Contido non dispoñible en galego
De conformidad con lo establecido en el artículo 49.1 de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, se participa que en la Sección Séptima de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid se tramita el recurso número 391/01, promovido por don Antonio Sacristán Rodea. Este recurso se interpone contra la denegación presunta del recurso de alzada promovido frente a la Resolución de la Subdirección General de Gestión de Personal de 22 de febrero de 1999, sobre el pacto suscrito en fecha 12 de julio de 1999 entre el INSALUD y las organizaciones sindicales.
Lo que se hace público a efectos de notificación a cuantos aparezcan interesados en el mismo, emplazándoles para que puedan comparecer y personarse ante dicho Tribunal, en el término de nueve días, a partir de la publicación de la presente Resolución en el «Boletín Oficial del Estado». Se hace constar que, de personarse fuera del plazo indicado, se les tendrá por parte en los trámites no precluidos. Si no se personasen oportunamente, continuará el procedimiento por sus trámites, sin que haya lugar a practicarles, en estrados o en cualquier otra forma, notificaciones de clase alguna.
Madrid, 4 de abril de 2001.–El Director general, Josep María Bonet Bertomeu.
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