Suscrito el Protocolo 2000 adicional al Convenio de colaboración
firmado el 30 de diciembre de 1999, entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos
Sociales y la Ciudad de Ceuta, para la realización de proyectos del Plan
de Acción Integral para Personas con Discapacidad, y en cumplimiento
de lo dispuesto en el punto dos del artículo 8 de la Ley 30/1992, de 26
de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y
del Procedimiento Administrativo Común, procede la publicación en el
"Boletín Oficial del Estado" del citado Protocolo, que figura como anexo
de esta Resolución.
Lo que se hace público a los efectos oportunos.
Madrid, 12 de febrero de 2001.-El Secretario general Técnico, Luis
Martínez-Sicluna Sepúlveda.
ANEXO
Protocolo 2000 adicional al Convenio de Colaboración suscrito el 30
de diciembre de 1999 entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
y la Ciudad Autónoma de Ceuta para la realización de proyectos del
Plan de Acción Integral para Personas con Discapacidad
En Madrid, a 19 de diciembre de 2000.
REUNIDOS
De una parte, el excelentísimo señor don Juan Carlos Aparicio Pérez,
como Ministro de Trabajo y Asuntos Sociales, nombrado por Real
Decreto 561/2000, de 27 de abril ("Boletín Oficial del Estado" número 102, del 28),
en nombre y representación de la Administración General del Estado en
virtud de lo dispuesto en el artículo segundo, apartado 4, de la Ley 4/1999,
de 13 de enero, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,
de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y el Procedimiento
Administrativo Común ("Boletín Oficial del Estado" del día 14).
Y, de otra parte, el excelentísimo señor don Justo Ostalé Blanco,
Consejero de Salud Pública, Bienestar Social y Mercados de la Ciudad
Autónoma de Ceuta, nombrado por Decreto de la Presidencia de la Ciudad
de 28 de agosto de 1999, en nombre y representación de la Ciudad
Autónoma de Ceuta, por delegación de competencias por el Decreto de 1 de
septiembre de 1999.
EXPONEN
Primero.-Que el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y las Ciudad
Autónoma de Ceuta suscribieron en fecha 30 de diciembre de 1999
Convenio de Colaboración para la cofinaniación de Programas del Plan de
Acción Integral para personas con Discapacidad.
Segundo.-Que el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, en virtud
de las competencias que le vienen atribuidas por la Constitución y el Real
Decreto 692/2000, de 12 de mayo, que establece su estructura básica y
la Ciudad Autónoma de Ceuta, de conformidad con lo establecido en la
Ley Orgánica 1/1995, de 13 de marzo, que aprueba el Estatuto de Autonomía
de la misma, tienen competencias en materia de Acción Social y Servicios
Sociales.
Por otra parte en la Ley 54/1999 de 29 de diciembre, de presupuestos
Generales del Estado para 2000 ("Boletín Oficial del Estado" número 312,
del 30), y el Acuerdo Plenario de 23 de marzo de 2000 ("Boletín Oficial
de la Ciudad de Ceuta" Extraordinario número 14, del 23), de Presupuestos
Generales de la Ciudad Autónoma de Ceuta, establecen dotaciones
presupuestarias para estos fines.
Tercero.-Que el Convenio citado, establece en su cláusula sexta la
prórroga automática de aquél para convocatorias sucesivas, de no mediar
denuncia expresa de alguna de las partes.
Cuarto.-Que, no obstante, de esa prórroga automática se excluyen las
cantidades económicas expresadas en la cláusula segunda del citado
Convenio así como los proyectos especificados en el anexo I del mismo, que
deberán ser actualizados cada año con el fin de ajustarlos a los
presupuestos presentados por las Comunidades Autónomas y las previsiones
presupuestarias que se establezcan.
Quinto.-Que, de conformidad con las Comunidades Autónomas en la
Conferencia Sectorial de Asuntos Sociales celebrada el día 7 de febrero
de 2000, por Acuerdo del Consejo de Ministros de fecha 18 de febrero
de 2000, publicado en el "Boletín Oficial del Estado" número 57, de fecha 7
de marzo, se aprobaron los criterios de distribución entre Comunidades
Autónomas del Crédito Presupuestario con una dotación de 700.000.000
de pesetas (setecientos millones de pesetas) incluido en la
aplicación 19.04.313L.455, así como las prioridades a las que deberán ajustarse
los proyectos a cofinanciar.
