intervalo de contratación: De 1 de enero de 2001 al 31 de agosto de 2001.

Tercero.

La cuantía total de las subvenciones se calcula en función del número de mensualidades concedidas, hasta un máximo de doce por año, sobre la base de un coste total anual financiado para cada contrato de 27.852,80 euros o 4.634.316 pesetas, incluyendo la cuota patronal de las prestaciones sociales.

La contratación deberá formalizarse en el plazo máximo de tres meses, a partir de la fecha de inicio señalada para cada subvención concedida.

Cuarto.

Las entidades receptoras de estas subvenciones están obligadas a establecer con la Dirección General de Investigación el convenio previsto en el punto 7.1 de la Resolución de convocatoria. Si este convenio ya existiera previamente, las entidades deberán actualizarlo en el anexo pertinente.

Quinto.

Las entidades colaboradoras deberán notificar a la Dirección General de Investigación la formalización de los contratos que se suscriban al amparo de la presente Resolución, en las setenta y dos horas siguientes a que ésta se produzca, enviando, posteriormente, fotocopia compulsada acreditativa.

Sexto.

El gasto del programa será imputado al crédito 20.08.783 del programa 541A Investigación Científica.

Séptimo.

Los organismos perceptores de subvenciones presentarán una certificación que acredite que sus importes se han incorporado a su contabilidad en el plazo de tres meses a contar desde su cobro.

Las subvenciones quedarán afectas a los fines para los que se otorgan. De su correcta utilización responderán los organismos perceptores, dentro de los tres meses siguientes a la terminación de sus acciones, de la siguiente forma:

Con Certificación que la acredite, los organismos sujetos a fiscalización por el Tribunal de Cuentas.

Con justificantes originales, los no sujetos a esa fiscalización.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, conforme a lo establecido en el artículo 11.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y del artículo 66 de la Ley Orgánica 6/1985 de 1 de julio, del Poder Judicial, en la redacción dada por la Ley Orgánica 6/1998, de 13 de julio, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha de su publicación, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 46.1 de la citada Ley 29/1998.

Lo que comunico a V. I. para conocimiento de los interesados y demás efectos.

Madrid, 1 de marzo de 2001.–El Secretario de Estado, Ramón Marimón Suñol.

Ilmo. Sr. Director general de Investigación.

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