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Documento BOE-A-2001-9072

Orden de 24 de abril de 2001 por la que se hacen públicas las relaciones definitivas de los aspirantes que han superado las pruebas selectivas para el ingreso en la Escala Auxiliar de Organismos Autónomos, mediante proceso de consolidación de empleo temporal en el ámbito del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte y sus organismos.

Publicado en:
«BOE» núm. 113, de 11 de mayo de 2001, páginas 17128 a 17140 (13 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Administraciones Públicas
Referencia:
BOE-A-2001-9072

TEXTO ORIGINAL

Finalizadas las pruebas selectivas para el ingreso en la Escala

Auxiliar de Organismos Autónomos, mediante proceso de

consolidación de empleo temporal en el ámbito del Ministerio de

Educación, Cultura y Deporte y sus organismos autónomos,

convocadas por Resolución de 30 de abril de 1999, de la Secretaría

de Estado para la Administración Pública ("Boletín Oficial del

Estado" de 28 de mayo) y de conformidad con el artículo 22.1 del

Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo ("Boletín Oficial del

Estado" de 10 de abril),

Esta Secretaría de Estado ha resuelto:

Primero.-Hacer públicas las relaciones definitivas de

aspirantes que han superado las referidas pruebas selectivas, por orden

de puntuación obtenida en función de la suma de puntuaciones

alcanzadas en los ejercicios de la fase de oposición y en la fase

de concurso, en cada ámbito geográfico.

Estas relaciones aparecen como anexo I de la presente

Resolución.

Segundo.-El plazo para la presentación de los documentos

señalados en la base 9.1 de la convocatoria será de veinte días

naturales contados a partir del día siguiente al de la publicación

de esta Resolución en el "Boletín Oficial del Estado".

Los documentos señalados deberán presentarse en el Ministerio

de Educación, Cultura y Deporte en Madrid, o bien utilizando

los mecanismos previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992,

de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Tercero.-En el mismo plazo de veinte días naturales los

aspirantes aprobados deberán presentar, en los mismos lugares

reseñados en el apartado anterior, la petición de destino en el modelo

de solicitud de destinos que figura como anexo II a esta Resolución,

de entre las vacantes ofertadas por esta Secretaría de Estado. Dicha

petición sólo podrá hacerse entre las vacantes que corresponden

al ámbito geográfico en el que se superó el proceso selectivo,

siguiendo las reglas que se establecen en el siguiente apartado.

Cuarto.-Después de la publicación de la convocatoria de estas

pruebas selectivas se han producido transferencias de

competencias desde el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte a las

Comunidades Autónomas. La adaptación a las distintas políticas

de personal de dichas Comunidades obliga a dar normas de opción

diferentes según la Comunidad Autónoma a la que pertenezca

el ámbito geográfico en el que los aspirantes aprobados superaron

el proceso selectivo.

Los aspirantes solicitarán por orden de preferencia, de acuerdo

con la puntuación total obtenida a lo largo del proceso, las

vacantes de su ámbito geográfico a las que tengan derecho a optar

según las normas expuestas en este apartado, sin perjuicio de

lo establecido en el apartado sexto de esta Resolución. Dichas

vacantes aparecen relacionadas en el anexo III de esta Resolución.

A) Aspirantes aprobados en los ámbitos geográficos de

Albacete, Ciudad Real, Cuenca, Guadalajara, Murcia y Toledo.-Todos

los aspirantes aprobados serán destinados a la Comunidad

Autónoma correspondiente.

B) Aspirantes aprobados en el ámbito geográfico de

Madrid.-Los aspirantes aprobados que en su condición de

funcionarios interinos fueron transferidos después de la fecha de

publicación de esta convocatoria a la Comunidad optarán por las plazas

del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte en este ámbito

geográfico con número de orden del 1 al 70.

Los que tuvieran la condición de funcionarios interinos y no

hayan sido transferidos a la Comunidad y los que no tuvieran

la condición de funcionarios interinos optarán por las plazas de

la Administración General del Estado con número de orden del

71 al 117. Una vez que los aspirantes tomen posesión serán

adscritos a la Unidad de Extranjería de la Delegación del Gobierno

en Madrid los que ocupen las plazas del Ministerio de Educación,

Cultura y Deporte que aparecen reseñadas como plazas a adscribir

a dicha Unidad en el anexo III, de acuerdo con lo dispuesto sobre

reubicación de efectivos en el preámbulo de la Resolución de 30

de abril de 1999, de la Secretaría de Estado para la Administración

Pública, "Boletín Oficial del Estado" del día 28 de mayo de 1999,

en los términos establecidos en el artículo 61 del Real Decreto

364/1995, de 10 de marzo.

C) Aspirantes aprobados en el resto de los ámbitos

geográficos.-En los demás ámbitos los aspirantes aprobados que en su

condición de funcionarios interinos fueron transferidos después

de la fecha de publicación de esta convocatoria a su Comunidad

Autónoma correspondiente, serán destinados a la misma.

En dichos ámbitos los aspirantes aprobados que tuvieran la

condición de funcionarios interinos y no hayan sido transferidos

a la Comunidad respectiva y los que no tuvieran la condición

de funcionarios interinos optarán por las plazas de la

Administración General del Estado.

La adjudicación de plazas en las Comunidades Autónomas a

las que se destinen aspirantes aprobados será realizada por ellas

mismas, en el ejercicio de sus competencias.

Quinto.-A los aspirantes que no presenten solicitud de destino

dentro del plazo señalado en el apartado tercero de esta Resolución

se les adjudicará destino en alguna de las vacantes que resulten

sin adjudicar, dentro del ámbito geográfico por el que optaron,

una vez atendidas las peticiones de los demás aspirantes.

Sexto.-Los aspirantes que a continuación se relacionan

quedan excluidos del proceso de adjudicación de destinos

contemplados en el apartado cuarto de la presente Resolución al haber

sido nominativamente solicitados por la Comunidad Autónoma

de Aragón en virtud de lo dispuesto en el artículo 19.2 de la

Ley de Ordenación de la Función Pública de la Comunidad

Autónoma de Aragón aprobada por Decreto Legislativo 1/1991, de

19 de febrero, modificado por la Ley 12/1996, de 30 de diciembre,

para su destino en la misma y haber expresado su conformidad

con dicho destino.

Doña Ana Isabel Salas Alpuente.

Doña Rosa María Ibáñez Pérez.

Doña María Jesús Gómez Ferrer.

Doña Inmaculada Estopiña Crespo.

Doña María José Sanz Bellido.

Don Francisco Javier Castillo Serrano.

Don Fernando Casorrán Núñez.

Doña Ana Isabel Magdalena Urbón.

Don Pedro Puente Puente.

Doña María del Carmen Sanmartín Arroyo.

Séptimo.-Quienes no presentaran la documentación dentro

del plazo fijado, salvo los casos de fuerza mayor, o del examen

de la misma se dedujera que carecen de alguno de los requisitos

señalados en la base 9.1 de la convocatoria no podrán ser

nombrados funcionarios de carrera y quedarán anuladas sus

actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieren

incurrido por falsedad de la solicitud inicial.

El nombramiento de los aspirantes se realizará por Resolución

del Secretario de Estado para la Administración Pública. La toma

de posesión se realizará en la Administración a la que pertenezca

la plaza adjudicada.

Octavo.-Contra esta Resolución, que pone fin a la vía

administrativa, podrá interponerse, a partir del día siguiente a su

publicación recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano

que lo hubiera dictado, en el plazo de un mes, o directamente

recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante

la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional,

de acuerdo con lo previsto en los artículos 116 y 117 de la Ley

30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común,

modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Madrid, 24 de abril de 2001.-P. D. (Orden de 28 de marzo

de 2001), el Secretario de Estado para la Administración Pública,

Ignacio González González.

Ilmos. Sres. Directora general de la Función Pública, Subsecretario

del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte y Presidente

del Tribunal.

ANEXOS (ver imágenes páginas 17130 a 17140)

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