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Documento BOE-A-2001-7948

Resolución de 12 de febrero de 2001, de la Secretaría General Técnica, por la que se da publicidad al protocolo 2000 adicional al Convenio de Colaboración suscrito el 30 de diciembre de 1999 entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Ciudad de Ceuta, para la realización de proyectos del Plan de Acción Integral para Personas con Discapacidad.

Publicado en:
«BOE» núm. 98, de 24 de abril de 2001, páginas 14955 a 14957 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
Referencia:
BOE-A-2001-7948

TEXTO ORIGINAL

Suscrito el Protocolo 2000 adicional al Convenio de colaboración

firmado el 30 de diciembre de 1999, entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos

Sociales y la Ciudad de Ceuta, para la realización de proyectos del Plan

de Acción Integral para Personas con Discapacidad, y en cumplimiento

de lo dispuesto en el punto dos del artículo 8 de la Ley 30/1992, de 26

de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y

del Procedimiento Administrativo Común, procede la publicación en el

"Boletín Oficial del Estado" del citado Protocolo, que figura como anexo

de esta Resolución.

Lo que se hace público a los efectos oportunos.

Madrid, 12 de febrero de 2001.-El Secretario general Técnico, Luis

Martínez-Sicluna Sepúlveda.

ANEXO

Protocolo 2000 adicional al Convenio de Colaboración suscrito el 30

de diciembre de 1999 entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales

y la Ciudad Autónoma de Ceuta para la realización de proyectos del

Plan de Acción Integral para Personas con Discapacidad

En Madrid, a 19 de diciembre de 2000.

REUNIDOS

De una parte, el excelentísimo señor don Juan Carlos Aparicio Pérez,

como Ministro de Trabajo y Asuntos Sociales, nombrado por Real

Decreto 561/2000, de 27 de abril ("Boletín Oficial del Estado" número 102, del 28),

en nombre y representación de la Administración General del Estado en

virtud de lo dispuesto en el artículo segundo, apartado 4, de la Ley 4/1999,

de 13 de enero, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,

de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y el Procedimiento

Administrativo Común ("Boletín Oficial del Estado" del día 14).

Y, de otra parte, el excelentísimo señor don Justo Ostalé Blanco,

Consejero de Salud Pública, Bienestar Social y Mercados de la Ciudad

Autónoma de Ceuta, nombrado por Decreto de la Presidencia de la Ciudad

de 28 de agosto de 1999, en nombre y representación de la Ciudad

Autónoma de Ceuta, por delegación de competencias por el Decreto de 1 de

septiembre de 1999.

EXPONEN

Primero.-Que el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y las Ciudad

Autónoma de Ceuta suscribieron en fecha 30 de diciembre de 1999

Convenio de Colaboración para la cofinaniación de Programas del Plan de

Acción Integral para personas con Discapacidad.

Segundo.-Que el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, en virtud

de las competencias que le vienen atribuidas por la Constitución y el Real

Decreto 692/2000, de 12 de mayo, que establece su estructura básica y

la Ciudad Autónoma de Ceuta, de conformidad con lo establecido en la

Ley Orgánica 1/1995, de 13 de marzo, que aprueba el Estatuto de Autonomía

de la misma, tienen competencias en materia de Acción Social y Servicios

Sociales.

Por otra parte en la Ley 54/1999 de 29 de diciembre, de presupuestos

Generales del Estado para 2000 ("Boletín Oficial del Estado" número 312,

del 30), y el Acuerdo Plenario de 23 de marzo de 2000 ("Boletín Oficial

de la Ciudad de Ceuta" Extraordinario número 14, del 23), de Presupuestos

Generales de la Ciudad Autónoma de Ceuta, establecen dotaciones

presupuestarias para estos fines.

Tercero.-Que el Convenio citado, establece en su cláusula sexta la

prórroga automática de aquél para convocatorias sucesivas, de no mediar

denuncia expresa de alguna de las partes.

Cuarto.-Que, no obstante, de esa prórroga automática se excluyen las

cantidades económicas expresadas en la cláusula segunda del citado

Convenio así como los proyectos especificados en el anexo I del mismo, que

deberán ser actualizados cada año con el fin de ajustarlos a los

presupuestos presentados por las Comunidades Autónomas y las previsiones

presupuestarias que se establezcan.

Quinto.-Que, de conformidad con las Comunidades Autónomas en la

Conferencia Sectorial de Asuntos Sociales celebrada el día 7 de febrero

de 2000, por Acuerdo del Consejo de Ministros de fecha 18 de febrero

de 2000, publicado en el "Boletín Oficial del Estado" número 57, de fecha 7

de marzo, se aprobaron los criterios de distribución entre Comunidades

Autónomas del Crédito Presupuestario con una dotación de 700.000.000

de pesetas (setecientos millones de pesetas) incluido en la

aplicación 19.04.313L.455, así como las prioridades a las que deberán ajustarse

los proyectos a cofinanciar.

