Por Resolución de la Secretaría de Estado para la
Administración Pública, de 22 de enero de 2001, fueron nombrados
funcionarios en prácticas del Cuerpo de Gestión de la Administración
Civil del Estado los aspirantes aprobados en las correspondientes
pruebas selectivas.
Una vez superado el curso selectivo previsto en la base 1.5
y 13 de la convocatoria de pruebas selectivas, aprobada por Orden
del Ministerio de Administraciones Públicas, de 9 de diciembre
de 1999 ("Boletín Oficial del Estado" del 14), procede el
nombramiento de funcionarios de carrera en el citado Cuerpo.
Esta Secretaría de Estado para la Administración Pública, de
conformidad con lo dispuesto en el artículo 25 del Real Decreto
364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento
General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración
General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y
Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la
Administración General del Estado, y el artículo 6.3 del Real
Decreto 2169/1984, de 28 de noviembre, de atribución de competencias
en materia de personal, a propuesta del Director del Instituto
Nacional de Administración Pública, resuelve:
Primero.-Nombrar funcionarios de carrera del Cuerpo de
Gestión de la Administración Civil del Estado, a los aspirantes
aprobados que se relacionan en el anexo de esta Resolución, ordenados
de acuerdo con la puntuación final obtenida, con expresión de
los destinos que se les adjudican.
Segundo.-Para adquirir la condición de funcionarios de carrera
deberán prestar juramento o promesa, de conformidad con lo
establecido en el Real Decreto 707/1979, de 5 de abril ("Boletín
Oficial del Estado" del 6), y tomar posesión de su destino en el
plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la
publicación de esta Resolución en el "Boletín Oficial del Estado".
Tercero.-Los aspirantes transferidos a Comunidades
Autónomas con posterioridad a la fecha de publicación de la convocatoria
a que corresponden estas pruebas selectivas deberán tomar
posesión de su nombramiento dentro del plazo que las correspondientes
Administraciones autonómicas determinen, previa adjudicación
del puesto de trabajo a desempeñar, de conformidad con lo
pre
visto en el acuerdo de la Comisión de Coordinación de la Función
Pública, de 28 de mayo de 1998.
Cuarto.-Contra esta Resolución, que pone fin a la vía
administrativa, se podrá interponer potestativamente recurso de
reposición, ante esta Secretaría de Estado, en el plazo de un mes,
a contar desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad
con lo establecido en los artículos 116 y 117 de la Ley de Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, de 26 de noviembre de 1992, o bien
recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo
Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses,
a partir, asimismo, del día siguiente al de su publicación, de
conformidad con lo dispuesto en el artículo 11.1.a) de la Ley
reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, de 13 de
julio de 1998.
Lo que comunico a VV. II.
Madrid, 20 de abril de 2001.-El Secretario de Estado, Ignacio
González González.
Ilmos. Sres. Subsecretarios de los Departamentos ministeriales,
Director general de la Agencia Estatal de Administración
Tributaria y Directora general de la Función Pública.
ANEXO: (Ver imágenes páginas 16244 a 16255)
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