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Documento BOE-A-2001-9428

Resolución de 19 de abril de 2001, de la Entidad Pública Empresarial Correos y Telégrafos, por la que se dispone la pérdida de la condición de funcionario de don Felipe Crespo Fernández.

Publicado en:
«BOE» núm. 119, de 18 de mayo de 2001, páginas 17584 a 17584 (1 pág.)
Sección:
II. Autoridades y personal - Nombramientos, situaciones e incidencias
Departamento:
Ministerio de Fomento
Referencia:
BOE-A-2001-9428

TEXTO ORIGINAL

La Audiencia Provincial de Madrid, en sentencia

número 382/1993, de fecha 18 de junio de 1993, condenó a don Felipe

Crespo Fernández, funcionario del Cuerpo Auxiliar Postal y de

Telecomunicación, Escala de Clasificación y Reparto,

A13TC-28508, como autor de un delito de infidelidad en la

custodia de documentos, sin la concurrencia de circunstancias

modificativas de la responsabilidad criminal, a las penas de seis meses

y un día de prisión menor y a la de inhabilitación especial para

cargo público por tiempo de seis años y un día.

Por Resolución de la Secretaría General de Comunicaciones

de fecha 22 de octubre de 1996 se dispuso la pérdida de la

condición de funcionario del señor Crespo Fernández, de conformidad

con lo establecido en el artículo 37.1.d) de la Ley articulada de

Funcionarios Civiles del Estado, de 7 de febrero de 1964.

El Tribunal sentenciador, mediante Resolución de fecha 18 de

diciembre de 1996, acordó la suspensión de la condena de seis

años y un día de inhabilitación especial para cargo público

impuesta al citado funcionario, en tanto se resolvía el expediente de

indulto solicitado por el mismo; por lo que, en cumplimiento de dicha

resolución, se procedió a la incorporación al servicio activo del

señor Crespo Fernández con fecha 16 de abril de 1997.

Comoquiera que en la liquidación de condena practicada por

la Audiencia Provincial de Madrid en 23 de febrero de 2001 consta

que le ha sido indultada únicamente la mitad de la pena de

inhabilitación especial que le fue impuesta,

Esta Dirección General, de acuerdo con lo establecido en el

artículo 37.2 de la Ley articulada de Funcionarios Civiles del

Estado, de 7 de febrero de 1964, y artículo 105.2 de la Ley 13/1996,

de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del

Orden Social, en cuanto a los efectos de la pena de inhabilitación

especial, dispone la pérdida de la condición de funcionario de

don Felipe Crespo Fernández.

Madrid, 19 de abril de 2001.-P. D. (Resolución de 5 de junio

de 2000, "Boletín Oficial del Estado" número 147, del 20), el

Consejero-Director general, Alberto Núñez Feijoo.

Ilmo. Sr. Subdirector de Gestión de Personal.

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