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Documento BOE-A-2001-7993

Decreto 38/2001, de 27 de febrero, por el que se aprueba el cambio de denominación del municipio de Llosa de Ranes por la forma en valenciano de la Llosa de Ranes.

Publicado en:
«BOE» núm. 98, de 24 de abril de 2001, páginas 15034 a 15035 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad Valenciana
Referencia:
BOE-A-2001-7993

TEXTO ORIGINAL

El Ayuntamiento de Llosa de Ranes, en la sesión celebrada el día 30 de diciembre de 1999, solicitó el cambio del nombre actual del municipio por la forma tradicional en valenciano de la Llosa de Ranes.

La Dirección General de Ordenación e Innovación Educativa y Política Lingüística, de la Consejería de Cultura y Educación, considera correcta en valenciano la grafía la Llosa de Ranes.

La Ley de la Generalidad Valenciana 4/1983, de 23 de noviembre, de Uso y Enseñanza del Valenciano, dispone en el artículo 15.1 que corresponde al Gobierno Valenciano determinar los nombres oficiales de los municipios de la Comunidad Valenciana.

En virtud de todo ello, visto el expediente instruido por el Ayuntamiento de Llosa de Ranes, para la modificación de la denominación actual del municipio por la forma tradicional en valenciano la Llosa de Ranes, en el que se acredita el cumplimiento de las prescripciones exigidas en la legislación vigente, a propuesta del Consejero de Justicia y Administraciones Públicas y previa deliberación del Gobierno Valenciano, en la reunión del día 27 de febrero de 2001, dispongo:

Artículo único.

El municipio de Llosa de Ranes de la provincia de Valencia, adoptará la denominación tradicional en valenciano de la Llosa de Ranes.

Las referencias que al antiguo nombre se hubieren realizado por los órganos del Estado y otros organismos públicos se entenderán hechas, a partir de la publicación del presente Decreto en el «Boletín Oficial del Estado», a la nueva denominación.

Contra el presente Decreto, que pone fin a la vía administrativa, procede interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo establecido en los artículos 48, 109.c) y 107.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y los artículos 10, 14 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Todo ello sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar cualquier otra vía que estimen oportuna.

Valencia, 27 de febrero de 2001.‒El Presidente, Eduardo Zaplana Hernández-Soro.‒El Consejero de Justicia y Administraciones Públicas, Carlos González Cepeda.

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