La disposición transitoria primera, apartado tercero, del Real
Decreto 1174/1987, de 18 de septiembre, por el que se regula
el régimen jurídico de los funcionarios de Administración Local
con habilitación de carácter nacional, establece que los
funcionarios pertenecientes a los Cuerpos y Escalas extinguidos que
no resulten integrados inicialmente en las subescalas en las que
se estructura la habilitación nacional podrán integrarse en las
mismas, siempre que acrediten haber obtenido los niveles de titulación
exigidos en cada caso.
En virtud de lo expuesto, y una vez acreditadas las titulaciones
exigidas,
Este Ministerio dispone:
Integrar en la subescala de Secretaría-Intervención a los
funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter
nacional, procedentes del extinguido Cuerpo de Secretarios de
tercera categoría que a continuación se relaciona:
Doña María Ángeles Ballarín Burrell, documento nacional de
identidad 18.020.961.
Doña María del Carmen Barco Díaz, documento nacional de
identidad 687.144.
Don Antonio Candal Caridad, documento nacional de
identidad 32.397.188.
Doña Francisca Castillón Felices, documento nacional de
identidad 18.007.627.
Don Fernando Díaz Risco, documento nacional de
identidad 76.228.242.
Don David Domínguez Ávila, documento nacional de
identidad 6.950.763.
Don Carlos Esteve Blasco, documento nacional de
identidad 50.260.344.
Doña Lourdes Etxeberria Alzibar, documento nacional de
identidad 15.356.801.
Don Ángel Fernández Lupión, documento nacional de
identidad 51.827.459.
Doña Carmen Hoces Martín, documento nacional de
identidad 24.122.881.
Don Cipriano Alfonso Jiménez Santos, documento nacional
de identidad 7.437.299.
Don Antonio Martín Mayo, documento nacional de
identidad 3.765.292.
Doña María Carmen Martín Muñoz-Baroja, documento nacional
de identidad 2.513.141.
Don José Fernando Mullor Ortiz, documento nacional de
identidad 21.639.520.
Esta Orden es definitiva en la vía administrativa, y contra la
misma cabe interponer recurso potestativo de reposición ante el
Ministro en el plazo de un mes, a partir del día siguiente a la
publicación en el "Boletín Oficial del Estado" o directamente
recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, a contar
de la misma manera ante el Juzgado Central de lo
ContenciosoAdministrativo que corresponda, todo ello con arreglo a lo
dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26
de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, según redacción
dada por Ley 4/1999, y en los artículos 9.a) y 46.1 de la Ley
29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa, así como en las normas concordantes de
la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial y de
la Ley 38/1988, de 28 de diciembre, de Demarcación y Planta
Judicial.
Madrid, 26 de abril de 2001.-El Ministro, P. D. (Orden de
28 de marzo de 2001, "Boletín Oficial del Estado" de 18 de abril),
el Secretario de Estado de Organización Territorial del Estado,
Gabriel Elorriaga Pisarik.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid