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Documento BOE-A-2001-857

Resolución de 28 de diciembre de 2000, de la Universidad Nacional de Educación a Distancia, por la que se convoca concurso específico para la provisión de puesto de trabajo en esta Universidad, correspondiente a los grupos A y B.

Publicado en:
«BOE» núm. 11, de 12 de enero de 2001, páginas 1468 a 1471 (4 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Universidades
Referencia:
BOE-A-2001-857

TEXTO ORIGINAL

Vacante puesto de trabajo de personal de Administración y

Servicios que se relaciona en el Anexo I, dotado

presupuestariamente, y cuya provisión se estima conveniente en atención a

las necesidades del servicio,

Este Rectorado, en virtud de las atribuciones conferidas por

el artículo 18, en relación con el 3.e) de la Ley de Reforma

Universitaria, y por el artículo 35 de los Estatutos de la Universidad,

aprobados por Real Decreto 1287/1985, de 26 de junio ("Boletín

Oficial del Estado" de 31 de julio) ; de acuerdo con lo dispuesto

en el artículo 20 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas

para la Reforma de la Función Pública, según la redacción dada

por la Ley 23/1988, de 28 de julio, en la relación de puestos

de trabajo de la Universidad, y en el Real Decreto 364/1995,

de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General

de Ingreso del Personal al servicio de la Administración General

del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción

Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración

General del Estado, ha resuelto convocar concurso específico para

cubrir el citado puesto vacante con arreglo a las siguientes:

Bases de la convocatoria

Primera.-1. Podrán tomar parte en el presente concurso los

funcionarios de carrera de la Administración del Estado, Seguridad

Social, Comunidades Autónomas y Universidades, de los Cuerpos

y Escalas clasificados en los grupos A y B comprendidos en el

artículo 25 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, con excepción

del personal docente e investigador, sanitario, de Correos y

Telecomunicaciones, de Instituciones Penitenciarias y Transporte

Aéreo y Meteorología.

2. Podrán participar en la convocatoria los funcionarios que

se encuentren en servicio activo, servicios especiales, servicios

en Comunidades Autónomas, excedencia forzosa, procedentes de

la situación de suspenso que hayan cumplido el período de

suspensión, excedencia voluntaria, y excedencia para el cuidado de

hijo.

3. Los funcionarios en activo con destino definitivo podrán

participar siempre que hayan transcurrido dos años desde la toma

de posesión del último destino obtenido, salvo las excepciones

a las que se refiere el apartado f) del artículo 20 de la Ley 30/1984,

de 2 de agosto, en la redacción dada por la Ley 23/1988, de

28 de julio.

4. Los funcionarios en situación de servicios en Comunidades

Autónomas sólo podrán tomar parte en el presente concurso si

han transcurrido dos años desde su transferencia o traslado.

5. Los funcionarios en excedencia voluntaria por interés

particular [artículo 29.3.c), de la Ley 30/1984] sólo podrán participar

si han transcurrido dos años desde que fueron declarados en dicha

situación.

6. Los funcionarios en situación de excedencia para el cuidado

de hijos que tengan reservado su puesto de trabajo, sólo podrán

participar en el concurso si han transcurrido dos años desde la

toma de posesión de dicho puesto.

7. Todos los requisitos y plazos establecidos se referirán a

la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias.

Segunda.-Los funcionarios con alguna discapacidad podrán

instar en la propia solicitud de vacante la adaptación del puesto

de trabajo solicitado que no suponga una modificación exorbitante

en el contexto de la organización. La Comisión de Valoración

podrá recabar del interesado, en entrevista personal, la

información que estime necesaria en orden a la adaptación aducida, así

como el dictamen de los órganos técnicos de la Administración

Laboral, Sanitaria o de los competentes del Ministerio de Asuntos

Sociales y, en su caso, de la Comunidad Autónoma

correspondiente, respecto de la procedencia de la adaptación y de la

compatibilidad con el desempeño de las tareas y funciones del puesto

en concreto.

Tercera.-El puesto de trabajo objeto de la convocatoria se

detalla en el anexo I. Los concursantes habrán de reunir los

requisitos de grupo que se señalan en el mismo y de Cuerpo o Escala

de los establecidos en la relación de puestos de trabajo de esta

Universidad.

Cuarta.-Los méritos a valorar serán los que se indican, de

acuerdo con el baremo de puntuación que a continuación se

detalla:

Primera fase:

4.1 Grado personal consolidado:

4.1.1 Por grado personal igual o superior al del puesto

solicitado: dos puntos.

