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Documento BOE-A-2001-8353

Resolución de 5 de abril de 2001, de la Dirección General de Trabajo, por la que se dispone la inscripción en el Registro y publicación del Acuerdo sobre renuncia a la aplicación del Convenio Colectivo del Grupo Agio ("Administración, Gestión, Información, Organización Empresa de Trabajo Temporal, Agio TT, Sociedad Anónima"; "Administración, Gestión, Información, Organización Agio, Sociedad Anónima"; "Agio Contratas, Sociedad Limitada" y "Agio Formación, Sociedad Limitada), III Convenio Colectivo Estatal de Empresas de Trabajo Temporal.

Publicado en:
«BOE» núm. 102, de 28 de abril de 2001, páginas 15517 a 15518 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
Referencia:
BOE-A-2001-8353
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2001/04/05/(11)

TEXTO ORIGINAL

Visto el texto del Acuerdo sobre renuncia a la aplicación del Convenio Colectivo del Grupo Agio («Administración, Gestión, Información, Organización Empresa de Trabajo Temporal, Agio TT, Sociedad Anónima»; «Administración, Gestión, Información, Organización Agio, Sociedad Anónima»; «Agio Contratas, Sociedad Limitada» y «Agio Formación, Sociedad Limitada), (código de Convenio número 9009342), publicado en el «Boletín Oficial del Estado» de 11 de abril de 1996, y adhesión al III Convenio Colectivo Estatal de Empresas de Trabajo Temporal, acuerdo que fue suscrito con fecha 14 de febrero de 2001 de una parte por los designados por la Dirección de la Empresa en representación de la misma y de otra por el Comité de Empresa, en representación de los trabajadores y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3 del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y en el Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios Colectivos de trabajo,

Esta Dirección General de Trabajo resuelve:

Primero.

Ordenar la inscripción del citado Acuerdo en el correspondiente Registro de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.

Segundo.

Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 5 de abril de 2001.—La Directora general, Soledad Córdoba Garrido.

ACTA DE ADHESIÓN AL III CONVENIO COLECTIVO ESTATAL DE EMPRESAS DE TRABAJO TEMPORAL

REUNIDOS

En Madrid, en el domicilio social, calle O’Donnell, 30, 1.o A, 28009 Madrid, a 14 de febrero de 2001, siendo las diez horas, las representaciones social y empresarial de Administración, Gestión, Información, Organización Empresa de Trabajo Temporal, Agio T.T., Sociedad Anónima»», con Número de Autorización Administrativa Nacional (N.A.E.T.T.) 79/0015/94.

Por la parte empresarial, doña Rosario Fernández Durán y doña Araceli Berrocal Velasco.

Por la parte social, doña Cristina Gutiérrez García.

MANIFIESTAN

1. Que en fecha 28 de diciembre de 1995 ambas partes suscribieron el Convenio Colectivo del Grupo Agio (Administración, Gestión Información, Organización, Empresa de Trabajo Temporal, Agio T.T., Sociedad Anónima»; «Administración, Gestión, Información, Organización Agio, Sociedad Anónima»; «Agio Contratas, Sociedad Limitada» y «Agio Formación, Sociedad Limitada), publicado en el «Boletín Oficial del Estado» el día 11 de abril de 1966, con el número 8.119.

2. Que en fecha 18 de enero de 1999 ambas partes suscribieron Acuerdo de Modificación del Convenio Colectivo del Grupo Agio (Administración, Gestión Información, Organización, Empresa de Trabajo Temporal, Agio T.T., Sociedad Anónima»; «Administración, Gestión, Información, Organización Agio, Sociedad Anónima»; «Agio Contratas, Sociedad Limitada» y «Agio Formación, Sociedad Limitada»), publicado en el «Boletín Oficial del Estado» el día 31 de marzo de 1999, con el número 7.436.

3. Que con fecha 28 de julio de 2000, se firmó el tercer Convenio Colectivo Estatal de Empresas de Trabajo Temporal publicado en el «Boletín Oficial del Estado» en el día 10 de noviembre de 2000, con el número 20.400, resultando su contenido de plena aplicación a esta empresa (Agio T.T., Sociedad Anónima») dada la identidad de actividades y siendo éste, en su conjunto más favorable para los intereses del trabajador.

4. Que ambas partes se reconocen mutua capacidad y legitimación para negociar la adhesión a precitado Convenio y, por todo ello.

ACUERDAN

Primero.

Constituirse en Comisión Negociadora, según la composición siguiente:

Por parte de la empresa: Doña Rosario Fernández Durán y doña Araceli Berrocal Velasco.

Por parte de los trabajadores: Doña Cristina Gutiérrez García.

Segundo.

Renunciar a la aplicación del Convenio Colectivo del «Grupo Agio» publicado en el «Boletín Oficial del Estado» del día 11 de abril de 1996, con el número 8.119 y a la modificación del mismo publicada en el «Boletín Oficial del Estado» el día 31 de marzo de 1999, con el número 7.436 y en consecuencia, adherirse a la totalidad del contenido del III Convenio Colectivo Estatal de Empresas de Trabajo Temporal publicado en el «Boletín Oficial del Estado» el día 10 de noviembre de 2000, con el número 20.400.

En caso de que por cualquier motivo, el citado convenio Estatal deviniera inaplicable, ambas partes acordarian la aplicación inmediata del Convenio Colectivo del Grupo Agio.

Tercero.

Solicitar de la Autoridad Laboral, el registro, depósito y posterior publicación de la presente adhesión en el «Boletín Oficial del Estado».

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 05/04/2001
  • Fecha de publicación: 28/04/2001
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con:
    • art. 90.2 y 3 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo (Ref. BOE-A-1995-7730).
    • Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo (Ref. BOE-A-1981-12841).
  • ADHESIÓN al III Convenio Colectivo estatal de Empresas de Trabajo Temporal publicado por Resolución de 19 de octubre de 2000 (Ref. BOE-A-2000-20400).
Materias
  • Convenios colectivos
  • Empresas de trabajo temporal
  • Negociación colectiva

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