Vista la propuesta formulada por el Tribunal calificador de las
pruebas selectivas para ingreso en el Cuerpo General
Administrativo de la Administración del Estado, especialidad de Agentes
de la Hacienda Pública, convocadas por Resolución de la Dirección
General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria de 24
de noviembre de 1999 ("Boletín Oficial del Estado" del día 11
de diciembre) y verificada la concurrencia de los requisitos exigidos
en las bases de la convocatoria.
En su virtud, esta Secretaría de Estado para la Administración
Pública, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 25 del
Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba
el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la
Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de
Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de
la Administración General del Estado y el artículo 6.3 del Real
Decreto 2169/1984, de 28 de noviembre, de atribución de
competencias en materia de personal, a propuesta de la Dirección
General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria,
resuelve:
Primero.-Nombrar funcionarios de carrera del Cuerpo General
Administrativo de la Administración del Estado, especialidad de
Agentes de la Hacienda Pública, a los aspirantes aprobados que
se relacionan en el anexo de esta resolución, ordenados de acuerdo
con la puntuación final obtenida, con expresión de los destinos
que se les adjudican.
Segundo.-Para adquirir la condición de funcionarios de
carrera, deberán prestar juramento o promesa, de conformidad con
lo establecido en el Real Decreto 707/1979, de 5 de abril, y tomar
posesión de sus destinos en el plazo de un mes, contado a partir
del día siguiente al de la publicación de esta Resolución en el
"Boletín Oficial del Estado".
Tercero.-El aspirante aprobado con número de orden 62, don
Marcos Veiga Saco, no es nombrado funcionario de carrera del
citado Cuerpo, por los motivos recogidos en la base 9.3 de la
convocatoria de las pruebas selectivas.
Cuarto.-Contra esta resolución, que pone fin a la vía
administrativa, se podrá interponer potestativamente recurso de
reposición ante esta Secretaría de Estado en el plazo de un mes, a
contar desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad
con lo establecido en los artículos 116 y 117 de la Ley de Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, de 26 de noviembre de 1992, o bien
recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo
ContenciosoAdministrativo de la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses,
a partir, asimismo, del día siguiente al de su publicación, de
conformidad con lo dispuesto en el artículo 11.1.a) de la Ley
reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 13 de julio
de 1998.
Lo que comunico a VV. II.
Madrid, 10 de abril de 2001.-El Secretario de Estado, Ignacio
González González.
Ilmos. Sres. Director general de la Agencia Estatal de
Administración Tributaria y Directora general de la Función Pública.
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