Suscrito el Protocolo 2000 adicional al Convenio de colaboración firmado el 18 de diciembre de 1997, entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Comunidad Autónoma de Extremadura, para la realización de proyectos del Plan de Acción Integral para Personas con Discapacidad, y en cumplimiento de lo dispuesto en el punto dos del artículo 8 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del citado Protocolo, que figura como anexo de esta Resolución.
Lo que se hace público a los efectos oportunos.
Madrid, 12 de febrero de 2001.–El Secretario general técnico, Luis Martínez-Sicluna Sepúlveda.
En Madrid, a 19 de diciembre de 2000.
REUNIDOS
De una parte, el excelentísimo señor don Juan Carlos Aparicio Pérez, como Ministro de Trabajo y Asuntos Sociales, nombrado por Real Decreto 561/2000, de 27 de abril («Boletín Oficial del Estado» número 102, del 28), en nombre y representación de la Administración General del Estado, en virtud de lo dispuesto en el artículo 2, apartado 4, de la Ley 4/1999, de 13 de enero, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común («Boletín Oficial del Estado» del 14).
Y de otra parte, la ilustrísima señora doña Ana Garrido Chamorro, Consejera de Bienestar Social de la Comunidad Autónoma de Extremadura, nombrada por Decreto del Presidente 14/1999, de 20 de julio, en nombre y representación de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Ambas partes se reconocen mutua capacidad para obligarse y convenir, y
EXPONEN
Que el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Comunidad Autónoma de Extremadura suscribieron, en fecha 18 de diciembre de 1997, Convenio de colaboración para la cofinanciación de programas del Plan de Acción Integral para Personas con Discapacidad.
Que el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, en virtud de las competencias que le vienen atribuidas por la Constitución y el Real Decreto 692/2000, de 12 de mayo, que establece su estructura orgánica básica, y la Comunidad Autónoma de Extremadura, de conformidad con lo establecido en la Ley Orgánica 1/1983, de 25 de febrero, que aprueba el Estatuto de Autonomía de la misma, tienen competencias en materia de acción social y servicios sociales.
Por otra parte, en la Ley 54/1999, de 29 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2000 («Boletín Oficial del Estado» número 312, del 30), y en la Ley 3/1999, de 22 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2000 («Diario Oficial de Extremadura» del 31), se establecen dotaciones presupuestarias para estos fines.
Que el Convenio citado establece en su cláusula sexta la prórroga automática de aquél para convocatorias sucesivas, de no mediar denuncia expresa de alguna de las partes.
Que, no obstante, de esa prórroga automática se excluyen las cantidades económicas expresadas en la cláusula segunda del citado Convenio, así como los proyectos especificados en el anexo I del mismo, que deberán ser actualizados cada año con el fin de ajustarlos a los presupuestos presentados por las Comunidades Autónomas y las previsiones presupuestarias que se establezcan.
Que, de conformidad con las Comunidades Autónomas en la Conferencia Sectorial de Asuntos Sociales celebrada el día 7 de febrero de 2000, el Gobierno por Acuerdo de Consejo de Ministros, de fecha 18 de febrero de 2000, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» número 57, de 7 de marzo, aprobó los criterios de distribución entre Comunidades Autónomas del crédito presupuestario, con una dotación de 700.000.000 de pesetas, incluido en la aplicación 19.04.313L.455, así como las prioridades a las que deberán ajustarse los proyectos a cofinanciar.
Que habiéndose efectuado, conforme al procedimiento previsto en el Convenio antes citado, la determinación de las aportaciones económicas de las partes correspondientes al año 2000, procede instrumentarlas a través del presente Protocolo adicional, junto con la selección de proyectos realizada por la Comunidad Autónoma de Extremadura y aprobada, asimismo, a efectos de financiación conjunta.
Por todo lo manifestado, en base al artículo 6 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, y de la cláusula sexta del Convenio de colaboración para la realización de proyectos del Plan de Acción Integral para Personas con Discapacidad suscrito el 18 de diciembre de 1997, entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Comunidad Autónoma de Extremadura, ambas partes acuerdan suscribir el presente «Protocolo adicional», el cual se regirá por las siguientes
CLÁUSULAS
La Administración General del Estado y la Comunidad Autónoma de Extremadura incorporan al Convenio de colaboración de fecha 18 de diciembre de 1997 los proyectos seleccionados conjuntamente para su ejecución durante el ejercicio económico de 2000, los cuales se unen al mismo mediante el anexo I.
La duración de este Protocolo adicional, de acuerdo con la cláusula sexta del citado Convenio de colaboración suscrito en 1997, se establece para el año 2000 y su correspondiente ejercicio económico, dado que al mismo se refieren las dotaciones presupuestarias que cada parte designa para su financiación.
Que con cargo a la aplicación presupuestaria 19.04.313L.455 del Plan de Acción Integral para Personas con Discapacidad, la aportación económica del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales para los fines del presente Protocolo es de 23.070.000 pesetas.
La Comunidad Autónoma de Extremadura se compromete a asumir la corresponsabilidad en la financiación en una cuantía no inferior al 50 por 100 aportando la cantidad de 23.070.000 pesetas. La Comunidad Autónoma de Extremadura ha presentado el correspondiente certificado de retención de crédito por la cuantía de su participación.
La dotación económica para la ejecución del Convenio, dentro del ejercicio económico 2000, es la que aparece desglosada para cada Comunidad Autónoma en el anexo II.
Y en prueba de conformidad, suscriben el presente Protocolo adicional, en triplicado ejemplar, en el lugar y fecha antes indicados.–El Ministro de Trabajo y Asuntos Sociales, Juan Carlos Aparicio Pérez.–La Consejera de Bienestar Social, Ana Garrido Chamorro.
COFINANCIACIÓN PROYECTOS AÑO 2000
Comunidades Autónomas |
Administración General MTAS – Pesetas |
Comunidades Autónomas – Pesetas |
Total proyectos – Pesetas |
---|---|---|---|
Andalucía. | 137.490.000 | 139.897.027 | 277.387.027 |
Aragón. | 23.740.000 | 35.610.000 | 59.350.000 |
Asturias. | 21.570.000 | 21.570.000 | 43.140.000 |
Baleares. | 13.730.000 | 31.278.697 | 45.008.697 |
Canarias. | 30.480.000 | 31.364.340 | 61.844.340 |
Cantabria. | 10.570.000 | 11.570.000 | 22.140.000 |
Castilla y León. | 51.800.000 | 51.800.000 | 103.600.000 |
Castilla-La Mancha. | 35.590.000 | 35.590.000 | 71.180.000 |
Cataluña. | 104.020.000 | 104.020.000 | 208.040.000 |
Extremadura. | 23.070.000 | 23.070.000 | 46.140.000 |
Galicia. | 56.690.000 | 56.690.000 | 113.380.000 |
Madrid. | 84.520.000 | 87.369.052 | 171.889.052 |
Murcia. | 20.660.000 | 27.580.500 | 48.240.500 |
La Rioja. | 10.500.000 | 10.500.000 | 21.000.000 |
Valencia. | 71.370.000 | 76.721.231 | 148.091.231 |
Ceuta. | 2.170.000 | 2.170.000 | 4.340.000 |
Melilla. | 2.030.000 | 2.030.000 | 4.060.000 |
Totales. | 700.000.000 | 748.830.847 | 1.448.830.847 |
COFINANCIACIÓN DE PROYECTOS 2000
Comunidad Autónoma de Extremadura
Programa |
Administración General – Pesetas |
Cofinanciación |
Total convocatoria – Pesetas |
|||
---|---|---|---|---|---|---|
CC. AA. – Pesetas |
CC. LL. – Pesetas |
ONGs – Pesetas |
Total – Pesetas |
|||
Atención domiciliaria FEAPS. | 7.000.000 | 7.000.000 | 7.000.000 | 14.000.000 | ||
Respiro familiar S. Down. | 2.500.000 | 2.500.000 | 2.500.000 | 5.000.000 | ||
Respiro ocio y t, libre APNABA. | 2.520.000 | 2.520.000 | 2.520.000 | 5.040.000 | ||
Respiro familiar Mapache. | 1.800.000 | 1.800.000 | 1.800.000 | 3.600.000 | ||
Respiro familiar Aspaceba. | 3.750.000 | 3.750.000 | 3.750.000 | 7.500.000 | ||
Respiro familiar Aspace. | 5.000.000 | 5.000.000 | 5.000.000 | 10.000.000 | ||
Taller ocupacional. | 500.000 | 500.000 | 500.000 | 1.000.000 | ||
Total. | 23.070.000 | 23.070.000 | 23.070.000 | 46.140.000 |
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