4.1.2 Por grado personal inferior en dos niveles al del puesto

solicitado: 1,5 puntos.

4.1.3 Por grado personal inferior en tres o más niveles al

del puesto solicitado: un punto.

4.2 Valoración del trabajo desarrollado: La valoración del

trabajo desarrollado en la Universidad Nacional de Educación a

Distancia se hará considerando las Unidades y Niveles administrativos

de los puestos de trabajo donde se hayan prestado servicios

durante los últimos seis años, siempre que dicha plaza se hubiera

obtenido por concurso.

En caso de estar desempeñando un puesto que no se hubiera

obtenido mediante concurso (en comisión de servicios, adscripción

provisional, etc.), la valoración provisional del trabajo se efectuará

siempre en el puesto de origen.

Todo ello según la siguiente tabla:

Puestodetrabajo Númerodeañosenelpuesto

En la misma unidad administrativa . 3,2 3,4 3,6 3,8 4,0 4,2

En la misma área y mismo nivel

administrativo ................... 2,7 2,9 3,1 3,3 3,5 3,7

En la misma área e inferior nivel .... 2,2 2,4 2,6 2,8 3,0 3,2

En diferente área y mismo nivel .... 1,7 1,9 2,1 2,3 2,5 2,7

En diferente área e inferior nivel .... 1,2 1,4 1,6 1,8 2,0 2,2

Años ....................... 1 2 3 4 5 6

En el supuesto de que de la aplicación de la tabla resultase

más de una puntuación, se tendrá en cuenta la más alta añadiendo

a la misma:

Por año trabajado en el área de la plaza objeto de concurso:

a) En un puesto del mismo nivel que ésta: 0,100 puntos.

b) En un puesto de distinto nivel que ésta: 0,075 puntos.

Por año trabajado en un área diferente a la de la plaza objeto

de concurso:

a) En un puesto del mismo nivel que ésta: 0,075 puntos.

b) En un puesto de distinto nivel que ésta: 0,050 puntos.

A los efectos de valoración de estos méritos, se considerará

la Unidad Administrativa como el Servicio objeto del concurso.

La valoración máxima por este apartado será de 4,2 puntos.

4.3 Cursos de formación y perfeccionamiento: Únicamente

se valorarán los cursos que versen sobre materias directamente

relacionadas con las funciones propias del puesto de trabajo objeto

del presente concurso y se acrediten con el certificado o título

correspondiente. En este apartado sólo se tendrán en cuenta los

impartidos con el Plan de Formación de la Gerencia de la

Universidad Nacional de Educación a Distancia, Instituto Nacional

de Administración Pública u Organismos Oficiales.

La valoración máxima por este apartado será de 1,50.

4.4 Antigüedad en la Administración:

4.4.1 Por cada año de servicios reconocidos en la

Administración o fracción superior a seis meses, 0,05 puntos, hasta un

máximo de dos.

4.4.2 Por cada año de servicios prestados en la Universidad

Nacional de Educación a Distancia (UNED) o fracción superior

a seis meses, 0,10 puntos, hasta un máximo de dos.

A los efectos de valoración no se computarán los años de

servicio que hayan sido prestados simultáneamente a otros

igualmente alegados.

La valoración máxima por este apartado será de dos puntos.

4.5 Cuerpo o Escala:

4.5.1 Por pertenecer a Cuerpo o Escala de Grupo A de

clasificación (artículo 25 de la Ley 30/1984), 1,50 puntos.

4.5.2 Por pertenecer a Cuerpo o Escala de Grupo B de

clasificación (artículo 25 de la Ley 30/1984), 1,25 puntos.

Segunda fase:

Para acceder a esta fase y por lo tanto para obtener puesto

a través de esta convocatoria, el aspirante deberá conseguir en

la primera fase, al menos, 5,5 puntos.

4.6 Méritos específicos:

En concepto de méritos específicos adecuados a las

características del puesto de trabajo, se valorarán los reseñados en el

anexo I de esta convocatoria como determinantes de la idoneidad

de quien aspire a desempeñar el puesto.

Para la valoración de estos méritos, los aspirantes deberán

presentar su currículum vitae con las certificaciones, títulos o

justificantes que estimen pertinentes y una Memoria que consistirá

en un análisis de las tareas del puesto y de los requisitos,

condiciones y medios necesarios para su desempeño, a juicio del

candidato, con base en la descripción del puesto contenida en el

anexo I.

