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Documento BOE-A-2001-911

Resolución de 27 de diciembre de 2000, de la Secretaría de Estado de Educación y Universidades, por la que se conceden los premios "Miguel Hernández", edición del año 2000.

Publicado en:
«BOE» núm. 11, de 12 de enero de 2001, páginas 1512 a 1512 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación, Cultura y Deporte
Referencia:
BOE-A-2001-911

TEXTO ORIGINAL

Por Orden de 9 de mayo de 1991 («Boletín Oficial del Estado» del 15), modificada por Orden de 31 de marzo de 2000 («Boletín Oficial del Estado» de 18 de abril), fueron creados los premios «Miguel Hernández», dirigidos a reconocer la labor realizada por aquellas instituciones públicas o privadas, sin ánimo de lucro, que se distingan por su aportación eficaz en la alfabetización de personas adultas y en favorecer el acceso a la educación de los grupos socialmente desfavorecidos.

La Secretaría de Estado de Educación, Universidades, Investigación y Desarrollo convocó los premios «Miguel Hernández», edición 2000, por Resolución de 11 de mayo de 2000 (Boletín Oficial del Estado» del 23). De acuerdo con lo previsto en el apartado noveno de la citada convocatoria y examinada la propuesta formulada por la Dirección General de Educación, Formación Profesional e Innovación Educativa, una vez estudiada la valoración realizada por el Jurado de Selección y previo preceptivo trámite de audiencia a los interesados, por esta Secretaría de Estado se ha resuelto lo siguiente:

Primero.

Se conceden los premios «Miguel Hernández», edición 2000, a las siguientes candidaturas:

Primer premio, dotado con 1.000.000 de pesetas y una distinción acreditativa, al Centro Público de Educación de Adultos «América», de Sevilla.

Segundo premio, dotado con 500.000 pesetas y una distinción acreditativa, a la «Asociación Cultural Gandalf», de Madrid.

Tercer premio, dotado con 250.000 pesetas y una distinción acreditativa, al Centro Público de Educación de Adultos de Alcolea (Córdoba).

Asimismo, se concede una distinción acreditativa a la «Asociación para el Fomento de Educación de Adultos» (AFEA), de Burgos.

Segundo.

Los trabajos no premiados, cuya calidad ha sido reconocida por el Jurado, podrán ser recogidos por los interesados en la Subdirección General de Formación Profesional (Servicio de Educación de Adultos), en el plazo de treinta días hábiles a partir de la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de esta Resolución.

Tercero.

El primer premio será la candidatura española a los Premios Internacionales de Alfabetización.

Cuarto.

Los trabajos galardonados quedarán en poder de la Dirección General de Educación, Formación Profesional e Innovación Educativa, que podrá difundirlos, considerando la calidad de los mismos y su carácter innovador en los aspectos didácticos o metodológicos.

Quinto.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, los interesados podrán interponer alternativamente recurso potestativo de reposición ante el Secretario de Estado de Educación y Universidades, en el plazo de un mes o recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, computándose ambos plazos desde el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 27 de diciembre de 2000.–El Secretario de Estado, P. D. (Resolución de 11 de mayo de 2000, «Boletín Oficial del Estado» del 23), el Director general de Educación, Formación Profesional e Innovación Educativa, José Luis Mira Lema.

Ilmo. Sr. Director general de Educación, Formación Profesional e Innovación Educativa.

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