Sexto.-Que habiéndose efectuado, conforme al procedimiento previsto

en el Convenio antes citado, la determinación de las aportaciones

económicas de las partes correspondiente al año 2000, procede

instrumentarlas a través del presente Protocolo Adicional, junto con la selección

de proyectos realizada por la Ciudad Autónoma de Ceuta y aprobada,

asimismo, a efectos de cofinanciación conjunta.

Por todo lo manifestado, en base al artículo 6 de la Ley 30/1992, de 26

de noviembre y de la cláusula sexta del Convenio de Colaboración para

la realización de proyectos del Plan de Acción Integral para Personas

con Discapacidad suscrito el 30 de diciembre de 1999 entre el Ministerio

de Trabajo y Asuntos Sociales y la Ciudad Autónoma de Ceuta ambas

partes acuerdan suscribir el presente "Protocolo Adicional", el cual se regirá

por las siguientes

CLÁUSULAS

Primera.-La Administración General del Estado y la Ciudad Autónoma

de Ceuta incorporan al Convenio de Colaboración de fecha 30 de diciembre

de 1999 los proyectos seleccionados conjuntamente para su ejecución

durante el ejercicio económico de 2000, los cuales se unen al mismo

mediante el anexo I.

La duración de este Protocolo Adicional, de acuerdo con la cláusula

sexta del citado Convenio de Colaboración suscrito en 1999, se establece

para el año 2000 y su correspondiente ejercicio económico, dado que al

mismo se refieren las dotaciones presupuestarias que cada parte designa

para su financiación.

Segunda.-Que con cargo a la aplicación presupuestaria 19.04.313L.455,

del Plan de Acción Integral para Personas con Discapacidad, la aportación

económica del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales para los fines

del presente Protocolo, es de 2.170.000 pesetas (dos millones ciento setenta

mil pesetas).

La Ciudad Autónoma de Ceuta, las Corporaciones Locales y las

Instituciones, en su caso, de conformidad con los acuerdos suscritos entre

ellas se comprometen a asumir la corresponsabilidad en la financiación

en una cuantía no inferior al 50 por 100 aportando la cantidad de 2.170.000

pesetas (dos millones ciento setenta mil pesetas). La Ciudad Autónoma

de Ceuta ha presentado el correspondiente certificado de retención de

crédito por la cuantía de su participación.

Tercera.-La dotación económica para la ejecución del Convenio, dentro

del ejercicio económico 2000, es la que aparece desglosada por cada

Comunidad Autónoma en el anexo II.

Y en prueba de conformidad, suscriben el presente Protocolo Adicional

en triplicado ejemplar, en el lugar y fecha anteriormente indicados.-El

Ministro de Trabajo y Asuntos Sociales, Juan Carlos Aparicio Pérez.-El

Consejero de Salud Pública, Bienestar Social y Mercados, Justo Ostalé

Blanco.

ANEXO I (Ver imagen página 14956)

Plan de Cofinanciación para Personas con Discapacidad

COFINANCIACIÓN PROYECTOS AÑO 2000-08-09

Total proyectosCC.AA. Admón. Gral. MTAS CC.AA.

Andalucía . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 137.490.000 139.897.027 277.387.027

Aragón . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 23.740.000 35.610.000 59.350.000

Asturias . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 21.570.000 21.570.000 43.140.000

Illes Balears . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 13.730.000 31.278.697 45.008.697

Canarias . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 30.480.000 31.364.340 61.844.340

Cantabria . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 10.570.000 11.570.000 22.140.000

Castilla y León . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 51.800.000 51.800.000 103.600.000

Castilla-La Mancha . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 35.590.000 35.590.000 71.180.000

Cataluña . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 104.020.000 104.020.000 208.040.000

Extremadura . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 23.070.000 23.070.000 46.140.000

Galicia . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 56.690.000 56.690.000 113.380.000

Madrid . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 84.520.000 87.369.052 171.889.052

Murcia . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 20.660.000 27.580.500 48.240.500

La Rioja . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 10.500.000 10.500.000 21.000.000

Valencia . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 71.370.000 76.721.231 148.091.231

Ceuta . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 2.170.000 2.170.000 4.340.000

Melilla . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 2.030.000 2.030.000 4.060.000

Totales . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 700.000.000 748.830.847 1.448.830.847

ANEXO II (Ver imagen página 14957)

Programas del Plan de Acción para Personas con Discapacidad

COFINANCIACIÓN DE PROYECTOS 2000

Ciudad Autónoma de Ceuta

Cofinanciación

Programa Admón. Gral.

CC.AA. CC.LL. ONG,S Total

Total convocatoria

Centro ocupacional . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 2.170.000 2.170.000 - - 2.170.000 4.340.000

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