La Comisión de Valoración, una vez examinada la

documentación aportada por los concursantes, convocará, para la

celebración de una entrevista, a los candidatos que, según la

cuantificación de sus méritos por baremo, tengan opción efectiva a

la plaza ; la entrevista versará sobre aspectos de la Memoria y

del currículum.

La valoración de esta fase se efectuará mediante puntuación

obtenida con la media aritmética de las otorgadas por cada uno

de los miembros de la Comisión de Valoración, desechándose

la máxima y mínima concedidas o, en su caso, una de las que

aparezca repetidas.

En el proceso de valoración de estos méritos específicos, la

Comisión de Valoración podrá reclamar del concursante cuantas

aclaraciones sobre los méritos alegados crea conveniente, a fin

de realizar una valoración adecuada de los mismos.

La puntuación máxima para esta fase será de tres puntos.

Quinta.-La propuesta de Resolución para la plaza convocada

deberá recaer sobre la persona candidata que haya obtenido la

mayor puntuación, sumados los resultados finales de las distintas

fases.

En caso de empate en la puntuación final, se estará a lo

dispuesto en el Real Decreto 364/1995, Reglamento General de

Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del

Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción

Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General

del Estado, en su artículo 44.4. Si se produjera un nuevo empate,

una vez atendido este criterio, se adjudicará la plaza al concursante

cuyos apellidos sean los primeros en prelación, a partir de la letra

B, de conformidad con lo establecido en la Resolución de la

Secretaría de Estado para la Administración Pública de 23 de febrero

de 2000 ("Boletín Oficial del Estado" de 3 de marzo), por la que

se publica el resultado del sorteo celebrado el día 16 de febrero.

Sexta.-1. Los méritos, así como los requisitos y datos

imprescindibles, deberán ser acreditados por certificado, en copia del

modelo que figura como anexo III de esta Resolución. Dicho

certificado deberá ser expedido por el órgano competente en materia

de personal de cada organismo, o por la Sección de Personal

de Administración y Servicios de la Universidad, cuando se trate

de funcionarios en servicio activo o en excedencia para cuidado

de hijos.

En el caso de los excedentes voluntarios, los certificados serán

expedidos por la Unidad de Personal del Departamento a que

figura adscrito su Cuerpo o Escala, o por la Dirección General

de la Función Pública si pertenece a las Escalas a extinguir de

la AISS o a los Cuerpos dependientes de la Secretaría de Estado

para la Administración Pública. En el caso de las restantes Escalas,

asimismo dependientes de la citada Secretaría de Estado, tales

certificaciones serán expedidas por la Unidad de Personal del

Ministerio u Organismo donde tuvieran su último destino

definitivo.

Las certificaciones se expresarán referidas a la fecha de

finalización del plazo de presentación de solicitudes.

2. Los concursantes que procedan de la situación de suspenso

acompañarán a su solicitud documentación acreditativa de la

terminación de su período de suspensión.

3. Los excedentes voluntarios por interés particular

acompañarán a su solicitud declaración de no haber sido separados

del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas.

4. Los expectantes de destino por supresión del puesto

aportarán certificado al respecto, expedido por la Dirección General

de la Función Pública.

Séptima.-1. Las solicitudes para tomar parte en este

concurso, dirigidas al Excelentísimo Señor Rector Magnífico de la

Universidad Nacional de Educación a Distancia, se ajustarán al

modelo publicado como anexo II de esta Resolución y se

pre

sentarán en el plazo de quince días hábiles, a contar del siguiente

al de la publicación de la presente convocatoria en el "Boletín

Oficial del Estado", bien directamente en las Unidades de Atención

al Público de la Universidad Nacional de Educación a Distancia

sitas en la calle Bravo Murillo, 38 (28015 Madrid) ; Edificio de

Humanidades, calle Senda del Rey, sin número, y Pabellón de

Gobierno, Ciudad Universitaria, sin número (28040 Madrid), bien

en las formas establecidas en el artículo 38 de la Ley, 30/1992,

de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

2. El concursante deberá unir a la solicitud la documentación

que hubiera de acompañar, con su correspondiente índice,

adaptándose al efecto a los modelos que figuran en los anexos

respectivos, así como el currículum vitae, certificaciones, títulos o

justificantes a que hace referencia el baremo correspondiente.

Los anexos a presentar son los siguientes:

Anexo II: Solicitud de participación.

Anexo III: Certificación de la Unidad de Personal.

Anexo IV: Currículum vitae profesional.

Octava.-Los méritos serán valorados por la siguiente

Comisión:

Titulares:

Presidente: Don Luis Herrero Juan, Gerente de la Universidad.

Vocales por la Gerencia: Doña María Teresa Mendiguchía

González, Vicegerente de Coordinación Administrativa, y doña Paloma

Centeno Fernández, Jefa de Servicio de Investigación.

Secretario: Don Ramón Jiménez Romano, Jefe de

Departamento de Recursos Humanos.

La Junta de Personal podrá designar un representante que se

incorporará, con voz y voto, a la Comisión de Valoración.

Novena.-1. Una vez transcurrido el período de presentación

de instancias, las solicitudes formuladas serán vinculantes para

el peticionario, y el destino adjudicado será irrenunciable, excepto

si hubiera obtenido otro en distinto concurso antes de finalizar

el plazo de toma de posesión, en cuyo caso podrá optar entre

ambos puestos de trabajo, viniendo obligado a comunicar la opción

realizada al Rectorado de la Universidad por escrito, dentro del

plazo de tres días desde la notificación de la adjudicación del

otro puesto.

2. El traslado a que pueda dar lugar la adjudicación del puesto

de trabajo tendrá, a todos los efectos, consideración de voluntario.

Décima.-El plazo para la Resolución del Concurso será de

cinco meses, contados desde el día siguiente al de la finalización

de la presentación de solicitudes.

Undécima.-1. El concurso se decidirá por Resolución del

Rectorado de la Universidad Nacional de Educación a Distancia, que

se publicará en el "Boletín Oficial del Estado", determinándose

el puesto de trabajo que se adjudica y el funcionario que se destina

al mismo.

2. El plazo de toma de posesión del nuevo destino obtenido

será de tres días si radica en la misma localidad o de un mes

si radica en distinta localidad o comporta el reingreso al servicio

activo.

El plazo de toma de posesión comenzará a contar a partir del

día siguiente al del cese, que deberá efectuarse dentro de los tres

días hábiles siguientes al de la publicación de la Resolución que

resuelve el concurso. Si la Resolución comporta reingreso al

servicio activo, el plazo de toma de posesión deberá computarse

desde el día siguiente a dicha publicación.

3. El cómputo de los plazos posesorios se iniciará una vez

finalizados los permisos y licencias que en su caso hayan sido

concedidos a los interesados.

4. A todos los efectos, el plazo posesorio se considerará como

de servicio activo, excepto los supuestos a que se refiere el artículo

48.4 del Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio

de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos

de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles

de la Administración General del Estado.

Duodécima.-Contra la presente Resolución, que agota la vía

administrativa, se podrá interponer recurso potestativo de

reposición ante el excelentísimo y magnífico señor Rector de esta

Universidad, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente

a su publicación, o recurso contencioso-administrativo, ante la

Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de

Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses a contar desde el

día siguiente a su publicación.

Madrid, a 28 de diciembre de 2000.-El Rector, Jaime Montalvo

Correa.

ANEXO I

Localidad de destino del puesto de trabajo objeto de la convocatoria: Madrid

Número

de

orden

Denominación del puesto Descripción Nivel Complemento

específico

Adsc.

grupo Méritos específicos Puntos

máximos

1 Jefe/a de Servicio de

Secretaría General.

Responsable bajo la dependencia

orgánica de la Vicegerencia de

Coordinación Administrativa y

funcional de la Secretaría General,

de la gestión, coordinación y

control de los servicios generales,

pruebas presenciales, recursos,

apoyo a órganos colegiados de

gobierno de la Universidad, títulos

oficiales, información y registro

general y apoyo administrativo a

otras unidades adscritas a la

Secretaría General de la Universidad.

26 1.763.260 A/B Amplios conocimientos de

legislación administrativa general y

especialmente legislación

universitaria.

Amplios conocimientos y

experiencia en apoyo administrativo a

órganos colegiados de gobierno de la

Universidad, información y

registro general, recursos, gestión de

servicios generales (transportes,

mensajería, conserjería, etc.),

gestión económica.

Experiencia en dirección de equipos

de trabajo y conocimientos de

informática a nivel de usuario.

Licenciatura en Derecho.

3

ANEXO II

Concurso de méritos convocado por Resolución de la

Universidad Nacional de Educación a Distancia de fecha ................

("Boletín Oficial del Estado" número ........)

Solicitud de participación en el concurso de méritos que

formula:

Don/Doña ..................................................

Documento nacional de identidad número .......................

Domicilio ............................. Teléfono ..............

Localidad ........................ C. P. ........................

Administración a la que pertenece ..............................

Núm. Registro de Personal ....................... Grupo .......

Grado consolidado .............................................

Solicita: Participar en el concurso referenciado en el

encabezamiento, de acuerdo con las bases de la convocatoria, y al efecto

acompaña la documentación que en el índice se detalla,

justificativa de circunstancias, requisitos y méritos.

En ..................... a ..... de ................ de 2001.

ANEXO III

(El certificado debe extenderse por la Unidad de Personal del

Organismo donde preste servicios el/la funcionario/a)

Don/Doña ..................................................

Cargo ..........................................................

Certifico: Los datos que siguen previa verificación del

expediente personal de la persona interesada (1).

1. Datos personales:

Apellidos y nombre ..........................................

Cuerpo o Escala .................. Grupo ...... DNI ............

Código de Cuerpo o Escala ................ NRP ................

2. Situación administrativa:

(Señálese el recuadro correspondiente, cumplimentando los

datos adicionales, en su caso.)

[ ] Servicio activo.

[ ] Servicios especiales.

[ ] Servicio en Comunidades Autónomas.

[ ] Suspensión de funciones.

Fecha de finalización del período de suspensión ..............

[ ] Excedencia forzosa.

[ ] Excedencia voluntaria.

Artículo 29.4 (2) .... o apartado .... artículo 29.3 Ley 30/1984.

Fecha de cese en el servicio activo ...........................

[ ] Otras situaciones ........ Fecha cese serv. activo ........

3. Puesto de trabajo:

[ ] Definitivo (3) [ ] Provisional (4)

Organismo ..................................................

Localidad ......................................................

Denominación .................................................

Fecha toma posesión ....... Nivel complemento destino .......

4. Puesto de trabajo desempeñado en comisión de servicios (5):

Organismo ..................................................

Localidad ......................................................

Denominación .................................................

Fecha toma posesión ....... Nivel complemento destino .......

5. Particularidades (determinar en su caso):

[ ] Se encuentra exceptuado del período de permanencia

previsto en la base primera, número 3.

[ ] Por tener destino dentro de la UNED.

[ ] Por haber sido removido del puesto de trabajo al que

accedió por concurso o libre designación.

[ ] Por supresión del puesto de trabajo.

6. Méritos que acredita (base cuarta):

6.1 Que tiene consolidado grado ...........................

6.2 Puesto de trabajo desempeñado en la

actualidad: ....................... Años y meses.......................

Añosymeses

completos

Otrospuestosdesempeñados:

Denominación Desde Hasta

6.3 Antigüedad en la UNED. Tiempo de servicio efectivo

reconocido:

Años .............. Meses .............. Días ..............

6.4. Antigüedad en otras Administraciones. Tiempo de

servicio reconocido:

Años .............. Meses .............. Días ..............

Lo que expido a petición de la persona interesada y para que

surta efectos en el concurso de méritos convocado por Resolución

de la UNED con fecha ................... de ...................

de 2000 ("Boletín Oficial del Estado" de ........................).

En Madrid, a ................. de ................. de 2001.

El/la Jefe/a de la Unidad de Personal,

(Lugar, fecha, firma y sello)

(1) Los datos se referirán a la fecha de terminación del plazo de presentación

de instancias.

(2) Si no hubiera transcurrido un año desde la fecha de cese, deberá

cumplimentarse el apartado 3 (puesto de trabajo).

(3) Puestosobtenidosporconcurso,libredesignación,nuevoingresoypermuta.

(4) Supuestos de adscripción provisional por reingreso al servicio activo y por

los motivos previstos en el artículo 72.1 del Real Decreto 364/1995, de 10 de

marzo.

(5) En caso de desempeñar un puesto de trabajo en comisión de servicios,

cumplimentar también el apartado 3, referido al puesto de trabajo en propiedad.

ANEXO IV

Currículum vitae

A) Datos personales:

Apellidos:

Nombre:

Documento nacional de identidad (número):

Domicilio (calle):

Domicilio (localidad):

Código postal:

Teléfono:

B) Datos profesionales:

Cuerpo o Escala:

Nivel de complemento de destino:

Grado consolidado:

Historial profesional (con breve descripción de tareas):

C) Datos académicos y aptitudes:

Títulos:

Cursos:

Idiomas:

Otros:

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