Sexto.-Que habiéndose efectuado, conforme al procedimiento previsto
en el Convenio antes citado, la determinación de las aportaciones
económicas de las partes correspondiente al año 2000, procede
instrumentarlas a través del presente Protocolo Adicional, junto con la selección
de proyectos realizada por la Ciudad Autónoma de Ceuta y aprobada,
asimismo, a efectos de cofinanciación conjunta.
Por todo lo manifestado, en base al artículo 6 de la Ley 30/1992, de 26
de noviembre y de la cláusula sexta del Convenio de Colaboración para
la realización de proyectos del Plan de Acción Integral para Personas
con Discapacidad suscrito el 30 de diciembre de 1999 entre el Ministerio
de Trabajo y Asuntos Sociales y la Ciudad Autónoma de Ceuta ambas
partes acuerdan suscribir el presente "Protocolo Adicional", el cual se regirá
por las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.-La Administración General del Estado y la Ciudad Autónoma
de Ceuta incorporan al Convenio de Colaboración de fecha 30 de diciembre
de 1999 los proyectos seleccionados conjuntamente para su ejecución
durante el ejercicio económico de 2000, los cuales se unen al mismo
mediante el anexo I.
La duración de este Protocolo Adicional, de acuerdo con la cláusula
sexta del citado Convenio de Colaboración suscrito en 1999, se establece
para el año 2000 y su correspondiente ejercicio económico, dado que al
mismo se refieren las dotaciones presupuestarias que cada parte designa
para su financiación.
Segunda.-Que con cargo a la aplicación presupuestaria 19.04.313L.455,
del Plan de Acción Integral para Personas con Discapacidad, la aportación
económica del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales para los fines
del presente Protocolo, es de 2.170.000 pesetas (dos millones ciento setenta
mil pesetas).
La Ciudad Autónoma de Ceuta, las Corporaciones Locales y las
Instituciones, en su caso, de conformidad con los acuerdos suscritos entre
ellas se comprometen a asumir la corresponsabilidad en la financiación
en una cuantía no inferior al 50 por 100 aportando la cantidad de 2.170.000
pesetas (dos millones ciento setenta mil pesetas). La Ciudad Autónoma
de Ceuta ha presentado el correspondiente certificado de retención de
crédito por la cuantía de su participación.
Tercera.-La dotación económica para la ejecución del Convenio, dentro
del ejercicio económico 2000, es la que aparece desglosada por cada
Comunidad Autónoma en el anexo II.
Y en prueba de conformidad, suscriben el presente Protocolo Adicional
en triplicado ejemplar, en el lugar y fecha anteriormente indicados.-El
Ministro de Trabajo y Asuntos Sociales, Juan Carlos Aparicio Pérez.-El
Consejero de Salud Pública, Bienestar Social y Mercados, Justo Ostalé
Blanco.
ANEXO I (Ver imagen página 14956)
Plan de Cofinanciación para Personas con Discapacidad
COFINANCIACIÓN PROYECTOS AÑO 2000-08-09
Total proyectosCC.AA. Admón. Gral. MTAS CC.AA.
Andalucía . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 137.490.000 139.897.027 277.387.027
Aragón . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 23.740.000 35.610.000 59.350.000
Asturias . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 21.570.000 21.570.000 43.140.000
Illes Balears . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 13.730.000 31.278.697 45.008.697
Canarias . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 30.480.000 31.364.340 61.844.340
Cantabria . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 10.570.000 11.570.000 22.140.000
Castilla y León . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 51.800.000 51.800.000 103.600.000
Castilla-La Mancha . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 35.590.000 35.590.000 71.180.000
Cataluña . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 104.020.000 104.020.000 208.040.000
Extremadura . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 23.070.000 23.070.000 46.140.000
Galicia . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 56.690.000 56.690.000 113.380.000
Madrid . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 84.520.000 87.369.052 171.889.052
Murcia . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 20.660.000 27.580.500 48.240.500
La Rioja . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 10.500.000 10.500.000 21.000.000
Valencia . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 71.370.000 76.721.231 148.091.231
Ceuta . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 2.170.000 2.170.000 4.340.000
Melilla . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 2.030.000 2.030.000 4.060.000
Totales . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 700.000.000 748.830.847 1.448.830.847
ANEXO II (Ver imagen página 14957)
Programas del Plan de Acción para Personas con Discapacidad
COFINANCIACIÓN DE PROYECTOS 2000
Ciudad Autónoma de Ceuta
Cofinanciación
Programa Admón. Gral.
CC.AA. CC.LL. ONG,S Total
Total convocatoria
Centro ocupacional . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 2.170.000 2.170.000 - - 2.170.000 4.340.000
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Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid