Advertido error en la Resolución de 22 de marzo de 2001,
de esta Universidad, por la que se convocan pruebas selectivas
para el ingreso en la Escala Auxiliar Administrativa de esta
Universidad, mediante el sistema de concurso-oposición, por medio
de la presente Resolución se procede a la oportuna rectificación.
Así, la base 3.7, que dice: "3.7 Aquellos aspirantes que se
encuentren en la situación de desempleo de forma ininterrumpida
durante el año anterior a la fecha de finalización del plazo de
presentación de solicitudes, estarán exentos de abonar los
derechos de examen dispuestos en la base 3.6. para ello, deberán
acompañar a la solicitud alguno de los siguientes documentos:
Certificado acreditativo expedido por el INEM en el que se haga
constar los términos antes expresados.
Certificado acreditativo de la vida laboral expedido por el INSS
en el que se haga constar que no ha estado de alta durante el
plazo antes señalado."
Debería decir, y de hecho queda ahora de la siguiente forma:
"3.7 Estarán exentas de abonar los derechos de examen dispuestos
en la base 3.6 los aspirantes con discapacidad igual o superior
al 33 por 100, así como aquellos que se encuentren en la situación
de desempleo de forma ininterrumpida durante el mes anterior
a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
Para este caso, deberán acompañar a la solicitud alguno de los
siguientes documentos:
Certificado acreditativo expedido por el INEM en el que se haga
constar los términos antes expresados.
Certificado acreditativo de la vida laboral expedido por el INSS
en el que se haga constar que no ha estado de alta durante el
plazo antes señalado."
Como consecuencia de la presente Resolución, se vuelve a abrir
plazo de presentación de solicitudes, que será de veinte días
naturales a contar desde el siguiente al de la fecha de publicación
de esta Resolución en el "Boletín Oficial del Estado".
La presente Resolución podrá ser recurrida en vía
contencioso-administrativa, en el plazo de dos meses, a contar desde el
día siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial del Estado",
ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid.
Sin perjuicio de lo anterior, igualmente podrá ser recurrida,
potestativamente, en reposición ante este Rectorado, en el plazo de
un mes. En este caso, no podrá interponerse recurso
contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya
producido la desestimación presunta del recurso de reposición
interpuesto.
Alcalá de Henares, 3 de mayo de 2001.-El Rector, Manuel
Gala Muñoz.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid